Ayuntamiento de Villares de la Reina

Becas Material - Ayto Villares de la Reina

Becas de estudiosBecas para personas con discapacidadBecas de librosBecas de material escolarNo universitarios

INSCRIPCIONES

Inicio04/07/2025 Fin24/07/2025
Finalizada

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Becas Material - Ayto Villares de la Reina: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Material - Ayto Villares de la Reina son convocadas para ofrecer, en régimen de concurrencia competitiva, unas ayudas que servirán para la compra de libros de texto que no estén subvencionados en el Plan Releo, y otros materiales escolares de los alumnos que se encuentren matriculados en Educación Infantil, Primaria, Educación Secundaria Obligatoria o Educación Especial. Con estas becas se pretende fomentar la educación y colaborar con las familias en el soporte económico de la actividad educativa de sus hijos.

Podrán solicitar las Becas Material - Ayto Villares de la Reina los padres o tutores legales que tengan menores escolarizados en los niveles educativos indicados. 

El solicitante deberá estar empadronado en Villares de la Reina con fecha igual o anterior al 1 de junio del año anterior al de la solicitud. Además deberá cumplir con el resto de requisitos indicados en la convocatoria.

Con las Becas Material - Ayto Villares de la Reina se podrán subvencionar materiales como libros de texto, cuadernillos de trabajo, mapas, cartulinas, diccionarios, estuches, etc.

La cuantía a recibir variará dependiendo de los puntos obtenidos al valorar las solicitudes.

Si deseas solicitar una de las Becas Material - Ayto Villares de la Reina estás en el lugar correcto, ya que aquí podrás consultar la información que precisas.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Primer ciclo de educación infantil
  • Segundo ciclo de educación infantil
  • Primaria
  • ESO
  • Educación especial
  • Formación Profesional Básica
País de origen
  • España
Región de origen
  • Castilla y León
Provincia de origen
  • Salamanca
Localidad
Villares de la Reina
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Podrán resultar beneficiarios de las Becas Material - Ayto Villares de la Reina los solicitantes que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Que el solicitante (padre, madre, tutor o representante legal del alumno) y el alumno estén empadronados en el municipio de Villares de la Reina al menos desde el día 1 de junio de 2025 de forma ininterrumpida.
  • Que el alumno esté cursando estudios en los centros especificados a continuación, en función del ciclo de estudios en curso:
    • En el C.E.I.P. Villares de la Reina para los ciclos de Educación Infantil y Primaria.
    • En otro centro público de la provincia de Salamanca para los ciclos de Educación Secundaria Obligatoria y Formación Profesional Básica.
    • Cuando no exista centro público en la provincia de Salamanca que imparta determinados ciclos de Formación Profesional Básica, en centro concertado o en su defecto privado de la provincia de Salamanca, siempre que se acompañe informe de la administración educativa competente acreditativo de la referida circunstancia.
    • En otro por razón de Educación Especial o situaciones excepcionales, para cualquiera de los ciclos, siempre que se acompañe informe de la Administración educativa competente acreditativo de la referida circunstancia.
  • Que en el plazo de formular la solicitud, se halle al corriente de sus obligaciones con la Agencia Tributaria, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Villares de la Reina. Quedarán excluidos de este procedimiento de concesión de ayudas los solicitantes que no cumplan este requisito. Este extremo deberá persistir hasta el pago de la ayuda.
  • No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario de la subvención regulada en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 noviembre, General de Subvenciones.
  • Que se solicite la ayuda conforme al modelo aprobado en estas Bases y se aporte la documentación señalada al efecto.

Dotación

La cuantía de las Becas Material - Ayto Villares de la Reina será la siguiente, en función del sumatorio de puntos obtenidos:

  • Puntos obtenidos - Cuantía y ayuda:
    • Mayor o igual a 5 puntos: 140 €.
    • Mayor o igual a 4,5 puntos: 130 €.
    • Mayor o igual a 4 puntos: 120 €.
    • Mayor o igual a 3,5 puntos: 110 €.
    • Mayor o igual a 3 puntos: 100 €.
    • Mayor o igual a 2,5 puntos: 90 €.
    • Mayor o igual a 2 puntos: 80 €.

