Universidad Rey Juan Carlos (URJC)

Becas Ayudas Psicológicas URJC - Santander

Becas de estudiosUniversitarios

INSCRIPCIONES

10/04/202512/05/2025
Finalizada

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Becas Ayudas Psicológicas URJC - Santander: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Ayudas Psicológicas URJC - Santander son convocadas y desarrollas por la Universidad Rey Juan Carlos gracias a la colaboración y financiación del Banco Santander.

Estas becas están dirigidas a los alumnos de la Universidad Rey Juan Carlos (URJC) que cursan estudios de Grado, Máster o Doctorado en esta institución y que por diversos motivos personales, sociales, familiares u económicos necesitan recibir tratamiento psicológico que les ayuden de manera favorable en el desarrollo de sus estudios.

Para ello, la comisión de valoración tendrá en cuenta una serie de requisitos generales y económicos como la renta familiar y el haberse visto afectado por causas sobrevenidas. 

Las Becas Ayudas Psicológicas URJC - Santander consisten en el abono económico de un máximo de 30 sesiones de terapia psicológica de una duración de unos cincuenta minutos que tendrá lugar en la Universidad Rey Juan Carlos.

Así que si eres estudiante de Grado, Máster o Doctorado en esta universidad y consideras que necesitas terapia psicológica, las Becas Ayudas Psicológicas URJC - Santander te ofrecen una gran ayuda. 

Puedes conocer todos los datos sobre las mismas, así como consultar los plazos de presentación de solicitudes y toda la información de interés sobre las Becas Ayudas Psicológicas URJC - Santander en nuestro portal web.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Doctorado
  • Máster-Maestrías
  • Grado
Rama
  • Todas las ramas
Carrera
  • Todas las carreras
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Española
  • Residente en España
  • Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea

Requisitos

Requisitos de las Becas Ayudas Psicológicas URJC - Santander:

Para ser beneficiario de estas ayudas, los y las estudiantes deberán reunir los requisitos generales, económicos o de vulnerabilidad familiar o personal que figuran en la presente convocatoria. Los requisitos para obtener la condición de beneficiario/a, las obligaciones del mismo, así como las causas de reintegro, se basan en los artículos 13.2, 14 y 37 de la Ley 38/2003 y en las Normas de Ejecución Presupuestaria de la Universidad Rey Juan Carlos para el ejercicio 2025, artículos 70 y siguientes.

  • a. Poseer nacionalidad española o la de otro país de la Unión Europea. Los estudiantes extranjeros no comunitarios deberán acreditar la condición de residente legal en España a fecha 31 de diciembre de 2024. Quedan excluidos de esta convocatoria quienes se encuentren en situación de estancia por estudios (permiso de estudiante).
  • b. Haberse matriculado, durante el curso 2024-25 en centros propios de la Universidad Rey Juan Carlos en estudios universitarios conducentes a títulos oficiales de Grado, Máster o Doctorado, y no haber abandonado dichos estudios antes de su finalización. Debiéndose mantener matriculado en el inicio del tratamiento psicológico.
  • c. No haber obtenido o estar en disposición de obtener ninguna ayuda económica para la misma finalidad de otras entidades públicas o privadas, para el curso académico de la presente convocatoria.
  • d. Excepcionalmente se exonerará de la citada justificación documental a los estudiantes que, habiendo estado sujetos a medidas de protección, particularmente en acogimiento residencial, alcancen la mayoría de edad y queden fuera del sistema de protección, así como a aquellos estudiantes que acrediten ser personas con estatuto de protección internacional en España, incluidos los solicitantes de protección internacional con autorización de estancia que se encuentran en el periodo transitorio de adquisición, conforme a lo dispuesto en la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria. Respecto de estos últimos (solicitantes de protección internacional con autorización de estancia), no será exigible el requisito previsto en el apartado a) de este artículo

Estos requisitos deben cumplirse desde la presentación de la solicitud hasta la finalización del tratamiento.

Requisitos económicos:

  1. Renta familiar: para el cálculo de la renta familiar son miembros de la unidad familiar computables, además del propio solicitante:
    • a. Si el solicitante NO constituye una unidad familiar independiente:
      • i) El padre y la madre del solicitante el tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor (sustentadores principales).
      • ii) Los hermanos solteros menores de veinticinco años, o los de mayor edad cuando se trate de personas con discapacidad.
      • iii) Los ascendientes de los padres.
    • b. Si el solicitante constituye una unidad familiar independiente:
      • i) Su cónyuge o persona unida por análoga relación.
      • ii) Los hijos menores de 25 años y los de mayor edad con discapacidad.
      • iii) Los ascendientes del solicitante y/o su pareja.
    • Para ser considerado miembro computable, deberán residir en el mismo domicilio familiar desde el 1 de enero de 2023 hasta la fecha de presentación de la solicitud, y acreditarlo mediante el certificado de empadronamiento.
    • Las rentas exentas de tributar se incluirán en las rentas de la unidad familiar. Para el cálculo de la renta familiar se aplicará lo establecido en el umbral 4 correspondiente a un incremento del 8% respecto a los umbrales máximos de renta familiar establecida en el RD 201/2024, de 27 de febrero, para el Umbral 3, (art. 8):
      • Familias de 1 miembro 16.003,44 €.
      • Familias de 2 miembro 27.316,44 €.
      • Familias de 3 miembros 37.078,56 €.
      • Familias de 4 miembros 44.034,84 €.
      • Familias de 5 miembros 49.217,76 €.
      • Familias de 6 miembros 53.131,68 €.
      • Familias de 7 miembros 57.002,40 €.
      • Familias de 8 miembros 60.855,84 €.

