Becas Prácticas en Países Extracomunitarios - Gob. Navarra
INSCRIPCIONES
Becas Prácticas en Países Extracomunitarios - Gob. Navarra: solicitud y plazos
Descripción
El Gobierno de Navarra es el organismo público encargado de la convocatoria y desarrollo de las Becas Prácticas en Países Extracomunitarios - Gob. Navarra.
La finalidad de estas becas es facilitar que personas con estudios universitarios y que estén vinculadas con Navarra, realicen prácticas formativas relacionadas con su formación académica en empresas, consulados, embajadas o centros de investigación situados en alguno de los países extracomunitarios indicados en la convocatoria.
De esta manera, las personas beneficiarias de las Becas Prácticas en Países Extracomunitarios - Gob. Navarra tendrán la oportunidad de completar su formación, así como de mejorar sus competencias a niveles prácticos y sus capacidades en idiomas.
Para poder solicitar una de estas becas los candidatos deben cumplir con una serie de requisitos, así como atenerse a las obligaciones posteriores indicadas.
Los alumnos beneficiarios de una de estas becas recibirán una dotación económica destinada a cubrir los gastos generados como consecuencia de las prácticas realizadas como gastos de viaje y estancia, entre otros.
La convocatoria de estas becas supone, sin duda, una gran oportunidad para aquellos estudiantes que disponen de un título universitario y que desean mejorar y adquirir sus conocimientos básicos, lo que le facilitará su incorporación al mundo laboral.
Anímate y no pierdas la oportunidad que te ofrecen estas becas para completar tu formación a la vez que disfrutas de numerosas experiencias personales.
Puedes conocer aquí todos los datos relacionados con las Becas Prácticas en Países Extracomunitarios - Gob. Navarra.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Grado
- Licenciatura
- Diplomatura
- Ciclos formativos de grado superior
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- País de destino
- Suiza
- Argentina
- Brasil
- Chile
- Costa de Marfil
- Colombia
- Región de origen
- Navarra
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
Requisitos
Podrán obtener la condición de beneficiarias de las Becas Prácticas en Países Extracomunitarios - Gob. Navarra, las personas que en el momento de la solicitud de la beca reúnan los siguientes requisitos:
- a. Edad: tener entre 18 y 30 años en el momento de la solicitud de la ayuda.
- b. Tener vinculación con Navarra, bien por haber nacido aquí, ostentar la condición civil foral o estar empadronadas en Navarra desde al menos un año antes de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra, o haber estado empadronadas cinco años continuados durante los diez años inmediatamente anteriores, para lo cual deberán presentar el certificado de empadronamiento.
- c. Estar en posesión de una titulación universitaria de grado o de formación profesional superior a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- d. No haber disfrutado de otras becas para la misma finalidad de estas becas, es decir, de otras becas para realizar prácticas en el extranjero dirigidas a titulados universitarios o de formación profesional superior.
- e. No haber renunciado, excepto por causa de fuerza mayor, a una beca de prácticas internacionales del Gobierno de Navarra concedida en convocatorias anteriores.
- f. Haberse preinscrito en el plan formativo para prácticas en el extranjero online, que imparten tanto la Fundación Universidad-Sociedad de la Universidad Pública de Navarra como la Universidad de Navarra, independientemente de dónde se haya obtenido el título.
- g. Haber sido seleccionada por una entidad con personalidad jurídica de un país extracomunitario para realizar las prácticas en su sede. Estas prácticas se podrán conseguir por medios propios o a través de las ofertas que realicen las entidades colaboradoras.
- h. No haber tenido ningún vínculo laboral con la empresa o entidad en la que se realizará la práctica formativa con anterioridad a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.
- i. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con la realización de las actividades objeto de la beca en el país de destino.
- j. No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias del artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
La solicitud de la beca conlleva la autorización para que el órgano concedente obtenga, de forma directa, los certificados telemáticos que acreditan que la persona solicitante está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Foral de Navarra y frente a la Seguridad Social y para la consulta de inhabilitaciones para obtener subvenciones y ayudas. En el caso de que la interesada se oponga a ello expresamente en su solicitud, deberá aportar los certificados acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de las citadas obligaciones.
Dotación
- Las Becas Prácticas en Países Extracomunitarios - Gob. Navarra estarán dotadas con una cantidad destinada a cubrir gastos de estancia, viaje, visados y un seguro obligatorio, de accidentes, viajes, asistencia sanitaria y responsabilidad civil. La cuantía total de cada beca, en función del país de destino es al señalada en el anexo 2 de la convocatoria.
