Ayudas AEI Doctorados Industriales
INSCRIPCIONES
Ayudas AEI Doctorados Industriales: solicitud y plazos
Descripción
La Agencia Estatal de Investigación (AEI) es el organismo público que desarrolla la convocatoria de las Ayudas AEI Doctorados Industriales, con el propósito de facilitar el desarrollo de proyectos de investigación de carácter industrial por parte de aquellas personas que resulten seleccionadas.
Dichas becas podrán ser desarrolladas por las personas que estén matriculadas o admitidas en un programa de Doctorado en una universidad española, y que además reúnan el resto de los requisitos indicados en las bases de la convocatoria.
Mediante las Ayudas AEI Doctorados Industriales que sean otorgadas, se financiarán diferentes conceptos como los costes directos de ejecución del proyecto presentado, así como los costes de matrícula de los estudios de Doctorado a realizar.
Además, también se cubrirán parte de los gastos relacionados con motivo de la movilidad realizada tanto a nivel nacional como internacional, así como los conceptos relativos a alojamiento y manutención.
Estas ayudas de la Agencia Estatal de Investigación (AEI) consituyen un importante recurso para las personas que deseen cursar estudios de Doctorado en el ámbito industrial.
En esta web podrás conocer toda la información relativa a las becas que ofrece la Agencia Estatal de Investigación (AEI) en general, así como sobre las Ayudas AEI Doctorados Industriales en concreto.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Doctorado
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Las personas aspirantes a las Ayudas AEI Doctorados Industriales deberán reunir los siguientes requisitos:
- a. Estar en disposición de estar matriculadas o admitidas en un programa de doctorado en una universidad española, para el curso 2027/2028, en el momento de la formalización del contrato, de acuerdo con el artículo 21.
- b. No haber estado vinculadas laboralmente con la entidad con la que solicita una ayuda de esta actuación ni con ninguna otra relacionada accionarial o socialmente con la misma con anterioridad al 18 de febrero de 2026. En el caso de las empresas «spin-off» y las JEI, no será de aplicación este requisito si la vinculación laboral se ha mantenido con una institución de I+D pública o privada sin ánimo de lucro que participa en el accionariado o en el capital de la nueva empresa.
- c. No contar con una participación en el capital de la entidad que solicita la ayuda o de otra relacionada accionarial o socialmente con la misma que suponga una capacidad de control efectivo, directo o indirecto, de la entidad.
- d. No estar incluida como persona propuesta en la solicitud de más de una entidad.
- e. No haber disfrutado de una ayuda, por un período superior a 12 meses, en el marco de alguno de los Planes Estatales o Nacionales de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, cuyo objetivo sea la formación predoctoral a través del desarrollo de una tesis doctoral (ayudas para contratos predoctorales para la formación de doctores, ayudas para la formación de personal investigador –FPI-, ayudas para la formación de profesorado universitario –FPU-, ayudas para el desarrollo de tesis doctorales de la “Junta de Ampliación de Estudios” – CSIC-JAE-Predoc, ayudas para la formación de personal investigador en agroalimentación – FPI-INIA-, ayudas predoctorales de formación en investigación en salud –PFIS-, etc.).
- f. No estar en posesión del título de Doctor o Doctora, por cualquier universidad española o extranjera.
Dotación
- Las Ayudas AEI Doctorados Industriales tendrán una duración de cuatro años y la fecha de inicio de su cómputo estará comprendida dentro del plazo para la presentación de contratos, indicado en el artículo 21.1, y de acuerdo con lo dispuesto a continuación:
- a. Cuando la incorporación de la persona seleccionada al centro de trabajo se produzca con posterioridad a la fecha de publicación de la resolución de concesión, la fecha de inicio del cómputo de la ayuda será la fecha de incorporación de la persona a su centro de trabajo. La fecha de incorporación deberá estar comprendida dentro del plazo para la presentación de contratos, indicado en el artículo 21.1.
