Becas Formación Programa Contigo Ayto. Gijón
INSCRIPCIONES
Becas Formación Programa Contigo Ayto. Gijón: solicitud y plazos
Descripción
El Ayuntamiento de Gijón es el organismo público municipal que lleva a cabo la convocatoria de las Becas Formación Programa Contigo Ayto. Gijón, destinadas a ofrecer una formación teórica y práctica a aquellas personas que cuentan con residencia en este municipio y que se encuentran en situación de desempleo, con la finalidad de dotarles de las herramientas y conocimientos necesarios que les faciliten su incorporación al mundo laboral.
Para ello, mediante las Becas Formación Programa Contigo Ayto. Gijón, se ofrecerá una dotación económica a aquellos alumnos que finalicen con éxito las acciones formativas realizadas. Dicha cantidad económica será variable en función del número de horas de la formación.
El Ayuntamiento de Gijón es una institución pública, plenamente consciente de algunas de las dificultades a las que tienen que hacer frente alguno de sus vecinos, con respecto al proceso de búsqueda de empleo. Esta circunstancia es debida, en muchas ocasiones, a la falta de formación específica, o por motivos familiares o sociales.
Es por ello, que con la idea de mitigar las dificultades para acceder a una adecuada formación, este organismo proyecta la convocatoria de las Becas Formación Programa Contigo Ayto. Gijón.
Para conocer mas detalles y saber cómo debes solicitar una de las Becas Formación Programa Contigo Ayto. Gijón, te será de gran ayuda toda la información que te facilitamos a continuación sobre las mismas.
Datos básicos
- Nº de becas
- Unspecified
- Nivel de estudio
- Grado
- ESO
- Bachillerato
- Ciclos formativos de grado medio
- Ciclos formativos de grado superior
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Región de origen
- Principado de Asturias
- Provincia de origen
- Asturias
- Localidad
- Gijón
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Podrán ser beneficiarios/as de estas becas las personas empadronadas en Gijón que participen en acciones formativas promovidas por el Plan Local de Formación que estén siendo ejecutadas por entidades formativas contratadas al efecto o ejecutadas a través de convenio nominativo, siempre que cumplan con los siguientes requisitos:
- Estar en desempleo a fecha de solicitud de la beca.
- Cumplir con el requisito de asistencia con aprovechamiento.
- Participar en alguna acción formativa del Plan Local de Formación siempre que tenga una duración en carga horaria superior a 60 horas presenciales.
De acuerdo con el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el Departamento de Formación de la Agencia Local de Empleo podrá recabar los datos de situación de desempleo y empadronamiento de la persona solicitante a través de sus redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, salvo oposición expresa y motivada de la misma.
Dotación
- La cuantía de la beca de asistencia con aprovechamiento se establece en función del tope máximo de horas de duración del curso o itinerario formativo, siempre que el/la participante hubiese asistido al menos al 75% de las horas de duración del mismo. No se concederá beca cuando la formación tenga una duración igual o inferior a 60 horas o se imparta en cualquiera de las modalidades de formación a distancia o teleformación. Cuando la formación se desarrolle en modalidad híbrida, solo se tendrá derecho a beca en la fase presencial si esta supera las 60 horas.
- El importe máximo será el resultado de multiplicar el número de horas de duración de la acción formativa o del itinerario formativo (con o sin prácticas) por un módulo económico de 1,50€. Cuando el/la solicitante acredite alguna de las siguientes circunstancias: ser víctima de violencia de género o de trata, o siendo menor de 26 años ser hijo/a de mujer víctima de violencia de género o de trata, o ser madre o padre con hijos/as menores de 6 años, la cuantía de la beca de asistencia será el resultado de multiplicar el número de horas de duración de la acción formativa o del itinerario formativo (con o sin prácticas) por un módulo económico de 3€.
Presentación
Las presentes bases, el modelo de solicitud y el fichero de acreedores pueden descargarse desde la web municipal y la sede electrónica del Ayuntamiento de Gijón respectivamente. También se pueden solicitar al tutor/a del proyecto en el centro formativo, y asimismo, se pueden pedir directamente al Departamento de Formación de la Agencia Local de Promoción Económica y de Empleo del Ayuntamiento de Gijón, enviando un correo electrónico a formacion.alpee@gijon.es.
La solicitud firmada junto con la documentación requerida y el fichero de acreedores "Modelo normalizado 09.01" (firmado y sellado por la entidad bancaria) debe dirigirse al Servicio de Orientación, Formación y Empleo de la Agencia Local de Promoción Económica y de Empleo, y puede presentarse de las siguientes formas:
- a. Presencialmente: en el Registro General del Ayuntamiento de Gijón/Xixón, ubicado en el Edificio Administrativo "Antigua Pescadería Municipal" (C/ Cabrales, n.º 2) o en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía en diversos centros municipales. El horario de atención es de lunes a viernes, de 8:30 a 17:00 horas en todas las oficinas señaladas y los sábados de 9:00 a 13:00 horas en algunas de ellas.
