Becas Libros Material Escolar y Salidas Ayuntamiento Cabanyes
INSCRIPCIONES
Becas Libros Material Escolar y Salidas Ayuntamiento Cabanyes: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Libros Material Escolar y Salidas Ayuntamiento Cabanyes son una iniciativa del Ayuntamiento de Les Cabanyes destinada a apoyar económicamente a las familias del municipio y facilitar el acceso a los recursos educativos durante el curso 2026/2027. Estas ayudas están dirigidas a alumnos de educación infantil, primaria y secundaria matriculados en centros públicos, y permiten sufragar gastos de libros, material escolar y salidas educativas.
Además, la convocatoria contempla ayudas para la práctica deportiva dirigidas a familias con menores a cargo, personas con discapacidad reconocida igual o superior al 33% y personas con problemas de salud que necesiten realizar actividad física por prescripción médica.
Para acceder a las Becas Libros Material Escolar y Salidas Ayuntamiento Cabanyes, es necesario estar empadronado en Les Cabanyes desde enero de 2026 y cumplir los requisitos económicos y sociales establecidos en las bases. La cuantía se determina mediante un baremo que tiene en cuenta los ingresos, la composición familiar y las posibles situaciones de vulnerabilidad.
Si quieres conocer todos los detalles sobre las Becas Libros Material Escolar y Salidas Ayuntamiento Cabanyes, los requisitos, las cuantías y la documentación necesaria, descubre aquí toda la información y comprueba si tu familia puede beneficiarse de estas ayudas.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Primer ciclo de educación infantil
- Segundo ciclo de educación infantil
- Primaria
- ESO
- País de origen
- España
- Región de origen
- Cataluña
- Provincia de origen
- Barcelona
- Localidad
- Cabanyes
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Beneficiarios y requisitos para solicitar las Becas Libros Material Escolar y Salidas Ayuntamiento Cabanyes
Los beneficiarios y los requisitos generales a cumplir en las dos líneas de ayudas serán:
- Personas empadronadas en el municipio de Les Cabanyes desde enero de 2026 (y que permanezcan empadronadas durante el período de ejecución).
- Presentar la solicitud en el impreso normalizado y la documentación acreditativa en los plazos establecidos en estas bases, una vez sea publicada la convocatoria de las mismas.
- Participar en las actividades relacionadas con las ayudas objeto de estas bases. Si los beneficiarios no realizan las actividades objeto de subvención sin ningún tipo de motivo y/o justificante médico, la beca de todos los miembros de la unidad familiar quedará directamente denegada o limitada al tipo A dependiendo de la situación socioeconómica de la familia.
- No recibir ninguna otra ayuda por el mismo concepto de otras administraciones o entes públicos o privados.
- Que la renta per cápita de la unidad familiar no sea superior a la indicada en la tabla del apartado “Raja de valoración económica” y que no tenga unos ahorros superiores a 9.000,00 € por miembro de la unidad familiar.
- Quedará desestimada aquella solicitud que, aun reuniendo puntuación social, supere el baremo económico familiar.
Los requisitos específicos a cumplir en las dos líneas de ayudas serán:
- Línea A) Menores en edad de escolarización obligatoria que se encuentren matriculados en centros de educación pública.
- Línea B) Familias con menores a cargo, adultos con discapacidad mínima reconocida del 33% o superior y personas con problemática de salud que, por prescripción facultativa, realizan una actividad deportiva. La actividad deportiva debe realizarse en el propio municipio o en otras entidades deportivas siempre y cuando la modalidad deportiva que realizan no se encuentre en la oferta de las actividades deportivas del municipio. Solo se subvencionará una actividad deportiva por cada miembro de la unidad familiar.
Dotación
Importe de las Becas Libros Material Escolar y Salidas Ayuntamiento Cabanyes
El importe de la ayuda en ningún caso superará el gasto realizado por la unidad familiar en el concepto becado. El importe se valorará en función de las solicitudes presentadas y del presupuesto establecido por el Ayuntamiento. La distribución de estas ayudas está condicionada a la disponibilidad presupuestaria del ente local. Las cantidades a subvencionar podrán verse reducidas atendiendo al límite presupuestario.
