Universidad de Alicante (UA)

Becas Movilidad Formación Docencia Profesorado Externo Personal Voluntario

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INSCRIPCIONES

Inicio28/11/2025 Fin19/12/2025
Abierta

Becas Movilidad Formación Docencia Profesorado Externo Personal Voluntario: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Movilidad Formación Docencia Profesorado Externo Personal Voluntario están diseñadas para fomentar la internacionalización del profesorado y el personal voluntario de la Universidad Permanente de la Universidad de Alicante (UPUA). Este programa Erasmus+ KA121 ofrece ayudas para realizar estancias en instituciones europeas, impulsando el aprendizaje y la integración de nuevas prácticas educativas. Las ayudas se otorgan de forma competitiva, brindando la posibilidad de participar en actividades de observación, formación o enseñanza.

Las Becas Movilidad Formación Docencia Profesorado Externo Personal Voluntario buscan promover el intercambio de conocimientos y experiencias entre las instituciones educativas. Los beneficiarios podrán asistir a actividades como aprendizaje por observación, estancias de formación o enseñar en el extranjero. Estas becas tienen un impacto significativo en el desarrollo profesional, permitiendo a los participantes adquirir nuevas competencias y conocimientos, que enriquecen su labor en la UPUA.

Los solicitantes deben presentar un formulario acompañado de la propuesta de movilidad, la acreditación del nivel de idioma y otros documentos necesarios. Las becas están disponibles para diferentes actividades y destinos, incluyendo instituciones educativas y organizaciones de integración social en toda Europa. Las Becas Movilidad Formación Docencia Profesorado Externo Personal Voluntario están dirigidas a quienes deseen enriquecer su experiencia profesional y contribuir al fortalecimiento de la educación de adultos a nivel internacional. Consulta todo lo necesario para solicitarlas aquí.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Doctorado
  • Máster-Maestrías
  • Grado
  • Licenciatura
  • Diplomatura
  • Postgrado-Especialidad
  • Postdoctorado
Rama
  • Todas las ramas
País de origen
  • España
País de destino
  • Portugal
  • Italia
  • Polonia
  • Lituania
  • Chipre
  • Turquía
Nacionalidades
  • Residente en España
  • Cualquier nacionalidad de terceros países no asociados al programa Erasmus
  • Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea

Requisitos

Podrán solicitar las Becas Movilidad Formación Docencia Profesorado Externo Personal Voluntario las personas que:

  • Impartan docencia como profesorado externo en el programa Diploma Senior de la Universidad Permanente o presten servicio de voluntariado en las actividades de la Incubadora de Valores de la UPUA durante el curso 2025/26.
  • Posean la nacionalidad de un país participante en el Programa Erasmus+ o de terceros países, en cuyo caso deberá acreditar un permiso válido para residir en España durante el período de realización de la movilidad.
  • Tengan un conocimiento del idioma propio de la organización receptora o de inglés correspondiente al nivel B2 según el Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER). No obstante, cada institución de acogida puede indicar un nivel diferente.
  • No sean beneficiarias de otra ayuda destinada al mismo objeto.
  • Cumplan los requisitos anteriores tanto en el momento de la solicitud como durante el período de realización de la movilidad.

Dotación

Dotación de las Becas Movilidad Formación Docencia Profesorado Externo Personal Voluntario:

Con el fin de incentivar la participación del profesorado externo y el personal voluntario de la UPUA en actividades de movilidad, la UPUA, junto con el Vicerrectorado de Relaciones Internacionales y Cooperación para el Desarrollo, concederá un máximo de 5 ayudas, distribuyendo la asignación, hasta un máximo de 2.000 € cada una. Por colectivos, las ayudas se distribuirán de la siguiente forma:

  • Profesorado externo: 3
  • Personal voluntario: 2

Por tipo de actividad, la distribución será la siguiente:

  • Aprendizaje por observación: 3
  • Estancias de enseñanza o formación: 1
  • Cursos y formación: 1

En caso de que las ayudas para un colectivo no queden cubiertas, podrán otorgarse al otro si hubiera mayor demanda. Asimismo, si el número de solicitudes por actividad no alcanzara el máximo establecido, las ayudas podrán adjudicarse a otros tipos de actividad.

4. Financiación

La duración máxima financiada será de 5 días para las actividades de enseñanza o aprendizaje por observación, y 6 días para cursos de formación; en todos los casos se sumarán hasta dos días por viaje. Los días concretos en los que se realizará la actividad se harán constar tanto en el Acuerdo de Movilidad como en el Certificado de Estancia, siendo estos los que se utilicen para el cálculo de la cuantía a percibir.

