Becas Progresar Educación Superior y Enfermeria
INSCRIPCIONES
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Becas Progresar Educación Superior y Enfermeria: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Progresar Educación Superior y Enfermeria de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) del Gobierno de Argentina están destinadas a facilitar a los estudiantes el normal desarrollo de sus estudios universitarios. De este modo, el Gobierno de Argentina pretende promover la educación de calidad entre los ciudadanos que más lo necesitan tanto en el ámbito económico como en el ámbito social.
Las becas tienen una duración de hasta doce (12) meses para los becarios que resulten adjudicados en la primera convocatoria y cumplan con todas las condiciones previstas. Para los becarios que resulten adjudicados por inscripción en la segunda convocatoria, las becas tienen una duración de hasta seis (6) meses.
Mediante las becas que se ofrecen en esta convocatoria, los alumnos que sean seleccionados como beneficiarios de las mismas recibirán una dotación económica que facilitará el curso normal de sus estudios.
Entre los requisitos establecidos para poder optar a una de las Becas Progresar Educación Superior y Enfermeria se encuentran el ser argentino nativo o residente en este país y que los ingresos de los solicitantes no sean superiores a los establecidos.
En esta página web te facilitamos toda la información relacionada con las Becas Progresar Educación Superior y Enfermeria, de modo que podrás conocer los plazos de presentación de solicitudes y los medios en los que debes hacerlo, entre otros datos.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Grado
- Licenciatura
- Pregrado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- Argentina
- Nacionalidades
- Argentina
- Residente en Argentina
Requisitos
Son requisitos y condiciones para aspirar a ser titular de las Becas Progresar Educación Superior y Enfermeria:
A. Ser argentinos nativos o naturalizados, o extranjeros con residencia legal de al menos cinco (5) años en el país, y contar con documento nacional de identidad (DNI).
B. Tener al momento del cierre de la convocatoria a la beca, entre diecisiete (17) y veinticinco (25) años de edad. Se podrá percibir la beca, hasta los treinta (30) años, ampliándose para algunos grupos de la siguiente manera:
- Las personas que se encuentren a cargo de un hogar monoparental con hijos de menos de DIECIOCHO (18) años de edad, hasta treinta y cinco (35) años cumplidos a la fecha del cierre de la convocatoria a la beca.
- Las personas integrantes de las comunidades indígenas y/o pertenecientes a pueblos originarios, personas con discapacidad, personas refugiadas, personas afrodescendientes y/o afroargentinas, sin límite máximo de edad, acreditando con documentación respaldatoria la línea de descendencia.
- Las personas que ingresen a cursar sus estudios en profesorados y/o universidades de gestión estatal de Matemática, Química, Física y Biología, hasta treinta (30) años cumplidos a la fecha del cierre de la convocatoria a la beca.
C. Los ingresos de postulante y de su grupo familiar no deberán ser superiores a tres (3) Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM). No se considerarán como ingreso familiar las pensiones no contributivas por discapacidad.
D. Ser egresado del nivel secundario y no adeudar materias al momento de la inscripción.
E. Cursar o ingresar a cursar una carrera de grado o pregrado, cuyos planes de estudio tengan reconocimiento oficial, en instituciones públicas tales como Universidades Nacionales, Provinciales, Institutos Universitarios Nacionales, así como en Institutos de formación técnica y de formación docente de gestión estatal. Están excluidos los Ciclos de Complementación Curricular ya sean Ciclos de Tecnicaturas, Licenciaturas y Profesorados.
F. Cumplir con las condiciones académicas que se detallan en el CAPÍTULO VI del presente reglamento.
G. Solicitar la beca dentro de los plazos fijados por la convocatoria respectiva, validando los datos previamente con Mi Argentina.
H. Finalizar correctamente la inscripción en la plataforma PROGRESAR.
Son requisitos y condiciones para aspirar a ser titular de las becas PROGRESAR línea “PROGRESAR ENFERMERÍA”:
A. Ser argentinos nativos, o naturalizados, o extranjeros con residencia legal de al menos cinco (5) años en el país, y contar con documento nacional de identidad (DNI).
