Ayuntamiento de Madrid

Becas Ex Alumnos San Ildefonso Ayto. Madrid

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INSCRIPCIONES

Inicio24/07/2025 Fin15/09/2025
Abierta

Becas Ex Alumnos San Ildefonso Ayto. Madrid: solicitud y plazos

Descripción

El Ayuntamiento de Madrid es la institución convocante de las Becas Ex Alumnos San Ildefonso Ayto. Madrid. Estas ayudasestán destinadas a facilitar el desarrollo de estudios a aquellos ex alumnos de la Residencia Internado San Ildefonso y para ex alumnos del Colegio Público San Ildefonso que hayan participado en los sorteos realizados por la SELAE.

La principal finalidad de las Becas Ex Alumnos San Ildefonso Ayto. Madrid, es fomentar el desarrollo de estudios posteriores a la Educación Primaria. De este modo se facilita el acceso y normal progreso de los mismos mediante la concesión de ayudas económicas.

Se exigirá el cumplimiento de una serie de requisitos generales y académicos a los candidatos a estas becas, entre los que se encuentran el ser ex alumno de la residencia o Colegio Público de San Ildefonso, haber participado en los sorteos realizados por la SELAE, y hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Madrid, entre otros.

Aquellos candidatos que finalmente sean seleccionados, recibirán una ayuda de matrícula o de tasas por precios públicos de inscripción, dependiendo de la naturaleza del centro académico, ayudas destinadas a transporte y a la adquisición de material didáctico. 

Además, las becas otorgarán una cantidad económica complementaria que será variable en función del nivel de estudios solicitado.

Para conocer más datos relacionados con las Becas Ex Alumnos San Ildefonso Ayto. Madrid, tan sólo tiene que consultar toda la información que te detallamos a continuación.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Doctorado
  • Máster-Maestrías
  • Grado
  • ESO
  • Bachillerato
  • Ciclos formativos de grado medio
  • Ciclos formativos de grado superior
  • Curso de Acceso Directo para Mayores de 25 años
  • Idiomas
  • Enseñanzas deportivas
  • Pruebas de Acceso a Ciclos Formativos
  • Enseñanzas Artísticas Superiores
  • Formación Profesional Básica
Rama
  • Todas las ramas
Carrera
  • Todas las carreras
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Los requisitos para optar a las Becas Ex Alumnos San Ildefonso Ayto. Madrid son los siguientes:

  • Para la obtención de la beca y ayudas será necesario haber superado el curso académico inmediatamente anterior (2024/2025). A estos efectos, se considera superado el curso cuando se aprueba el 100% de las asignaturas/créditos de los que se habían matriculado, tanto en matriculación completa como parcial, que podrá englobar varios cursos. No obstante, se exceptúa de este requisito a las personas solicitantes de becas y ayudas al estudio cuya matricula comprenda los estudios establecidos en el artículo 4.1 letra a), siempre que la edad sea igual o inferior a los 18 años cumplidos en el año en el que finaliza el curso escolar, independientemente de la fecha de finalización del curso académico, o cuando el solicitante tenga un grado de discapacidad igual o superior al 33%, y se haya matriculado en alguno de los cursos a los que se refiere el artículo 4.2 de esta convocatoria. 
  • No obstante, el órgano instructor podrá proponer la concesión de la beca y ayudas, aun no habiéndose cumplido los requisitos del apartado 6.1 anterior, siempre que estos requisitos se cumplan a la fecha de la solicitud, con respecto a los dos cursos anteriores, 2022/2023 y 2023/2024. 
  • Se podrá proponer la concesión de la beca y ayudas para realizar estudios aun cuando estos se hubieran interrumpido, debiendo quedar acreditado el motivo de tal interrupción, con la aportación de informe expedido por los servicios sociales o por otros organismos, instituciones o asociaciones que conozcan o intervengan con la familia y acrediten su situación, o en su caso, informe médico del Centro de salud que le corresponda.

Dotación

La presente convocatoria de las Becas Ex Alumnos San Ildefonso Ayto. Madrid tiene por objeto regular las condiciones de concesión de becas y ayudas al estudio de carácter general para exalumnos/as de la Residencia Internado San Ildefonso y para exalumnos/as del Colegio Público San Ildefonso siempre que en este último caso hayan participado en los sorteos realizados por la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE), con el fin de fomentar, al finalizar la Educación Primaria, la continuación de sus estudios en los niveles posteriores del sistema educativo, y todo ello, en el marco del Convenio suscrito entre la SELAE y el Ayuntamiento de Madrid.

Presentación

La solicitud de las Becas Ex Alumnos San Ildefonso Ayto. Madrid podrá realizarse:

  • En línea: realizando la solicitud a través del enlace ‘Registro Electrónico' disponible en ‘Tramitar en línea' durante el plazo de solicitud (requiere identificación y firma electrónica).
  • Presencialmente: en las oficinas de Asistencia en Materia de Registro (OAMR) del Ayuntamiento de Madrid. También podrá presentarse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Más información

Destinatarios

Los exalumnos/as de la Residencia Internado San Ildefonso y ex alumnos/as del Colegio Público San Ildefonso que hayan participado en los sorteos realizados por la SELAE.

Información complementaria

Estaremos a vuestra disposición para la resolución de dudas a través del siguiente correo electrónico: asuntosjuridicoseyj@madrid.es, con el siguiente ASUNTO: EX ALUMNO/A apellidos y nombre.

