Gobierno de las Islas Baleares

Becas Comedor Alumnos No Universitarios Gob. Baleares

Becas de estudiosBecas comedorNo universitarios

INSCRIPCIONES

19/06/202405/07/2024
Finalizada

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Becas Comedor Alumnos No Universitarios Gob. Baleares: solicitud y plazos

Descripción

El Gobierno de las Islas Baleares es un organismo consciente de las muchas dificultades a las que tienen que enfrentarse algunas familias con hijos en edad escolar.

Es por ello que esta institución pone en marcha una serie de medidas de ayuda y colaboración con dichas familias, con la intención de garantizar las necesidades básicas de la población.

Un ejemplo de ello es la convocatoria de las Becas Comedor Alumnos No Universitarios Gob. Baleares a las que podrán optar aquellas familias con alumnos que cursen estudios de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, ESO o Educación Profesional Básica, y que además cumpla con el resto de los requisitos que se indican en la convocatoria.

Para determinar a los alumnos que finalmente resulten seleccionados con una de las Becas Comedor Alumnos No Universitarios Gob. Baleares, se tendrán en cuenta diversos criterios como el número de miembros computables de la unidad familiar, así como los ingresos de la misma, con la finalidad de dotar con una de las becas a aquellos alumnos que se encuentren en una situación económicas más desfavorable o en peligro de exclusión social.

A través de una de estas becas, se cubrirá a los alumnos seleccionados el coste del servicio de comedor entre un 25% y un 100%.

Conoce ahora todos los detalles necesarios para solicitar una de las Becas Comedor Alumnos No Universitarios Gob. Baleares y presenta tu solicitud a una de ellas.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Primer ciclo de educación infantil
  • Segundo ciclo de educación infantil
  • Primaria
  • ESO
  • Formación Profesional Básica
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Requisitos generales de las Becas Comedor Alumnos No Universitarios Gob. Baleares

  1. Unidades familiares que, durante el curso escolar 2024-2025, tienen hijos escolarizados en un centro docente público no universitario o un centro privado concertado, en segundo ciclo de educación infantil, en educación primaria, en educación secundaria o en formación profesional básica.
  2. Unidades familiares que, durante el curso escolar 2024-2025, tienen hijos escolarizados en un centro educativo de primer ciclo de educación infantil.
  3. Los beneficiarios tienen que ser usuarios del servicio de comedor o tener una plaza reservada en el servicio de comedor para el curso 2024-2025.

Tipo de beneficiarios

En caso de que se cumplan los requisitos expuestos en el punto anterior, se puede optar para ser beneficiario por una de las dos circunstancias siguientes:

  • Beneficiarios por baremo, que tienen que cumplir los requisitos expuestos en el apartado quinto, de acuerdo con los criterios del apartado noveno de estas bases y en función de la disponibilidad presupuestaria.
  • Beneficiarios directos, los cuales, para solicitar las ayudas recogidas en esta convocatoria, al finalizar el plazo de presentación de solicitudes (ya sea en plazo ordinario o extraordinario) tienen que acreditar una de las condiciones siguientes:
    • a. Alumnos que se encuentran en situación de acogida acreditada mediante un certificado del director del centro de acogida o del órgano competente.
    • b. Alumnos que tengan la condición de refugiado (ellos o sus padres o tutores).

Dotación

  1. La cuantía de las ayudas otorgadas, a través de las Becas Comedor Alumnos No Universitarios Gob. Baleares, a cada solicitante que haya obtenido la condición de beneficiario depende del tipo de ayuda y de la puntuación obtenida en el punto noveno, en la valoración de las solicitudes. La cuantía se ha calculado a partir del precio medio del coste anual de los comedores que gestiona la Consejería de Educación y Formación Profesional.
    • a. Por baremo:
      • Por motivos socioeconómicos:
        • 30 puntos o más: 6,25 euros/día (1.100 euros)
        • De 20 a 29 puntos : 5,00 euros/día (880 euros)
        • De 15 a 19 puntos: 4,37 euros/día (770 euros)
        • De 10 a 14 puntos: 3,12 euros/día (550 euros)
        • De 5 a 9 puntos: 1,56 euros/día (275 euros)
    • b. Beneficiarios directos:
      • 4,37 euros/día (770 euros)
  2. El centro solo tiene que pagar a la empresa que presta el servicio de comedor la cuantía correspondiente a los días en que realmente el usuario ha hecho uso de este servicio de comedor y de acuerdo con el límite establecido en el apartado anterior.
  3. En caso de que, por circunstancias sobrevenidas, se suspendan las clases y/o el servicio de comedor, el centro tiene que transferir la cuantía diaria pertinente de los días de suspensión del servicio a la cuenta bancaria facilitada por la familia.
  4. En ningún caso la cuantía de la ayuda puede ser superior al coste del servicio de comedor.
  5. Los alumnos de incorporación tardía tienen que percibir una cantidad proporcional al periodo en que han sido matriculados y según los días que han hecho uso del servicio.

Presentación

  • Las solicitudes para obtener las Becas Comedor Alumnos No Universitarios Gob. Baleares se tienen que formalizar mediante el impreso normalizado de esta Resolución que figura en el anexo 2A si se opta por ser beneficiario por baremo o que figura en el anexo 2B en el caso de que se opte por ser beneficiariodirecto. Una vez acabado el plazo de presentación de las solicitudes, no se admitirá ningún cambio de opción.
  • Los modelos también se pueden encontrar en la página web de la Secretaría Autonómica de Desarrollo Educativo (http://sade.caib.es).
  • Así mismo, se puede tramitar la solicitud telemáticamente a través de la Sede electrónica de la CAIB.

Más información

Objeto de las ayudas

El objeto de estas ayudas es financiar el coste total o parcial del servicio de comedor escolar a los alumnos que, durante el curso 2024-2025, cursen estudios de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria (ESO) o formación profesional básica (FPB) en centros docentes públicos no universitarios dependientes de la Consejería de Educación y Formación Profesional o en centros privados concertados en los que se impartan estudios obligatorios o del segundo ciclo de educación infantil, así como favorecer la escolarización y compensar a los alumnos escolarizados en centros de primer ciclo de educación infantil.

Plazo de presentación de solicitudes

  1. Centros de primer ciclo de educación infantil:
    • Del 19 al 28 de junio de 2024.
  2. Centros de segundo ciclo de educación infantil, de educación primaria y de educación especial:
    • Del 24 al 28 de junio de 2024.
  3. Centros de educación secundaria:
    • Del 26 de junio al 5 de julio de 2024.

