Becas al Estudio Ayuntamiento de Miramar
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Becas al Estudio Ayuntamiento de Miramar: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas al Estudio Ayuntamiento de Miramar están destinadas a los alumnos que se encuentran empadronados en este municipio de la provincia de Valencia, y que además cursan alguno de los niveles de estudios indicados como Educación Infantil, Bachillerato, Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior, estudios universitarios de Grado o Máster, Estudios de la Escuela Oficial de Idiomas o cursos de preparación de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
A través de las Becas al Estudio Ayuntamiento de Miramar, los candidatos seleccionados se beneficiarán de una dotación económica que será variable según el nivel de estudios cursado, y que deberá ser destinada a la adquisición de libros de texto, así como material escolar o informático que sea necesario para el normal desarrollo de los estudios que se están desarrollando, así como a cubrir el coste de la matrícula o los gatos de alojamiento o transporte público necesario para acceder al centro de estudios.
Con el ofrecimiento de estas becas, el Ayuntamiento de Miramar pretende apoyar a los estudiantes del municipio, con la intención de facilitarles el acceso y desarrollo de sus estudios, mediante los que podrán adquirir los conocimientos y herramientas necesarios para superar con éxito cada una de las etapas académicas.
¿Deseas conocer más datos?, pues deja de buscar porque a continuación te contamos todo lo que necesitas saber para solicitar una de las Becas al Estudio Ayuntamiento de Miramar
Datos básicos
- Nº de becas
- 124
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Primer ciclo de educación infantil
- Segundo ciclo de educación infantil
- Bachillerato
- Ciclos formativos de grado medio
- Ciclos formativos de grado superior
- Curso de Acceso Directo para Mayores de 25 años
- Idiomas
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Región de origen
- Comunidad Valenciana
- Provincia de origen
- Valencia
- Localidad
- Miramar
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
- Para solicitar una de las Becas al Estudio Ayuntamiento de Miramar, se exige cumplir con los establecidos con carácter general en las bases de la convocatoria.
- Estar empadronando en el municipio de Miramar con una antigüedad de 2 años en la fecha en que se formalice la solicitud.
- Estar matriculado en un centro público o concertado y cursar alguno de los estudios indicados en la convocatoria. Para estudios universitarios se requerirá estar matriculado en un mínimo de 30 créditos.
- No superar los ingresos de la unidad familiar, entendiéndose como unidad familiar lo establecido en el apartado 6, los siguientes límites de renta, en caso de ciclos formativos de grado superior o estudios universitarios:
- 1 miembro: 14.112 €
- 2 miembros: 24.089 €
- 3 miembros: 32.697 €
- 4 miembros: 38.831 €
- 5 miembros: 43.402 €
- 6 miembros: 46.853 €
- 7 miembros: 50.267 €
- 8 miembros: 53.665 €
Dotación
Las cantidades económicas ofrecidas mediante las Becas al Estudio Ayuntamiento de Miramar son las siguientes:
- Educación Infantil: 125 euros.
- Bachillerato y Formación Profesional de Grado Medio: 175 euros.
- Formación Profesional de Grado Superior: 500 euros.
- Estudios universitarios y máster: 900 euros.
- Estudios oficiales de Idiomas: 100 euros
- Acceso universidad para mayores de 25 años: 120 euros.
Los documentos justificativos de los gastos subvencionables (facturas, liquidación, matrícula, justificantes bancarios de transferencia, etc.) habrán de aportarse antes del 31 de mayo del año en que finalice el curso.
Presentación
Los impresos para solicitar las Becas al Estudio Ayuntamiento de Miramar deben presentarse a través de la Sede Electrónica o en las oficinas municipales.
Más información
Requisitos de las facturas para la justificación de gastos
Toda factura y sus copias contendrán los datos o requisitos que se citan a continuación:
- a. Número y, en su caso, serie.
- b. La fecha de expedición.
- c. Nombre y apellidos, razón o denominación social completa, tanto del obligado a expedir factura como del destinatario de las operaciones.
- d. Domicilio, tanto del obligado a expedir factura como del destinatario de las operaciones.
- e. Descripción de las operaciones, consignándose todos los datos necesarios para la determinación de la base imponible de su impuesto y su importe, incluyendo el precio unitario sin impuestos de dichas operaciones, así como cualquier descuento o rebaja que no esté incluido en dicho precio unitario.
- f. El tipo impositivo o tipos impositivos, en su caso, aplicados a las operaciones.
- g. La fecha en que se hayan efectuado las operaciones que se documentan o en la que, en su caso, se haya recibido el pago anticipado, siempre que se trate de una fecha distinta a la de expedición de la factura.
- h. La factura contendrá la firma y/o sello del emisor.
Acreditación de gastos
- Gastos en transporte público, desde el domicilio hasta el centro de estudios y viceversa, durante el período lectivo, excluidos los períodos de vacaciones escolares
- Gastos de matrícula en centro público o concertado.
- Gastos de material estrictamente indispensable para la realización del curso matriculado.
- Gastos en dispositivos electrónicos: dos para el Grupo $ y uno para los Grupos 2 y 3.
- Gastos de alquiler de vivienda: factura/justificante transferencia bancaria (alquiler y suministros).
- No se tendrán en cuenta los gastos de alquiler de vivienda y transporte, en los casos de enseñanza a distancia y on-line (salvo desplazamientos indispensables para realización de exámenes o clases presenciales).
Documentación a adjuntar
A la solicitud de subvención se acompañará:
- Copia del justificante de la matrícula en cualquiera de los centros enumerados en la base 2 y el pago de las tasas si es el caso.
- Copia del justificante de la solicitud o resolución de otras ayudas al estudio.
- En caso de estudiar ciclos formativos de grado superior o estudios universitarios, la declaración de IRPF del año anterior o certificado negativo de su presentación de todos los miembros de la unidad familiar, y justificante del número de miembros de la misma (copia del libro de familia).
Las solicitudes se presentarán desde el 1 de septiembre al 31 de diciembre del año en que se inicie el curso para el que se solicita la ayuda.