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Becas Berklee CACSA - Palau de les Arts

Becas de estudiosUniversitariosNo universitarios

INSCRIPCIONES

Inicio25/03/2026 Fin01/04/2026
Finalizada

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Becas Berklee CACSA - Palau de les Arts: solicitud y plazos

Descripción

La Universidad Berklee en colaboración con la Ciudad de las Artes y las Ciencias (CACSA), establece la convocatoria de las Becas Berklee CACSA - Palau de les ArtsEl objeto principal de estas becas es facilitar el desarrollo de estudios de Máster en el campus de Valencia de Berklee, por parte de los candidatos que sean seleccionados.

Podrán optar a solicitar una de las Becas Berklee CACSA - Palau de les Arts, aquellos alumnos que cuenten con residencia en la Comunidad Valenciana, cuya renta familiar no supere los umbrales establecidos, y que cumplan con el rendimiento académico indicado en las bases de la convocatoria.

Mediante estas becas, se cubrirá de manera parcial el importe correspondiente a los estudios de Máster elegidos, hasta un máximo de un 90%. Para determinar el porcentaje de ayuda que será concedido, se tendrán en cuenta varios criterios como la calificación obtenida en la Prueba de Admisión al Programa, el nivel de renta familiar, y el haber tenido otras experiencias artísticas o profesionales, entre otros criterios.

De este modo, Berklee pretende fomentar el desarrollo de estudios superiores de Máster en el ámbito de la música por parte del alumnado que cuenta con un gran talento para ello, pero que puede ver afectada su vida académica y profesional por determinadas circunstancias económicas.

Conoce aquí todos los detalles relacionados con las Becas Berklee CACSA - Palau de les Arts y solicitar ahora una de ellas.

Datos básicos

Nº de becas
Unspecified
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
  • Música
País de origen
  • España
Región de origen
  • Comunidad Valenciana
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Beneficiarios de las Becas Berklee CACSA - Palau de les Arts

Podrá solicitar beca para la realización de programas académicos de Máster en el campus de Valencia de la Berklee College of Music, el alumnado que, habiendo sido previamente admitido por dicha entidad para cursar cualquiera de los programas Máster por ella ofertados en el campus de Valencia durante el curso académico 2026-2027, reúna los requisitos previstos en las presentes bases.

No será óbice para optar a la beca objeto de la presente convocatoria haber solicitado o recibido otras becas o ayudas económicas para el estudio, ya fueran éstas convocadas por Berklee o por otras entidades, siempre y cuando el importe que finalmente se reciba por el alumno en conjunto como contribución para sufragar el coste económico del programa formativo no supere, en ningún caso, el mismo. De esta manera, quedará vetado cualquier enriquecimiento injusto que pudiera producirse. No se tomarán en consideración, a tales efectos, las ayudas que se pudieran obtener para sufragar otros conceptos como, por ejemplo, alojamiento o manutención.

Requisitos generales exigibles

  • Disponer de la residencia administrativa en un municipio de la Comunitat Valenciana en el momento de la solicitud y mantenerla durante todo el curso académico, o alternativamente, haber nacido en un municipio de la Comunitat Valenciana.
  • Reunir el requisito económico consistente en no superar el doble del umbral de renta familiar que establezca para cada año académico la Generalitat Valenciana respecto de la convocatoria de becas de programas [Máster] en la universidad pública que realice, o de no haberse publicado todavía, el que hubiere establecido para el año académico anterior. La renta familiar a efectos de esta beca se obtendrá por agregación de las rentas de cada uno de los miembros computables de la familia, correspondiente al ejercicio de que se trata, calculada según se indique por la Generalitat Valenciana para cada año académico en las bases de convocatoria de becas para cursar programas [Máster] en la universidad pública, o de no haberse publicado todavía, el que hubiere establecido para el año académico anterior y todo ello de conformidad con la normativa reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  • Reunir el requisito de rendimiento académico consistente en haber obtenido una calificación en la prueba de acceso al programa formativo de Berklee en el que el alumno haya sido admitido, no inferior a 3 sobre 5.

Dotación

Las Becas Berklee CACSA - Palau de les Arts consistirán en una ayuda económica parcial para el pago del importe correspondiente al coste del programa formativo de que se trate, el cual consta publicado en la web de Berklee. La ayuda no podrá exceder de un importe igual al 90% del coste del programa de que se trate.