- b. Electrónicamente: la persona interesada deberá acreditar su identidad mediante la tarjeta ciudadana o certificados electrónicos aceptados en la sede electrónica municipal, incluido el DNI electrónico. La presentación se puede realizar a través de la Oficina Virtual del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Gijón/Xixón (www.gijon.es/oficinavirtual) (www.gijon.es/registroelectronico). En este caso, deberá enviar el documento original del Fichero de acreedores "Modelo normalizado 09.01" en formato papel a la Tesorería General del Ayuntamiento de Gijón/Xixón, ya sea entregándolo en sus dependencias o en el Departamento de Formación de la Agencia Local de Promoción Económica y de Empleo ubicado en C/ Avelino González Mallada nº 27.
Más información
Finalidad y naturaleza de las becas
- La finalidad de estas becas de asistencia con aprovechamiento consiste en facilitar la permanencia en el itinerario formativo de quienes se encuentran en situación de desempleo, mediante la concesión de una beca de ayuda que contribuya a cubrir las necesidades del alumnado que, debido a su situación de desempleo, situación personal y/o de responsabilidades familiares, tienen mayor dificultad para permanecer en dicho itinerario. Esto se realiza siempre que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en las bases, minimizando los obstáculos que impiden a las personas participantes en los cursos del Plan Local de Formación finalizar con éxito la formación recibida y, por tanto, adquirir los conocimientos y compensar los gastos que conlleva su participación en esta formación.
- Quedan excluidas aquellas acciones formativas no vinculadas al Plan Local de Formación y/o que pertenezcan a programas que cuenten con su propia convocatoria, así como aquellas que se desarrollen mediante una contratación laboral.
Incompatibilidades y límites a la percepción de ayudas
- Ningún beneficiario/a podrá obtener becas de forma simultánea en el mismo período temporal por asistencia a cursos o itinerarios de formación para el empleo. Estas becas serán incompatibles con cualesquiera otras para la misma finalidad. En el caso de que ambos progenitores estén realizando cursos impulsados por el Plan Local de Formación en el mismo período temporal, la cuantía de la beca por hijos menores de 6 años se aplicará a un solo progenitor.
- La cuantía total a percibir por becas por una misma persona que realice más de un curso de entre los ofertados desde el Plan Local de Formación con derecho a beca, en ningún caso podrá superar los 2.900,00€ por persona y ejercicio presupuestario.
- La concesión de la beca estará sujeta a disponibilidad presupuestaria, de tal manera que el/la solicitante no tendrá derecho a beca si se da el caso de que el crédito presupuestario del presente programa de becas ha sido agotado.
Pago
- La tramitación para el pago de la beca se efectuará generalmente una vez concluida la acción formativa, tras verificar el cumplimiento de los requisitos y una vez comprobado el porcentaje de asistencia con aprovechamiento. No obstante, en cursos que superen las 300 horas, se procurará realizar el pago de la beca en dos plazos. Las becas se abonarán por transferencia bancaria en el número de cuenta facilitada por el beneficiario/a, del cual deberá ser titular o cotitular.
- Sobre todas las becas se practicará la retención del porcentaje mínimo aplicable (actualmente el 2%) en aplicación del artículo 86 del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por el Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero.
https://www.gijon.es/sites/default/files/2024-01/Becas%20de%20asitencia%20PLF%20Programa%20Contigo%202024-2025.pdf
Documentación a adjuntar
Quien desee solicitar la Beca de Asistencia deberá presentar la siguiente documentación:
- Modelo de solicitud en el formulario oficial, debidamente cubierto y con la firma de la declaración responsable en la que manifiesta, bajo su responsabilidad, cumplir el requisito de no estar incurso/a en ninguna de las prohibiciones previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. Además, asume la obligación de comunicar a la Administración concedente cualquier cambio que afecte a esta declaración. También debe acreditar estos extremos en caso de requerimiento por el órgano concedente, que le impidan obtener subvención pública. Asimismo, debe estar al corriente de las obligaciones tributarias de la Seguridad Social y no ser deudor/a del Ayuntamiento de Gijón, ni ser perceptor/a de ninguna otra ayuda pública para la misma finalidad.
- Fichero de acreedores "Modelo normalizado 09.01", firmado y sellado por la entidad bancaria y por la persona solicitante.
- En caso de tener hijos/as menores de 6 años, copia del libro de familia.
- En caso de ser víctima de violencia de género o de trata, o siendo menor de 26 años ser hijo/a de víctima, informe actualizado y emitido por el Centro Asesor de la Mujer para la acreditación de la situación.