Línea A) Ayudas para libros, material y salidas escolares
ALUMNOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA
Puntuación obtenida e importe de la ayuda que corresponde:
- Supuesto - IMPORTE DE LA AYUDA
- Inferior a 2 puntos: 0 €
- Entre 2 y 5,1 puntos: Supuesto A (30 %), 35,00 €
- Entre 5,2 y 8,1 puntos: Supuesto B (50 %), 70,00 €
- Entre 8,2 y 10 puntos: Supuesto C (75 %), 105,00 €
ALUMNOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA
Puntuación obtenida e importe de la ayuda que corresponde:
- Supuesto - IMPORTE DE LA AYUDA
- Inferior a 2 puntos: 0 €
- Entre 2 y 5,1 puntos: Supuesto A, 120,00 €
- Entre 5,2 y 8,1 puntos: Supuesto B, 180,00 €
- Entre 8,2 y 10 puntos: Supuesto C, 250,00 €
En todo caso, se establece como cuantía máxima la cantidad que efectivamente deben pagar los alumnos al centro educativo por los libros, el material escolar y las salidas. Esta información será proporcionada por el centro educativo a petición del Ayuntamiento. El pago directo al centro escolar servirá como requisito para dar por justificada la ayuda. Asimismo, el director o titular del centro docente deberá presentar, al finalizar el curso, la relación del alumnado que ha participado en cada una de las actividades relacionadas con las ayudas escolares, a efectos de verificar el efectivo cumplimiento de las finalidades de las ayudas.
Línea B) Ayudas para la actividad deportiva
Puntuación obtenida e importe de la ayuda que corresponde:
- Supuesto - IMPORTE DE LA AYUDA
- Inferior a 2 puntos: 0 €
- Entre 2 y 5,1 puntos: Supuesto A, 25 %
- Entre 5,2 y 8,1 puntos: Supuesto B, 50 %
- Entre 8,2 y 10 puntos: Supuesto C, 75 %
La factura del pago de la actividad deportiva y la matrícula servirán como requisito para dar por justificada la ayuda.
Pago, importe máximo y aplicación presupuestaria
En el caso de las becas escolares para material y salidas, los beneficiarios recibirán el importe de la bonificación directamente mediante transferencia bancaria, previa justificación del gasto realizado mediante el recibo correspondiente de los pagos.
En el caso de las ayudas para la práctica deportiva, los beneficiarios recibirán el importe de la bonificación directamente mediante transferencia bancaria, previa justificación del gasto realizado mediante el recibo correspondiente de los pagos. La distribución de estas ayudas está condicionada a la disponibilidad presupuestaria.
Presentación
Las solicitudes de las Becas Libros Material Escolar y Salidas Ayuntamiento Cabanyes
Se tendrán que presentar mediante el formulario establecido por el Ayuntamiento, debidamente cumplimentadas, dentro del período establecido en estas bases. El impreso se podrá encontrar en el Ayuntamiento de Les Cabanyes en horario de oficina (de 9 h a 14 h, de lunes a viernes laborables y miércoles laborables de 17 h a 20 h), o colgado en la página web municipal.
Más información
Objeto y finalidad de las ayudas
El objeto de estas bases es regular:
- La concesión de ayudas individuales en materia de libros, material y salidas para alumnos de educación infantil, primaria y secundaria empadronados (como mínimo desde enero de 2026) en el municipio de Les Cabanyes y escolarizados en los centros educativos públicos durante el curso 2026/2027.
- La concesión de ayudas individuales para la práctica deportiva a las familias con menores a cargo, personas con discapacidad superior al 33% y personas con problemática de salud empadronadas en el municipio de Les Cabanyes desde enero de 2026.
Estas ayudas serán incompatibles con otras ayudas recibidas por el mismo concepto de otras administraciones. Cuando se dé esta circunstancia, la familia que haya recibido otra beca o ayuda tendrá que devolver al Ayuntamiento el importe de la ayuda municipal. En caso de incumplimiento, la familia infractora no podrá solicitar la ayuda municipal en las siguientes convocatorias hasta que haya regularizado su situación.
Periodo de ejecución
Estas bases regirán desde abril de 2026 hasta abril de 2027. Las atribuciones aprobadas en base a esta normativa tienen efecto solo por el enmendado anteriormente y no generan ningún derecho a la obtención de otras subvenciones en años posteriores y no puede alegarse como precedente.
Criterios de puntuación
La concesión de las ayudas se realiza con la aplicación del baremo social y económico siguiente:
A efectos del cálculo final de la valoración de la situación de cada unidad familiar de convivencia, la valoración económica representará el 70% de la puntuación total y la valoración social el 30% restante.
a. Valoración económica:
a.1. Para establecer la situación económica se considerarán los ingresos netos percibidos por el conjunto de miembros de la unidad familiar de convivencia. Para establecer el cómputo de ingresos se valorarán:
- Ingresos del trabajo por cuenta ajena.
- Beneficios y pérdidas del trabajo por cuenta propia.
- Prestaciones sociales.
- Transferencias recibidas y pagadas a otros hogares.
- Rendimientos patrimoniales.
a.2. Para los cálculos de la situación económica se tendrá en cuenta la renta disponible, que se obtiene descontando al total de ingresos netos los gastos de la vivienda habitual de la unidad familiar (fijando un tope máximo de 450 €, tanto para alquiler como para hipoteca).
a.3. En función de los requisitos de acceso económico de cada unidad familiar se obtendrá la puntuación económica de la unidad, que será como máximo 7 puntos.
Parrilla de valoración económica:
La renta disponible de la unidad familiar de convivencia, mensual, máxima para tener derecho a las prestaciones, en función del número de miembros de la misma, serán las siguientes cantidades:
- Un miembro: 1.229,30 €
- Dos miembros: 1.598,09 €
- Tres miembros: 1.966,88 €
- Cuatro miembros: 2.335,67 €
- Cinco miembros: 2.704,46 €
- Seis miembros: 3.073,25 €
A efectos del baremo final, la situación económica se valorará según la puntuación consignada a la tabla siguiente:
- Puntuación obtenida menor que: Supuesto
- Inferior a 2 puntos --
- Entre 2 y 5,1 puntos: Supuesto A
- Entre 5,2 y 8,1 puntos: Supuesto B
b. Valoración social:
b.1. Para establecer la situación social, las profesionales de referencia de los servicios sociales básicos municipales evaluarán las carencias, necesidades y factores discrecionales de cada unidad familiar de convivencia.
b.2. La puntuación de la valoración social de la unidad familiar de convivencia será de como máximo 3 puntos.
b.3. El personal técnico evaluará para cada unidad familiar de convivencia la presencia de las situaciones de carencia y necesidades sociales.
b.4. Complementariamente, el profesional podrá valorar la existencia de otros factores discrecionales que favorezcan o dificulten la eficacia en la consecución de los objetivos sociales de la prestación económica. Estos factores son puntuados a discreción por el profesional hasta completar la valoración social.
Parrilla de valoración social:
Máxima puntuación. Situaciones de emergencia social. Puntuación asignada:
- Déficit en las condiciones de alimentación e higiene personal (2 puntos).
- Dificultad en el acceso o mantenimiento de la vivienda y/o de sus condiciones de accesibilidad, habitabilidad o equipamiento (2 puntos).
- Existencia de situación de riesgo para menores o personas vulnerables por razón de déficits convivenciales (conflicto, abandono, maltrato, abuso, etc.) (2 puntos).
- Existencia de situación de riesgo para menores u otras personas vulnerables por razón de la existencia de otras problemáticas (consumo de sustancias tóxicas, drogodependencias, encarcelamiento de algún miembro, explotación laboral, etc.) (2 puntos).
Puntuación intermedia. Situaciones y/o problemáticas de riesgo moderado. Puntuación asignada:
- Existencia de situación de riesgo por problemas de salud grave en alguno de los miembros (elevado coste económico, situación terminal, etc.) (2 puntos).
Puntuación mínima. Situaciones y/o problemáticas de menor riesgo. Puntuación asignada:
- Existencia de situación de riesgo por motivos laborales (todos los miembros en situación de desempleo, un miembro en situación de desempleo de larga duración) (1 punto).
- Composición de la unidad de convivencia que determine una situación de riesgo o desigualdad (monoparentales, personas solas, gente mayor, etc.). (1 punto).
- Existencia de miembro/s con problemas de salud. (1 punto).
- Existencia de miembro/s con discapacidad/enfermedad mental. (1 punto).
- Existencia de miembro/s con necesidades educativas especiales. (1 punto).
Factores adicionales a la valoración social:
- Cumplimiento de los acuerdos establecidos en el plan de trabajo.
- Incumplimiento puntual de los acuerdos.
- Incumplimiento sistemático de los acuerdos.
- Cumplimiento de las condiciones establecidas.
- Incumplimiento de las relaciones establecidas.
- Miembro/s con ocupación activa.
- Miembro/s en búsqueda activa de empleo.
- Existencia de red de apoyo (familiar, social).
El/la técnico/a social rellenará el cuadro indicando si existen o no carencias y/o situaciones listadas en el cuadro, de acuerdo con la valoración social que haga de la situación del/de la solicitante de la prestación económica.
Documentación a adjuntar
b. La documentación que debe adjuntarse a la solicitud es la siguiente:
DOCUMENTACIÓN GENERAL:
- Solicitud (rellenada y firmada).
- DNI/NIE de todos los miembros de la unidad de convivencia (fotocopia).
- Libro de familia (fotocopia de todas las páginas escritas).
- Volante de convivencia (original y actual).
- Declaración de no encontrarse en ninguno de los supuestos de incompatibilidad o prohibición para la percepción de subvención o ayudas públicas, y declaración de que no ha recibido subvenciones públicas por igual finalidad (modelo oficial de solicitud).
- Declaración responsable conforme el beneficiario carece de deudas fiscales ni sociales con la Seguridad Social, la Administración Tributaria estatal y la Administración Tributaria autonómica (modelo oficial de solicitud).
- En caso de pedir ayuda por práctica deportiva, es necesario aportar el documento de inscripción o matrícula con el correspondiente recibo de pago al Ayuntamiento y un certificado de la entidad deportiva donde conste el precio de toda la temporada 2026-2027.
- Certificado de titularidad de la cuenta bancaria del solicitante donde recibir la ayuda.
DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA:
En caso de discapacidad:
- Certificado de discapacidad del Departamento de Bienestar Social y Familia (fotocopia).
- En caso de ayuda por la práctica deportiva: informe médico de prescripción de la actividad deportiva, si procede.
En caso de separación o divorcio:
- Sentencia de separación o divorcio (fotocopia).
- Convenio regulador (fotocopia).
- Documentación acreditativa conforme está en trámite (fotocopia).
En caso de que no se pase la pensión:
- Denuncia o demanda de este hecho (fotocopia).
En caso de representación legal/acogida:
- Documentación acreditativa de este hecho (fotocopia).
En caso de monoparentalidad y/o familia numerosa:
- Carné de familia monoparental (fotocopia).
- Carné de familia numerosa (fotocopia).
En caso de incapacitación:
- Resolución judicial que acredite la representación legal (fotocopia).
DOCUMENTACIÓN ECONÓMICA DE LA UNIDAD DE CONVIVENCIA:
Estos documentos deben presentarse de cada miembro de la unidad familiar mayor de 16 años.
- Última declaración del IRPF, en este caso la de 2025.
- Los últimos 6 recibos de alquiler o hipoteca (fotocopia).
En caso de no haber presentado la última declaración del IRPF o haber variado la situación económica de la unidad familiar de convivencia, se presentarán los siguientes documentos:
- Trabajadores/as por cuenta ajena: nóminas de los últimos 6 meses (fotocopia).
- Trabajadores autónomos: última liquidación trimestral de IRPF o boletín de cotización en la Seguridad Social + declaración de responsabilidad de los ingresos durante los 6 meses anteriores a la solicitud (fotocopia). También última declaración del IVA (2022).
- Certificado de percibir o no pensiones/prestaciones de la Administración pública (Seguridad Social y Generalitat de Catalunya) de los últimos 6 meses.
- Certificado del Servicio de Ocupación de Cataluña de acreditación conforme percibe o no prestación por desempleo. Si se percibe prestación/subsidio de paro, deberá justificarse su importe en los últimos 6 meses.
- Informe de la vida laboral de los miembros de la unidad de convivencia.
Determinación de los miembros computables de la unidad familiar a efectos del cálculo de la renta:
Para el cálculo de la renta a efectos de la ayuda, son miembros computables de la unidad familiar el padre y la madre, el tutor/a o persona encargada de la guarda y protección del solicitante, los hermanos mayores de 16 años, los tíos y los abuelos que justifiquen su residencia en el mismo domicilio que el solicitante con el certificado de convivencia correspondiente.
De los padres y abuelos se computará la totalidad.
De los hijos mayores de 16 años y tíos, el 50% en caso de que no tengan cargas familiares; en caso de que tengan cargas familiares demostrables, no se contabilizará su ingreso.
Tramitación y plazos de presentación:
Habrá una única convocatoria. El plazo de presentación de las solicitudes será desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el DOGC hasta el 30 de noviembre de 2026 incluido.
Es necesario presentar la solicitud y toda la documentación en el registro de entrada del Ayuntamiento de Les Cabanyes.
También se podrán presentar en cualquiera de los lugares que prevé el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Las solicitudes presentadas fuera del plazo no serán aceptadas.
Personas con discapacidad
Se ofrecerán ayudas a familias con menores a cargo, adultos con discapacidad mínima reconocida del 33 % o superior y personas con problemática de salud que por prescripción facultativa realizan una actividad deportiva.