Las actividades de movilidad de esta convocatoria están financiadas por el programa Erasmus+ KA121 de la Comisión Europea, a través del Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE).

La dotación de las ayudas se ajusta a las cantidades regladas por la Comisión Europea en concepto de ayudas de viaje e individual y, en su caso, tasas de cursos, con arreglo a los siguientes criterios:

  • Viaje (ida y vuelta): Contribución a los gastos de viaje del personal basada en la distancia entre su lugar de trabajo y el lugar en el que se desarrolle la actividad correspondiente, según la cantidad que se indica a continuación:
  • Entre 500 y 1.999 km ...................... 309 €
  • Entre 2.000 y 2.999 km .................. 395 €
  • Entre 3.000 y 3.999 km................... 580 €
  • Entre 4.000 y 7.999 km ............... 1.188 €
  • 8.000 km o más.............................. 1.735 €

Para calcular la distancia en kilómetros desde el puesto de trabajo hasta la ciudad de destino, se utilizará la calculadora de distancias propuesta por la Comisión Europea, que se podrá encontrar en el siguiente enlace:

http://ec.europa.eu/programmes/erasmus-plus/tools/distance_en.htm

  • Ayuda individual: Costes directamente relacionados con la estancia de la persona participante durante la actividad. Las cantidades diarias dependerán del grupo en que se encuentre el país de destino:
  • Grupo 1: 124 € (Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Irlanda, Islandia, Italia, Liechtenstein, Luxemburgo, Noruega, Países Bajos y Suecia)
  • Grupo 2: 110 € (Chequia, Chipre, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Grecia, Letonia, Malta, y Portugal).
  • Grupo 3: 96 € (Bulgaria, Croacia, Hungría, Lituania, Macedonia del Norte, Polonia, Rumanía, Serbia y Turquía)
  • Tasas de cursos: Los participantes en la movilidad cuya formación incluya la asistencia a cursos recibirán 80€ diarios, hasta un máximo de 480€, en concepto de abono de tasas.
  • Apoyo a la inclusión. Apoyo financiero para cubrir costes adicionales de personas participantes, directamente relacionados con una discapacidad o con un problema físico, mental o de salud, y a condición de que no estén ya cubiertos. Para poder acceder a este recurso se deberá tener reconocida y calificada legalmente una discapacidad en grado igual o superior al 33%; o padecer problemas físicos, mentales o de salud, debidamente acreditados mediante la correspondiente certificación médica. La ayuda de Apoyo a la Inclusión se solicitará a la Universidad Permanente antes del comienzo de la movilidad a través de UACloud - eAdministración - Trámites - Instancia Genérica.

Presentación

La solicitud para las Becas Movilidad Formación Docencia Profesorado Externo Personal Voluntario se presentará a través del formulario publicado en la página web https://web.ua.es/es/upua/proyectos/movilidad/ka121-voluntariado-2025-26.html a la directora de la Universidad Permanente de la Universidad de Alicante, con indicación de los datos de esta convocatoria.

Más información

Objeto de la convocatoria

El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para la realización de estancias de movilidad para el profesorado externo y el personal voluntario de la Universidad Permanente de la Universidad de Alicante (en adelante UPUA), en el marco del Programa Erasmus+, acción KA121 durante el curso académico 2025-26.

Por medio de este programa, el profesorado externo y el personal voluntario de la UPUA podrán realizar actividades de aprendizaje por observación, estancias de enseñanza o formación, y cursos de formación en instituciones europeas con las que la UPUA suscriba acuerdos de movilidad en el marco del programa Erasmus+ acción KA121.

Las actividades de movilidad tienen por objetivo:

  • Fomentar la internacionalización de su personal,
  • Favorecer el aprendizaje a lo largo de la vida,
  • Facilitar el aprendizaje de buenas prácticas y el intercambio de conocimientos técnicos y experiencias sobre métodos de trabajo con las instituciones socias,
  • Compartir el conocimiento y las experiencias de las unidades homólogas de otros países con el personal de la UPUA que no accede a las movilidades,
  • Reforzar los vínculos entre las instituciones de educación de personas adultas con las que se mantienen acuerdos bilaterales, y
  • Adquirir conocimientos y habilidades relacionadas con los objetivos específicos del programa de movilidad de la UPUA: sensibilización sobre la discapacidad y uso de recursos inclusivos; reducción de la brecha digital y uso de las TIC; establecimiento de puentes entre culturas y países europeos; y lucha contra la discriminación por razón de edad.