Presentación

Los alumnos que soliciten las Becas Berklee CACSA - Palau de les Arts deberán realizar la solicitud por el procedimiento que se establezca en la correspondiente convocatoria que es objeto de publicación en la web de Berklee.

Con la presentación de la solicitud el solicitante declarará lo siguiente:

  • Que acepta las bases de la convocatoria de la beca que solicita.
  • Que todos los datos incorporados a la solicitud son veraces, exactos y correctos.
  • Que queda enterado de que la falta de veracidad, inexactitud o incorrección en las circunstancias declaradas dará lugar a la denegación o revocación de la beca.
  • Que tiene conocimiento de la incompatibilidad de esta beca con cualquier otra beca o ayuda para el mismo concepto cuando el importe global de las ayudas obtenidas supere el coste del programa formativo en el que ha sido admitido.
  • Que consiente el tratamiento de sus datos conforme le sea solicitado en la web de Berklee a los efectos de la presente convocatoria.

Todo solicitante que alegue la concurrencia de circunstancias relevantes para acceder a la beca objeto de la presente convocatoria y/o para la determinación de la concreta cuantía de la misma, adjuntará a solicitud telemática la documentación que acredite dicha concurrencia a la fecha de la solicitud o a la otra que resulte relevante a los presentes efectos (nivel de renta, a 31 de diciembre; residencia en la Comunidad Valenciana, a la fecha de la solicitud). En cualquier momento, Berklee podrá requerir la aportación de los documentos originales justificativos de las circunstancias alegadas. Cuando el nivel de renta o cualesquiera otros criterios que deban ser acreditados procedan de un país extranjero, las correspondientes Comisiones de Evaluación podrán requerir al solicitante la aportación de aquella documentación que consideren oportuna a dichos efectos. Cuando fuere pertinente realizar el cálculo del contravalor en euros de ingresos o rentas, éste se realizará aplicando el tipo oficial que hubiere tenido la moneda respectiva a la fecha de emisión del documento de que se trate.

En cualquier momento del procedimiento, Berklee podrá requerir la aportación de los documentos justificativos de cualquiera de los datos incorporados a la solicitud. Si la documentación que, en su caso, deba adjuntarse a la solicitud fuera incompleta o insuficiente, Berklee requerirá al solicitante al efecto. Los requerimientos se realizarán por correo electrónico o cualquier otro medio que permita tener constancia de su recepción por el interesado, para que, en el plazo de 10 días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con advertencia de que si no lo hace, se le tendrá por desistido de su solicitud. El solicitante otorga consentimiento para que Berklee verifique de terceros cualquier extremo declarado o aportado por el solicitante, obligándose este último a formalizar el referido consentimiento en la manera que le sea solicitada. En el caso de no formalizar el solicitante o beneficiario de la ayuda dicho consentimiento en la manera que en cada caso se le requiera, se le podrá tener como desistido de la solicitud o serle revocada la ayuda en cualquier momento.

La tramitación y presentación de la solicitud se realizará únicamente por medios electrónicos en https://valencia.berklee.edu/scholarships-and-financial-aid. El punto de acceso a la tramitación electrónica es https://valencia.berklee.edu/scholarships-and-financial-aid/ accesible en la dirección web https://valencia.berklee.edu/ El acceso directo a este trámite estará disponible en el siguiente enlace: https://valencia.berklee.edu/scholarships-and-financial-aid. Las incidencias de tramitación electrónica relacionadas con cuestiones técnico-informáticas se atenderán mediante el correo: scholarshipsvalencia@berklee.edu

Las dudas relacionadas con el contenido de esta convocatoria serán atendidas, exclusivamente, mediante el correo electrónico scholarshipsvalencia@berklee.edu

Una vez cumplimentada la solicitud telemática, ésta será firmada por la persona interesada empleando firma manuscrita escaneada -que habrá de ser posteriormente reconocida. La presentación de la solicitud en el plazo y forma establecidos se acreditará mediante la obtención del resguardo que se generará con ocasión de la remisión telemática, que habrá de ser conservado por la persona solicitante. No serán tenidas en cuenta aquellas solicitudes cumplimentadas por vía telemática que no completen el proceso de presentación establecido.