A partir del 8º miembro computable se añadirán 3845,88 € por cada nuevo miembro computable. Igualmente se tendrán en cuenta las deducciones por familia numerosa y por discapacidad del solicitante en la forma y cuantía previstas en las b y c del art.10 del citado Real Decreto.

Para la determinación de la renta familiar se computará la información del ejercicio 2023. No obstante, en los casos previstos en el apartado siguiente y cuando los ingresos de la unidad familiar hubieran sufrido una disminución por causas sobrevenidas debidamente justificadas, podrán tomarse en consideración los datos económicos del ejercicio 2024, siempre y cuando quede debidamente justificada la situación económica de la unidad familiar del estudiante.

Causas sobrevenidas. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas aquellos y aquellas estudiantes que cumpliendo los requisitos del apartado a), su unidad familiar hubiera sufrido una disminución demostrable de sus ingresos por causas sobrevenidas durante el curso 2024-25, siempre y cuando queden debidamente justificadas ante la Comisión de Evaluación. En estos casos se tomarán los datos fiscales del año 2024 en lugar de los del 2023.

Son causas de vulnerabilidad circunstancias tales como la situación legal de desempleo del sustentador principal, el reconocimiento legal de incapacidad permanente, absoluta o gran invalidez del sustentador principal, el fallecimiento del sustentador principal, ser la solicitante víctima de actos terroristas, de violencia de género u otras situaciones excepcionales debidamente acreditadas que a criterio de la Comisión afecten gravemente a la situación económica familiar. Asimismo, se prestará especial atención a las personas afectadas directamente por algún conflicto bélico, tener la nacionalidad y residencia familiar en el país afectado.

Quedan exonerados de la citada justificación aquellos estudiantes que acrediten ser solicitantes del derecho de asilo o refugio en España o situación asimilable.

Dotación

Las Becas Ayudas Psicológicas URJC - Santander ayudan a cubrir el tratamiento psicológico del estudiantado que precise de ayuda psicológica para empezar, continuar o terminar sus estudios de grado, máster oficial o de doctorado. Se priorizará al estudiantado que se encuentre en una situación económica y/o familiar o personal desfavorable, y siempre que la FCURJC valore la necesidad de ayuda psicológica tras la realización de una entrevista personal.

En concreto la ayuda consistirá en la asignación de un mínimo de 10 sesiones y un máximo de 30 sesiones de terapia psicológica de 50 minutos en la FCURJC y según la valoración de esta.

Presentación

El estudiante que quiera solicitar las Becas Ayudas Psicológicas URJC - Santander debe cumplimentar los datos y presentar la documentación a través de la Plataforma Ayudas Psicológicas de la Universidad: https://gestion4.urjc.es/programasayudas/ en un plazo de 15 días hábiles contando a partir del día siguiente a la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de su publicación en el tablón oficial de la Sede Electrónica de la Universidad Rey Juan Carlos (https://sede.urjc.es), o a través de cualquiera de las formas previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En caso de cualquier duda, podrá trasladar su consulta a través del Buzón de Ayuda al Estudiante, en el apartado otras becas, (colaboración o socioeconómicas) o mediante alguno de los medios contemplados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y examinada la documentación, se elaborará un listado provisional de solicitudes admitidas y excluidas a trámite, con indicación de las causas de exclusión, que será publicado en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad Rey Juan Carlos, para que, en el plazo de cinco días hábiles, a contar desde el día siguiente a su publicación, los interesados puedan subsanar los defectos observados, según lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015.

Transcurrido el plazo de subsanación, resueltas dichas alegaciones, el Vicerrectorado de Estudiantes emitirá Resolución con listado definitivo de solicitudes admitidas y excluidas a trámite, indicando en este último caso las causas de exclusión. Los referidos listados se expondrán en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad Rey Juan Carlos.

Más información

Obligaciones

Son obligaciones de los beneficiarios de estas ayudas:

  • Facilitar cuantas actuaciones de comprobación fuesen precisas para verificar, en su caso, el cumplimiento y efectividad de las condiciones determinantes de la concesión de la ayuda.
  • Comunicar en el plazo de 5 días hábiles, ya sea en período de solicitud o de disfrute, la desaparición de las circunstancias que justificaron la solicitud o motivaron la concesión de la ayuda.