- b. En el caso de que la persona seleccionada ya estuviera contratada por la entidad con anterioridad a la fecha de publicación de la resolución de concesión, la fecha de inicio del cómputo de la ayuda será el día siguiente al de publicación de la resolución de concesión, siempre y cuando las condiciones de contratación cumplan lo establecido en la resolución de concesión. En cualquiera de los casos, la fecha en la que se acredite la formalización de la matrícula en un programa de doctorado o la admisión a un programa de doctorado, para el curso 2027/2028, debe estar comprendida dentro del plazo para la presentación de contratos, indicado en el artículo 21.1.
- La obtención del título de doctor/a tendrá lugar, preferentemente, durante las tres primeras anualidades de la ayuda. A partir de la obtención del título de doctor/a, la persona realizará actividades de investigación dentro del proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental propuesto por la entidad que le permitan desarrollar un periodo de perfeccionamiento postdoctoral. La obtención del título de doctor/a podrá tener lugar durante la cuarta anualidad de la ayuda siempre que la evolución de la tesis doctoral así lo asegure. A estos efectos, se considera que se ha obtenido el título de doctor/a en la fecha del acto de defensa y aprobación de la tesis doctoral.
- Las ayudas comprenderán los siguientes conceptos financiables: la ayuda para financiar los costes directos de ejecución del proyecto y la ayuda para financiar los gastos de matrícula de las enseñanzas de doctorado. Las ayudas seguirán la modalidad de costes marginales.
- En relación con la ayuda para financiar los costes directos de ejecución del proyecto por parte de la entidad beneficiaria, se incluyen los siguientes costes:
- a. Gastos derivados de la contratación de la persona seleccionada. El presupuesto financiable de la actividad incentivada con la ayuda (coste de contratación) se compone de la suma de la retribución dineraria bruta más la cuota empresarial a la Seguridad Social. La ayuda anual para cada uno de los contratos dependerá del tipo de proyecto y de la entidad beneficiaria, teniendo en cuenta que la intensidad de las ayudas no podrá superar los valores indicados en este apartado.El coste de contratación máximo financiable anual por ayuda será de 34.400 euros, sin perjuicio de que la retribución bruta que figure en el contrato pueda resultar en un gasto de contratación superior. La retribución salarial mínima durante este periodo, que se deberá indicar en cada contrato, será de 25.400 euros brutos anuales. Las ayudas se destinarán necesariamente a cofinanciar el salario y la cuota empresarial de laSeguridad Social de las personas contratadas durante cada una de las anualidades,consideradas independientemente.Las intensidades brutas máximas de las ayudas, como porcentaje del coste de la actividad incentivada, de acuerdo con los límites establecidos en el artículo 25 del Reglamento general de exención por categorías, son las siguientes: * consultar tabla en las bases de la convocatoria.
- b. Gastos de movilidad. Se otorgará una única ayuda de 8.500 euros por cada persona contratada, para la financiación de una o varias estancias, que realicen dichas personas, en entidades de I+D diferentes a las que estén adscritos con el fin de que dicho personal pueda realizar actividades formativas que permitan impulsar el desarrollo del proyecto de investigación y/o la tesis doctoral. Sobre el gasto justificable que se recoge a continuación será de aplicación la intensidad de ayuda que figure en la resolución de concesión, conforme a lo establecido en el apartado a) anterior. Las estancias se podrán realizar en otras entidades de I+D, públicas o privadas, incluyendo empresas, extranjeras o españolas. No obstante, la estancia no se podrá realizar en la universidad donde se esté matriculado en el programa de doctorado ni, en el caso de proyectos en colaboración, en la entidad con la que se colabore. Cada estancia deberá tener una duración mínima de 30 días naturales, y su realización estará comprendida dentro del periodo de ejecución de la ayuda. El gasto justificable podrá comprender dos conceptos: gastos derivados del alojamiento y manutención, y gastos derivados de locomoción, y se atendrá a lo siguiente:
- 1.º Los importes de manutención y alojamiento estarán limitados a 1.500 euros mensuales (50 euros/día) en el caso de estancias en centros de I+D nacionales, y 1.950 euros mensuales (65 euros/día) en el caso de estancias en centros de I+D extranjeros.Los gastos quedarán acreditados con la certificación de la estancia emitida por el centrode I+D de acogida.
