Universidad Complutense de Madrid (UCM)

Becas Ayudas UCM para Grado y Máster

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INSCRIPCIONES

Inicio23/07/2025 Fin06/08/2025
Finalizada

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Becas Ayudas UCM para Grado y Máster: solicitud y plazos

Descripción

La Universidad Complutense de Madrid ofrece numerosas becas y ayudas al estudio universitario para los estudiantes matriculados en titulaciones de Grado y Máster. En esta ocasión se abre al plazo para solicitar las Becas Ayudas UCM para Grado y Máster.

Con estas becas, la Universidad Complutense de Madrid pretende que ningún estudiante por razones económicas quede excluido y pueda realizar sus estudios superiores en esta universidad de Madrid.

Estas becas van dirigidas a los estudiantes matriculados en estudios oficiales de grado y máster en la UCM. Para ser beneficiario de las estas ayudas, los solicitantes deben tener la nacionalidad española o nacionalidad de un estado de la Unión Europea y poseer la residencia en España, además de cumplir con el resto de requisitos que se indican en las bases. 

Las Becas Ayudas UCM para Grado y Máster ofrecen ayudas económicas para afrontar los gastos de matrícula, reduciéndolos en un 50, 75 o 100%, lo que supone una gran ayuda económica para los alumnos.

Para la concesión de estas becas además se tendrán otros criterios de adjudicación, ya que se analizará la renta familiar de los solicitantes, no pudiendo superar ninguno de los anteriores los umbrales establecidos para esta convocatoria.

Aquí te facilitamos toda la información relacionada con las Becas Ayudas UCM para Grado y Máster como plazos de presentación de solicitudes, requisitos y otros datos.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
  • Grado
Rama
  • Todas las ramas
Carrera
  • Todas las carreras
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Española
  • Residente en España
  • Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea

Requisitos

Requisitos de los beneficiarios de las Becas Ayudas UCM para Grado y Máster:

Los requisitos a que se refiere el presente apartado deberán reunirse por los aspirantes en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes. Son requisitos:

  • a. Poseer nacionalidad española o la de otro país de la Unión Europea. Los extranjeros no comunitarios deberán acreditar la condición de residente en España, quedando excluidos quienes se encuentren en situación de estancia (permiso de estudiante). No se exigirá este requisito a los solicitantes de protección internacional con autorización de estancia que se encuentran en el período transitorio de adquisición conforme a lo dispuesto en la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria.
  • b. Haberse matriculado en centros propios de la Universidad Complutense de Madrid, durante el curso 2024-2025, en estudios universitarios conducentes a títulos oficiales de grado y máster y no haber abandonado dichos estudios. 
  • c. No haber obtenido o estar en disposición de obtener ninguna ayuda económica para la misma finalidad de otras entidades o personas públicas o privadas, para el curso académico para el que se concede esta ayuda, salvo las que pueda otorgar la universidad como ayuda complementaria al presente programa. En ningún caso la suma de estas ayudas excederá el importe de los créditos que se haya matrículado el estudiante en el curso 2024 - 2025.
  • d. No superar un cuarto umbral de renta familiar correspondiente a un incremento del 8% respecto los umbrales máximos de renta familiar para la obtención de la beca de matrícula establecidos y calculados conforme a lo establecido en la normativa reguladora de las becas de carácter general para el curso académico 2024-2025, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios, aprobada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional. A efectos de la determinación de la renta se computará la información del ejercicio 2023. No obstante, cuando los ingresos de la unidad familiar hubieran sufrido una disminución por causas sobrevenidas, la universidad podrá solicitar información adicional que considere pertinente, siempre y cuando quede debidamente justificada la situación económica del estudiante, a cuyos efectos los correspondientes departamentos de la universidad harán una valoración personalizada de los potenciales beneficiarios. Excepcionalmente se exonerará la justificación documental prevista en el presente apartado d) a los estudiantes que, habiendo estado sujetos a medidas de protección, particularmente en acogimiento residencial, alcancen la mayoría de edad y queden fuera del sistema de protección, así como a aquellos alumnos que acrediten ser personas con estatuto de protección internacional en España, incluidos los solicitantes de protección internacional con autorización de estancia que se encuentran en el período transitorio de adquisición conforme a lo dispuesto en la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria.
  • e. No ser deudor de la UCM por deudas líquidas, vencidas y exigibles.
  • f. No estar en posesión o no reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios cursados.

Dotación

Dotación de las becas Becas Ayudas UCM para Grado y Máster:

La ayuda consistirá en la exención del 100 %, 75 %, o 50 % del importe a abonar por el estudiante por los créditos matriculados en el curso 2024-2025, según el coeficiente de prelación que obtengan, una vez realizada la baremación de su solicitud. Teniendo en cuenta el crédito disponible, la Comisión de Valoración podrá distribuir las ayudas en tres tramos correspondientes a los porcentajes señalados, ordenando a los beneficiarios según el coeficiente obtenido.

