Castilla La Mancha

Becas Ayudas de formación al alumnado que participe en acciones educativas específicas de Garantía Juvenil en Centros Públicos

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INSCRIPCIONES

07/09/202130/09/2021
Finalizada

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Becas Ayudas de formación al alumnado que participe en acciones educativas específicas de Garantía Juvenil en Centros Públicos: solicitud y plazos

Descripción

La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha convoca las Becas Ayudas de formación al alumnado que participe en acciones educativas específicas de Garantía Juvenil en Centros Públicos.

Estas becas están dirigidas a aquellos jóvenes que cuentan con edades comprendidas entre los 16 y 30 años que se encuentran en situación de desempleo y que tampoco están integrados en ningún sistema de educación y formación.

Con iniciativas como las Becas Ayudas de formación al alumnado que participe en acciones educativas específicas de Garantía Juvenil en Centros Públicos, el gobierno de Castilla-La Mancha pretende colaborar para que los jóvenes continúen con su formación académica y profesional mediante los cursos específicos que se imparten desde el Programa de Garantía Juvenil.

Mediante estas becas, los alumnos beneficiarios recibirán una dotación económica que variará dependiendo de la modalidad de estudios que cursen, ya que estos incluyen desde la asistencia a cursos formativos, hasta la realización de prácticas en empresas u otras actividades formativas.

Las Becas Ayudas de formación al alumnado que participe en acciones educativas específicas de Garantía Juvenil en Centros Públicos se encuadran dentro del gran número de acciones que desarrolla el gobierno de Castilla-La Mancha con el objetivo de reducir la tasa de paro juvenil, así como de ayudar y mejorar en la formación académica que aquellos que cuentan con menos recursos.

Si deseas conocer toda la información sobre las Becas Ayudas de formación al alumnado que participe en acciones educativas específicas de Garantía Juvenil en Centros Públicos, te la mostramos aquí.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Doctorado
  • Máster-Maestrías
  • Grado
  • Licenciatura
  • Diplomatura
  • ESO
  • Bachillerato
  • Ciclos formativos de grado medio
  • Ciclos formativos de grado superior
  • Postgrado-Especialidad
País de origen
  • España
País de destino
  • España
Región de origen
  • Castilla La Mancha
Nacionalidades
  • Española
  • Residente en España

Requisitos

Las personas beneficiarias deben cumplir los requisitos previstos en la base tercera de la Orden 104/2021, de 1 de julio, que son los siguientes:

  • a. Haber cursado alguna de las enseñanzas del Plan, descritas en la base primera de la Orden, en centros educativos de Castilla-La Mancha sostenidos con fondos públicos.Para acceder a estas enseñanzas deberán haber cumplido el requisito de estar inscritas y en calidad de beneficiarias en el Fichero Nacional de Garantía Juvenil al inicio/incorporación de la actividad formativa.
  • b. Tener más de dieciséis y menos de treinta años el día de inicio/incorporación de la actividad formativa. Se entenderá por inicio/incorporación de la actividad formativa el primer día lectivo del curso o el primer día de incorporación del alumnado participante.
  • c. Estar inscritas en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil creado por la Ley 18/2014, de 15 de octubre,con la condición de “beneficario/a” al finalizar el curso o, en su caso, al finalizar las prácticas en la empresa.

Se entenderá como día final del curso el último día lectivo de la acción formativa o, en caso de que el curso tuviera programadas prácticas en una empresa, el final coincidirá con el último día de realización de las mismas.

Durante el periodo de realización de la actividad que da derecho a la percepción de la ayuda, la variación de la condición de beneficiario/a en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil no supondrá la pérdida del derecho a la ayuda siempre que cumplan los requisitos establecidos en los puntos anteriores.

Dotación

En los términos recogidos en la base séptima de la Orden 104/2021, de 1 de julio, las cuantías de las ayudas serán:

  • Modalidad A. Participación en el Plan y cumplimiento de obligaciones: 200,00 €.
  • Modalidad B. Consecución de objetivos:
    • B.1. Certificación de módulos, cualificación o nivel conseguido, 400,00 €.
    • B.2. Accesos conseguidos, 600 €.
    • B.3. Título conseguido, 1.000 €.
  • Modalidad C. Prácticas en empresas, 600 €.

Presentación

Los alumnos y alumnas que reuniendo los requisitos indicados deseen optar a las ayudas de formación formalizarán la solicitud de forma telemática, a través de la secretaría virtual de la plataforma educativa EducamosCLM (https:// educamosclm.castillalamancha.es/), accesible a través de la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es).

