Instituto de Estudios Riojanos (IER)

Becas IER Estudio de la Cultura Popular La Rioja

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INSCRIPCIONES

Inicio15/05/2026 Fin15/06/2026
Abierta

Becas IER Estudio de la Cultura Popular La Rioja: solicitud y plazos

Descripción

El Instituto de Estudios Riojanos (IER) establece la convocatoria de las Becas IER Estudio de la Cultura Popular La Rioja, con el objetivo de ofrecer una formación tanto teórica como práctica en materias relacionadas con la cultura popular de La Rioja.

Las personas solicitantes de las Becas IER Estudio de la Cultura Popular La Rioja deberán tener nacionalidad española o de un país miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.

Los aspirantes además deberán contar con la titulación de Licenciatura o Grado en el ámbito de las Ciencias Humanas y Sociales, y encontrarse en situación de desempleo en el momento de iniciar la beca.

Mediante las becas concedidas, se otorgará una dotación económica mensual además de la oportunidad de realizar una formación académica y práctica.

El desarrollo de dicha formación se llevará a cabo en la sede del Instituto de Estudios Riojanos, situado en Logroño.

Las personas participantes tendrán la oportunidad de beneficiarse de una formación tanto a nivel práctico como teórico que les otorgará los conocimientos y herramientas necesarios para su inserción en el mundo laboral, pudiendo abandonar así la situación de desempleo.

Conoce cómo puedes acceder a una de las Becas IER Estudio de la Cultura Popular La Rioja en este portal web.

Datos básicos

Nº de becas
Unspecified
Nivel de estudio
  • Grado
  • Licenciatura
Rama
  • Turismo, Ciencias Sociales y Educación
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Española
  • Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea

Requisitos

Las personas solicitantes de las Becas IER Estudio de la Cultura Popular La Rioja deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • a. Tener la nacionalidad española o de un país miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.
  • b. Estar en posesión del título de Licenciatura o Grado, de las ramas de ciencias humanas y sociales, habiéndolo obtenido en los últimos 5 años anteriores a contar desde el momento de la publicación de la convocatoria. En el supuesto de títulos extranjeros, deberán estar homologados o reconocidos en la fecha en que concluya el plazo de presentación de solicitudes.
  • c. No haber disfrutado ni estar disfrutando de ninguna otra beca para una finalidad similar convocada por organismos o entidades de carácter público o privado.
  • d. Estar en situación de desempleo en el momento de inicio de la beca.
  • e. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.
  • f. No hallarse incurso en las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. General de Subvenciones.

Cuando sean de aplicación, el cumplimiento temporal de los requisitos se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, a excepción del requisito de estar en situación de desempleo.

Dotación

Las Becas IER Estudio de la Cultura Popular La Rioja ofrecerán una cuantía económica mensual.

Presentación

Los interesados en la obtención de las Becas IER Estudio de la Cultura Popular La Rioja que se convoquen de acuerdo a las bases reguladoras de la presente Orden deberán presentar, en el plazo fijado en la Resolución de la Convocatoria , una solicitud dirigida al Instituto de Estudios Riojanos, en la forma establecida en los artículos 14 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Más información

Objetivo

  • Conceder becas para la formación en materias relacionadas con la cultura popular de La Rioja.
  • Las becas tendrán como finalidad completar el estudio y la formación académica de las personas beneficiarias a través de un aprendizaje directo de la cultura popular de La Rioja.