La ayuda percibida no podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones y ayudas de otras Administraciones Públicas o entes públicos o privados, supere el coste total del material escolar. En consecuencia, la cuantía de la ayuda percibida será la del importe justificado mediante factura acreditativa, salvo que esta supere los límites máximos de la ayuda señalados en esta Base, en cuyo caso se aplicarán éstos.

Cuando se hayan presentado dos solicitudes por alumno, por motivos documentalmente justificados de custodia compartida y una vez valoradas ambas solicitudes se determine el importe correspondiente a percibir de la ayuda por cada una de las partes, la suma de ambas no podrá superar el importe máximo de 140 €, sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo siguiente.

En el caso de que, una vez determinada la cuantía total de las ayudas, existiera crédito no dispuesto, se repartirá a partes iguales entre aquellas solicitudes que hubieran obtenido cinco o más puntos, viéndose incrementada la cuantía de la ayuda de 140 € en la cantidad correspondiente, siempre que lo permita el gasto justificado mediante factura. Si realizado el reparto anterior existiera remanente, se procederá de igual forma con aquellos que hubieran obtenido una valoración entre 4,5 y menos de 5 puntos, y así sucesivamente hasta agotar el crédito disponible.

Presentación

  • Las solicitudes de las Becas Material - Ayto Villares de la Reina deberán presentarse bien en el Registro General del Ayuntamiento de Villares de la Reina de lunes a viernes (laborables) en horario de 8:15 a 14:00 horas, bien a través del Registro de la sede electrónica del Ayuntamiento, en ambos casos durante el plazo de QUINCE días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
  • De igual forma podrá presentarse en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la LPACAP.
  • Las solicitudes se presentarán una por cada alumno/a; por el padre, madre o tutor legal del alumno/a conforme al modelo aprobado en el Anexo I de estas Bases y, en todo caso, por aquel que ejerza la patria potestad. En caso de custodia compartida se podrá presentar una solicitud por cada progenitor aportando la documentación completa del 11.3.
  • Todos los miembros mayores de edad de la unidad familiar deberán firmar la solicitud.
  • En caso de que por el mismo solicitante se presenten dos o más solicitudes de ayuda, la documentación común a todas ellas se podrá aportar en una de las instancias, debiendo reflejar en el resto el nombre del alumno/a en el que adjunta dicha documentación.

Más información

Material Subvencionable

Se considerará, a los efectos de las presentes bases, como material escolar subvencionable, el siguiente listado tasado de material escolar-didáctico según las siguientes categorías:

  • Infantil: libros de texto, entendiendo como tal los publicados en la página web del colegio CEIP Villares de la Reina.
  • Primaria (1º y 2º): libros de texto y cuadernillos de trabajo (salvo aquellos subvencionados por el Plan Releo Plus, en ambos casos), cuadernos de escritura y de dibujo, partituras, mapas, cartulinas, blocs de manualidades, papel coloreado, plastilina, pasta de modelado, rollos de plástico para forrar libros, folios blancos, bolígrafos, lapiceros, rotuladores, lápices de cera, pinturas, témperas, acuarelas, marcadores, corrector, pegamentos, tijeras infantiles, clips, compases, gomas de borrar, sacapuntas, carpetas, archivador, fundas transparentes, reglas, estuches, mochilas, calculadora y/o dispositivos informáticos electrónicos como tabletas.
  • Primaria (3º a 6º): libros de texto y cuadernillos de trabajo (salvo aquellos subvencionados por el Plan Releo Plus, en ambos casos), libros de lectura obligatoria, diccionario, cuadernos de escritura y de dibujo, partituras, mapas, cartulinas, blocs de manualidades, papel coloreado, plastilina, pasta de modelado, rollos de plástico para forrar libros, folios blancos, bolígrafos, lapiceros, rotuladores, lápices de cera, pinturas, témperas, acuarelas, marcadores, corrector, pegamentos, tijeras infantiles, clips, compases, gomas de borrar, sacapuntas, carpetas, archivador, fundas transparentes, reglas, estuches, mochilas, flauta, auriculares, calculadora y/o dispositivos informáticos electrónicos como tabletas.
  • Secundaria Obligatoria y Formación Profesional Básica: libros de texto y cuadernillos de trabajo (salvo aquellos subvencionados por el Plan Releo Plus, en ambos casos), libros de lectura obligatoria, cuadernillos de trabajo de escritura y de dibujo, ceras, tijeras, clips, pinturas, témperas, acuarelas, pasta de modelado, pegamentos, corrector, compás, bloc escolar, calculadoras, papel de calco, mapas, reglas, marcadores, forro de libros, celo o cinta adhesiva transparente, papel coloreado, cartulina, cuadernos, agenda escolar, bolígrafos, lapiceros, rotuladores, pinceles, gomas de borrar, sacapuntas, estuches, mochilas, flauta, auriculares, carpetas, archivador, folios blancos, diccionarios, atlas y fundas transparentes.

En todo caso, quedan excluidos de esta subvención: uniformes, material y ropa deportiva, grapadoras, taladradoras, impresoras, ordenadores portátiles y de sobremesa, memorias USB, cartuchos de tinta y tóner de impresora, “dymos”, cd’s, cd-rom’s, dvd’s y similares, así como dispositivos electrónicos tales como tabletas.

Sobre cualquier otro elemento no incluido en la clasificación anterior, quedará la admisión de su justificación a criterio de la Comisión de Valoración.

A efectos de discriminar quién puede percibir la ayuda para los libros de texto, desde esta Administración se realizarán las comprobaciones oportunas, con ayuda de otras Administraciones.

Resolución

La propuesta de resolución provisional y la resolución definitiva serán publicadas, a efectos de notificación, mediante anuncio que se insertará en el tablón de anuncios y en la página web municipal con expresión de la convocatoria, el programa y el crédito presupuestario al que se imputen, beneficiarios (nombre, apellidos, y cuatro cifras aleatorias del DNI del solicitante), cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención de acuerdo con lo señalado en el art. 18 de la Ley General de Subvenciones. La misma información y cuanta otra se solicite será notificada a la Base de Datos Nacional de Subvenciones por la Intervención municipal.

Pago de las ayudas

El pago de las ayudas se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta señalada por el solicitante en su solicitud, teniendo efectos liberatorios para el Ayuntamiento de Villares de la Reina.

Obligaciones de los beneficiarios

Los beneficiarios de las ayudas están obligados al cumplimiento de lo previsto en el art. 7 de la Ordenanza Municipal de Subvenciones.

Serán obligaciones del beneficiario, entre otras, las de:

  • Presentar los impresos, documentos, declaraciones y justificaciones que se indican en las presentes bases y los que le sean requeridos durante la instrucción o a efectos de control y seguimiento.
  • Presentar la/s factura/s que se indican en las presentes bases y que justifican el cumplimiento de los requisitos y condiciones para obtener la ayuda.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y seguimiento de la aplicación de la ayuda que, en su caso, estime pertinente este Ayuntamiento.
  • Comunicar al Ayuntamiento de Villares de la Reina cualquier alteración o modificación que se produzca en las circunstancias y requisitos exigidos para la concesión de la ayuda.

Compatibilidad con otras ayudas

  • Esta subvención es compatible con otras subvenciones o ayudas económicas para la misma finalidad y objeto, otorgadas por otras Administraciones Públicas o por cualquier otra entidad de naturaleza pública o privada, siempre que conjuntamente no superen el 100 por ciento del total de la actividad subvencionada. En este sentido, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su artículo 14 establece que el beneficiario de la subvención deberá comunicar al órgano concedente o la entidad colaboradora la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.
  • El solicitante deberá declarar las ayudas que haya obtenido o solicitado para el mismo programa, tanto al iniciarse el trámite como en cualquier momento en que se notifique la concesión de tal ayuda o subvención, y aceptará las eventuales minoraciones aplicables para el cumplimiento de lo establecido en el párrafo anterior.

Enlaces de interés

Podrás consultar los criterios de valoración y otra información de interés en el siguiente enlace

https://sede.diputaciondesalamanca.gob.es/documentacion/bop/2025/20250703/BOP-SA-20250703-020.pdf

Documentación a adjuntar

Para que la solicitud de la Ayuda sea objeto de valoración, deberá presentarse la siguiente documentación obligatoria:

  • Solicitud debidamente cumplimentada. Estará a disposición de los interesados en la página web: www.villaresdelareina.es, de este Ayuntamiento; o podrá solicitarse por correo electrónico a: cultura@villaresdelareina.es.
  • Fotocopia completa del Libro de familia o documento equivalente.
  • Fotocopia del DNI, NIE o Pasaporte del solicitante (padre, madre o tutor).
  • Fotocopia del DNI, NIE o Pasaporte del alumno/a, en caso de tenerlo.
  • Acreditación de la representación legal o de la patria potestad en caso de que la solicitud se presente por tutor, representante legal o quien ejerza la patria potestad en caso de divorcio.
  • Copia del convenio regulador o de la sentencia judicial en caso de divorcio o separación o documento equivalente acreditativo de la custodia del menor.
  • Certificado de inscripción en el colegio donde el alumno/a curse estudios si es distinto del CEIP Villares de la Reina.
  • Copia de la Declaración de la Renta del ejercicio 2024 de todos los miembros de la unidad familiar o Certificado de Renta emitido por la AEAT, así como de los gastos deducibles, para el cálculo de la Renta de la unidad familiar.
  • Certificado bancario de titularidad de cuenta corriente determinada por el solicitante de la ayuda o copia de cartilla bancaria que lo acredite.
  • Factura/s justificativa/s de la adquisición del material subvencionable expedida, a nombre del solicitante o mayores de edad incluidos dentro de la unidad familiar, entre el 15 de junio de 2025 y la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Deberá indicar el curso en el que se usará el material adquirido.
  • Resuelto el procedimiento, previa solicitud, se devolverá el documento original estampillado haciendo constar la financiación del gasto por el Ayuntamiento de Villares de la Reina. Deberá reunir los requisitos del art. 6 del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se regulan las obligaciones de facturación, no aceptándose tickets, o facturas simplificadas salvo que en éstas últimas se hayan incluido los datos del destinatario de la operación.

Documentación optativa para una mayor valoración:

  • Certificado de datos de discapacidad emitido por la Gerencia de los Servicios Sociales de la Conserjería de Familia e Igualdad de Oportunidades de la Junta de Catilla y León o documento oficial asimilable.
  • Título de Familia Numerosa en vigor emitido por la sección de Familia de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León. Si es en formato libro la copia será necesariamente del libro completo.
  • Certificado de desempleo emitido por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León (ECyL) o documento oficial asimilable (informe de vida laboral).
  • Otros que puedan requerirse en su momento, necesarios para garantizar el cumplimiento de los requisitos.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Material - Ayto Villares de la Reina

Las Becas Material - Ayto Villares de la Reina son convocadas para ofrecer, en régimen de concurrencia competitiva, unas ayudas que servirán para la compra de libros de texto que no estén subvencionados en el Plan Releo, y otros materiales escolares de los alumnos que se encuentren matriculados en Educación Infantil, Primaria, Educación Secundaria Obligatoria o Educación Especial. Con estas becas se pretende fomentar la educación y colaborar con las familias en el soporte económico de la actividad educativa de sus hijos.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Material - Ayto Villares de la Reina" es: desde 04/07/2025 hasta 24/07/2025.

La Beca "Becas Material - Ayto Villares de la Reina" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Primer ciclo de educación infantil
  • Segundo ciclo de educación infantil
  • Primaria
  • ESO
  • Educación especial
  • Formación Profesional Básica

La Beca "Becas Material - Ayto Villares de la Reina" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas para personas con discapacidad
  • Becas de libros
  • Becas de material escolar