Universidad Politécnica de Valencia (UPV)

Becas Matrícula Máster Formación Permanente Startup Administration MSA

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INSCRIPCIONES

Inicio01/07/2026 Fin21/09/2026
Abierta

Becas Matrícula Máster Formación Permanente Startup Administration MSA: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Matrícula Máster Formación Permanente Startup Administration MSA son convocadas por la UPV y se destinan a estudiantes y titulados de ldicha universidad que buscan desarrollar su perfil emprendedor.

Estas ayudas constituyen una oportunidad para aquellos matriculados en el curso académico 2025/2026 o 2026/2027, ya sea en grado, máster o doctorado, así como para quienes ya se han graduado en la UPV. Es fundamental haber sido admitido en el programa de Máster en Startup Administration MSA para el mismo curso.

Los criterios de valoración de las becas evaluarán aspectos como el expediente académico, el currículum emprendedor y la defensa del proyecto durante una entrevista personal.

Los beneficiarios tienen la responsabilidad de destinar la ayuda a la finalidad establecida y de cumplir con las obligaciones marcadas por la convocatoria. Además, las Becas Matrícula Máster Formación Permanente Startup Administration MSA son incompatibles con otras ayudas para la misma finalidad. 

La cuantía se abonará en la cuenta bancaria del beneficiario, cuando éste haya aceptado la ayuda.

¿Quieres solicitar las Becas Matrícula Máster Formación Permanente Startup Administration MSA?, pues consulta en nuestra web toda la información necesaria para hacerlo. Nosotros te informamos sobre requisitos, plazo, documentación y mucho más.


Datos básicos

Nº de becas
8
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Las Becas Matrícula Máster Formación Permanente Startup Administration MSA se dirigen a estudiantes y titulados/as de la UPV con perfil emprendedor que cumplan los requisitos que se detallan en el siguiente apartado.

Los solicitantes de las ayudas deben cumplir, al término del plazo de solicitud, los siguientes requisitos:

  • Ser estudiante de la UPV matriculados en el curso académico 2025/2026 o 2026/2027, de grado, máster universitario, programa de doctorado y/o estudiante de títulos propios (que cumplan los requisitos que se recogen en el artículo 40 de la Norma reguladora de los estudios y actividades de formación no reglada en la UPV), así como titulados/as por la UPV.
  • Haber sido admitido y presentar carta de aceptación en el MSA UPV en la 6ª edición del Master MSA.

Dotación

Dotación de las Becas Matrícula Máster Formación Permanente Startup Administration MSA:

La ayuda quedará supeditada a que la matrícula en el título propio se haga efectiva en la plataforma del CFP (se considera que la matrícula se hace efectiva una vez se ha realizado el pago del primer recibo, y posteriormente el pago total del máster).

El importe de la ayuda se abonará en cuenta bancaria abierta a nombre del beneficiario de la ayuda, una vez que el beneficiario haya aceptado la ayuda a través del sistema habilitado al efecto en la página web https://www.santanderx.com y en las plataformas habilitadas a tal efecto por la UPV.

La dotación económica de la ayuda estará sujeta a la correspondiente retención que establece la normativa vigente.

Presentación

Lugar de presentación de la documentación de las Becas Matrícula Máster Formación Permanente Startup Administration MSA:

La solicitud y el resto de documentación indicada anteriormente se entregará preferentemente por registro electrónico de la UPV:

  • Registro electrónico: https://sede.upv.es/ Presentación de solicitud genérica -> Destino -> Área de Emprendimiento y del Programa IDEAS o a través del Registro Electrónico Común de la Administración del Estado, que se realiza a través del enlace: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do.

Cuando no fuera posible enviar la solicitud y la documentación de la forma indicada, se podrá remitir a través de las oficinas físicas de Registro de la UPV o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las oficinas físicas de Registro de la UPV son:

  • Registro General de la UPV, Camino de Vera, s/n, 46022, València.
  • Registro de la Escuela Politécnica Superior de Alcoy, Plaza Ferrándiz y Carbonell, s/n, 38001, Alcoy (Alicante).
  • Registro de la Escuela Politécnica Superior de Gandía, Calle Paraninfo, 1, 46730, Gandía (València).