Más información

Acreditación del cumplimiento de los requisitos y de las obligaciones del alumnado beneficiario

  1. El cumplimiento de los requisitos de inscripción como beneficiario/a del Sistema Nacional de Garantía Juvenil se comprobará de oficio por la Dirección General de Inclusión Educativa y Programas de acuerdo con los datos que figuran en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
  2. El cumplimiento de los requisitos de matriculación en las actividades formativas en los términos previstos en el apartado anterior se comprobará de oficio a través de los datos disponibles en el sistema de gestión administrativa y académica de los centros educativos de Castilla-La Mancha “Delphos”.
  3. Asimismo, dicho órgano gestor verificará de oficio los resultados obtenidos por el alumnado y el cumplimiento del resto de obligaciones que se establecen en las distintas modalidades de ayudas, incluida la realización del plan prácticas formativas en empresas que hayan suscrito con el centro educativo el correspondiente convenio de colaboración según el modelo que figura como Anexo I de la presente Resolución.
  4. Igualmente, la Dirección General de Inclusión Educativa y Programas, comprobará de oficio el cumplimiento delas obligaciones recogidas en la base sexta de la Orden 104/2021, de 1 de julio.
  5. La verificación de estos datos quedará acreditada en el expediente mediante diligencia o anotación expedida por el personal funcionario que la realice.

Instrucción del procedimiento

  1. Para la evaluación de las solicitudes presentadas se constituirá una Comisión de Valoración, de acuerdo con lo dispuesto en la base novena de la Orden 104/2021 de 1 de julio, que estará compuesta por:
    • a. Presidente/a: La persona titular del Servicio con competencias en materia de gestión de acciones formativas de Garantía Juvenil.
    • b. Secretario/a: Una persona que tenga la condición de empleado/a público/a que preste servicios en el Servicio con competencias en materia de gestión de acciones formativas de Garantía Juvenil.
    • c. Vocales: Dos personas que tengan la condición de empleado/a público/a que preste servicios en el Servicio concompetencias en materia de gestión de acciones formativas de Garantía Juvenil.
Comprobada la acreditación de los requisitos en los términos recogidos en el apartado quinto de esta Resolución, así como el cumplimiento de las obligaciones a las que se refiere la base sexta de la Orden 104/2021, de 1 de julio,la Comisión de Valoración realizará el estudio, evaluación de las solicitudes presentadas, así como su ponderación de acuerdo con los siguientes criterios:

  • a. Por consecución del título de ESO o Bachillerato: 10 puntos (modalidad B3).
  • b. Por superación de la prueba de acceso a Ciclos Formativos de grado medio o superior: 8 puntos (modalidad B2).
  • c. Por consecución de alguna de estas certificaciones: 6 puntos (modalidad B1):
    • Certificación de los módulos en que haya estado matriculado, con superación de todas las materias, según lo establecido en la base cuarta.
    • Certificación de la cualificación profesional completa.
    • Consecución de nivel de idiomas.
  • d. Por haber participado activamente en el programa hasta su finalización a pesar de no haber conseguido los objetivos de los apartados anteriores: 4 puntos (modalidad A).
  • e. Por superación del período de prácticas en empresa autorizado dentro del programa de la acción formativa correspondiente: 2 puntos (Modalidad C).
A la vista de la evaluación realizada, la Comisión de Valoración emitirá un informe en el que se concrete el resultado de la evaluación practicada conforme a la aplicación de los criterios de valoración, así como la priorización de solicitudes.

En el caso de que se produzca un empate en la puntuación obtenida por varias solicitudes, se priorizará por riguroso orden de presentación de solicitudes.

  1. El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe emitido por la Comisión de Valoración emitirá propuesta de resolución provisional.
  2. La propuesta de resolución provisional formulada se publicará en el Portal de Educación de Castilla-La Mancha:http://www.educa.jccm.es y en el tablón de anuncios electrónico de la Administración de la Junta de Comunidadesde Castilla-La Mancha: https://www.jccm.es/sede/tablon, antes de la finalización del año natural en el que se dicte la convocatoria. Esta publicación surtirá los efectos de la notificación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29 del Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha y en relación con lo establecido en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común delas Administraciones Públicas.
  3. Frente a esta propuesta, las personas interesadas dispondrán de un plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de su publicación para formular alegaciones por vía telemática a través de la plataforma educativa EducamosCLM. Examinadas, en su caso, las alegaciones presentadas, el órgano instructor formulará a la Dirección General de Inclusión Educativa y Programas, la propuesta de resolución definitiva, que deberá expresar la relación debeneficiarios para los que se propone la concesión de las ayudas y su cuantía.
  4. Las propuestas de resolución provisional y definitiva no crearán derecho alguno a favor del alumnado beneficiario propuesto, frente a la Administración, mientras no se le haya notificado la resolución de concesión.
Pago

El abono de las ayudas se hará efectivo a los dos meses siguientes a la resolución de la convocatoria mediante transferencia bancaria al número de cuenta que el alumnado o su padre, madre, tutor/a o representante legal, deben haber hecho constar en la solicitud y de la que el propio beneficiario sea titular.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha convoca las Becas Ayudas de formación al alumnado que participe en acciones educativas específicas de Garantía Juvenil en Centros Públicos.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Ayudas de formación al alumnado que participe en acciones educativas específicas de Garantía Juvenil en Centros Públicos" es: desde 07/09/2021 hasta 30/09/2021.

La Beca "Becas Ayudas de formación al alumnado que participe en acciones educativas específicas de Garantía Juvenil en Centros Públicos" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas Ayudas de formación al alumnado que participe en acciones educativas específicas de Garantía Juvenil en Centros Públicos" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de voluntariado
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para funcionarios
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas transporte
  • Premios, concursos y certámenes