- 2.º En el caso de entidades públicas, la indemnización por gastos de viaje, serán como máximo los que se deriven de su propia normativa. Para su acreditación, se aportará la citada normativa y una declaración responsable firmada por la persona que ostente la representación legal de la entidad beneficiaria que certifique su aplicación. En caso deque la entidad no aporte normativa particular o que algún gasto concreto no esté regulado en dicha normativa, se aplicará de forma subsidiaria lo establecido en el párrafo 3.º.
- En el caso de entidades privadas, la indemnización por gastos de viaje, serán como máximo los establecidos para el grupo 2 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo,sobre indemnizaciones por razón del servicio. En la indemnización por uso de vehículo particular, el importe por kilometraje no excederá de lo previsto en la Orden HFP/793/2023, de 12 de julio.
- El uso de vehículo de alquiler requerirá una justificación expresa de su necesidad o conveniencia
- c. Otros gastos de ejecución del proyecto. Se otorgará una ayuda en función del presupuesto solicitado para otros gastos de ejecución del proyecto de I+D en cuya realización participará la persona propuesta y de la intensidad de ayuda, con un máximo de ayuda a conceder de 40.000 euros por proyecto. La intensidad de ayuda a aplicar será la que figure en la resolución de concesión, conforme a lo establecido en el apartado a) anterior.
Presentación
- La presentación de la solicitud de las Ayudas AEI Doctorados Industriales se realizará a través de las aplicaciones telemáticas que estarán disponibles desde el 30 de septiembre al 26 de octubre de 2026 a las 14:00 horas, hora peninsular.
- La presentación de la solicitud se deberá realizar mediante firma electrónica de la persona que ostenta la representación legal de la entidad.
Más información
Descripción general
- Ayudas de una duración de cuatro años para distintos tipos de entidades cuya finalidad es promover la realización de proyectos de investigación industrial o de desarrollo experimental en empresas y en otras entidades del entorno socioeconómico (entidades privadas sin ánimo de lucro y administraciones públicas, que puedan desarrollar un proyecto de I+D+i destinado a la transferencia de conocimiento), en los que se enmarque una tesis doctoral, a fin de favorecer la incorporación de personal investigador en estas entidades desde los inicios de sus carreras profesionales, contribuir a la empleabilidad de estos investigadores e investigadoras y promover la incorporación de talento y de conocimiento en el tejido productivo y socioeconómico, así como favorecer la colaboración público-privada, para elevar la competitividad del mismo.
- El proyecto se puede ejecutar en su totalidad en la entidad solicitante o en colaboración con otra entidad, pública o privada.
- Las ayudas comprenderán los siguientes conceptos financiables: la ayuda para financiar los costes directos de ejecución del proyecto y la ayuda para financiar los gastos de matrícula de las enseñanzas de doctorado.
Enlaces de interés
Documentación a adjuntar
Con la solicitud se adjuntará en formato electrónico lo siguiente:
- a. Currículum Vítae de la persona propuesta, en idioma español o inglés. Se recomienda incluir relación de estudios y materias que han formado parte de la titulación o titulaciones que posee y que tengan afinidad o relación con la actividad a realizar, con su calificación, calificaciones máximas y mínimas dentro del sistema de evaluación correspondiente, entidad académica donde se desarrollaron y cualquier otra información al respecto que se considere relevante. Se recomienda su cumplimentación en el modelo disponible en la página web de la agencia, en el apartado correspondiente a esta convocatoria.