III. Plazo de presentación de la documentación

El plazo de presentación de las solicitudes comienza a partir del día siguiente de la publicación del extracto de esta resolución en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana y finaliza el lunes 21 de septiembre de 2026.

Más información

Convocatoria

La presente convocatoria se financiará con cargo a la partida 004020000 422 40000, del Área de emprendimiento IDEAS UV por un importe máximo de 6.000 €, existiendo crédito presupuestario adecuado y suficiente.

En esta convocatoria se ofrece un total de 8 ayudas individuales. Cada una de las ayudas está dotada con 750 € y están destinadas exclusivamente para cubrir el gasto de matrícula de los créditos para cursar la VI edición del título propio. Solo se podrá ser beneficiario de una única ayuda.

La dotación económica de las ayudas estará sujeta a la correspondiente retención que establece la normativa vigente.

Objeto y condiciones de concesión

El objeto de esta convocatoria es la concesión de un máximo de 8 ayudas destinadas a cubrir el gasto de matrícula para cursar la VI edición del Máster de Formación Permanente en Startup Administration MSA, dentro del curso académico 2026/2027, dirigidas a estudiantes y titulados/as de la UPV con perfil emprendedor que acrediten el cumplimiento de los requisitos estipulados en las bases reguladoras del procedimiento.

Estas ayudas tienen la finalidad de incentivar la formación especializada en emprendimiento a los estudiantes seleccionados en la VI edición del MSA.

El MSA comenzará en el último trimestre del 2026. La matrícula se gestionará a través del Centro de Formación Permanente de la UPV (CFP). Los interesados podrán consultar la información en la web: http://msa.webs.upv.es/

Estas ayudas se enmarcan dentro del convenio “Santander Universidades 2025” de la UPV con el Banco Santander (Santander Universidades), en concreto, en el “Eje de emprendimiento UPV”. Esta iniciativa forma parte de las políticas y estrategias de apoyo al emprendimiento marcadas por la UPV.

El objetivo del MSA es el de transformar estudiantes en emprendedores/as, y emprendedores/as en CEOs, CTOs y CMOs, además de mejorar los proyectos emprendedores con la ayuda de mentoring de expertos nacionales e internacionales.

Entre los objetivos específicos del Máster MSA está el de acelerar el crecimiento de proyectos y startups que estén empezando, disminuir el riesgo de fracaso mediante la formación y mentoring de expertos nacionales e internacionales, conocer y especializarse en los perfiles básicos de las startups, ofrecer el acceso a inversores y la posibilidad de realizar visitas a eventos importantes para startups a nivel internacional.

El MSA fue aprobado como título propio de la UPV por parte del Consejo de Gobierno el 27 de abril de 2017.

Criterios de valoración de las solicitudes

La concesión de las ayudas se efectuará mediante el régimen de concurrencia competitiva. Los baremos y criterios de valoración que se apliquen serán objetivos, no discriminatorios y respetarán los principios de igualdad, publicidad y transparencia.

Las solicitudes presentadas serán baremadas conforme a los siguientes criterios:

  • Entrevista personal (hasta 60 puntos)

    Se valorará el proyecto empresarial y/o la idea de negocio. Los candidatos deberán justificar y defender su idea de negocio (innovación, ventaja competitiva y grado de desarrollo del proyecto).

  • Curriculum Emprendedor (hasta 20 puntos)

    Se valorará:

    1. Haber resultado ganador en cualquier convocatoria, concurso/premio relacionado con el emprendimiento, convocado por alguna entidad de carácter local, nacional o internacional, y que dicha entidad lo avale. (hasta 10 puntos).
    2. Formación Previa en emprendimiento. Se valorará la realización previa de cursos de formación tanto reglada (no se incluyen asignaturas de grado) como no reglada, que sean acreditables por el participante mediante título, diploma o certificado expedido por la entidad organizadora de los mismos. (hasta 10 puntos).
  • Emprendedor UPV (hasta 15 puntos):
    1. Haber sido asesorado por IDEAS UPV con un proyecto emprendedor (con fecha anterior a la publicación de estas bases). (5 puntos).
    2. Haber estado alojado en el programa STARTUPV (5 puntos) (con fecha anterior a la publicación de estas bases).
    3. Haber formado parte de un equipo de Generación Espontánea (5 puntos).