- Las prácticas tendrán una duración mínima de seis meses, siendo el periodo máximo cubierto por las becas de seis meses. Las personas becadas tendrán derecho a once días hábiles de permiso por cada seis meses de prácticas, y la dedicación máxima a las prácticas será de cuarenta horas semanales.
- La concesión y disfrute de las prácticas, dado su carácter formativo, no supondrá vinculación laboral entre las personas beneficiarias y la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o las entidades de destino, ni supone ningún compromiso de incorporación posterior de la persona beneficiaria a sus plantillas.
Importe de las becas de formación en función del país extracomunitario de destino
- * Consultar Anexo II de la convocatoria.
- Para aquellos países que no figuren en el listado anterior, se hará un cálculo individualizado.
Presentación
- Las solicitudes de las Becas Prácticas en Países Extracomunitarios - Gob. Navarra se presentarán obligatoriamente de manera telemática a través de la ficha correspondiente del catálogo de trámites del Portal del Gobierno de Navarra en Internet: www.navarra.es, https://www.navarra.es/es/tramites/on/-/line/becas-a-personas-con-titulacion-universitaria-y-de-fp-de-grado-superior-para-realizar-practicas-en-paises-extracomunitarios (en adelante, la ficha de las becas).
- En el proceso de solicitud de la beca las solicitantes deberán cumplimentar sus datos y la declaración responsable del cumplimiento de los requisitos para ser beneficiaria establecidos en las letras d), e), i) y j) de la base 3.1.
Más información
Objeto
La finalidad de estas becas es que personas tituladas realicen prácticas formativas en entidades con personalidad jurídica ubicadas en países extracomunitarios (empresas, centros de investigación, ONGs, embajadas, consulados, oficinas del Instituto de Turismo de España, del Instituto de Comercio Exterior y Cámaras de Comercio), con el fin de mejorar sus competencias profesionales y de trabajo en grupos internacionales multidisciplinares, para favorecer su transición del sistema educativo a la vida laboral.
Duración
Las prácticas tendrán una duración mínima de 6 meses siendo el periodo máximo cubierto por las becas de 6 meses. Las personas becadas tendrán derecho a once días hábiles de permiso por cada seis meses de prácticas, y la dedicación máxima a la prácticas será de cuarenta horas semanales.
Criterios para la concesión de las becas
- El procedimiento de concesión de estas becas será el de concurrencia competitiva, de modo que se realizará una comparación de las solicitudes presentadas a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en esta base. Se elaborarán dos listas de solicitantes, una para las personas con titulación universitaria y otra para las de formación profesional superior, con una dotación presupuestaria de 220.000 euros y de 30.000 euros, respectivamente. El importe de las becas será el resultado de aplicar a las solicitudes que hayan obtenido una mayor valoración en cada una de las listas, el importe de la beca correspondiente según lo establecido en la base 4 hasta agotar el crédito presupuestario disponible para ellas. Si tras atender todas las solicitudes de una de las listas, existiera crédito disponible, este se podrá destinar a atender las solicitudes de la otra, siguiendo el orden de prelación.
- Los criterios de valoración de las solicitudes serán los siguientes, que podrán dar lugar a la obtención de un máximo de 100 puntos:
- a. El expediente académico (máximo 30 puntos asignados de forma proporcional a la nota media obtenida). A estos efectos, y en el caso de personas con varias titulaciones, se tendrá en cuenta la nota media de la titulación con el nivel de adecuación más alto conforme a la letra b). La titulación deberá cumplir lo dispuesto en la base 3.1.c).
- b. Adecuación de las prácticas que se vayan a realizar al perfil profesional de la solicitante (máximo 60 puntos). Se valorará que el contenido de los trabajos a realizar en la entidad de destino, descritos en el "Informe sobre las prácticas a realizar", sean acordes con la titulación de las solicitantes. De modo que:
- Se otorgarán 0 puntos en el caso de que la práctica no se adecue al perfil profesional de la titulación (menos del 25% de los trabajos a realizar).
- 30 puntos en el caso de una adecuación media (entre un 25% y un 75% de los trabajos a realizar).
- Y 60 puntos en el caso de una alta adecuación (más de un 75% de los trabajos a realizar).
- c.Se otorgarán 10 puntos por realizar la práctica en una sede de una empresa con actividad en navarra localizada en un país extracomunitario.
- En caso de empate en la puntuación obtenida por las solicitantes, este se dirimirá en favor de la persona del sexo menos representado en el conjunto de las beneficiarias, y si persistiera el empate, mediante un sorteo.
