Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC)

Becas Introducción Investigación JAE Intro ICU

Becas de investigaciónUniversitariosPlazas para discapacitados

INSCRIPCIONES

20/07/202331/03/2024
Abierta

Becas Introducción Investigación JAE Intro ICU: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Introducción Investigación JAE Intro ICU están convocadas por el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) con la intención de ayudar con una dotación económica a todos aquellos estudiantes universitarios que cursan estudios de Máster o Grado, que cuenten con un excelente nivel académico y que deseen emprender proyectos relacionados con la investigación.

Las Becas Introducción Investigación JAE Intro ICU, los alumnos beneficiarios de las mismas podrán desarrollar el plan de formación en las áreas globales del CSIC, como son vida, sociedad y materia.

Además, estas becas también contemplan un número de plazas destinadas a personas que cuenten con una discapacidad de grado igual o superior al 33%, ofreciendo así la posibilidad de desarrollar los proyectos de investigación por parte de los colectivos más desfavorecidos, poniendo en alza de este modo, el principio de igualdad de oportunidades entre aquellas persona que más lo necesitan.

En esta web encontrarás toda la información relacionada con las Becas Introducción Investigación JAE Intro ICU, ya que te informamos sobre los plazos de inscripción, los requisitos que debes reunir y toda la información importante sobre las mismas que será de gran interés para tí si deseas solicitar una de estas becas.

Datos básicos

Nº de becas
250
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
  • Grado
Rama
  • Todas las ramas
Carrera
  • Todas las carreras
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Española
  • Residente en España
  • Cualquier nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea

Requisitos

Podrán solicitar las ayudas de esta convocatoria las personas físicas mayores de edad, de nacionalidad española o de los estados miembros de la Unión Europea y de los estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como los extranjeros que reúnan y acrediten los siguientes requisitos en el momento de presentar la solicitud:

  • Estar matriculado en un grado universitario oficial de los indicados en cada ficha descriptiva a la que opta en su solicitud y tener superados, al menos, el 50%de los créditos "European Credit Transfer and Accumulation System" (en adelante ECTS) o bien, estar matriculado en un Máster Universitario oficial de los indicados en cada ficha descriptiva a la que opta en su solicitud en el curso académico 2022-2023 o en el curso 2023-2024.
  • Acreditar una nota media de grado en una escala decimal de 0-10 o de 0-4 y con 2 decimales, igual o superior a lo indicado en la ficha descriptiva del instituto de investigación, centro nacional, unidad técnica, plataforma temática interdisciplinar (en adelante PTI) o red científica/conexión que se solicita.
  • Cumplir los requisitos específicos establecidos en la ficha descriptiva establecida del instituto de investigación, centro nacional, unidad técnica, PTI o red científica/conexión que se solicita.
  • No estar en posesión o en disposición legal de obtener el título académico de Doctor/a.
  • No haber sido persona beneficiaria de una beca del Programa JAE en cualquiera de sus modalidades.

Dotación

La beca tendrá la consideración de ayuda económica para la formación. La cuantía total de la ayuda y el número de mensualidades en que se abonará se indica en cada ficha descriptiva y será abonada mensualmente. De la cuantía se devengarán las cuotas de la Seguridad Social.

Presentación

Las solicitudes se cumplimentarán únicamente utilizando la aplicación telemática disponible en los servidores de información del CSIC (https://sede.csic.gob.es/icu2023).

Más información

Criterios de valoración de las solicitudes de becas JAE

  1. La evaluación de las solicitudes se realizará de conformidad con los principios de concurrencia, objetividad y no discriminación, recogidos en el artículo 8.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  2. Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con todos o alguno de los siguientes criterios y subcriterios, en los términos que establezca la correspondiente convocatoria, en la que se deberá fijar un máximo de puntuación para cada uno, dentro de los rangos definidos a continuación, debiendo la suma de las puntuaciones máximas de criterios y subcriterios ser de 100 puntos:
    • a. El expediente académico de la persona solicitante, que se valorará con un máximo comprendido entre 30 y 70 puntos.
    • b. Curriculum vitae, que se podrá desglosar en los siguientes subcriterios:
      • 1.º Estancias financiadas, reconocidas o acreditadas realizadas, en función de la duración, que se valorará con un máximo de 20 puntos.
      • 2.º Contratos y voluntariado reconocido o acreditado: de al menos un mes que se valorará con un máximo de 10 puntos.
      • 3.º Formación complementaria acreditada: realización de cursos, talleres, cursos de especialización, participación en seminarios, etc. cuyo contenido esté relacionado con la investigación o los estudios desarrollados que se valorará con un máximo de 40 puntos.
      • 4.º Becas, premios, menciones y distinciones obtenidas: relacionadas con la investigación o los estudios desarrollados que se valorará con un máximo de 40 puntos.
      • 5.º Idiomas: que se especificarán en cada convocatoria que se valorará con un máximo de 20 puntos.
    • c. Carta de motivación o justificación razonada de la selección del plan deformación que se valorará con un máximo de 20 puntos.
    • d. Entrevista personal que se valorará con un máximo de 20 puntos.
  3. La convocatoria podrá establecer umbrales mínimos de puntuación que determinen, en caso de no alcanzarse, la no valoración de uno o alguno de los criterios o subcriterios, así como otorgar carácter excluyente a uno o algunos de los criterios o subcriterios, cuyo incumplimiento supondrá la no evaluación de la solicitud.
  4. En el caso de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver el empate, este se dirimirá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en el expediente académico y, en caso de persistir, se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el curriculum vitae. Si persistiera el empate, este se dirimirá por decisión dela Comisión de Evaluación, con voto cualificado del Presidente, y en los términos que establezca la convocatoria.