Convocatoria, duración y lugar de realización de las prácticas


  • Las becas se convocarán mediante Resolución del Presidente del IER o del órgano en quien se delegue, y tendrá necesariamente el contenido que se especifica en el artículo 23 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja. La convocatoria se comunicará a la Base de Datos Nacional de Subvenciones a efectos de la publicación de su extracto en el Boletín Oficial de La Rioja.
  • Las becas tendrán una duración de 12 meses, contados desde la fecha de incorporación que figure en la Resolución de concesión. Dicho periodo será susceptible de prórrogas de 12 meses hasta completar un máximo de 36 meses. Cada prórroga será acordada por Resolución del Presidente del IER o del órgano en quien se delegue, previo informe favorable del tutor de formación. La Resolución de la prórroga podrá contemplar la actualización del importe mensual de la beca inicialmente fijado, con arreglo a la variación interanual del IPC en La Rioja, referido a diciembre del año anterior a la prórroga.
  • El lugar de realización de las prácticas será la sede del Instituto de Estudios Riojanos, en Logroño.
  • El número de becas a convocar se determinará en la Resolución de convocatoria, en función de la disponibilidad presupuestaria.
Criterios de valoración y fases del proceso de selección

Los criterios de valoración para la adjudicación de la beca serán los siguientes:

  • a. Formación académica oficial (hasta 40 puntos).
  • b. Participación en programas, publicaciones, voluntariado u otros proyectos relacionados con la cultura popular de La Rioja (hasta 30 puntos).
  • c. Entrevista personal (hasta 30 puntos): la Comisión de Valoración podrá formular preguntas relacionadas con el objeto de la beca y conocimientos generales relacionados con la formación académica y la motivación del candidato.
El proceso de selección de las personas becarias tendrá las siguientes fases:

  • a. Fase primera: valoración del currículum. La Comisión de Valoración evaluará los criterios de valoración de formación académica y la participación en programas, publicaciones, voluntariado u otros proyectos de acuerdo a los criterios y al baremo que se recoja en cada convocatoria. A la vista de los méritos alegados, se publicará en la sede electrónica del Gobierno de La Rioja una lista ordenada del resultado obtenido por los candidatos. Asimismo, se indicará en dicha lista la fecha y hora para la celebración de la entrevista por aquellos que hubieran superado esta fase. No obstante, en los casos en los que sea posible, además, se emplazará a las personas candidatas que han superado la primera fase, mediante llamada telefónica o mensaje remitido por correo electrónico.Siempre que el número de solicitantes admitidos lo permita, pasarán a la segunda fase un número máximo de diez aspirantes.
  • b. Fase segunda: entrevista. Las personas candidatas convocadas a la entrevista por haber superado la fase primera, serán entrevistadas por la Comisión de Valoración que no podrá realizarse hasta al menos 7 días naturales después de la fecha de publicación en la página web del Gobierno de La Rioja del resultado de la primera fase.
Resultarán adjudicatarias de las becas las candidaturas que habiendo superado cada una de las dos fases anteriores obtengan la mayor puntuación derivada del sumatorio de puntos obtenidos en ambas fases. En caso de empate se situará en primer lugar la que mayor puntuación haya obtenido en formación académica.

Resolución

El procedimiento de concesión se resolverá mediante Resolución motivada del Presidente del IER o del órgano en quien se delegue, a la vista de la propuesta definitiva del órgano instructor y agotará la vía administrativa. La Resolución recogerá los recursos que procedan contra la misma, el órgano ante el que hubieran de presentarse y el plazo para interponerlos y se notificará a los interesados íntegramente por los medios previstos en los artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las becas convocadas al amparo de la presente Orden deberán resolverse y publicarse en el Boletín Oficial de La Rioja en el plazo máximo de seis meses a contar desde la publicación de la correspondiente convocatoria. El vencimiento de dicho plazo sin haberse dictado Resolución expresa al efecto legitima a los interesados para entender desestimada su solicitud por silencio administrativo, de conformidad con el artículo 25 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero.

