Becas Formación Titulados Ciencia de la Información y Comunicación
INSCRIPCIONES
Becas Formación Titulados Ciencia de la Información y Comunicación: solicitud y plazos
Descripción
El Gobierno de Navarra es un organismo público que trabaja constantemente para facilitar a los alumnos el desarrollo de los correspondientes estudios que están cursando.Además, esta institución propicia el desarrollo de actividades de formación práctica con la finalidad de dotar a los estudiantes de la experiencia laboral que es tan demandada en la actualidad por las empresas. Por ello convoca las Becas Formación Titulados Ciencia de la Información y Comunicación.
Estas becas podrán ser solicitadas por las personas licenciadas o graduadas en cualquier titulación perteneciente a la rama de Ciencias de la Información y/o comunicación como Periodismo, Comunicación Audiovisual o Publicidad.
Además de ello, los solicitantes de las Becas Formación Titulados Ciencia de la Información y Comunicación deberán cumplir con una serie de requisitos como el ser residente en Navarra y tener nacionalidad española o de un estado miembro de la Unión Europea.
Los candidatos que resulten seleccionados como beneficiarios de las becas concedidas, además de complementar su formación práctica adquiriendo nuevos conocimientos y herramientas, recibirán una dotación económica mensual, que les supondrá una gran ayuda a su economía personal.
Por todo ello, desde aquí te animamos a solicitar una de estas becas y adquirir así una formación práctica que te será de gran ayuda para tu inserción al mercado laboral.
Conoce a continuación todos los datos relacionados con las Becas Formación Titulados Ciencia de la Información y Comunicación como plazos de solicitud, requisitos y proceso de solicitud.
Datos básicos
- Nº de becas
- 1
- Nivel de estudio
- Grado
- Rama
- Periodismo y Comunicación Audiovisual
- Carrera
- Comunicación Audiovisual
- Periodismo
- Publicidad y Relaciones Públicas
- País de origen
- España
- Región de origen
- Navarra
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
- Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea
Requisitos
Únicamente podrán ser beneficiarias de las Becas Formación Titulados Ciencia de la Información y Comunicación las personas físicas que reúnan los requisitos:
- a. Ser mayor de edad y menor de 31 años.
- b. Tener nacionalidad española, ser nacional de un estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras. En todo caso, quienes no ostenten la nacionalidad española deberán acreditar la suficiente capacitación en el uso de la lengua castellana.
- c. Tener plena capacidad de obrar y no estar inhabilitado o inhabilitada para la obtención de ayudas y subvenciones públicas de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o de sus organismos autónomos, conforme al artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
- d. Estar empadronado o empadronada en Navarra, al menos desde un año antes de la fecha de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.
- e. Estar en posesión del título oficial universitario indicado en la base 1.ª, expedido u homologado por las autoridades españolas.
- f. Haber obtenido el título requerido dentro de los tres años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.
- g. Estar en posesión de título o certificado acreditativo del conocimiento de euskera reconocido como equivalente al nivel B2 de los contemplados en la Resolución 210/2010, de 13 de septiembre, del director gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, por la que se establecen las convalidaciones entre los diferentes títulos y certificaciones que acrediten el conocimiento del euskera y de los idiomas comunitarios, según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.
- h. No estar incapacitado o incapacitada físicamente, ni padecer enfermedad que pueda impedir el desarrollo de la actividad formativa que constituya el objeto de la beca.
Todos los requisitos deberán reunirse a la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse durante el periodo de duración de la beca.
Dotación
- Las Becas Formación Titulados Ciencia de la Información y Comunicación estarán dotadas con 15.764,16 euros anuales, los cuales corresponden a 12 mensualidades de 1.250 euros mensuales más 63,68 euros al mes en concepto de Seguridad Social.
- La cuantía a abonar a la persona que haya obtenido la beca se pagará en plazos mensuales, a mes vencido, o en su parte proporcional, si fuera el caso. Del citado importe se retendrá la cantidad que corresponda a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Así mismo, el Instituto Navarro de la Juventud, mensualmente abonará la parte de la cuota de cotización a la Seguridad Social correspondiente a la persona becada.
- Dicha cantidad de 1.250,00 euros brutos al mes se mantendrá durante todo el periodo de duración de la beca, no teniendo carácter de salario o retribución, sino de ayuda económica pública.
- La persona beneficiaria de la beca quedará asimilada a personas trabajadoras por cuenta ajena, a efectos de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social, en los términos establecidos en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre.
Presentación
- Las personas interesadas en solicitar las Becas Formación Titulados Ciencia de la Información y Comunicación podrán presentar sus solicitudes en el Registro del Instituto Navarro de la Juventud (C/ Yanguas y Miranda, 27, bajo. 31003 Pamplona), en cualquiera de las Oficinas de Registro del Gobierno de Navarra o en aquellos lugares establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (artículo 16).
- Pueden presentarse igualmente de manera telemática a través de la ficha correspondiente del catálogo de servicios del Portal del Gobierno de Navarra en Internet: http://www.navarra.es/home_es/Servicios/. En dicha ficha existirá un enlace al Registro General Electrónico de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, siendo necesario para identificarse disponer de certificado digital.