- b. Memoria científico-técnica del proyecto de I+D en cuya realización participará la persona propuesta, así como del proyecto de tesis doctoral asociado, indicando las actividades y tareas, incluyendo las formativas, a desarrollar por la persona propuesta, usando el modelo recogido en la página web de la agencia. La memoria debe contenerlos objetivos, la descripción y la planificación del proyecto, teniendo en cuenta que el mismo no ha podido comenzar antes de la presentación de la solicitud de ayuda. En la descripción del proyecto se deberá indicar, al menos, el conjunto de actividades a realizar, organizadas como tareas o hitos, con especial referencia a los métodos y procedimientos que se van a seguir para alcanzar los mismos, y el cronograma del proyecto. La descripción del proyecto y de las actividades y tareas a desarrollar por la persona propuesta debe contemplar los cuatro años previstos de la ayuda. En el caso en que se trate de un proyecto en colaboración se deberá indicar el resto de las entidades participantes en el proyecto, así como una descripción de las actividades y tareas desarrolladas por cada una de ellas. Se recomienda la utilización del modelo disponible para esta actuación en la página web de la agencia. Se recomienda la cumplimentación de la memoria en letra Times New Roman, Calibri o Arial de un tamaño mínimo de 11 puntos; márgenes laterales de 2,5 cm; márgenes superior e inferior de 1,5 cm; y espaciado mínimo sencillo. La extensión máxima será de 20 páginas. La memoria se podrá presentar en español o inglés. La aplicación de solicitud no admitirá una memoria con una extensión superior a 20 páginas.
- c. «Curriculum vitae» abreviado (CVA) de la persona responsable de la ejecución del proyecto en la entidad, que se presentará en el modelo normalizado disponible en la página web de la agencia, o en el que se genera de forma automática desde la aplicación «Curriculum vitae» normalizado disponible en la página web de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT), utilizando la opción de generación de currículum abreviado CVA (AEI). El CVA se presentará en inglés (recomendado) o en español y tendrá una extensión máxima de 4 páginas. Se recomienda cumplimentar el CVA en letra Times New Roman, Calibri o Arial de un tamaño mínimo de 11 puntos; márgenes laterales de 2,5 cm; márgenes superior e inferior de 1,5 cm; y espaciado mínimo sencillo. La aplicación de solicitud no admitirá CVA con una extensión superior a 4 páginas. La persona responsable de la ejecución del proyecto en la entidad deberá contar con un vínculo laboral o profesional con la misma en la fecha de presentación de la solicitud. En el caso de las empresas “spin-off”, esta persona podrá ser una persona que, sin tener vinculación laboral con la misma, sí cuente con una participación en el capital de la entidad o de otra relacionada accionarial o socialmente con la misma que suponga una capacidad de control efectivo, directo o indirecto, de la entidad.
- d. En el caso de las empresas de reciente creación (año 2024 o posterior), el plan de negocio, usando el modelo recogido en la página web de la agencia.
- e. En el caso de empresas que no tengan obligación de registrar sus cuentas en el Registro Mercantil, o no tengan alguna de las cuentas correspondientes a los ejercicios 2024 y 2025 registradas en el Registro Mercantil, deberán presentar las cuentas cerradas y auditadas (o aprobadas, su caso, por los administradores de la entidad) de dichos ejercicios. En el caso de empresas que tengan las cuentas de tales ejercicios (2024 y 2025) registradas en el Registro Mercantil no tendrán que aportar ninguna información. Asimismo, las entidades privadas sin ánimo de lucro, cuando se haya consignado en la solicitud que el proyecto este ligado a actividades económicas, deberán presentar las cuentas cerradas y auditadas (o aprobadas, su caso, por los administradores de la entidad) de los ejercicios 2024 y 2025.
- f. En caso de que la entidad solicitante delegue la gestión de la solicitud en otra entidad ajena, autorización expresa para dicha gestión, usando el modelo recogido en la página web de la agencia.
Personas con discapacidad
Quienes participen en el turno de personas con discapacidad deben hacerlo constar en el formulario de solicitud y adjuntar documento acreditativo de un grado de discapacidad igual o superior al 33 %. La no acreditación del grado de discapacidad implicará la desestimación de la solicitud, que no podrá ser considerada para el turno de acceso general.