La cuantía máxima a compensar corresponderá al importe de los créditos de los que se haya matriculado el/la estudiante en el curso 2024-2025. Con cargo al presente programa, en el caso de estudios de grado la cuantía de la compensación en ningún caso superará el importe de los precios públicos de segunda matriculación correspondiente a un curso completo de los estudios cursados. En el caso de máster, el importe de la compensación no podrá superar los 2.100 euros.

La cuantía de la exención se calculará una vez aplicados otros descuentos a los que el estudiante pueda tener derecho, no pudiendo sobrepasar el importe del precio de matrícula a abonar por el beneficiario.

Las ayudas estarán destinadas a financiar el importe de los créditos matriculados a aquellos/as estudiantes que:

  • a. Cumpliendo los requisitos económicos de umbrales de renta del ejercicio 2023 no tienen una ayuda, pública o privada, para el pago del precio de la matrícula total o parcial.
  • b. No hayan podido acceder a las ayudas convocadas por el MEFPD o por la UCM, porque incumplen los requisitos económicos con referencia a los datos fiscales del ejercicio 2023, pero con posterioridad, un hecho acreditable ha empeorado su situación económica durante el curso 2024-25, poniendo en peligro la continuidad en sus estudios, y no cuentan con otra ayuda, pública o privada, destinada al precio de la matrícula.

Presentación

Las personas solicitantes de las Becas Ayudas UCM para Grado y Máster deberán completar el formulario disponible en https://www.ucm.es/becas-ayudas dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Una vez validado electrónicamente, se recibirá un correo confirmando la correcta tramitación, sin este trámite no se dará por presentada su solicitud.

En aplicación del art. 10 del RSUCM, tras examinar la documentación presentada, si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la convocatoria, se procederá a publicar la resolución por la que se aprueben las relaciones provisionales de solicitudes admitidas y excluidas, con indicación de la causa de exclusión.

En el plazo de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la citada publicación, se podrán subsanar aquellos errores susceptibles de subsanación, o aportar la documentación requerida, con la indicación al solicitante de que, si no lo hiciese, se le tendrá por desistido en su solicitud.

Concluido el periodo de subsanación, se verificará su adecuación a los requisitos establecidos en la convocatoria, y se publicará la resolución por la que se aprueban las relaciones definitivas de solicitudes admitidas a trámite, desistidas y excluidas, con indicación de la causa de exclusión.

El órgano instructor remitirá la lista de las solicitudes admitidas y la documentación acreditativa a la Comisión de Valoración.

La presentación de la solicitud de estas ayudas supone la plena aceptación de las bases reseñadas en la presente convocatoria.

No se evaluarán las solicitudes de los estudiantes que no hayan presentado la documentación requerida.

Con la presentación de la solicitud el estudiante autoriza a la UCM a recabar la información y documentación que resulte precisa para la determinación, conocimiento y comprobación de todos los datos necesarios para la resolución de la solicitud de beca.

Más información

Criterios de valoración

La Comisión de Valoración propondrá un número determinado de estudiantes beneficiarios de estas ayudas, relacionados por orden de prelación que tendrá en cuenta los siguientes criterios de baremación (máximo 100 puntos):

  • 1. Situación socioeconómica: hasta 80 puntos. La valoración de la situación económica se hará conforme a la renta familiar per cápita, según lo establecido en el apartado 4 d) de esta convocatoria.
  • 2. Aprovechamiento académico: hasta 20 puntos. Se realizará teniendo en cuenta el porcentaje de créditos superados en el curso 2023-2024, no siendo exigible la matriculación en un número mínimo de créditos en el curso 2024-2025. No obstante, cuando se hubiera dejado transcurrir algún curso académico sin matricularse, la valoración académica se referirá al último curso en el que el/la solicitante se hubiese matriculado. En el caso de estudiantes que inician estudios de grado o máster se valorará la nota obtenida para el acceso a dichos estudios.

La puntuación mínima requerida para ser beneficiario de la beca es de 50 puntos, de estos al menos la mitad de situación socioeconómica (25 puntos). En el supuesto de existir igualdad de puntuación final, la compensación de los precios públicos se adjudicará en primer lugar a los/las estudiantes con menor renta familiar per cápita.

Propuesta de resolución

Una vez evaluada la situación de las personas solicitantes, y la documentación aportada, la Comisión de valoración emitirá un informe de valoración motivado que deberá elevar al órgano instructor quien emitirá la propuesta de resolución basada en dicho informe.

