Universidad de Granada (UGR)

Becas Formación PTGAS UGR

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INSCRIPCIONES

Inicio30/04/2026 Fin30/06/2026
Abierta

Becas Formación PTGAS UGR: solicitud y plazos

Descripción

La Universidad de Granada, prioriza el aprendizaje continuo y la formación especializada para potenciar las habilidades de su personal técnico, de gestión y administrativo. Desde el Área de Formación del PTGAS, se respalda a los empleados interesados en desarrollar competencias relevantes para sus funciones laborales. En este contexto, se convocan las Becas Formación PTGAS UGR

Las actividades formativas subvencionables deben contribuir directamente a mejorar el desempeño profesional del PTGAS. Se ofrecerán 5.000 euros para la modalidad de formación externa para la actualización profesional, y 2.000 euros para la modalidad de formación externa general.

Los requisitos incluyen formar parte del PTGAS en la fecha de solicitud y no estar sujeto a las prohibiciones establecidas por la Ley General de Subvenciones. Los criterios de valoración variarán según la modalidad.

Las Becas Formación PTGAS UGR, no podrán compatibilizarse con otras ayudas públicas o privadas que se obtengan para el mismo fin en la modalidad general. En la modalidad Formación para la Actualización, si serán compatibles con otras subvenciones para la misma finalidad.

Las Becas Formación PTGAS UGR son fundamentales para fortalecer la capacidad profesional dentro de la comunidad universitaria, asegurando un desarrollo continuo y adaptado a las necesidades actuales del mercado laboral. Si deseas obtener toda la información sobre ellas, hazlo en nuestra web.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Doctorado
  • Máster-Maestrías
  • Grado
  • Licenciatura
  • Diplomatura
  • Postgrado-Especialidad
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Requisitos de las personas solicitantes de las Becas Formación PTGAS UGR:

Los/as solicitantes de las ayudas deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • 2.1.- Formar parte del PTGAS de la UGR a fecha de presentación de la solicitud.
  • 2.2.- No estar la persona solicitante incursa en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Dotación

Cuantía de las Becas Formación PTGAS UGR:

El gasto máximo de la convocatoria asciende a 7.000 euros, estando previsto el crédito en la aplicación presupuestaria 3020480000 422D 482.99 del Presupuesto de Gastos de la Universidad de Granada en el ejercicio económico 2026.

De la cuantía máxima destinada a la convocatoria que asciende a 7.000 euros, se destinará 5.000 euros para la modalidad de formación externa para la actualización profesional y 2.000 euros a la modalidad de formación externa general.

En el supuesto de que, tras la selección de las personas beneficiarias correspondientes a cada modalidad, no se agote el importe máximo a otorgar en alguna de ellas, se podrá acumular la cantidad no aplicada a la otra modalidad.

Solo se podrá solicitar ayuda para una única actividad formativa por convocatoria en la modalidad de formación externa para la actualización profesional. Una vez que la Comisión de Formación haya seleccionado a las personas beneficiarias, se procederá al prorrateo entre dichos beneficiarios, de forma proporcional según el número de solicitudes y el importe de la matrícula.

En la modalidad de formación externa general, la subvención máxima será del 50% del importe de la matrícula, con un máximo de 2 subvenciones por plan de formación y 200 euros/plan. El disfrute de esta ayuda será incompatible con cualquier otra obtenida para el mismo fin.

Presentación

Quienes deseen optar a las Becas Formación PTGAS UGR deberán cumplimentar electrónicamente su solicitud mediante el procedimiento «Gestión de PTGAS: Solicitud de ayudas a la formación», disponible en la sede electrónica de la Universidad de Granada (https://sede.ugr.es).

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de un extracto de la presente convocatoria en el BOUGR hasta el 30 de junio de 2026.

Las solicitudes se acompañarán de la siguiente documentación:

  • Certificado de asistencia, aprovechamiento o superación de la acción formativa.
  • Copia justificativa del pago de la matrícula o inscripción.
  • Exposición suficiente de la adecuación de la formación recibida para el desempeño de su puesto de trabajo.
  • Para la modalidad “Formación externa para la actualización profesional”, valoración de la persona responsable de la Unidad donde se especifique la aplicabilidad al puesto de los conocimientos, así como su previsible difusión o impacto.

Más información

Objeto

Las actividades objeto de esta convocatoria de ayudas a la formación deben contribuir a la mejora de la capacitación del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios en su desempeño profesional.

En este sentido, la Comisión de Formación del PTGAS, valorará toda actividad que la persona solicitante haya completado, con independencia del tipo de entidad u organismo que la organice, siempre y cuando los contenidos no sean iguales o equivalentes a los ya ofertados desde el Área de Formación del PTGAS. Solo podrán ser objeto de subvención las actividades realizadas dentro del año 2025.

No serán objeto de ayuda en esta convocatoria ni los cursos o actividades destinados al aprendizaje de un idioma ni los organizados desde el propia Área de Formación del PTGAS.

Las ayudas se destinarán a financiar los gastos de matrícula o inscripción, en la cuantía que se determine por la Comisión de Formación, en función de los créditos disponibles y de las solicitudes formuladas.