Concesión de las becas
- El órgano gestor de las becas, Servicio de Proyección Internacional, evaluará las solicitudes conforme a los criterios de valoración establecidos en la base anterior, y elevará propuesta de resolución al órgano competente en la que hará constar que las beneficiarias cumplen todos los requisitos exigidos para acceder a las becas.
- El director general de Fomento Empresarial será el órgano competente para resolver sobre la concesión de las becas. La resolución será motivada y deberá contener, al menos, la relación de solicitantes a las que se concede la beca y, en su caso, la desestimación del resto de solicitudes, entre las que deberán figurar aquellas cuya desestimación obedezca a la limitación de recursos presupuestarios. Asimismo, se harán constar:
- a. Los datos de la persona beneficiaria, país de destino y entidad en la que realizará sus prácticas.
- b. La dotación de la beca y la cuantía de los abonos a realizar conforme a la base 10.
- La citada resolución se dictará y notificará a la DEHú de las solicitantes en el plazo máximo de tres meses contados desde la fecha final del plazo de presentación de solicitudes.
- Las solicitudes podrán entenderse desestimadas por silencio administrativo si, transcurrido el plazo máximo establecido, no se hubiera dictado y notificado la resolución expresa. A pesar de ello, el órgano competente queda obligado a dictar y notificar la resolución expresa concediendo o denegando la beca con sujeción a lo dispuesto en estas bases.
- En caso de que tras la concesión alguna beneficiaria renuncie a la beca y, por este motivo, se libere crédito suficiente, el mismo podrá destinarse, siguiendo el orden de prelación establecido, a acoger solicitudes que hubieran quedado desestimadas por insuficiencia presupuestaria en la lista en la que se haya producido la renuncia, siempre que las nuevas beneficiarias estén a tiempo para su incorporación a la práctica antes del 15 de mayo de 2026, incluido.
- La beca concedida se hará efectiva mediante el pago de:
- a. Un anticipo inicial, con carácter previo al desplazamiento, correspondiente a un 30% de la dotación total.
- b. Dotaciones mensuales pagaderas a mes vencido, que se calcularán prorrateando el importe resultante de restar el anticipo a la dotación total, entre el número de meses de duración de la práctica formativa. De los importes a abonar se detraerán las correspondientes retenciones de IRPF y Seguridad Social, según la normativa vigente.
- En el plazo máximo de 10 días hábiles desde la finalización del periodo de prácticas becado (seis meses), las beneficiarias deberán presentar la siguiente documentación justificativa, de manera telemática a través de la ficha de las becas:
- a. Memoria final de la práctica que incluirá la descripción de las actividades y tareas realizadas en la entidad de acogida y la valoración de la práctica, según el modelo disponible en la ficha de las becas.
- b. Certificado de haber completado el plan formativo para prácticas en el extranjero en su modalidad online.
- c. Certificado de la entidad de acogida que acredite la realización satisfactoria de las prácticas de formación, con indicación de las fechas de inicio y fin de las mismas.
- d. Cuestionario número 1 de indicadores de eficacia disponible en la ficha de las becas.
Documentación a adjuntar
La documentación que debe acompañar a la instancia telemática es la siguiente, que deberá presentarse escaneada en documentos separados y debidamente identificados con su nombre:
- a. Copia del DNI, NIE o pasaporte.
- b. Certificado de empadronamiento en Navarra o de ostentar la condición civil foral de fecha posterior a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra, en caso de no haber nacido en Navarra.
- c. Acreditación de la titulación universitaria o de formación profesional superior.
- d. Expediente académico oficial, en el que se incluirá la nota media evaluada en una escala del 1 al 10.
- e. Documento acreditativo de la preinscripción en el plan formativo para prácticas en el extranjero online que imparten tanto la Fundación Universidad-Sociedad de la Universidad Pública de Navarra como la Universidad de Navarra.
- f. Documento acreditativo de la aceptación por parte de la entidad del país extracomunitario donde se van a realizar las prácticas formativas.
- g. Informe sobre las prácticas a realizar: entidad, ubicación, fecha de inicio y finalización, descripción detallada de las tareas que se desarrollarán, bolsa de ayuda (si procede), tutoría y demás aspectos relevantes.
- h. Informe de Vida Laboral de la solicitante de fecha posterior a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.
- i. En el caso de no autorizar su comprobación por el órgano concedente, los certificados de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Si la documentación presentada no reuniera los requisitos señalados en el artículo 66 de la LPAC, el Servicio de Proyección Internacional requerirá a la persona interesada para que la subsane en un plazo de 10 días hábiles, indicándole que si no lo hiciera se le tendrá por desistida de su solicitud y se dictará resolución de archivo del expediente.