Obligaciones

Son obligaciones de las personas beneficiarias de estas ayudas:

  • a. Facilitar cuantas actuaciones de comprobación fuesen precisas para verificar, en su caso, el cumplimiento y efectividad de las condiciones determinantes de la concesión de la ayuda.
  • b. Comunicar en el plazo de cinco días hábiles, ya sea en período de solicitud o de disfrute, la desaparición de las circunstancias que justificaron la solicitud o motivaron la concesión de la ayuda.

El incumplimiento no justificado de estas obligaciones puede conducir a la anulación de las ayudas, y a que se exija la devolución de las cuantías indebidamente percibidas.

Incompatibilidades

Estas ayudas son incompatibles con las concedidas para el mismo fin por cualquier otra entidad o persona pública o privada, para el curso académico para el que se concede esta ayuda, salvo las que pueda otorgar la universidad como ayuda complementaria al presente programa.

Documentación a adjuntar

a. DNI de la persona solicitante y de todos los miembros computables de la unidad familiar. En el caso de estudiantes extranjeros, será obligatoria la presentación del NIE de la persona solicitante y de los miembros de la unidad familiar que residan en España.

b. En caso de los solicitantes que reúnan los requisitos descritos en el art. 2 a) de esta convocatoria, a efectos de la determinación de la renta se computará la información del ejercicio 2023.

c. En caso de los solicitantes que reúnan los requisitos descritos en el art. 2 b) de esta convocatoria, la situación económica tendrá que quedar debidamente justificada mediante documentación que acredite suficientemente que el/la solicitante se encuentra en alguna situación económica desfavorable o en la que los ingresos de la unidad familiar hubieran sufrido una disminución por causas sobrevenidas que pueda influir en su aprovechamiento académico o en su continuidad. Se entenderá por situaciones sobrevenidas, aquellas que han producido una disminución de los ingresos de la unidad familiar con posterioridad a la declaración de los datos fiscales del ejercicio 2023 conforme a los que se determinan los umbrales de la concesión de las ayudas.

  • i. Certificado resumen de la declaración anual de IRPF correspondiente al ejercicio 2023, para los casos de quebranto económico de disminución de ingresos por situaciones sobrevenidas IRPF del ejercicio 2024. En su defecto, certificado de imputaciones, expedido por la Agencia Tributaria, de todos los miembros computables de la unidad familiar. Los ingresos que estén exentos de tributación deberán acreditarse con el certificado de la entidad pagadora correspondiente. Si alguno de los miembros de la unidad familiar los hubiera percibido, deberá presentarse el certificado de los ingresos percibidos por desempleo, invalidez, subsidio o prestaciones no contributivas. Los/las estudiantes con ingresos en el extranjero deberán aportar la documentación de su unidad familiar en castellano, debiendo especificar la moneda utilizada en la documentación y trasladada a euros. En el caso de estudiantes UCM solicitantes de protección internacional con autorización de estancia que no puedan demostrar su umbral de renta y patrimonio según los datos aportados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), deberán aportar documentos oficiales equivalentes. En los casos en que el/la solicitante alegue su independencia familiar y económica cualquiera que sea su estado civil, deberá acreditar fehacientemente esta circunstancia justificando los ingresos correspondientes al ejercicio 2023 la titularidad o contrato de alquiler del domicilio a su nombre, certificado de empadronamiento del año 2024 y recibos de pagos (agua, luz, alquiler…). De no justificar suficientemente estos extremos, el/la solicitante será excluido/a del proceso de selección.
  • ii. Recibos de los impuestos de bienes inmuebles de naturaleza urbana y rústica del ejercicio 2023, relativos a inmuebles distintos de la vivienda habitual.
  • iii. En el caso de desempleo: certificado del Instituto Nacional de Empleo indicando si son perceptores o no de algún tipo de prestación por desempleo o subsidio, con indicación del periodo reconocido y cuantía.
  • iv. Reconocimiento legal de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez del/de la sustentador/a principal, expedida por Instituto Nacional de la Seguridad Social.
  • v. En el caso de fallecimiento de la/s persona/s sustentadora/s de la unidad familiar: certificado de defunción.

Los documentos que no hayan sido expedidos en lengua española deberán acompañarse de la correspondiente traducción oficial.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Ayudas UCM para Grado y Máster

La Universidad Complutense de Madrid ofrece numerosas becas y ayudas al estudio universitario para los estudiantes matriculados en titulaciones de Grado y Máster. En esta ocasión se abre al plazo para solicitar las Becas Ayudas UCM para Grado y Máster.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Ayudas UCM para Grado y Máster" es: desde 23/07/2025 hasta 06/08/2025.

La Beca "Becas Ayudas UCM para Grado y Máster" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Máster-Maestrías
  • Grado

La Beca "Becas Ayudas UCM para Grado y Máster" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de matrícula