Becas Másteres Formación Permanente Cursos Experto Enfermeria IL3 UB Fundación Finestres
INSCRIPCIONES
Becas Másteres Formación Permanente Cursos Experto Enfermeria IL3 UB Fundación Finestres: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Másteres Formación Permanente Cursos Experto Enfermeria IL3 UB Fundación Finestres impulsadas por la Universidad de Barcelona y el IL3 durante el curso 2025-2026 están dirigidas al alumnado de enfermería con el objetivo de facilitar el pago de matrícula mediante ayudas económicas.
Estas ayudas cuentan con un fondo total de 14.000 euros y una asignación máxima de 400 euros por solicitante, distribuyéndose según criterios de valoración académica y profesional establecidos en la convocatoria oficial.
El proceso de solicitud para las Becas Másteres Formación Permanente Cursos Experto Enfermeria IL3 UB Fundación Finestres se realiza entre el 26 de febrero y el 10 de julio de 2026 a través de la sede electrónica de la Universidad de Barcelona. Los criterios de selección se basarán en nota de grado, nota final del máster y experiencia profesional.
Entre las obligaciones de los beneficiarios se encuentran destinar la ayuda a la finalidad para la que se concede, o comunicar la obtención de becas o ayudas para la misma finalidad procedentes de cualquier administración o ente público o privado nacional o internacional.
las Becas Másteres Formación Permanente Cursos Experto Enfermeria IL3 UB Fundación Finestres representan una oportunidad clave para el acceso a estudios especializados en enfermería. En nuestra web te mostramos la información necesaria para que puedas solicitarlas y beneficiarte así de estas ayudas.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Podrán optar a las Becas Másteres Formación Permanente Cursos Experto Enfermeria IL3 UB Fundación Finestres las personas que, en la fecha en que finaliza el plazo de presentación de solicitudes, reúnan los siguientes requisitos:
- Ser estudiante de alguno de los másteres de formación permanente o cursos de experto que incluye el anexo 2.
- Finalizar el máster de formación permanente o el curso de experto durante el curso académico 2025-2026.
Cada solicitante, aunque se haya matriculado en más de un máster de formación permanente o curso de experto, solo puede optar a una única ayuda de matrícula en esta convocatoria. En caso de que se presente más de una solicitud, solo se tendrá en consideración la primera que haya tenido entrada en el registro.
Igualmente, no pueden optar a la ayuda las personas que sean beneficiarias de otra ayuda con el mismo objeto.
Dotación
Se convocan Becas Másteres Formación Permanente Cursos Experto Enfermeria IL3 UB Fundación Finestres por un total de 14.000 euros, que se distribuirán entre las solicitudes atendiendo al resultado de la valoración según los criterios que establece la base 5 de esta convocatoria y con un máximo de 400 euros por cada solicitante.
Pueden solicitar las ayudas en esta convocatoria personas matriculadas durante el curso 2025-2026 en la UB siempre que cumplan los requisitos establecidos en el punto siguiente.
Presentación
Las personas interesadas en participar en este proceso selectivo para las Becas Másteres Formación Permanente Cursos Experto Enfermeria IL3 UB Fundación Finestres deben presentar la solicitud, debidamente firmada, con los siguientes datos:
Destino:
- Ámbito: Asuntos académicos
- Subámbito: SED de Enfermería (Bellvitge)
Motivo de la instancia:
- Expongo: Que quiero realizar una solicitud de becas y ayudas de Enfermería
- Solicito: Que se tramite mi solicitud a la SED de Enfermería (Bellvitge). A tal efecto, debe utilizarse el modelo de solicitud que se incluye como anexo III de esta convocatoria.
La solicitud se puede presentar a través del sistema de instancia genérica de la sede electrónica de la UB (ub.edu/eadministracio/IG.html).
El plazo de presentación de las solicitudes es del 26 de febrero al 10 de julio de 2026, ambos incluidos.
El hecho de presentar la solicitud supone la aceptación incondicional de estas bases e incluye la declaración responsable de la veracidad de la información que se consigna, así como la de la documentación que se presenta.
El 24 de julio de 2026 se publicará en la sede electrónica de la UB la lista provisional de personas admitidas y excluidas. En caso de que se observe algún defecto en la solicitud relacionado con la documentación acreditativa que se deba aportar, se concederá un plazo de subsanación de diez (10) días hábiles. El hecho de no subsanar el defecto en este plazo comporta tener por desistida a la persona solicitante, previa resolución en la que se indique esta circunstancia. El 16 de septiembre de 2026 se publicará, también en la sede electrónica de la UB, la lista definitiva de candidaturas admitidas y excluidas.