En la Resolución de concesión de las becas se hará constar:

  • a. Personas beneficiarias y la cuantía de las becas.
  • b. Las condiciones impuestas a las personas beneficiarias.
  • c. La fecha de inicio de las becas.
  • d. La desestimación del resto de solicitudes.
  • e. La lista de espera, con la relación ordenada de solicitantes expectantes que, cumpliendo todos los requisitos para adquirir la condición de beneficiarios, no hayan visto estimada su solicitud, por haberse agotado el crédito presupuestario consignado.
Si la persona beneficiaria renunciara a la beca, el Presidente del IER u órgano en quien delegue, acordará, sin necesidad de nueva convocatoria, la concesión de la beca a la solicitante siguiente en orden de puntuación.

Contra la Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el órgano que la hubiera dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

Duración y desarrollo de las prácticas

A cada persona becaria en prácticas le será asignada una persona tutora, que será nombrada por el Instituto de Estudios Riojanos y será responsable de la orientación de la formación correspondiente. Las actividades objeto de la beca se desarrollarán bajo la supervisión de la persona tutora que seguirá el Plan de Formación entregado a la persona becaria en el momento de su incorporación. La persona encargada de la tutorización emitirá trimestralmente informe de la actividad desarrollada, grado de cumplimiento del objetivo de la beca y, en su caso, ausencias u otras incidencias a destacar.

El Plan de Formación será aprobado por el Instituto de Estudios Riojanos y habrá de contener los siguientes elementos: características de la formación, objetivos, evaluación de la formación y calendario de las acciones formativas previstas. Las becas no podrán suponer, en ningún caso, el ejercicio de funciones, tareas o competencias correspondiente al personal al servicio de la Administración.

La incorporación de la persona becaria deberá tener lugar en un plazo máximo de 7 días hábiles desde la fecha de la notificación al mismo de la Resolución de adjudicación.

El tutor designado distribuirá la formación del becario de la forma que considere más adecuada, que en todo caso se desarrollará en el horario de mañana de lunes a viernes, con un máximo de 7 hora diarias. El cumplimiento del horario quedará acreditado mediante la cumplimentación de hojas de firma, a controlar por el tutor, si éste lo considera necesario.

Por cada período de 12 meses de duración de la beca, el becario podrá disfrutar de un descanso de 22 días hábiles. El becario propondrá a su tutor de formación las fechas en que desea disfrutar de dicho descanso, como mínimo con 15 días de antelación a la fecha propuesta. En ningún caso podrán concederse jornadas de descanso en un número superior al que proporcionalmente le corresponda al becario en función del período transcurrido desde la concesión de la beca.

Las ausencias durante la jornada formativa por el cumplimiento de deberes inexcusables o por enfermedad deberán ser justificadas documentalmente por el becario y aceptada la justificación por el tutor de formación. Se entenderán causas justificadas las contingencias previstas en el Régimen General de la Seguridad Social.

Documentación a adjuntar

La solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación:

  • a. Currículum Vitae, que deberá incluir todos los elementos que son objeto de valoración según el artículo 7 de la presente Orden.
  • b. Declaración responsable de no haber disfrutado ni estar disfrutando de ninguna beca para una finalidad similar convocada por organismos o entidades tanto de carácter público como privado y de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública. Podrá obtenerse modelo de esta declaración accediendo a la página web del Gobierno de La Rioja.
  • c. Acreditación documental fehaciente de los méritos alegados al cumplimentar el modelo oficial que acompaña la convocatoria correspondiente. Los documentos presentados deberán incorporarse digitalizados en el apartado correspondiente de la solicitud.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas IER Estudio de la Cultura Popular La Rioja

El Instituto de Estudios Riojanos (IER) establece la convocatoria de las Becas IER Estudio de la Cultura Popular La Rioja, con el objetivo de ofrecer una formación tanto teórica como práctica en materias relacionadas con la cultura popular de La Rioja.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas IER Estudio de la Cultura Popular La Rioja" es: desde 15/05/2026 hasta 15/06/2026.

La Beca "Becas IER Estudio de la Cultura Popular La Rioja" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Grado
  • Licenciatura

La Beca "Becas IER Estudio de la Cultura Popular La Rioja" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de formación práctica
  • Becas para desempleados