Becas Préstamo de Equipos Informáticos UCM
INSCRIPCIONES
Becas Préstamo de Equipos Informáticos UCM: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Préstamo de Equipos Informáticos UCMson convocadas por la Universidad Complutense de Madrid para cubrir las necesidades de aquellos alumnos universitarios que no dispongan del equipo informático necesario para el normal desarrollo de sus estudios y que se vean afectados por situaciones sobrevenidas o se encuentren en una situación económica más desfavorable.
Para ser beneficiario de estas ayudas, los solicitantes deben reunir una serie de requisitos generales y económicos, donde se tendrán en cuenta tanto la renta como el patrimonio familiar, para otorgar dichos servicios a los alumnos que más lo necesiten. Para solicitar estas ayudas será necesario cumplimentar el formulario correspondiente,utilizando su cuenta personal @ucm, a través del formulario disponible en en la web indicada.
Con medidas como las Becas Préstamo de Equipos Informáticos UCM, la Universidad Complutense de Madrid pone en alza el principio de igualdad de oportunidades entre sus alumnos, facilitando a los mismos el desarrollo de estudios universitarios de niveles superiores.
Por todo ello, si cumples con los requisitos indicados y no dispones de los medios tecnológicos necesarios para el normal desarrollo de tus estudios, te animamos a solicitar una de las Becas Préstamo de Equipos Informáticos UCM. Conoce aquí todos los datos sobre las mismas como plazos, requisitos, documentación y mucho más. No pierdas tu oportunidad
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
Requisitos
Requisitos de carácter general para las Becas Préstamo de Equipos Informáticos UCM
Los requisitos a que se refiere el presente apartado deberán reunirse por las personas aspirantes en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes:
Requisitos:
- Haber formalizado la matrícula del curso 2026/2027 en estudios oficiales de grado, máster o doctorado en centros propios de la UCM.
- No podrán ser beneficiarios de estas ayudas estudiantes de otras universidades que se encuentren desarrollando un programa de movilidad nacional o internacional en la Universidad Complutense de Madrid.
- Quedarán excluidos de la convocatoria aquellos estudiantes que hayan efectuado un uso incorrecto en préstamos de cursos anteriores por no haber cumplido lo establecido en la base 7 de la convocatoria, igualmente incluida en ediciones anteriores.
Dotación
Dotación de las Becas Préstamo de Equipos Informáticos UCM
Las características del préstamo ofrecerán a la persona beneficiaria el uso de un ordenador portátil con su cargador original durante el periodo concedido y que deberá ser devuelto en idénticas condiciones y con todos los elementos de protección una vez concluido el préstamo.
- Ordenador portátil | pantalla de 15” | 4GB RAM | S.O. Windows | Webcam y micrófono integrados | Conectividad a WiFi | Conexiones USB
La temporalización del préstamo:
- El préstamo con carácter general comprende los períodos académicos del presente curso en consonancia con el calendario de organización docente de la UCM. Por tanto, en el curso 2026/2027, comprende desde la resolución de esta convocatoria hasta el 14 de julio de 2027.
- Aquellos estudiantes solicitantes que tengan que presentar TFG o TFM o depósito de tesis en el mes de septiembre por traslado de la convocatoria extraordinaria, podrán solicitar una ampliación adicional hasta el 20 de septiembre de 2027 mediante un correo justificado a lacasa@ucm.es.
- Aquellos estudiantes que continúen matriculados en sus estudios en el curso siguiente manteniendo las condiciones de vulnerabilidad podrán solicitar una continuidad del préstamo para el siguiente curso académico, 2027/2028. Para ello deberán solicitarlo, al menos con un mes de antelación al final del periodo de préstamo, a través del correo lacasa@ucm.es, aportando la documentación que sea necesaria actualizada para demostrar que se mantienen las condiciones de concesión del préstamo de esta convocatoria.
Presentación
- Para solicitar las Becas Préstamo de Equipos Informáticos UCM será necesario cumplimentar el formulario correspondiente, utilizando su cuenta personal @ucm, a través del formulario disponible en https://becas.ucm.es/.
- El plazo de solicitud comenzará en el momento de publicación de esta convocatoria en la web y permanecerá abierta hasta el viernes 25 de septiembre de 2025 a las 23:59.
- La presentación de la solicitud de estas ayudas supone la plena aceptación de las bases reseñadas en la presente convocatoria.
Más información
Convocatoria
La Universidad Complutense de Madrid es conocedora de la vulnerabilidad de algunos y algunas de sus estudiantes en situación de riesgo de brecha digital, como consecuencia de una causa estructural, sobrevenida o depauperada por los efectos de la crisis sanitaria intensificada por la situación bélica, que ha incrementado la dificultad socioeconómica de toda la sociedad y, con ella, la de los y las estudiantes Complutenses, complicando el acceso a recursos imprescindibles tanto para el adecuado seguimiento de los estudios y tecnologías de la información para su desarrollo.
Para paliar estas situaciones, el Vicerrectorado de Estudiantes, tras haber planteado la iniciativa “Buzón de Necesidades de Estudiantes” de primer auxilio a los y las estudiantes a quienes sobrevino la situación de brecha digital en los cursos anteriores, pone en marcha el Servicio de Acompañamiento al Estudiantado para el Fomento del Bienestar Psicológico y Académico (SABIA) con el objetivo de coordinar y potenciar programas y recursos dirigidos al bienestar y cuidado de la salud mental para los y las estudiantes Complutense.
SABIA, dirigido desde La Casa del Estudiante, es una apuesta por profundizar en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU) en cuanto al acompañamiento y los cuidados para los estudiantes.
En este sentido la Universidad plantea desde La Casa del Estudiante y de nuevo con la colaboración del Vicerrectorado de Tecnología y Sostenibilidad y del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia a través de la Biblioteca Complutense, esta nueva edición del programa dirigida a facilitar la continuidad en el aprovechamiento de sus estudios de aquellos y aquellas estudiantes matriculadas en titulaciones oficiales de centros propios de la UCM en el curso actual, y cuya situación económica, social, o familiar esté afectada, y que requiera de este préstamo para paliar la desigualdad en el seguimiento de los programas de estudio en la Universidad.
La convocatoria se llevará a cabo coordinando los recursos disponibles en La Casa del Estudiante y los recursos de la Biblioteca Complutense. Para ello, se dispone de los recursos aportados por el ´Fondo Supera COVID-19´ lanzado por Banco Santander, CRUE Universidades Españolas y CSIC en abril de 2020, añadido a los recursos adicionales incorporados a La Casa del Estudiante con los fondos de Transferencia Tecnológica gestionados por la Universidad Complutense, y los recursos, programas y capacidad gestora de la Biblioteca Complutense, que cada curso incrementa sus servicios de préstamo de ordenadores haciendo un esfuerzo en lograr incrementar la oferta de servicio a la comunidad universitaria.
Esta convocatoria se basa en los principios de solidaridad y equidad establecidos en el ordenamiento jurídico español.
Por todo ello, en aplicación de las competencias del Vicerrectorado de Estudiantes, en el artículo 7 del Decreto Rectoral 28/2023, de 28 de junio, de establecimiento de los Vicerrectorados de la UCM, se convocan estas ayudas de préstamo de acuerdo con las bases indicadas.
Objeto
Podrán realizar la solicitud aquellos estudiantes de Grado, Máster y Doctorado matriculados en centros propios que en el curso 2026/2027 se encuentren en alguna situación de vulnerabilidad, y la puedan documentar, hasta la finalización del plazo de solicitudes.
Se establecerá un orden de prelación que tendrá como referencia la renta per cápita de 2025, y en su caso, las situaciones socioeconómicas que declare el estudiante.
Se tendrán en cuenta de manera preferente los solicitantes que hayan sido beneficiarios, o hayan cumplido con los requisitos para obtener ayuda, en la convocatoria de becas de carácter general del Ministerio de Educación y Formación Profesional en el curso 2025-26, o en su defecto en cualquiera de las convocatorias de ayudas socioeconómicas UCM del mismo curso.
Para los estudiantes de nuevo ingreso, o de continuidad que no se encuentren en el apartado anterior, tendrán que acreditar su situación socioeconómica aportando la documentación correspondiente relacionada en la base 5.2.
El orden de prelación seguirá los criterios que establezca la Comisión de Selección de esta Convocatoria, en base a los datos socioeconómicos disponibles, y atenderá, en su caso, a las circunstancias particulares acreditadas documentalmente por los interesados.