Resolución del procedimiento de concesión de las becas JAE

  1. Una vez elevada la propuesta de resolución definitiva a la Presidencia del CSIC, esta dictará la resolución del procedimiento, que pondrá fin a la vía administrativa y podrá ser recurrida potestativamente en reposición o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
  2. La resolución del procedimiento estará debidamente motivada, con referencias ala presente orden y a la correspondiente convocatoria, a los informes de la Comisión de Evaluación y del órgano instructor, así como al proceso de evaluación. En el caso de las solicitudes desestimadas se indicará el motivo de desestimación, y, en su caso, se mencionará si no se ha alcanzado alguno de los umbrales. La resolución de concesión deberá contener, al menos:
    • a. La relación de solicitantes a quienes se concede la beca, así como la desestimación expresa de las restantes solicitudes.
    • b. Las puntuaciones que los solicitantes hayan recibido en el proceso de evaluación.
    • c. La cuantía concedida a cada persona a la que se propone conceder la beca.
    • d. El régimen de recursos.
    • e. Cuando proceda, se hará mención a la financiación con fondos europeos.
  3. La resolución del procedimiento será dictada y notificada en el plazo establecido en la convocatoria, que nunca podrá exceder de seis meses contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo dispuesto en el art. 25.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. El plazo para resolver el procedimiento se computará a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria, salvo que la misma posponga sus efectos a una fecha posterior.
  4. La falta de resolución expresa en el plazo indicado legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la beca, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  5. De conformidad con lo establecido en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, los actos integrantes del procedimiento de concesión de las becas en régimen de concurrencia competitiva serán objeto de publicación, surtiendo todos los efectos de notificación practicada. Las sucesivas publicaciones se realizarán en la dirección o sede electrónica del CSIC, en la forma que se determine en la convocatoria, surtiendo estas publicaciones los efectos de notificación practicada. Asimismo, se remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones información sobre las convocatorias y las resoluciones de concesión recaídas, a los efectos de lo previsto en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  6. La resolución de concesión, además podrá incluir una relación ordenada de todas las solicitudes que, cumpliendo con las condiciones administrativas y técnicas establecidas en esta orden para adquirir la condición de beneficiario, no hayan sido estimadas por rebasarse la cuantía máxima del crédito fijado en la convocatoria o el número máximo de becas fijado en la convocatoria, con indicación de la puntuación otorgada a cada una de ellas en función de los criterios de valoración previstos en la misma.
En este supuesto, si se renunciase a la beca por alguna de las personas beneficiarias antes del inicio de la ejecución de la misma, el órgano concedente acordará, sin necesidad de una nueva convocatoria, la concesión de la beca al solicitante o solicitantes suplentes en orden de su puntuación, siempre y cuando con la renuncia por parte de alguno de las personas beneficiarias se haya liberado crédito suficiente para atender al menos una de las solicitudes denegadas.

Cuando concurran las circunstancias establecidas en el párrafo anterior, la persona titular de la Presidencia del CSIC, como órgano concedente, informará a los solicitantes suplentes a fin de que acepten la propuesta de concesión de la subvención en los mismos términos y plazos que los previstos para los solicitantes propuestos como beneficiarios en el apartado tercero del artículo 14 de la presente Orden. Una vez aceptada la propuesta por parte del solicitante o solicitantes, el órgano concedente dictará el acto de concesión y procederá a su notificación al beneficiario en la forma indicada en el apartado 5 de este artículo.

Enlaces de interés

https://www.boe.es/boe/dias/2023/07/19/pdfs/BOE-B-2023-22037.pdf

https://www.boe.es/boe/dias/2022/09/16/pdfs/BOE-A-2022-15162.pdf

Discapacitados

Se reservará el cupo legalmente establecido (7%) a las personas solicitantes que tengan la condición legal de personas en situación de discapacidad y que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, y así lo hagan constar en su solicitud. Las ayudas no cubiertas en el grupo de reserva se acumularán al grupo general.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

Las Becas Introducción Investigación JAE Intro ICU están convocadas por el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) con la intención de ayudar con una dotación económica a todos aquellos estudiantes universitarios que cursan estudios de Máster o Grado, que cuenten con un excelente nivel académico y que deseen emprender proyectos relacionados con la investigación.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Introducción Investigación JAE Intro ICU" es: desde 20/07/2023 hasta 31/03/2024.

La Beca "Becas Introducción Investigación JAE Intro ICU" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas Introducción Investigación JAE Intro ICU" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de voluntariado
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas transporte
  • Premios, concursos y certámenes