El plazo de presentación de solicitudes será el establecido en la correspondiente convocatoria y comenzará a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma en https://valencia.berklee.edu/

Más información

Objeto

Convocar para el curso académico 2026-2027 becas para la realización de programas [académicos “Master”] en el campus de Valencia de Berklee College of Music, de conformidad con lo previsto en el contrato de fecha 1 de julio de 2020 suscrito entre Ciudad de las Artes y de las Ciencias, S.A.U. y Berklee College of Music, Delegación de la Fundación en España (en adelante, también referida como “Berklee”), cuyo pliego mandata que las bases de la convocatoria del programa de becas sean consensuadas con CACSA y la Generalitat Valenciana.

Determinación del importe de ayuda económica correspondiente a cada beneficiario

Todos los solicitantes que cumplan los tres requisitos previstos en el Apartado sexto anterior de las presentes bases recibirán ayuda económica al amparo de la presente convocatoria. Tal y como se indica más abajo, la determinación del importe de ayuda económica que corresponda a cada uno de ellos se realizará de manera proporcional a la puntuación que hubieren obtenido de conformidad con los criterios que se recogen a continuación, siendo 12 la máxima puntuación que un solicitante podrá obtener:

  • La calificación obtenida en la Prueba de Admisión al Programa (en adelante, PAP) determinará el otorgamiento de puntuación de manera proporcional, tomando en consideración que la obtención de un 5 en la PAP otorgará una puntuación de 5 y la obtención de un 3 en la PAP otorgará una puntuación de 2,5.
  • El nivel de renta familiar determinará el otorgamiento de puntuación según el siguiente detalle:
    • Una renta familiar igual al umbral correspondiente o inferior a éste en no más de un 25%, no otorgará puntuación alguna.
    • Una renta familiar inferior al umbral correspondiente en más de un 25% pero en no más de un 50%, otorgará una puntuación de 0,5.
    • Una renta familiar inferior al umbral correspondiente en más de un 50% pero no en más de un 75%, otorgará una puntuación de 1.
    • Una renta familiar inferior al umbral correspondiente en más de un 75% pero no en más de un 100%, otorgará una puntuación de 1,5.
    • Una renta familiar inferior al umbral correspondiente en más de un 100%, otorgará una puntuación de 2.
  • La concurrencia de las circunstancias que se recogen a continuación, otorgará puntuación a los solicitantes:
    • Haber tenido experiencias artísticas, profesionales y/o empresariales que, a juicio de la Comisión de Evaluación, presenten conexión relevante con el contenido del programa formativo en el que el solicitante ha sido admitido, otorgará una puntuación de 2,5.
    • Haber recibido menciones, premios y/o cualesquiera otros reconocimientos académicos de centros de enseñanza oficial superior en el lugar en que radiquen o de otras instituciones siempre que, en este último caso, las menciones, premios o reconocimientos presenten, a juicio de la Comisión de Evaluación, conexión relevante con el contenido del programa formativo en el que el solicitante ha sido admitido, otorgará una puntuación de 1,25.
    • Haber obtenido una nota media de grado igual o superior a un 65% de la máxima puntuación posible, otorgará una puntuación de 0,5.
    • Haber realizado publicaciones y/o proyectos de investigación que, a juicio de la Comisión de Evaluación, presenten conexión relevante con el contenido del programa formativo en el que el solicitante ha sido admitido, otorgará una puntuación de 0,25.
    • Haber participado en proyectos sociales o de voluntariado, otorgará una puntuación de 0,25.
    • Haber cursado previamente algún programa formativo en Berklee, otorgará una puntuación de 0,25.

La Comisión de Evaluación tomará en consideración con respecto de cada alumno, el tope máximo de la ayuda económica correspondiente al programa en el que haya sido admitido (90% del coste del programa según consta publicado en la web de Berklee), siendo dicha cifra la que corresponderá a todo alumno que haya obtenido la máxima puntuación posible, esto es, 12 puntos. Los importes económicos que correspondan a cada alumno se fijarán de manera proporcional en función de los puntos que hayan obtenido tras la evaluación correspondiente.

En el supuesto de que la suma de todos los importes de ayudas económicas individuales que hubieren resultado de la aplicación de lo establecido más arriba superara la cuantía máxima económica de la presente convocatoria de becas, todos y cada uno de los importes individuales obtenidos será reducido proporcionalmente hasta que la suma de todos ellos no supere la cuantía máxima de esta convocatoria. Esta reducción será realizada bajo la supervisión de todas las Comisiones de Evaluación que hubieren intervenido en la concesión de becas a que se refiere la presente convocatoria.