Actividades y destinos

Actividades:

Las actividades ejecutadas deben enmarcarse en alguna de las siguientes categorías:

  • Aprendizaje por observación: los participantes visitan una organización de otro país con el objetivo de aprender nuevas prácticas y recopilar nuevas ideas mediante la observación y la interacción con homólogos, expertos u otros profesionales en su trabajo diario en la organización de acogida.
  • Estancias de enseñanza o formación: los participantes enseñan o imparten formación a los aprendientes en una organización de acogida de otro país, como forma de aprender a través de la realización de sus tareas y el intercambio con homólogos.
  • Cursos y formación: los participantes asisten a un curso estructurado o una formación similar impartida por profesionales cualificados, con un programa de aprendizaje y resultados predefinidos.

El contenido de las actividades de movilidad debe ser pertinente para las capacidades profesionales que la persona participante desarrolla en la UPUA y para los objetivos del proyecto de acreditación de la UPUA.

La actividad requerirá la aceptación en los centros e instituciones educativas de adultos, organismos públicos, centros de investigación y organizaciones de destino.

Las personas aspirantes deberán presentar un Acuerdo de Movilidad firmado por la organización de acogida.

La fecha límite de realización de la actividad será el 20 de agosto de 2026, supeditándose la estancia al periodo negociado de antemano con la institución socia.

Destinos:

Los participantes podrán realizar las actividades en las siguientes instituciones públicas o privadas de los países participantes en el programa Erasmus+:

  • Centros de educación formal de adultos
  • Organizaciones no gubernamentales (ONGs) que imparten educación no formal o cursos para adultos, alfabetización, integración social, formación comunitaria.
  • Bibliotecas, museos, centros culturales o de comunidad que ofrezcan programas o cursos para adultos relacionados con competencias básicas, integración, idiomas, cultura, envejecimiento activo, etc.
  • Centros de formación informal o no formal, como "universidades de la tercera edad", asociaciones que organizan talleres, educación continua, etc.
  • Entidades sociales, centros de apoyo a colectivos con necesidades especiales, programas de integración para migrantes, personas con discapacidad, personas mayores, etc.
  • Entidades públicas locales, regionales, u organismos de coordinación en el ámbito de la educación de adultos.

Se recomienda que las instituciones de acogida tengan la acreditación europea en el ámbito de la educación de adultos, si bien este requisito no será preceptivo.

Criterios de adjudicación

La asignación de ayudas se realizará aplicando los siguientes criterios:

  • Los criterios de valoración establecidos en el baremo (Anexo 3).
  • La puntuación final (PF) para establecer el orden de prelación resultará de la suma de los apartados del baremo.

PF = Aa+Ab+Ac+Ad+B+C

Sólo podrán participar en el proceso de adjudicación de ayudas aquellas solicitudes cuya valoración de la adecuación del programa de formación a los intereses de la internacionalización de la UPUA sea igual o superior a 7 puntos.

Tendrán prioridad las solicitudes de aquellas personas que participen por primera vez en el marco de estas acciones de movilidad.

La aceptación definitiva corresponde a la institución de destino.

En caso de empate, se dará prioridad a quien haya realizado menos movilidades. Si el número de movilidades es el mismo, tendrá preferencia quien tenga más antigüedad en su vinculación con la UPUA. En caso de persistir el empate, se utilizará el orden alfabético del primer apellido de las personas solicitantes, comenzando la ordenación por la letra "U" de acuerdo con el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, publicado en el BOE de 1 de agosto de 2025.

Las personas que no resulten beneficiarias pasarán a formar parte de una lista de reserva.

En caso de renuncia, esta deberá presentarse por escrito a través de Instancia genérica utilizando la eAdministración del UACloud Campus Virtual de la UA, dirigida a la UPUA.

Se considerará renuncia tácita la de las personas beneficiarias que no hayan presentado la documentación requerida en los plazos y en las condiciones descritas en estas bases.

Las renuncias únicamente serán atendidas y no penalizarán mientras sean presentadas en el plazo establecido en la Resolución Provisional.

Si se produce alguna renuncia, o no se entrega la documentación en las condiciones y el plazo previstos, se podrá adjudicar la ayuda, si procede, a integrantes de la lista de reserva.

Si las renuncias se producen fuera de plazo, la persona que renuncie deberá devolver las ayudas que haya recibido hasta ese momento. Además, se aplicará una penalización, según Baremo, en la próxima solicitud que realice.

Resolución, notificación y publicación de los resultados

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://web.ua.es/es/upua/proyectos/movilidad/ka121-voluntariado-2025-26.html, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.