B. Al momento del cierre de la convocatoria a la beca, los postulantes deberán tener desde diecisiete (17) años cumplidos y sin límite máximo de edad, incluyendo a aquellos que pertenecen a grupos en condición de vulnerabilidad multidimensional, referidos en el artículo 10°.
C. Los ingresos del postulante y de su grupo familiar no deberán ser superiores a tres (3) Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM), no se considerarán como ingreso familiar las pensiones no contributivas por discapacidad;
D. Ser egresado del nivel medio y no adeudar materias al momento de la inscripción.
E. Cursar o ingresar a cursar sus estudios en Institutos de Educación Técnica Superior o Universidades Nacionales o Provinciales de Gestión Estatal. Excepcionalmente, los Institutos de Educación Técnica Superior de Gestión Privada inscriptos en el PRONAFE podrán acceder a los beneficios del Programa, siempre que su cuota mensual sea menor al monto vigente establecido para la Asignación Universal por Hijo.
F. Cumplir con las condiciones académicas que se detallan en el CAPÍTULO VI del presente reglamento.
G. Contar con esquema de vacunación completo o en curso según grupo de edad.
H. Solicitar la beca dentro de los plazos fijados por la convocatoria respectiva validando los datos previamente con Mi Argentina.
IFinalizar correctamente la inscripción en la plataforma PROGRESAR.
Dotación
Dotación de las Becas Progresar Educación Superior y Enfermeria:
La SECRETARÍA DE EDUCACIÓN establecerá las fechas, montos y modalidades específicas de implementación para cada nueva convocatoria.
El monto mensual de las líneas “Finalización de la educación obligatoria”, “Fomento de la educación superior”, “Progresar Enfermería” y “Progresar Formación Profesional” se fija en PESOS TREINTA Y CINCO MIL ($35.000).
Presentación
Los aspirantes a las Becas Progresar Educación Superior y Enfermeria deberán inscribirse exclusivamente dentro del plazo estipulado, sin la posibilidad de postulación en más de una línea de beca “PROGRESAR”. La solicitud de la beca se realizará a través del formulario de inscripción disponible en la plataforma “PROGRESAR”, accediendo a través de Mi Argentina.
- La información proporcionada en el formulario tendrá carácter de declaración jurada. Cualquier falsedad en los datos declarados impedirá el otorgamiento de la beca y podrá derivar en sanciones administrativas para el solicitante. El aspirante podrá modificar sus datos únicamente hasta el momento de enviar el formulario de inscripción. Una vez enviada, la inscripción quedará registrada con la información declarada.
Más información
Objetivo
Las becas “PROGRESAR” en sus líneas “FOMENTO DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR" y “PROGRESAR ENFERMERÍA” tienen por objetivo promover la educación superior en el marco de la Ley de Educación Superior N° 24.521, y sus respectivas modificaciones.
Destinatarios
Estudiantes argentinos nativos o naturalizados, o extranjeros con residencia legal de al menos CINCO (5) años en el país, y con documento nacional de identidad (DNI).
Incompatibilidad
Las becas “PROGRESAR” son de carácter personal e intransferible del estudiante y serán incompatibles con otras becas educativas similares otorgadas por la SECRETARÍA DE EDUCACION.
Duración
Las becas “PROGRESAR” tienen una duración de hasta doce (12) meses para los becarios que resulten adjudicados en la primera convocatoria y cumplan con todas las condicionalidades previstas en el presente. Para los becarios que resulten adjudicados por inscripción en la segunda convocatoria, las becas “PROGRESAR” tienen una duración de hasta seis (6) meses, y al igual que en la primera convocatoria, recibirán todas las cuotas en su totalidad siempre y cuando cumplan con la totalidad de las condicionalidades exigidas.
Obligaciones de los becarios
Aquellos que sean adjudicados con una beca “PROGRESAR” deberán cumplir con las siguientes obligaciones:
A. Conocimiento y aceptación del presente Reglamento. La inscripción de los postulantes al Programa importará el conocimiento y aceptación de la normativa que lo regula y el compromiso del cumplimiento de las obligaciones que de él resulten. La permanencia de las condiciones que hubieren justificado el otorgamiento de la beca será condición indispensable para su mantenimiento. Asimismo, los datos consignados por el postulante tendrán carácter de declaración jurada, asumiendo éste la responsabilidad por su veracidad.
B. Cambios de situación. En consonancia con el párrafo anterior, los titulares de beca deberán informar al Programa a través de la plataforma de PROGRESAR los cambios que se produzcan en el ámbito académico. A través de la ANSES, deberán informar cualquier variación que consideren relevante a los fines de la permanencia en el mismo, relativos a su situación personal, familiar, patrimonial, laboral y económica, y a través de la Aplicación de Mi Argentina los eventuales cambios de domicilio, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles administrativos de acaecido el cambio.
C. Renuncia. El titular de beca que desee renunciar al Programa podrá hacerlo únicamente a través de la plataforma PROGRESAR en cualquier momento del año lectivo.
Tipos de postulaciones. Los interesados que se postulen a la beca lo harán bajo las siguientes modalidades:
- A. Estudiantes ingresantes: son aquellos que no reportan actividad académica superior con anterioridad a su postulación, según la información que brinde la institución académica respectiva.
- B. Estudiantes avanzados: son aquellos que se postulan para la obtención de la beca y que iniciaron sus estudios superiores con anterioridad al año en el que se postulan, según la información que brinde la institución académica respectiva.
Titulares de Becas
Podrán ser titulares de beca “PROGRESAR” línea “FOMENTO DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR” y “PROGRESAR ENFERMERÍA” los estudiantes que cumplan con todos los requisitos y condiciones establecidos en el presente reglamento.
Grupos prioritarios y vulnerabilidad multidimensional
Procedimiento de inscripción. Los grupos prioritarios se encuentran integrados por los jóvenes que cursan los niveles de obligatoriedad escolar establecidos por el artículo 16 de la Ley de Educación Nacional 26.206, los estudiantes que se encuentren cursando carreras consideradas estratégicas y aquellos grupos en condición de vulnerabilidad multidimensional priorizados en conformidad con el Plan de Compromiso social y ambiental del Programa para la Mejora de la Inclusión Educativa en el Nivel Secundario y Superior (BIRF-8999-AR- BIRF -9477-AR).
Se entiende como grupo en condición de vulnerabilidad multidimensional a aquellos grupos que históricamente han sufrido múltiples exclusiones y/o violencias simbólicas, materiales, socioeconómicas o de otro tipo. En el presente reglamento se trata de: las personas que se encuentren a cargo de un hogar monoparental, entendido como hogares sostenidos económicamente por un solo padre/madre sin aportes del otro progenitor, con hijos menores de 18 años de edad; las personas integrantes de las comunidades indígenas y/o pertenecientes a pueblos originarios; las personas trans; las personas con discapacidad; las personas refugiadas; las personas afrodescendientes y/o afroargentinas.
Para los postulantes a la Línea FOMENTO DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR que pertenezcan a grupos priorizados, además de seguir el procedimiento establecido en el artículo 15, se establece que deberán indicar en el formulario de inscripción el grupo priorizado de pertenencia, y adicionalmente deberán:
- Personas con discapacidad: adjuntar el CUD vigente (Certificado Único de Discapacidad) correspondiente al momento de la inscripción.
- Personas refugiadas: adjuntar el certificado oficial de la CONARE (Comisión Nacional para los Refugiados).
- Personas integrantes de las comunidades indígenas y/o pertenecientes a pueblos originarios, personas trans, y personas afrodescendientes/afroargentinas: indicar grupo priorizado de pertenencia.
Forma de pago de la beca
Para quienes se inscriban al Programa en la primera convocatoria y resulten adjudicados, el pago será de hasta doce (12) cuotas mensuales, de acuerdo con el siguiente esquema:
- En el caso de ser becarios ingresantes a la carrera: se otorgarán nueve (9) cuotas regulares, en las que se retendrá el veinte por ciento (20%) del total, hasta cumplir con tres (3) certificaciones.
- Para el caso de los becarios avanzados en la carrera, se les abonarán nueve (9) cuotas al ciento por ciento (100%) del monto de la beca desde la primera cuota.
Tanto los becarios ingresantes a la carrera como los avanzados recibirán tres (3) cuotas estímulo una vez concluida la tercera certificación de avance académico, debiendo acreditar un avance de cuatro (4) materias cuatrimestrales o dos (2) anuales del año en curso.