Enlaces de interés

https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/824563

Documentación a adjuntar

Documentación a aportar:

  • Copia del NIF o NIE de todos los miembros computables de la unidad familiar. (Copia del NIF o NIE de todos los miembros computables de la unidad familiar. En el caso de estudiantes extranjeros, será obligatorio la presentación del NIE del solicitante y de los miembros de la unidad familiar que residan en España, quedando excluidos quienes se encuentren en situación de estancia (Permiso de Estudiante).
  • Certificado de empadronamiento colectivo e histórico que recoja el periodo desde el 1 de enero de 2023 hasta la presentación de la solicitud, en el que consten todos los miembros de la unidad familiar.
  • Certificado resumen de la declaración anual del IRPF correspondiente al ejercicio 2023 (Modelo 100) o en su defecto, certificado de imputaciones (https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/tramitacion/G306.shtml), de todos los miembros computables de la unidad familiar mayores de 16 años (incluido el solicitante, aunque no hayan trabajado nunca) siempre y cuando no aparezca como descendiente, ascendiente o cónyuge en la declaración de otro miembro de dicha unidad familiar. Los ingresos que estén exentos de tributación deberán acreditarse con el certificado de la entidad pagadora correspondiente. Deberá presentarse igualmente certificado en el que consten los ingresos percibidos por desempleo, invalidez, subsidio o prestaciones no contributivas, si alguno de los miembros de la unidad familiar los hubiera percibido.
  • Los solicitantes que aleguen su independencia familiar y económica, cualquiera que sea su estado civil, deberán acreditar fehacientemente a criterio de la Comisión de Evaluación que cuentan con medios económicos propios suficientes, así como la titularidad o el alquiler de su domicilio habitual. A estos efectos presentarán certificado resumen de la declaración anual del IRPF o certificado de imputaciones (https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/tramitacion/G306.shtml), propio y de los familiares con los que conviva del año 2023. En relación al domicilio el solicitante habrá de presentar contrato de arrendamiento en el que figure como arrendatario a fecha 31 de diciembre de 2023, o copia de la escritura de adquisición, recibo del Impuesto de bienes Inmuebles o nota simple del Registro de la propiedad en el caso ser propietario. En los casos que el solicitante independiente haya formado su propia unidad familiar (cónyuge o pareja e hijos), incluirá a sus miembros en su solicitud y por tanto presentará la certificación resumen de la declaración de la renta de ellos como se especifica en el punto c) de este artículo.
  • Los solicitantes que aleguen situaciones socioeconómicas sobrevenidas durante el curso 2024-25, adicionalmente a los apartados anteriores, deberán presentar la certificación resumen de la declaración de la renta del año 2024 de toda la unidad familiar como se especifica en el punto c) de este artículo. Y además presentarán una breve exposición explicando la situación, que deberá quedar suficientemente acreditada a criterio de la Comisión de Evaluación.
  • Los solicitantes que aleguen la situación de riesgo y vulnerabilidad personal y familiar deberán presentar la siguiente documentación, en función de la circunstancia alegada:
    • Fallecimiento del Sustentador Principal Certificado de defunción
    • Incapacidad Temporal o Permanente del Sustentador Principal Certificado de incapacidad
    • Enfermedad o Accidente Grave del Sustentador Principal Certificado médico
    • Situación de desempleo o Expediente de Regulación de Empleo del Sustentador Principal (ERE y ERTE) Certificado de paro (SEPE) o Certificado de vida laboral AEAT, alta o baja como autónomo, (modelo 037 o 036)
    • Ser de nacionalidad o tener residencia familiar en países actualmente afectados por guerras y conflictos bélicos y haber tenido afectación directa por la guerra Documentación acreditativa de la nacionalidad del solicitante (Pasaporte) y documentación que acredite la afectación
    • Otras circunstancias Documentación justificativa y acreditativa de las mismas
  • Los documentos que no hayan sido expedidos en lengua española deberán acompañarse de la correspondiente traducción oficial.
  • Declaración responsable de:
    • Hallarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
    • No ser deudor por reintegro de otras subvenciones que le hayan sido concedidas.
    • No encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones contenidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    • Mantener estos requisitos durante el período de tiempo inherente al reconocimiento de derecho de percepción de la ayuda.
  • La presentación de los documentos que se relacionan en esta base es obligatoria. En caso de no entregarlos se dará por no presentada la solicitud y el solicitante será excluido de la convocatoria.

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Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Ayudas Psicológicas URJC - Santander

Las Becas Ayudas Psicológicas URJC - Santander son convocadas y desarrollas por la Universidad Rey Juan Carlos gracias a la colaboración y financiación del Banco Santander.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Ayudas Psicológicas URJC - Santander" es: desde 10/04/2025 hasta 12/05/2025.

La Beca "Becas Ayudas Psicológicas URJC - Santander" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Doctorado
  • Máster-Maestrías
  • Grado

La Beca "Becas Ayudas Psicológicas URJC - Santander" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios