Fulbright

Becas Instituto Nacional de Administración Pública

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INSCRIPCIONES

30/06/202329/09/2023
Finalizada

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Becas Instituto Nacional de Administración Pública: solicitud y plazos

Descripción

El Programa Fulbright en colaboración con la Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y Científico entre España y los Estados Unidos, convoca una beca para facilitar la realización de estudios de posgrado en Estados Unidos.

Las Becas Instituto Nacional de Administración Pública tienen como finalidad la formación académica y el perfeccionamiento tanto técnico como profesional de los funcionarios que desarrollan sus tareas en la Administración General del Estado.

A través de estas Becas Instituto Nacional de Administración Pública el beneficiario podrá mejorar y perfeccionar sus conocimientos profesionales en múltiples disciplinas como pueden ser el Análisis y gestión de políticas públicas, la Gestión de recursos humanos del sector público o la Dirección de organizaciones del sector público. Permitiéndole además, la oportunidad de poner en práctica los conocimientos del idioma inglés previamente adquiridos. Sin olvidar, todas las oportunidades relacionadas con este tipo de experiencias tanto a nivel profesional, como a nivel personal. 

La duración de las Becas Instituto Nacional de Administración Pública será de 9 a 12 meses sin existir posibilidad de renovación. Siendo el periodo de disfrute de la misma entre el verano o el otoño del año 2024 y el 31 de diciembre de 2025.

Encuentra toda la información de las Becas Instituto Nacional de Administración Pública aquí, donde te informamos de los plazos de inscripción, documentación necesaria y otros datos de interés.

Datos básicos

Nº de becas
1
Nivel de estudio
  • Postgrado-Especialidad
Rama
  • Todas las ramas
Carrera
  • Todas las carreras
País de origen
  • España
País de destino
  • Estados Unidos
Nacionalidades
  • Española

Requisitos

  1. Ser personal funcionario de carrera del Cuerpo o Escala del subgrupo A1 de la Administración General del Estado o de la Escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Queda excluido el personal de investigación al servicio de los Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del Estado contemplados en el artículo 27 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. 
  2. Encontrarse en situación administrativa de servicio activo y con destino en la Administración General del Estado. 
  3. Contar con un mínimo de dos años de prestación de servicios como funcionario de carrera en la Administración General del Estado en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. 
  4. Poseer un excelente conocimiento del idioma inglés, hablado y escrito, que deberá acreditarse según se establece en la presente orden.
  5. No poseer la doble nacionalidad española y estadounidense, ni encontrarse destinado en los Estados Unidos de América.
  6. No haber sido beneficiario anteriormente de otra beca Fulbright ni encontrarse destinado en los Estados Unidos de América.
  7. No podrán ser beneficiarias aquellas personas en las que concurra alguna de las circunstancias especificadas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Dotación

Asignaciones básicas:

  • a. Asignación mensual de 1.950,00 euros.
  • b. Ayuda de viaje de ida y vuelta de 1.200,00 euros.
  • c. El importe de la matrícula, tasas y seguro médico obligatorio de la universidad hasta un máximo de 29.930,00 euros.
  • d. Póliza de seguro, enfermedad y accidentes de hasta 100.000 dólares de cobertura,suscrita por el Gobierno de los Estados Unidos para los becarios Fulbright. Asimismo,serán financiados por dicho Gobierno los gastos administrativos generados en los Estados Unidos por el Servicio de Asistencia en general al Programa.
  • e. Una asignación única de 1.330,00 euros para los gastos de primera instalación y comprade libros.

Asignación complementaria: 

en el caso de que el becario fuera acompañado por el cónyuge o persona con la que le una un parentesco de primer grado de consanguinidad o afinidad, percibirá si permanece con el becario durante su estancia en los Estados Unidos.

  • a. 50,00 euros al mes para la suscripción de seguro médico similar al que disfrutará el becario. Además, la beca incluye los siguientes servicios por parte del Programa Fulbright:
    • a. Servicios de apoyo y asesoría a través de una red de oficinas regionales en Estados Unidos durante el período de la beca.
    • b. Participación en seminarios e invitaciones a actividades culturales, científicas y de otra índole, organizadas por el Programa Fulbright, según disponibilidad de fondos del Gobierno de los Estados Unidos y si la situación sanitaria lo permite.
    • c. Orientación antes de la salida de España.
    • d. Emisión de la documentación necesaria para la obtención de un visado «Exchange Visitor(J- 1)» y los correspondientes para los familiares acompañantes a su cargo.e) Un curso de orientación académica previo al inicio de la beca, si el organismo colaborador en los Estados Unidos lo considera oportuno a partir del estudio de los expedientes de solicitud de ingreso en las universidades. Estos gastos de matrícula serán cubiertos por el Gobierno estadounidense, así como los gastos de manutención, alojamiento y los básicos durante el período del curso de orientación, todo ello según disponga el citado organismo colaborador.
    • f. Póliza de seguro, enfermedad y accidentes con una cobertura máxima de 100.000,00 dólares estadounidenses, suscrita por el Gobierno de los Estados Unidos para los becarios Fulbright.
    • g. Interlocución con las instituciones estadounidenses para solicitar admisión y conseguir,en su caso, cofinanciación de los importes de la matrícula de la persona becada, siempre que la fecha de publicación de la convocatoria lo permita.
Costes indirectos: los costes indirectos de la Comisión Fulbright por la gestión de la beca se financiarán de conformidad con lo previsto en el Convenio entre el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) y la Comisión Fulbright, publicado en el BOE el 15 de enero de 2021, y no podrán ser superiores a 7.500,00 euros.

Presentación

Los solicitantes deberán rellenar y enviar electrónicamente la solicitud disponible en la página web http://www.fulbright.es junto con la documentación correspondiente.

Más información

Duración de la beca

  • La duración de la beca será de un curso académico y comenzará en 2024. En ningún caso será superior a doce meses y su fecha límite de finalización será el 31 de diciembre de 2025.
  • De acuerdo con lo establecido en el apartado octavo de la Orden TFP/483/2021, de 13 de mayo, al término del periodo de la beca el becario tiene un plazo de dos meses para presentar a la Comisión Fulbright una memoria pormenorizada de al menos diez páginas en la que se recojan los datos relativos a los estudios realizados y los resultados obtenidos, así como la certificación académica oficial. La memoria debe presentarse por medios electrónicos a la Comisión Fulbright, que lo remitirá al INAP en el plazo de 15 días naturales.
  • La Comisión Fulbright, como entidad colaboradora en la gestión de la beca, deberá justificarante el INAP la entrega de los fondos a los beneficiarios en los términos previstos en el Convenio Marco de Colaboración suscrito con el INAP, según lo dispuesto en los artículos 15 y 16 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • La totalidad de los gastos de la subvención debe presentarse desglosada y siguiendo el mismo orden recogido en el apartado sexto de la Orden TFP/483/2021, de 13 de mayo,“Criterios para determinar la dotación de la beca”.
  • La justificación económica de la subvención debe presentarse en el INAP en un plazo no superior a los tres meses desde la conclusión oficial de los estudios subvencionados, y deberá realizarse de acuerdo con lo establecido en el capítulo IV del título I de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • La utilización de la subvención se justificará mediante la presentación de la cuenta justificativa y los correspondientes justificantes de gasto, en los términos establecidos en los artículos 72 y 73 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Dicha cuenta justificativa contendrá la siguiente documentación, según lo dispuesto en los apartados 1 y 2 del artículo 72 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre:
    • 1.º Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
    • 2.º Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas.
  • Los gastos se justificarán con facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, en original o copia autenticada de este,de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53.1c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de que la naturaleza de las asignaciones no implique la emisión de una factura, se aceptará como justificación la certificación de la entidad colaboradora.
  • Asimismo, los costes indirectos o compensación por los gastos administrativos en que incurra la entidad colaboradora por la gestión de la beca deberán presentarse al INAP debidamente desglosados y certificados.

Selección

De acuerdo con el apartado quinto, punto 3, de la Orden TFP/483/2021, de 13 de mayo, la selección se realizará en dos fases, cada una de ellas eliminatoria:
  • a. Primera fase: los solicitantes deberán superar la prueba del idioma inglés Michigan English Placement Test, realizada por ordenador y gestionada por la Comisión Fulbright. Quedarán exentos de la realización de dicha prueba quienes hubieran presentado el TOEFL, IELTS o Duolingo.
  • b. Segunda fase: aquellos candidatos que superen la primera fase deberán realizar una entrevista personal con el Comité de Selección, durante la cual se valorarán las memorias presentadas. Los criterios de valoración y su ponderación en esta segunda fase, que sumarán como máximo 100 puntos, serán los siguientes:
    • 1.º La exposición oral del proyecto y la defensa de la memoria presentada: máximo de 30 puntos.
    • 2.º El interés del proyecto para la Administración General del Estado, así como el plan de aplicación de los objetivos al reingreso del becario: máximo de 40 puntos.
    • 3.º Los méritos profesionales y académicos del aspirante: máximo de 30 puntos.
Concesión

  1. . Concluidas las pruebas, el Comité de Selección formulará una propuesta con el nombre de la persona considerada mejor candidata para la beca, así como una lista con las personas de reserva, si las hubiera, y se la comunicará al Centro de Estudios y Gestión del Conocimiento como órgano instructor. Éste la elevará a la Dirección del INAP, que resolverá en el plazo máximo de quince días.En caso de empate entre candidatos, el criterio de desempate será la mayor puntuación en el segundo criterio. Si persistiese el empate, se valorará la mayor puntuación en el tercer criterio.Si se siguiera manteniendo, se tendrá en cuenta la mayor puntuación en el primer criterio. Si,tras observarse lo anterior, las puntuaciones siguiesen empatadas, será sorteado por el Comité de Selección.En todo caso, el plazo para resolver y notificar no podrá ser superior a seis meses desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, tal y como prevé el artículo 25.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.La resolución se comunicará a la Comisión Fulbright, que la presentará al «J. William Fulbright Foreign Scholarship Board». Será igualmente notificada a los interesados en los términos establecidos en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.Realizada la selección, la concesión definitiva de la beca dependerá de la admisión del candidato seleccionado en la correspondiente universidad de Estados Unidos, de la ratificación de la selección por parte del «J. William Fulbright Foreign Scholarship Board» y de la obtención de un visado «Exchange Visitor (J-1)».La resolución de la Dirección del INAP, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida en reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 114, 115 y 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
  2. En el caso de que el candidato, una vez seleccionado, no dispusiera todavía de admisión en una institución de educación superior estadounidense, deberá realizar los siguientes exámenes requeridos por la mayoría de las instituciones de dicho país y, una vez recibidos los resultados,enviarlos a la Comisión Fulbright:
    • a. Test of English as a Foreign Language (TOEFL). https://www.ets.org/toefl
    • b. Graduate Record Examination (GRE): General Test. https://www.ets.org/gre/
  3. La asesoría académica de la Comisión Fulbright facilita la información necesaria sobre estas pruebas, pero no gestiona ni administra su realización.La Comisión proporcionará al candidato seleccionado un bono para que pueda realizar dichos exámenes de forma gratuita.
  4. Cualquier cambio en las características del proyecto deberá contar con la aprobación expresa de la Dirección del INAP.
Notificación y publicación

La resolución definitiva de concesión de la beca se publicará en la sede electrónica del INAPhttps://sede.inap.gob.es/beca-inap-fulbright. Además, se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, según establecen los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,dentro del plazo de seis meses desde el día siguiente al de la publicación de la resolución de concesión. Será igualmente notificada al beneficiario en el plazo de diez días contados desde la fecha en que el acto se haya dictado, en los términos establecidos en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Obligaciones del becario

Serán obligaciones del becario:
  • a. Justificar documentalmente, cuando así les sea requerido, el cumplimiento de las condiciones que permiten la concesión de la subvención, según se prevea tanto en las bases reguladoras como en la convocatoria, así como en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • b. Cumplir con aprovechamiento la totalidad del programa de formación.
  • c. Cumplimentar los informes, formularios y demás documentos que se les soliciten por parte de la universidad, la entidad colaboradora o el INAP.
  • d. Permanecer en la institución donde se desarrolle su formación. Cualquier ausencia,cambio de centro, modificación del programa de estudios, traslado temporal a España o regreso antes de la conclusión del programa de estudios deberán ser comunicados a la Comisión Fulbright, que solicitará la aprobación del INAP.
  • e. Permanecer en los Estados Unidos durante el período establecido en la resolución de la concesión de la beca. Cualquier alteración del período de estancia en Estados Unidos supondrá la devolución de los fondos adelantados a tal fin y no justificados.
  • f. Realizar de forma completa el programa de estudios. En el supuesto de que la persona becada no realizase el programa de estudios por el que se le concede la beca, sea por modificación del mismo o por su abandono, salvo fuerza mayor, conllevará el reintegro completo de la parte disfrutada de la beca.
  • g. Presentar una memoria final de los estudios realizados y los resultados obtenidos, así como copia oficial de la certificación académica, tal y como se prevé en el apartado octavo de la Orden de bases.
  • h. Reincorporarse al servicio activo en la Administración General del Estado por un período continuado y mínimo de dos años, contados a partir de la fecha en la que debiera incorporarse a su puesto de trabajo en la Administración tras el disfrute de la beca. Encaso de incumplir este precepto, la persona becada estará obligada a reintegrar el importe de la beca y cualquier otro beneficio económico recibido como tal.
  • i. El acuerdo de los Gobiernos de España y de Estados Unidos exige que todas las personas becadas que viajen a Estados Unidos con el visado «Exchange Visitor (J-1)»regresen a su país de origen una vez finalizado su programa de estudios,comprometiéndose a no fijar residencia permanente en Estados Unidos durante los dos años siguientes. La exención de este precepto solo es posible con la aprobación explícita de los dos Gobiernos.
  • j. Suscribir una póliza de seguro de enfermedad y accidentes con cobertura completa para los familiares de la persona becada, si esta va acompañada, que incluya los desplazamientos internacionales y nacionales. La suscripción de este seguro de enfermedad y accidentes deberá ser igual o similar al que el Gobierno de Estados Unidos suscribe para la propia persona becada, con una cobertura máxima de 100.000,00 dólares estadounidenses para familiares acompañantes. El coste de este seguro correrá a cargo de la persona becada. Si de la formación realizada con cargo a la beca INAP-Fulbright se derivaran publicaciones, deberá mencionarse en ellas que se han realizado con motivo de la mencionada beca.
  • l. Cumplir con cualesquiera requisitos establecidos en la normativa de aplicación en materia de subvenciones.

Enlaces de interés

https://fulbright.es/files/ConvocatoriaAttachments/attachments_649d98ab-c708-4a13-8855-23302e697a2b.pdf

https://fulbright.es/files/ConvocatoriaAttachments/attachments_649d9899-9b8c-4f23-b087-3ae52e697a2b.pdf

Documentación a adjuntar

Formulario de solicitud electrónica, que incluye:

  1. Datos personales.
  2. Datos académicos.
  3. Datos profesionales.
  4. Proyecto de estudios que quiere desarrollar en Estados Unidos (en español, 1.500 palabras como máximo). La explicación debe seguir el esquema siguiente:
    • Objetivo: descripción del proyecto, especialidad elegida y titulación académica a la que aspira, si procede.
    • Importancia: explicación de la importancia del proyecto en sí mismo, para su propio desarrollo académico y profesional, y para España.
    • Motivación: motivo que le induce a estudiar en Estados Unidos.
  5. Universidades de preferencia, indicando tres universidades en las que podría seguir los estudios de su elección -por orden de preferencia y la razón que le lleva a seleccionarlas (en español, 500 palabras como máximo). 

Documentación escaneada que debe adjuntarse a la solicitud electrónica:

  1. Fotografía reciente.
  2. Documento Nacional de Identidad o pasaporte.
  3. Certificado académico de estudios.
  4. Título universitario o justificante de haberlo solicitado.
  5. CV en español. No es necesario aportar más documentación acreditativa que la académica que se especifica en este apartado.
  6. Título de funcionario.
  7. Dos cartas de referencia remitidas electrónicamente a la Comisión. En la solicitud debe indicar el nombre completo y correo electrónico de los firmantes, en el que recibirán un mensaje con instrucciones para que completen dichas cartas.
  8. Libro de familia, en caso de tener legalmente familiares a cargo del solicitante.
  9. Carta del superior jerárquico de la unidad o área administrativa, certificando que no hay objeción al disfrute de la beca por parte del solicitante. 
  10. Opcional: inglés: resultados del Test of English as a Foreign Language (TOEFL) con una puntuación mínima de 97 en el Internet-based Test; del International English Language Testing System (IELTS), Academic Version, con una puntuación mínima de
    7,0; o de Duolingo, con una puntuación mínima de 120.

Dichos exámenes serán válidos solo si se han realizado durante los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes. La Comisión Fulbright facilitará la información necesaria sobre estas pruebas de inglés, pero no las gestionará ni las administrará.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

El Programa Fulbright en colaboración con la Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y Científico entre España y los Estados Unidos, convoca una beca para facilitar la realización de estudios de posgrado en Estados Unidos.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Instituto Nacional de Administración Pública" es: desde 30/06/2023 hasta 29/09/2023.

La Beca "Becas Instituto Nacional de Administración Pública" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas Instituto Nacional de Administración Pública" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para funcionarios
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas transporte
  • Premios, concursos y certámenes