Documentación a adjuntar

  1. Si la solicitud o la documentación presentadas son incompletas y/o tienen deficiencias, el centro educativo tiene que requerir a la persona solicitante para que las enmiende en el plazo de cinco días hábiles contados desde la recepción del requerimiento.
  2. No es necesario volver presentar aquella documentación que ya dispone el centro. En caso contrario, las personas solicitantes tienen que presentar, junto con la solicitud, la documentación siguiente:
    • a. DNI, NIF o NIE en vigor de todos los miembros computables de la unidad familiar que tenían dieciséis años o más el día 31 de diciembre de 2023.
    • b. Fotocopia del libro de familia con todos los miembros. En los casos de nulidad, separación o divorcio, se tiene que adjuntar la sentencia judicial que declare esta situación. Las separaciones de hecho se tienen que acreditar mediante cualquier documentación que lo demuestre.
    • c. Certificado de convivencia a efectos de computar los miembros de la unidad familiar, según el punto sexto de esta convocatoria,por aquellos municipios que no estén adheridos a la Plataforma de Interoperabilidad de las Illes Balears, o que, estando adheridos, el solicitante no autorice en la solicitud a la Conseljería de Educación y Formación Profesional la consulta de datos en poder o expedidos por las administraciones públicas.
  3. Respecto a los municipios que estén adheridos a la Plataforma de Interoperabilidad de las Illes Balears, siempre que se autorice en la solicitud, se consultará telemáticamente el certificado de empadronamiento de la unidad familiar en vigor de aquellos municipios que estén adheridos a la Plataforma de Interoperabilidad de las Illes Balears. Se pueden consultar estos municipios en la página web de interoperabilidad de la Consejería de Fondos Europeos, Universidad y Cultura, con el código de certificado SCDHPAJU (http://www.caib.es/sites/interoperabilitat/ca/servei_propi_scdhpaju-64436/).
  4. Además, según el caso concreto, se tiene que aportar la documentación siguiente:
    • a. Para obtener puntos por renta, hay que rellenar el apartado correspondiente de la solicitud de autorización a la Consejería de Educación y Formación Profesional del Gobierno de las Illes Balears para que pueda obtener el certificado de ingresos de la Agencia Tributaria de todos los miembros de la unidad familiar con ingresos, a efectos de consulta para la ayuda de comedor.
    • b. Para obtener puntos por criterio familiar:
      • Por familia numerosa: la situación de familia numerosa se tiene que acreditar mediante el título oficial en vigor expedido atal efecto por el órgano competente, en conformidad con el que prevé el Decreto 28/2020, de 21 de septiembre. Siempre que se autorice en la solicitud, se consultará telemáticamente el título de familia numerosa expedido por el Instituto  Mallorquín de Asuntos Sociales (Consejo de Mallorca) o por el Departamento de Bienestar Social (Consejo Insular deMenorca) sin necesidad de presentar el documento en papel. En el caso de Ibiza y Formentera, así como en los casos en que no se autorice la consulta en la solicitud, se tendrá que entregar una fotocopia del carné de familia numerosa o la documentación acreditativa al efecto, vigente en fecha de la solicitud.
      • Por miembros de la unidad familiar afectados por discapacidades físicas o psíquicas: se tiene que acreditar mediante un certificado emitido por el órgano competente que indique el tipo y el grado de discapacidad. Siempre que se autorice en la solicitud, únicamente se consultarán telemáticamente los certificados emitidos por el Servicio de Valoración y Orientación de la Discapacidad y la Dependencia de la Consejería de Servicios Sociales y Deportes del Gobierno de las Illes Balears, sin necesidad de presentar el documento en papel.
      • Por alumno en acogida: se tiene que entregar la documentación acreditativa de la acogida.
      • Por familia monoparental: se tiene que entregar la documentación acreditativa de la situación.
      • Las familias víctimas de violencia de género tienen que acreditar esta condición con la presentación de alguno de los documentos siguientes, el cual tiene que justificar suficientemente la situación de víctima de violencia machista:
        • Una orden de protección a favor de la víctima.
        • Una sentencia condenatoria.
        • Un informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género, hasta que se dicte la orden de protección.
        • Una resolución judicial con la cual se hayan acordado medidas cautelares para la protección de la víctima.
        • Un informe de la administración competente en materia de servicios sociales o de la casa de acogida, o bien un informe del Instituto Balear de la Mujer, el Servicio de la Mujer del Consejo de Ibiza, o del órgano competente del Consejo de Menorca o del organismo autonómico competente
    • c. Para obtener puntos por condiciones sociofamiliares desfavorables, el centro tiene que requerir la documentación que considere oportuna para justificar la situación sociofamiliar alegada por la persona solicitante siguiendo las orientaciones del punto noveno de estas bases. Para la obtención de información es importante la participación de los miembros de los servicios de orientación o del educador social -los centros que dispongan de ellos- y asegurar la confidencialidad de los datos de los alumnos y de las familias.
  5. En el caso de los beneficiarios directos, se tiene que aportar la documentación siguiente:
    • a. Los alumnos que se encuentren en situación de acogida deben presentar un certificado del director o directora del centro de acogida o del órgano competente.
    • b. Los alumnos que tengan la condición de refugiados tienen que presentar la documentación que acredite esta condición, también en el supuesto de que la tengan sus padres o tutores.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes: Becas Comedor Alumnos No Universitarios Gob. Baleares

El Gobierno de las Islas Baleares es un organismo consciente de las muchas dificultades a las que tienen que enfrentarse algunas familias con hijos en edad escolar.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Comedor Alumnos No Universitarios Gob. Baleares" es: desde 19/06/2024 hasta 05/07/2024.

La Beca "Becas Comedor Alumnos No Universitarios Gob. Baleares" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

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La Beca "Becas Comedor Alumnos No Universitarios Gob. Baleares" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas al Talento
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas complementarias
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de Apoyo Educativo
  • Becas de ciberseguridad
  • Becas de colaboración
  • Becas de competencias lingüísticas
  • Becas de cooperación
  • Becas de estancias
  • Becas de excelencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de inmersión lingüística
  • Becas de libros
  • Becas de manutención
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas Erasmus
  • Becas NEAE
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para artistas
  • Becas para asistir a congresos
  • Becas para bootcamps
  • Becas para causas sobrevenidas
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para enfermeros
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para estudiar online
  • Becas para fotógrafos
  • Becas para funcionarios
  • Becas para hijos de funcionarios
  • Becas para hijos de profesores
  • Becas para inteligencia artificial
  • Becas para médicos
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para personas con discapacidad
  • Becas para profesores
  • Becas para proyectos
  • Becas para refugiados
  • Becas para sénior
  • Becas para trabajadores
  • Becas para víctimas de violencia de género
  • Becas sociales
  • Becas Startup
  • Becas STEM
  • Becas transporte
  • Premios literarios
  • Premios, concursos y certámenes