Procedimiento de concesión

Evaluación de las solicitudes

Las solicitudes serán evaluadas según los criterios de valoración establecidos en la base 5 por la Comisión de Formación del PTGAS que emitirá un informe en el que concrete el resultado de la evaluación efectuada. La Comisión de Formación del PTGAS, según el vigente Acuerdo sobre la Organización y Condiciones de participación en el Plan de Formación del PTGAS, estará integrada por:

  • a. La directora/a del Área de Formación del PTGAS, que la presidirá,
  • b. 7 vocales: 3 representantes de la Junta de Personal, 1 representante del Comité de Empresa y 3 vocales a propuesta de la Gerencia.
  • c. 1 funcionario/a del Gabinete de Recursos Humanos y Organización, que actuará de Secretario/a con voz pero sin voto.

Órganos competentes para la instrucción y la resolución

El Órgano Instructor de la convocatoria será el Gabinete de Recursos Humanos y Organización, que podrá disponer que se efectúen las comprobaciones oportunas sobre la veracidad de los datos aportados por las/los solicitantes. Igualmente, podrá recabar cuantos informes, datos o aclaraciones considere oportunos para resolver las solicitudes.

El órgano competente para la resolución del procedimiento es el Rector.

Evaluación y resolución provisional

El Órgano Instructor revisará las solicitudes y verificará que contienen la documentación exigida y que cumplen con los requisitos requeridos. Si la documentación resultara incompleta o defectuosa, se requerirá a la/al solicitante para que, en plazo de 10 días hábiles, aporte la documentación necesaria o subsane los defectos observados, haciéndole saber que en caso contrario su solicitud será archivada, de conformidad con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2/10/2015).

El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Formación del PTGAS formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada. La resolución provisional se publicará en la página web del Área de Formación del PTGAS: https://gerencia.ugr.es/rrhh-organizacion/

Los/las interesados/as dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir de la publicación de la resolución provisional, para formular las alegaciones que estimen oportunas.

Resolución definitiva

Una vez resueltas las alegaciones, el Rector dictará resolución definitiva que se publicará en la página web del Área de Formación del PTGAS.

Contra dicha resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Rector, a contar a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre; o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la resolución, según disponen los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio).

Duración del procedimiento

El plazo entre la publicación de la convocatoria y la publicación de la resolución definitiva será como máximo de 6 meses.

Criterios de valoración

Se establecen dos modalidades o grupos de valoración:

Formación externa para la actualización profesional.

Se valorará:

  • La relevancia para la Unidad determinada por el/la responsable de la misma. (20%)
  • La aplicación de los conocimientos adquiridos al puesto determinada por el/la responsable de la Unidad. (10%)
  • La difusión de la formación adquirida que el/la responsable de la Unidad considere previsible. (10%)
  • La repercusión de la formación para el conjunto de la UGR determinada por la Comisión de Formación. (50%)
  • Si la persona interesada no percibe otras ayudas por la misma formación desde distinta unidad o administración pública. (10%).

La consideración de Unidad será la descrita en la Relación de Puestos de Trabajo de la UGR, al objeto de su agrupación de puestos.

Para ser aprobadas, las actividades deberán obtener al menos el 60% de la puntuación total.

Formación externa general.

Se valorará exclusivamente por la Comisión de Formación, que tendrá en cuenta la repercusión de los conocimientos adquiridos para el conjunto de la Comunidad Universitaria teniendo en cuenta el Área a la que pertenezca el solicitante, la aplicabilidad al puesto y la posible transmisión de los conocimientos adquiridos a otros miembros del PTGAS, a razón de una proporción de porcentajes 40 (repercusión) 40 (aplicabilidad) 20 (transmisión).

La percepción de esta modalidad es incompatible con la percepción de cualquier otra financiación para el mismo fin.

Reintegro de las ayudas

El incumplimiento por parte de los/las beneficiarios/as de las obligaciones señaladas en la presente convocatoria, o la concurrencia de alguna de las situaciones previstas en el Art. 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dará lugar al correspondiente reintegro de las cantidades percibidas junto con el interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro. Para la tramitación del reintegro se estará a lo dispuesto en la citada Ley y el resto del ordenamiento jurídico administrativo.

Documentación a adjuntar

Documentación (Estudiantes de Movilidad)

NOTA IMPORTANTE: Los estudiantes de otras universidades en programas de movilidad o convenios con la UGR (apartado 5.1.b), deberán adjuntar la siguiente documentación a través de una Solicitud Genérica en la Sede Electrónica de la UGR:

Estudiantes de Grado

  • Certificación académica personal (con calificaciones y fechas de obtención).
  • Acuerdo académico de movilidad (apartado 5.1.b).

Estudiantes de Máster

  • Acuerdo académico de movilidad (apartado 5.1.b).

Serán inadmisibles las solicitudes cuya inscripción en ÍCARO o firma en Sede Electrónica se realicen fuera de los plazos.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Formación PTGAS UGR

La Universidad de Granada, prioriza el aprendizaje continuo y la formación especializada para potenciar las habilidades de su personal técnico, de gestión y administrativo. Desde el Área de Formación del PTGAS, se respalda a los empleados interesados en desarrollar competencias relevantes para sus funciones laborales. En este contexto, se convocan las Becas Formación PTGAS UGR

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Formación PTGAS UGR" es: desde 30/04/2026 hasta 30/06/2026.

La Beca "Becas Formación PTGAS UGR" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Doctorado
  • Máster-Maestrías
  • Grado
  • Licenciatura
  • Diplomatura
  • Postgrado-Especialidad

La Beca "Becas Formación PTGAS UGR" es un tipo de beca: 

  • Becas de formación práctica
  • Becas de matrícula
  • Becas para trabajadores
  • Becas para PTGAS