Documentación a adjuntar

  • Formulario de solicitud: el modelo de solicitud estará disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid: https://sede.madrid.es, en la propia Residencia Internado San Ildefonso, sita en la C/ Alfonso VI nº 1 y en la sede de la Dirección General de Educación, Juventud y Voluntariado, sita en el Paseo de la Chopera, nº 41, en horario de 9 a 14 horas. La solicitud la suscribirá el padre, madre o tutor, en caso de que el interesado/a fuera menor de edad.
  • Documentación que deberá acompañar a la solicitud:
    • a. Certificación o boletín académico del solicitante correspondientes al curso escolar 2024/2025 con detalle de las calificaciones obtenidas. En el caso de que el solicitante no hubiera superado el curso, certificaciones o boletines académicos correspondientes a los cursos escolares 2022/2023 y 2023/2024.
    • b. Certificado del centro en el que esté matriculado el solicitante de los estudios a realizar en el curso escolar 2025/2026. En el caso de que la matricula no sea gratuita, en el certificado deberá constar el importe abonado por el solicitante y el concepto al que corresponde: tasas, precios públicos, matrícula, cuotas abonadas en concepto de enseñanza reglada y/o aportaciones satisfechas antes de la fecha fin de presentación de las solicitudes. En el caso de que la solicitud de refiera a estudios universitarios de grado, máster/posgrado o doctorado, o formación profesional de grado superior, el solicitante deberá declarar bajo su responsabilidad que no está incurso en ninguna de las causas de inadmisión previstas en el artículo 4.5 b) o d). En todo caso, el Ayuntamiento podrá además requerir al solicitante certificación emitida por el Ministerio con competencia en materia de educación relativa a las titulaciones universitarias y no universitarias de las que disponga el solicitante.
    • c. Documentación acreditativa del pago efectivamente realizado por el solicitante conforme a lo establecido en el artículo 35.2 de la OBRGS.
    • d. Libro de familia o documentación acreditativa de filiación o tutela legal (acreditación de la representación, en los casos en que proceda).
    • e. En caso de interrupción de los estudios informe expedido por los servicios sociales o por otros organismos, instituciones o asociaciones que conozcan o intervengan con la familia y acredite su situación, o en su caso, informe médico del Centro de Salud.
    • f. Solo en el caso de que el interesado se haya opuesto o no haya autorizado la consulta de documentos o datos prevista en la solicitud, deberá aportar Certificado expedido por la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales u organismo competente que acredite el grado de discapacidad del solicitante.
    • g. Declaración responsable de hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones y de no estar incurso en el resto de las prohibiciones a las que hace referencia el artículo 13.2 de la LGS, salvo el apartado e), así como del cumplimiento de los requisitos necesarios para acceder a la beca.
    • h. Declaración responsable de no haber cursado y superado un grado, máster/postgrado o doctorado y/o de no haber cursado dos años de un máster/postgrado o doctorado.
    • i. Declaración responsable de no haber cursado y superado un ciclo formativo de Formación Profesional de Grado Superior.
    • j. Declaración responsable de no haber recibido becas y/o ayudas para los mismos estudios y por conceptos equivalentes por parte del Ministerio competente en materia de Educación, la Comunidad Autónoma que actúe como comunidad educativa o cualquier otro órgano o institución pública o privada. O bien alternativamente, declaración responsable de haber recibido becas y/o ayudas, en cuyo caso deberá indicar el importe recibido.
    • k. Declaración responsable de que el solicitante es titular de la cuenta corriente que se ha consignado para el pago de la beca y/o ayuda. Las declaraciones responsables a las que se hace referencia en desde la letra g) a la letra k), podrán ser justificadas señalando la casilla correspondiente del apartado 10 de la solicitud.
    • l. Subsanación de defectos: si la solicitud no reuniera los requisitos establecidos en la convocatoria, el órgano competente requerirá al solicitante para que subsane la falta o acompañe los documentos solicitados en el plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles, con apercibimiento de que, si no lo hiciese, se le tendrá por desistida de su petición, previa resolución, dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la LPAC, que será notificada a los beneficiarios con carácter previo a la fase de instrucción.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Ex Alumnos San Ildefonso Ayto. Madrid

El Ayuntamiento de Madrid es la institución convocante de las Becas Ex Alumnos San Ildefonso Ayto. Madrid. Estas ayudasestán destinadas a facilitar el desarrollo de estudios a aquellos ex alumnos de la Residencia Internado San Ildefonso y para ex alumnos del Colegio Público San Ildefonso que hayan participado en los sorteos realizados por la SELAE.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Ex Alumnos San Ildefonso Ayto. Madrid" es: desde 24/07/2025 hasta 15/09/2025.

La Beca "Becas Ex Alumnos San Ildefonso Ayto. Madrid" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Doctorado
  • Máster-Maestrías
  • Grado
  • ESO
  • Bachillerato
  • Ciclos formativos de grado medio
  • Ciclos formativos de grado superior
  • Curso de Acceso Directo para Mayores de 25 años
  • Idiomas
  • Enseñanzas deportivas
  • Pruebas de Acceso a Ciclos Formativos
  • Enseñanzas Artísticas Superiores
  • Formación Profesional Básica

La Beca "Becas Ex Alumnos San Ildefonso Ayto. Madrid" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas transporte
  • Becas de matrícula