Más información
Objeto
- Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de una beca de formación para personas licenciadas o graduadas en cualquier titulación perteneciente a la rama Ciencias de la Información y/o Comunicación (Periodismo, Comunicación Audiovisual, Publicidad...).
- La finalidad de esta beca es promover la formación de la persona seleccionada, de modo que adquiera un conocimiento más directo de las actuaciones en materia de juventud que se llevan a cabo desde el Instituto Navarro de la Juventud.
Duración
- La beca tendrá una duración de doce meses. No obstante, el órgano competente podrá prorrogarla por periodos iguales hasta un máximo de tres años (incluido el periodo inicial y las prórrogas), en función de las disponibilidades presupuestarias.
- La beca comenzará el día señalado en la resolución de concesión que no podrá ser anterior al 1 de octubre de 2025 y finalizará el 30 de septiembre de 2026. Esta beca podrá ser prorrogada desde el 1 de octubre de 2026 durante dos años más, siguiendo lo marcado en el artículo 3 del Decreto l Foral 172/2004, de 19 de abril por el que se establece el régimen general para la concesión de becas de formación de la administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.
- En ningún caso la prórroga de la beca supondrá una alteración de la naturaleza de la misma.
- a. Expediente académico. Puntuación máxima: hasta 4 puntos. Se valorará la nota media del expediente académico:
- Aprobado: 1 puntos.
- Notable: 2 puntos.
- Sobresaliente: 3 puntos.
- Matrícula de honor: 4 puntos.
- b. Conocimiento de idiomas: inglés, francés y otros idiomas comunitarios. Puntuación máxima: hasta 1,5 puntos. La posesión de título o certificado reconocido como equivalente al Nivel C1 de los contemplados en la Resolución 210/2010, de 13 de septiembre, del director gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, por la que se establecen las convalidaciones entre los diferentes títulos y certificaciones que acreditan el conocimiento del vascuence y de los idiomas comunitarios, según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, se valorará con 0,50 puntos para inglés y francés y 0`25 para otros idiomas.
- Las titulaciones o certificados reconocidos como equivalentes al nivel B2 se valorarán con 0,25 puntos.
- No se otorgarán puntuaciones a las titulaciones o certificados inferiores al nivel B2.
- c. Otros títulos académicos universitarios que no constituyan un requisito para la concesión de la beca y tengan relación directa con las materias objeto de la misma. Hasta un máximo de 2,5 puntos.
- Doctorado: 2 puntos.
- Máster: 1 punto.
- Otros grados: 0,5 puntos.
- d. Experiencia profesional o de voluntariado en temas relacionados con la gestión de redes sociales, la realización de campañas de sensibilización y/o cuestiones relativas a proyectos de Convivencia Intercultural, Acogida a personas migrantes y Lucha Contra el Racismo. Hasta un máximo de 1 punto. Se otorgarán 0,25 puntos por cada periodo de tres meses de experiencia profesional o voluntariado. Sólo se valorarán los periodos superiores a 3 meses, debidamente justificados mediante documento fehaciente (certificado, nómina, declaración del responsable de la entidad, etc.).
- e. Entrevista personal. Se realizará una entrevista personal a las personas con las seis mayores calificaciones. En la mencionada entrevista se valorarán, con un máximo de hasta 5 puntos, los conocimientos en trabajos relacionados con políticas migratorias, realización de campañas de sensibilización, gestión de redes sociales, conocimiento de la normativa administrativa y, en especial, la relacionada con políticas migratorias; así como la motivación, la iniciativa, la claridad y el orden de las respuestas, la aptitud para relacionar entre sí distintos temas, la aptitud para el trabajo en equipo y otras habilidades sociales.
- La concesión de la beca se realizará por resolución del director gerente del Instituto Navarro de la Juventud, previa propuesta del órgano instructor.
- Esta resolución y el orden de prelación de solicitantes, establecido en función de la puntuación obtenida en la baremación de méritos, se hará pública, a efectos informativos, en la página web del Instituto Navarro de la Juventud.10.2.
- La persona seleccionada como beneficiaria de la beca deberá presentar, en el plazo máximo de 10 días hábiles, desde la notificación de la resolución de concesión, acreditación mediante documento original. En caso de no producirse esta, la adjudicación pasaría a la segunda persona mejor clasificada y así sucesivamente.
Enlaces de interés
Documentación a adjuntar
A la instancia general se acompañarán los siguientes documentos:
- a. Impreso de solicitud conforme al modelo señalado en el anexo II.
- b. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o pasaporte.
- c. Currículum Vitae de la persona solicitante, en el que se relacionen detalladamente todos los méritos referidos.
- d. Fotocopia del título oficial indicado en la base primera.
- e. Certificación del expediente académico que incluirá las calificaciones de todas las materias de cada curso, con mención expresa de la convocatoria en que fueron aprobadas e indicación clara de la nota media de dicho expediente.
- f. Título o certificado acreditativo del conocimiento de euskera referido en la base 6.ª g).
- g. Certificado de empadronamiento de fecha de expedición posterior a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.
- h. Documentación y fotocopias de las acreditaciones sobre los méritos alegados, para su valoración según la base 9.ª-
- i. Declaración responsable de la persona solicitante de no estar incursa en ninguna de las circunstancias que impiden acceder a la condición de beneficiario o beneficiaria de subvenciones públicas, de conformidad con el artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones. (Anexo III).