Tras recibir las solicitudes, se elaborará una relación provisional de solicitudes admitidas y excluidas y se establecerá un plazo de subsanación de 10 días hábiles a partir del día siguiente a su publicación. Transcurrido dicho plazo, se elaborará la relación definitiva de solicitudes admitidas y excluidas, que será remitida a la comisión de valoración para su evaluación.

La propuesta de resolución provisional de las ayudas se publicará a partir del 16 de enero de 2026. A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de 10 días hábiles para la presentación de las alegaciones que estime pertinentes, ante el órgano gestor.

Transcurrido dicho plazo y a la vista la propuesta motivada de la resolución por la comisión de valoración, la Rectora dictará la resolución que proceda.

Obligación y justificación del beneficiario

Obligaciones de las personas beneficiarias:

Son obligaciones de las personas beneficiarias, además de las establecidas en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, las siguientes:

  • Realizar la actividad desde 2025 hasta 2026.
  • Cumplir con la normativa vigente en materia de regularización de su estancia en el extranjero, en general, e inscribirse en el Registro de Viajeros del Ministerio de Asuntos Exteriores antes del inicio de la movilidad.
  • No recibir ningún otro ingreso para la misma actividad.
  • Comunicar de inmediato a la Universidad Permanente todo cambio en la solicitud inicial (renuncia, calendario, planificación de actividades, etc.)
  • Responsabilizarse de los trámites de visado, la búsqueda y localización de alojamiento y cualquier otro trámite necesario para su estancia en la institución de acogida.
  • Procurarse la cobertura de seguro (a efectos de enfermedad común, accidente y repatriación) y las vacunas necesarias, en su caso, según el país de destino.

Además, son obligaciones de las personas beneficiarias, la aceptación y la justificación de la ayuda, y las siguientes:

  • Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en los términos establecidos en estas bases reguladoras y demás normativa de aplicación.
  • Someterse a las actuaciones, la comprobación, el seguimiento y la evaluación de la unidad gestora y órganos de control internos y externos.
  • Conservar los documentos justificativos de la actividad, una vez realizada, incluyendo los documentos electrónicos, en tanto que puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.

Documentación a adjuntar

A dicho formulario se adjuntarán los documentos siguientes:

  • Propuesta de un Acuerdo de Movilidad que incluya un programa de actividades claro y preciso aceptado provisionalmente por la institución de destino. Si la propuesta no estuviera firmada por la organización, habrá que adjuntar una carta de aceptación o e-mail de invitación que incluya las actividades a realizar (modelo de acuerdo en Anexo 1).
  • Acreditación del nivel de idioma, salvo que obre en poder de la Universidad de Alicante.
  • Declaración responsable (Anexo 2).

El Acuerdo de Movilidad propuesto por la persona solicitante y aceptado por la institución de destino deberá responder a los intereses del Programa de Movilidad propuesto por la UPUA, aprobado por el SEPIE para la acción KA121, y que figuran en el Anexo 3. Los elementos básicos para desarrollar serán: objetivos generales de la movilidad, objetivos específicos, programa con días y actividades a realizar, y resultados esperados en términos de experiencia o competencias adicionales a adquirir.

Cuando la documentación obre en poder la Universidad de Alicante, debe indicarse la unidad administrativa que la generó o en la que fue presentada.

La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de esta convocatoria.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Movilidad Formación Docencia Profesorado Externo Personal Voluntario

Las Becas Movilidad Formación Docencia Profesorado Externo Personal Voluntario están diseñadas para fomentar la internacionalización del profesorado y el personal voluntario de la Universidad Permanente de la Universidad de Alicante (UPUA). Este programa Erasmus+ KA121 ofrece ayudas para realizar estancias en instituciones europeas, impulsando el aprendizaje y la integración de nuevas prácticas educativas. Las ayudas se otorgan de forma competitiva, brindando la posibilidad de participar en actividades de observación, formación o enseñanza.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Movilidad Formación Docencia Profesorado Externo Personal Voluntario" es: desde 28/11/2025 hasta 19/12/2025.

La Beca "Becas Movilidad Formación Docencia Profesorado Externo Personal Voluntario" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Doctorado
  • Máster-Maestrías
  • Grado
  • Licenciatura
  • Diplomatura
  • Postgrado-Especialidad
  • Postdoctorado

La Beca "Becas Movilidad Formación Docencia Profesorado Externo Personal Voluntario" es un tipo de beca: 

  • Becas de movilidad
  • Becas para profesores