A la solicitud se debe adjuntar obligatoriamente la siguiente documentación, de acuerdo con el objeto de la convocatoria, los requisitos y los méritos que se deben evaluar:
- Certificado académico donde conste la nota ponderada de la diplomatura o el grado, en casos de expedientes que sean de fuera de la UB.
- Currículum vitae donde conste la experiencia profesional y la formación en el ámbito específico del máster de formación permanente o el curso de experto para el que se solicita la ayuda en esta convocatoria.
Más información
Objeto de la convocatoria
El objeto de esta convocatoria es conceder ayudas al alumnado de los másteres de formación permanente y cursos de experto gestionados por la Facultad de Enfermería y el IL3 durante el curso 2025-2026, con la finalidad de dar apoyo económico al pago del importe de la matrícula que debe asumir el alumnado de la Facultad.
Criterios de valoración
Las ayudas se conceden teniendo en cuenta los criterios de valoración que se describen a continuación, de acuerdo con el objeto de la convocatoria:
- Nota ponderada de la diplomatura o el grado: hasta 4 puntos.
- Nota final del máster: hasta 4 puntos.
- Experiencia profesional y formación en el ámbito específico del máster de formación permanente o el curso de experto que se haya incluido en el currículum vitae: hasta 2 puntos.
Adjudicación
La comisión de selección realiza una propuesta de adjudicación y una lista priorizada que no pueden prever, en ningún caso, la concesión de un importe superior al que se establece en esta convocatoria.
La propuesta de adjudicación y la lista priorizada se elevan a la decana de la Facultad de Enfermería, que resuelve la adjudicación de las ayudas y hace pública en la sede electrónica de la UB la propuesta de adjudicación durante la segunda quincena del mes de septiembre de 2026.
Las personas beneficiarias disponen de un plazo de diez (10) días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la lista de adjudicación para formalizar su aceptación a través de una instancia genérica. Además, las personas beneficiarias deben aportar un certificado bancario con firma digital donde consten el número de cuenta y el nombre de la persona solicitante de la ayuda como titular o cotitular.
La adjudicación queda condicionada a que las personas adjudicatarias cumplan los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria.
En la resolución de adjudicación se hacen constar los recursos que se pueden interponer.
Revocación y reintegro de la ayuda
La ayuda puede ser revocada por las siguientes causas:
- Haber comprobado que, en el proceso de concesión de la ayuda, ha habido ocultación o falseamiento de datos.
- Haber incumplido las obligaciones establecidas en estas bases o haberlas ejecutado de manera defectuosa.
- Haberse anulado la matrícula o ser baja de los estudios por cualquier causa no justificada (académica, voluntaria, disciplinaria o por abandono de los estudios).
- Darse alguno de los otros supuestos previstos en la normativa aplicable.
La revocación requiere la tramitación previa del expediente correspondiente, con audiencia de la persona interesada.
Obligaciones de las personas beneficiarias e incumplimientos
Las personas beneficiarias quedan obligadas a:
- Destinar la ayuda a la finalidad para la que se concede.
- Comunicar la obtención de becas o ayudas para la misma finalidad procedentes de cualquier administración o ente público o privado nacional o internacional.
- Someterse a las actuaciones de comprobación necesarias para verificar, si procede, el cumplimiento y la efectividad de las condiciones que han determinado la concesión de la ayuda.
- Poner en conocimiento del órgano convocante cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la ayuda, lo que comporta incumplir las obligaciones como persona beneficiaria.
- Cumplir las disposiciones contenidas en estas bases, así como las que puedan ser aplicables en cumplimiento de la normativa vigente.
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en la presente convocatoria, y en los casos previstos por la normativa vigente, da lugar a la revocación de la ayuda concedida y a la devolución de las cantidades percibidas de acuerdo con lo establecido en la base 8.
Enlaces de interés
https://seu.ub.edu/documentPublic/download/873728
Documentación a adjuntar
En caso de que la persona solicitante se oponga expresamente, indicándolo en el impreso de solicitud (anexo 3), a que la Universidad de Barcelona consulte datos y documentos suyos de los que ya dispone la Universidad, también debe adjuntar a la solicitud:
- Fotocopia del DNI o NIE
- Certificado académico de grado donde conste la nota ponderada
- Certificación de la dirección del máster donde conste la nota final del máster para el que se solicita la ayuda
- Fotocopia del justificante de pago por el importe total (único o en plazos) de la matrícula del máster
La documentación acreditativa debe presentarse en una copia simple. La comisión de selección puede dirigirse a la persona aspirante, en cualquier momento, para solicitar la documentación original.
La comisión de selección puede solicitar toda la información que considere oportuna para valorar las candidaturas.