Para quienes sean adjudicados en la segunda convocatoria, será de hasta seis (6) cuotas mensuales con idéntico criterio, de acuerdo con el siguiente esquema:
- Cuatro (4) cuotas regulares, en las que se retendrá solo a los estudiantes ingresantes el veinte por ciento (20%) hasta cumplir con la certificación de regularidad. En el caso de ser estudiante avanzado se otorgarán cuatro (4) cuotas regulares al cien por ciento (100%).
Tanto los becarios ingresantes a la carrera como los avanzados recibirán dos (2) cuotas estímulo una vez concluida la tercera certificación de avance académico, debiendo acreditar un avance de dos (2) materias cuatrimestrales o una (1) anual del año en curso.
La SECRETARÍA DE EDUCACIÓN liquidará la beca, y su pago, por cuenta y orden de ésta, estará a cargo de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) en la cuenta que el becario declare al momento de la inscripción.
En los casos en que el CBU informado resulte incorrecto o no supere las validaciones correspondientes, el proceso continúa a través del medio de pago registrado en ANSES o mediante la apertura de una cuenta.
Requisitos académicos. Requisitos de ingreso
Requisito académico para postulantes a la beca: Los interesados que se postulen a la beca por primera vez en calidad de estudiantes avanzados deberán acreditar su condición de alumno regular y tener, al menos, el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las materias aprobadas conforme al plan de estudio y el año cursado. Los interesados que postulen a la beca en calidad de estudiantes ingresantes deberán acreditar su condición de alumno regular.
Los postulantes a los que les restara cursar DOS (2) materias o menos para la finalización de la carrera o adeudarán sólo exámenes finales y/o la realización de tesis y/o prácticas profesionales, podrán inscribirse en el Programa por el período de un año sin opción a renovación.
Requisito de regularidad: Durante el transcurso del ciclo lectivo se evaluará que el titular de la beca se haya inscripto en al menos UN (1) espacio curricular anual, o DOS (2) espacios curriculares cuatrimestrales, o haya aprobado en condición de libre al menos DOS (2) espacios curriculares.
La certificación para quienes les restaran sólo exámenes finales y/o la realización de tesis y/o prácticas profesionales, se realizará a través de una certificación de la casa de estudios correspondiente.
Requisito de acreditación de avance en la trayectoria: Al finalizar el ciclo lectivo se evaluarán los avances académicos de los estudiantes durante este período. Los estudiantes becarios, tanto en carácter de ingresantes como de estudiantes avanzados, deberán acreditar su condición de alumno regular y registrar, como mínimo durante el ciclo lectivo en curso, la aprobación de cuatro (4) materias cuatrimestrales o dos (2) materias anuales cuando la inscripción se hubiere realizado en la primera convocatoria, o bien dos (2) materias cuatrimestrales o una (1) materia anual cuando la inscripción se hubiere realizado en la segunda convocatoria.
Los estudiantes deberán culminar sus estudios sin excederse en más de DOS (2) años en el tiempo teórico de duración de su plan de estudios. No aplica este requerimiento para los grupos en condición de vulnerabilidad multidimensional.
De la condicionalidad de salud
Los titulares de la beca deberán presentar, en el caso que se solicite y/o el calendario de vacunación obligatorio.
Resultados de la inscripción
El resultado de la postulación será publicado en la plataforma “PROGRESAR”. Cada aspirante será responsable de hacer el seguimiento y consulta acerca del resultado de su inscripción a través de la plataforma “PROGRESAR”. El postulante que no fuera adjudicado podrá acceder a la misma plataforma, con su usuario y contraseña, para identificar la causal de denegación.
Adjudicación
Las becas “PROGRESAR” serán adjudicadas mediante acto administrativo de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS E INNOVACIÓN EDUCATIVA.
Enlaces de interés
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/340001/20260327
Documentación a adjuntar
Los aspirantes a las Becas Progresar Educación Superior podrán inscribirse mediante el formulario de inscripción puesto a disposición en la plataforma “PROGRESAR”: https://www.argentina.gob.ar/educacion/progresar, logueándose mediante Mi Argentina y exclusivamente durante el transcurso del plazo estipulado a tal fin, no pudiendo realizarlo en más de una línea de beca del Programa PROGRESAR.