En el supuesto de que la suma de todos los importes de ayudas económicas individuales que hubieran resultado de la aplicación de lo establecido más arriba, no alcanzara la cuantía máxima económica de la presente convocatoria de becas, Berklee quedará facultada para incrementar, si así lo entendiera oportuno, el importe correspondiente a cada alumno beneficiario de beca de conformidad con lo anteriormente establecido, salvo respecto de aquellos alumnos cuyo importe de ayuda ya alcanzare el 90% del coste del programa. El referido incremento se realizará de manera proporcional respecto de todos y cada uno de los alumnos beneficiarios de las presentes ayudas con las únicas excepciones de los alumnos cuyo importe de ayuda ya hubiere alcanzado el 90% del coste del programa antes de aplicar incremento alguno y de los alumnos cuyo importe de ayuda hubiere alcanzado el 90% del coste del programa con la aplicación del incremento a que se refiere el presente párrafo (no pudiendo en este último caso ser el incremento aplicado mayor a la cifra que reste hasta alcanzar el 90% del coste del programa).

Tramitación y resolución

  1. La Comisión de Evaluación correspondiente a cada uno de los programas formativos analizará las solicitudes presentadas por los estudiantes del programa en cuestión, requerirá a cada solicitante los documentos e información complementarios que entienda oportunos para un conocimiento y comprobación adecuados de las circunstancias concurrentes en cada caso, y seleccionará a los beneficiarios de las becas, atribuyendo a cada uno de ellos la correspondiente puntuación, todo ello de conformidad con lo previsto en las presentes bases, lo que motivará oportunamente.
  2. Las Comisiones de Evaluación de todos los programas se reunirán a efectos de determinar los importes de cada una de las ayudas económicas correspondientes a los solicitantes que hayan cumplido los requisitos generales. Dicha determinación se realizará conforme a lo establecido en las presentes bases y quedará debidamente motivada.
  3. Berklee comunicará a cada uno de los solicitantes la decisión adoptada en cuanto a la denegación de las becas o a su concesión, indicando en este último caso, el importe de ayuda fijado con relación al estudiante en cuestión.
  4. Berklee atenderá individualmente cualquier solicitud de motivación o aclaración en cuanto a la decisión adoptada que le traslade un solicitante de beca.

Pago de la beca

  1. Berklee no realizará ningún pago dinerario al estudiante, sino que el importe de la beca será deducido en cada uno de los pagos que haya de hacer el estudiante a Berklee, de manera proporcional por partes iguales.
  2. Berklee demorará la exigencia del pago a los alumnos solicitantes de estas becas, hasta el momento en que se dicte la resolución de concesión o denegación.

Obligaciones adicionales de los beneficiarios

  • Realizar puntualmente todos los pagos correspondientes a su programa formativo.
  • Cumplir los requisitos y las condiciones establecidos para la concesión y disfrute de la beca.
  • Cooperar con Berklee en las actuaciones de comprobación que ésta entienda oportuno realizar para verificar el cumplimiento de las condiciones o los determinantes de la concesión de la beca y de su importe.
  • Comunicar a Berklee la obtención de subvenciones o becas para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o entidad pública o privada, de carácter nacional o internacional.
  • Poner en conocimiento de Berklee cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la beca y para la determinación de su importe.

Incompatibilidades

El disfrute de la beca es incompatible con la percepción de cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso para la misma finalidad, procedente de cualquier administración o institución o entidad pública o privada, nacionales, de la Unión Europea, de otros Estados o de organismos internacionales, siempre y cuando el importe total que se obtenga para esa misma finalidad sea superior al coste del programa formativo.

Enlaces de interés

https://valencia.berklee.edu/sites/default/files/2026-02/Terms%20of%20the%20agreement%20-%20Becas%20CACSA%2026-27._0.pdf?fv=cuDV5KXN

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Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Berklee CACSA - Palau de les Arts

La Universidad Berklee en colaboración con la Ciudad de las Artes y las Ciencias (CACSA), establece la convocatoria de las Becas Berklee CACSA - Palau de les ArtsEl objeto principal de estas becas es facilitar el desarrollo de estudios de Máster en el campus de Valencia de Berklee, por parte de los candidatos que sean seleccionados.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Berklee CACSA - Palau de les Arts" es: desde 25/03/2026 hasta 01/04/2026.

La Beca "Becas Berklee CACSA - Palau de les Arts" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Máster-Maestrías
  • Música

La Beca "Becas Berklee CACSA - Palau de les Arts" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios