Becas Movilidad Doctorado Ciencias Experimentales y Biosanitarias
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Becas Movilidad Doctorado Ciencias Experimentales y Biosanitarias: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Movilidad Doctorado Ciencias Experimentales y Biosanitarias son convocadas por la Universidad de Alicante con el objeto de ofrecer ayudas para impulsar la movilidad de los estudiantes del Programa de Doctorado en Ciencias Experimentales y Biosanitarias durante el desarrollo de su tesis doctoral. De este modo se quiere facilitar la realización de actividades de investigación, relacionadas con el contenido científico de la tesis doctoral, en Universidades o Centros de investigación (incluidos Departamentos I+D de empresas) ubicados fuera de España, con el fin de promover la presentación de tesis doctorales que opten a la Mención Internacional en el título de Doctora o Doctor por la UA.
Podrán solicitar las Becas Movilidad Doctorado Ciencias Experimentales y Biosanitarias, las personas matriculadas en el Programa de Doctorado en Ciencias Experimentales y BIosanitarias. Los solicitantes deberán además realizar una estancia mínima de 1 mes, conincidiendo con periodos académicos y de actividad ordinaria en los centros de destino.
En la presente convocatoria se ofrecerán 3 ayudas hasta un máximo de 950 euros, a no ser que se soliciten menos de tres ayudas, en cuyo caso el importe pasaría a ser de 1.425 euros.
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Datos básicos
- Nº de becas
- 3
- Nivel de estudio
- Doctorado
- País de origen
- España
- País de destino
- Todos los países
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos de las Personas Beneficiarias de las Becas Movilidad Doctorado Ciencias Experimentales y Biosanitarias:
Podrá solicitar esta ayuda el alumnado que:
- Esté matriculado en el curso 2024-25 en el Programa de Doctorado en Ciencias Experimentales y Biosanitarias.
- Que haya o vaya a realizar una estancia de una duración mínima de 1 mes, entre el 1 de septiembre de 2024 y el 31 de julio de 2025, coincidiendo, salvo excepciones justificadas, con los periodos académicos y/o los de la actividad ordinaria de los centros de destino.
- Que la estancia se realice en universidades, centros de investigación o departamentos I+D de empresas situados fuera de España, y que la subvención se dedique a sufragar gastos de desplazamiento, alojamiento y/o manutención.
Dotación
Número y dotación de las Becas Movilidad Doctorado Ciencias Experimentales y Biosanitarias
Se concederá un número máximo de 3 ayudas, distribuyendo la asignación, hasta un máximo cada una de 950 €. En el supuesto de que el número de solicitudes recibidas fuera inferior a tres, el importe de cada ayuda sería de 1.425 euros.
El importe de la ayuda podrá ser utilizado únicamente para desplazamiento, alojamiento y/o manutención.
Solo se puede optar a una ayuda de esta convocatoria por estudiante.
Presentación
La documentación para las Becas Movilidad Doctorado Ciencias Experimentales y Biosanitarias se presentará, a través del formulario que a tal efecto está disponible en la página web de la Oficina de Prácticas en Empresa, Movilidad e Inserción Laboral (OPEMIL) https://ciencias.ua.es/es/opemil/becas-y-ayudas/becas-y-ayudas.html, con indicación de los datos de esta convocatoria.
Más información
Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión
El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para impulsar la movilidad de los estudiantes del Programa de Doctorado en Ciencias Experimentales y Biosanitarias durante el desarrollo de su tesis doctoral. Se pretende de esta forma facilitar la realización de actividades de investigación, relacionadas con el contenido científico de la tesis doctoral, en Universidades o Centros de investigación (incluidos Departamentos I+D de empresas) ubicados fuera de España, con la finalidad de promover la presentación de tesis doctorales que opten a la Mención Internacional en el título de Doctora o Doctor por la Universidad de Alicante.
La subvención se dedicará a los gastos de desplazamiento, alojamiento y/o manutención de estudiantes en el extranjero, y será compatible con cualquier otra ayuda o beca que tenga la misma finalidad.
Criterios de adjudicación
La asignación de ayuda se realizará siguiendo los siguientes criterios:
- Plan de trabajo, duración de la estancia, adecuación de la misma al plan de trabajo propuesto, situación de desarrollo del proyecto de tesis en relación con los objetivos planteados (Máximo 5 puntos).
- Idoneidad y calidad del centro de destino con relación a la mejora de la formación de las personas beneficiarias (Máximo 5 puntos).
- Obtención de esta ayuda en convocatorias anteriores. Puntuará positivamente el NO haber sido beneficiario o beneficiaria de esta ayuda en convocatorias anteriores (Máximo 2 puntos).
En caso de empate, se valorarán los expedientes académicos. A igualdad de dos o más expedientes académicos, tendrá prioridad quien presente un número superior de créditos superados. Si el empate persiste, tendrá prioridad quien presente un número superior de créditos calificados con matrícula de honor y sobresaliente. Si el empate persiste, se considerará la inexistencia en el expediente académico de suspensos.
En cualquier caso, tendrán prioridad los y las estudiantes que no hayan sido beneficiados/as con alguna de estas ayudas en anteriores convocatorias o que no hayan obtenido otra ayuda para estudios de Máster.
Resolución, notificación y publicación de los resultados
Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://ciencias.ua.es/es/opemil/becas-y-ayudas/becas-y-ayudas.html, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.
Tras recibir las solicitudes, se elaborará una relación provisional de solicitudes admitidas y excluidas y se establecerá un plazo de subsanación de 5 días hábiles a partir del día siguiente a su publicación mediante instancia genérica a través de la e-Administración.
Transcurrido dicho plazo, se elaborará la relación definitiva de solicitudes admitidas y excluidas, que será remitida a la comisión de valoración para su evaluación.
La propuesta de resolución provisional de las ayudas se publicará a partir del 17 de marzo de 2025. A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de 10 días hábiles para la presentación de las alegaciones que estime pertinentes, ante el órgano gestor mediante instancia genérica a través de la e-Administración.
Transcurrido dicho plazo y, en su caso, resueltas las alegaciones presentadas, la Rectora dictará la resolución definitiva de concesión.
Obligación, justificación de personas beneficiarias y pago
Obligaciones de las personas beneficiarias:
Son obligaciones de las personas beneficiarias, además de las establecidas en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, las siguientes:
- La actividad subvencionada debe realizarse desde 2024 hasta 2025.
Además, son obligaciones de las personas beneficiarias, la aceptación y la justificación de la ayuda, las contempladas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, de entre las que se encuentran:
- Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en los términos establecidos en estas bases reguladoras y demás normativa de aplicación.
- Someterse a las actuaciones, la comprobación, el seguimiento y la evaluación de la unidad gestora y órganos de control internos y externos.
- Conservar los documentos justificativos de la actividad, una vez realizada, incluyendo los documentos electrónicos, en tanto que puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
- Incorporarse a la universidad durante el curso académico 2024-25 en la fecha previamente fijada. Todo aquel o aquella estudiante que no inicie su periodo de estudios en la fecha fijada perderá su derecho a percibir la ayuda concedida. Si el motivo de la incorporación posterior no fuera imputable a la persona beneficiaria, el importe se prorrateará durante el período efectivo de disfrute.
- Presentar una certificación del representante legal del centro de investigación receptor en la que constará el día de inicio y el de finalización de la estancia.
- Presentar memoria descriptiva del trabajo realizado, con una extensión máxima de 1.000 palabras, en la que figurará el visto bueno del director o la directora de la tesis. Dicha memoria irá encabezada por el título del proyecto de tesis y por la referencia de la ayuda.
Justificación de personas beneficiarias y pago:
Las personas beneficiarias deberán justificar el cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la ayuda y de la aplicación de los fondos percibidos hasta el 31 de octubre de 2025, mediante la presentación de:
- Memoria de actividades.
- Fichero de terceros y fotocopia del DNI en vigor, si no obra en poder de la Universidad de Alicante.
Tras la justificación, la Universidad procederá de oficio al pago de la subvención concedida.
El incumplimiento de las obligaciones mencionadas implicará la anulación de la ayuda concedida y el reintegro de las cantidades percibidas indebidamente.
Enlaces de interés
https://www.boua.ua.es/Acuerdos/DescargarAcuerdo/55201
Documentación a adjuntar
Se adjuntará la siguiente documentación:
- Memoria del trabajo de investigación a desarrollar por la persona solicitante, en la que se justifique la oportunidad de la estancia, plan de trabajo, su duración y centro receptor en que se realizará, con la conformidad del director o directora de tesis.
- Documento de aceptación de la estancia por el centro receptor, debidamente firmada y donde conste la fecha de estancia prevista.
- Historial científico-técnico del grupo y de la persona investigadora de acogida del centro receptor.
- Expediente académico, cuando no obre en poder de la Universidad de Alicante.