Valoración económica
Los y las estudiantes que hayan resultado beneficiarias, o que hayan cumplido con los requisitos para obtener ayuda, pero se quedaron fuera del cupo de adjudicatarios en la convocatoria de becas de carácter general del MEFP en el curso 2025-26, o en su defecto en cualquiera de las convocatorias de ayudas socioeconómicas de la UCM del mismo curso, no necesitan aportar documentación económica, salvo que deseen alegar alguna circunstancia nueva relacionada con su situación económica.
Para estudiantes de nuevo ingreso, o de continuidad que no se encuentren en el apartado anterior, tendrán que acreditar su situación socioeconómica aportando la documentación correspondiente relacionada en la base 5.2.
Los requisitos establecidos en este apartado no impedirán la aceptación a trámite de la solicitud de ayudas que el estudiante presente si considera y justifica que su unidad familiar se encuentra en alguna de las situaciones señaladas en la base 1.
Estos requisitos económicos podrán sustituirse, en caso justificado, por documentación equivalente que acredite su situación socioeconómica, que se valorará por la Comisión de Selección con arreglo a lo dispuesto en el apartado 2 de la base 6.
- a. Renta familiar: la renta de la unidad familiar del año 2025 de los solicitantes tendrá en cuenta con carácter preferente, en función del número de miembros computables de la unidad familiar, la cuantía establecida en el Real Decreto 179/2026, de 11 de marzo, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2026-2027, para el Umbral 3. Para el cálculo de la renta familiar se aplicará lo establecido en el mencionado Real Decreto.
- b. Patrimonio familiar: Cualquiera que sea la renta familiar, el patrimonio del conjunto de miembros de la unidad familiar, tendrá en cuenta, también con carácter preferente, que no supere los umbrales indicativos fijados en dicho Real Decreto.
Evaluación de solicitudes y adjudicación de la ayuda
Comisión de Selección:
La selección de beneficiarios corresponde a la Comisión de Selección que estará compuesta por:
- Vicerrectora de Estudiantes, que actuará como Presidenta de la Comisión.
- Asesora del Vicerrectorado de Estudiantes para el fomento de la equidad del estudiantado.
- Directora de Estudiantes.
- Director de La Casa del Estudiante.
- Representante de estudiantes en Consejo de Gobierno, según designación del Rector.
- Jefe del Servicio de Becas y Ayudas, que actuará como secretaria de la Comisión, con voz pero sin voto.
A las reuniones podrán asistir como invitadas, con voz pero sin voto, las personas que la Comisión estime necesarias.
Evaluación de solicitudes:
Si el número de solicitudes admitidas en el proceso de selección sumase una cuantía superior a los recursos disponibles, la Comisión de Selección establecerá un orden de prelación en el derecho a la concesión en función de los datos aportados, y según los criterios establecidos en esta convocatoria.
No se evaluarán las solicitudes presentadas por estudiantes que no hayan presentado la documentación necesaria.
En todo caso, la Comisión de Selección designada podrá requerir documentación adicional a las personas solicitantes. Asimismo, considerará cuantas cuestiones puedan surgir en la evaluación de las solicitudes y actuará en consecuencia.
Resolución:
El Vicerrectorado de Estudiantes hará pública una resolución de personas beneficiarias por cada modalidad. Las resoluciones se publicarán en la página web de la UCM https://www.ucm.es/la-casa-del-estudiante/apoyo-y-acompanamiento
Su publicación surtirá efectos de notificación individual a los interesados. Asimismo, La Casa del Estudiante enviará a cada beneficiario una notificación por correo electrónico a su dirección UCM con instrucciones.
Si pasados 10 días naturales desde la notificación electrónica el estudiante bien no recoge los equipos o bien no responde a las comunicaciones, se considerará una renuncia, y se llamará al siguiente solicitante que figure en el orden de prelación.
Obligaciones
Son obligaciones de las personas beneficiarias de estas ayudas:
- Facilitar cuantas actuaciones de comprobación fuesen precisas para verificar, en su caso, el cumplimiento y efectividad de las condiciones determinantes de la concesión del recurso solicitado.
- Comunicar en el plazo de cinco días hábiles la desaparición de las circunstancias que justificaron la solicitud o motivaron la concesión de los recursos con objeto de devolver los equipos en el periodo que se indique.
- El adecuado cuidado tanto técnico como estético e higiénico durante el periodo del préstamo de los equipos recibidos así como de sus complementos, embalajes o cualquier otro accesorio.
- Devolver el equipo prestado limpio de archivos personales y de cualquier software instalado por la persona beneficiaria, y sin ningún tipo de clave de acceso.
Revocación
La concesión del recurso solicitado o cedido podrá ser revisada mediante expediente contradictorio, cuya resolución podrá dar lugar a la revocación de la misma y a la exigencia de su devolución, cualquiera que sea el momento en que hubiera sido disfrutado, dentro del período legal de prescripción, en los casos de ocultación o falseamiento de datos o documentos que hubieran servido de base para la selección.
Corresponde la instrucción del expediente al Vicerrectorado de Estudiantes, y su resolución al Rector, de conformidad con el artículo 162.2 de los Estatutos de la Universidad Complutense.
Las responsabilidades a que hace referencia la presente base se entienden sin perjuicio de las de orden académico, disciplinario o penal en que pudiera haber incurrido el adjudicatario de la ayuda.
Documentación a adjuntar
La documentación relacionada en este apartado es orientativa. La Comisión de Selección evaluará la documentación disponible, o presentada con la solicitud. En caso de que la documentación no sea suficiente, o no acredite suficientemente los requisitos establecidos en la convocatoria, la Comisión de Selección, a través del órgano gestor de la convocatoria, requerirá al/la estudiante a través de su correo electrónico UCM para que la complete o subsane en el plazo que establezca para ello.
Documentación para estudiantes de nuevo ingreso, o en su caso, de continuidad que no hayan resultado beneficiarios de beca del Ministerio, o socioeconómicas UCM en el curso 2025-26:
- a. DNI del estudiante y de todos los miembros computables de la unidad familiar. En el caso de estudiantes extranjeros, será obligatoria la presentación del NIE/pasaporte del solicitante y de los miembros de la unidad familiar que residan en España.
- b. Declaración, o en su caso, documentación acreditativa, de situaciones de vulnerabilidad.
- c. En el caso de desempleo, certificado del Instituto Nacional de Empleo, o documento oficial equivalente, indicando si son perceptores o no de algún tipo de prestación por desempleo o subsidio, con indicación del periodo reconocido y cuantía.
- d. Reconocimiento legal de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez del sustentador principal, expedida por Instituto Nacional de la Seguridad Social, o Institución oficial equivalente.
- e. En el caso de fallecimiento, certificado de defunción.
- f. En el caso de solicitantes que deseen acreditar la condición de víctima de violencia de género, se deberá presentar orden de protección o cualquier otro de los medios previstos en el artículo 31 de la Ley 5/2005, de 20 de diciembre, Integral contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid. En caso de situaciones de incremento de la vulnerabilidad, se aportará documentación acreditativa de la misma.
- g. Certificado resumen de la declaración anual de IRPF correspondiente al ejercicio 2025, o en su defecto, certificado de imputaciones, expedido por la Agencia Tributaria, de todos los miembros computables de la unidad familiar.
- Los ingresos que estén exentos de tributación deberán acreditarse con el certificado de la entidad pagadora correspondiente. Si alguno de los miembros de la unidad familiar los hubiera percibido, deberá presentar el certificado de los ingresos percibidos por desempleo, invalidez, subsidio o prestaciones no contributivas.
- Los y las estudiantes con ingresos en el extranjero deberán aportar la documentación de su unidad familiar en castellano, debiendo especificar la moneda utilizada en la documentación y trasladada a euros.
- En el caso de estudiantes UCM no residentes en España que no puedan demostrar su umbral de renta y patrimonio según los datos aportados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), deberán aportar documentos oficiales equivalentes.
- h. En los casos en que la persona solicitante alegue su independencia familiar y económica cualquiera que sea su estado civil, deberá acreditar fehacientemente esta circunstancia justificando los ingresos correspondientes al ejercicio 2025, la titularidad o contrato de alquiler del domicilio a su nombre, certificado de empadronamiento del año 2026 y recibos de pagos (agua, luz, alquiler…). De no justificar suficientemente estos extremos, el solicitante será excluido del proceso de selección.
Los documentos que no hayan sido expedidos en lengua española deberán acompañarse de la correspondiente traducción oficial.