Para valorar los criterios 1., 2. y 3. IDEAS UPV comprobará los datos de cada candidato, consultando sus bases de datos y con Generación Espontánea (en su caso), aportando a la Comisión de Selección la documentación que sea necesaria.

  • Expediente Académico (hasta 5 puntos)

En caso de que al proceder a la baremación se produjese un empate, este se resolverá atendiendo al que mayor puntuación haya obtenido en el criterio a), si aun así persistiera el empate, se atenderá al que mayor puntuación haya obtenido en el criterio b), y así sucesivamente. Si aun así, persistiera el empate, se resolverá mediante sorteo público. Con carácter previo a su celebración se contactaría con los solicitantes empatados, indicando fecha, hora y lugar del sorteo para que, si fuera de su interés, pudieran asistir, levantándose a continuación la correspondiente acta con el resultado.

Procedimiento de concesión

El procedimiento de concesión consta de los siguientes trámites:

  • Presentación de solicitudes: las solicitudes junto con el resto de documentación se presentarán en la forma, lugar y plazo estipulados en la cláusula tercera de la convocatoria. La presentación de la solicitud supone la aceptación de estas bases, así como las obligaciones propias derivadas del marco legal en materia de ayudas y subvenciones.
  • Publicación del listado provisional de admitidos y excluidos: el órgano de instrucción publicará en la página web https://www.ideas.upv.es/ el listado provisional de solicitantes admitidos y excluidos, en el que se indicarán en su caso los motivos de la exclusión. Los interesados dispondrán de un plazo de 5 días hábiles para realizar las alegaciones y/o subsanaciones que tengan por conveniente. En esta convocatoria se aplica la tramitación de urgencia prevista en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por la cual se reduce a la mitad el plazo de subsanación, debido a la necesidad de cumplir adecuadamente con los plazos de la correspondiente justificación económica dentro del ejercicio 2026.
  • Publicación del listado definitivo de admitidos y excluidos: el órgano instructor teniendo en cuenta las alegaciones y/o subsanaciones presentadas publicará en la web de IDEASUPV https://www.ideas.upv.es/ el listado definitivo de solicitantes admitidos y excluidos del procedimiento.
  • Baremación: la Comisión de selección evaluará las solicitudes en base a los criterios objetivos de concesión establecidos en la base quinta y emitirá el correspondiente informe motivado, valorando tanto la documentación presentada por los candidatos como la entrevista que realizará cada candidato con la Comisión de Selección en fecha no posterior al 13 de noviembre de 2026. Las solicitudes se ordenarán de mayor a menor según la puntuación obtenida, determinándose así el orden de concesión de estas ayudas. La Comisión de Selección podrá declarar desierta cualquiera de las ayudas por no alcanzar las candidaturas la calidad exigida u otros motivos que serán debidamente motivados. La forma, fecha y hora concreta de la entrevista con la Comisión de Selección se publicará en la web de IDEASUPV www.ideas.upv.es con suficiente antelación.
  • Propuesta de resolución: el órgano de instrucción, teniendo en cuenta los informes emitidos por la Comisión de selección y el expediente, formulará la propuesta de resolución provisional debidamente motivada, que se publicará en la web https://www.ideas.upv.es/. Se concederá un plazo de 5 días hábiles para presentar las alegaciones y/o adjuntar los documentos que se estimen oportunos frente a esta propuesta de resolución. El órgano instructor teniendo en cuenta las alegaciones presentadas elevará la propuesta de resolución definitiva a El Rector de la UPV.
  • Resolución definitiva: El Rector de la UPV dictará la resolución motivada de concesión definitiva, que se publicará en la web https://www.ideas.upv.es/ en fecha no posterior al 30 de noviembre de 2026.
  • Los beneficiarios deberán confirmar la aceptación de la ayuda o su renuncia hasta 5 días después de su notificación.

En el caso en el que se deba modificar la resolución de concesión por incumplimiento de los requisitos de los beneficiarios, renuncia de la persona ganadora o por cualquier otra causa justificada, se establecerá una lista de reserva con las puntuaciones asociadas a cada participante, y en el caso de que no exista, se declarará desierta la ayuda.

La resolución definitiva contendrá la lista de reserva si la hubiera. Todo esto siempre que haya posibilidad de reasignación dentro de los plazos de gestión y tramitación de la convocatoria y siempre en caso de que la puntuación de las candidaturas de la lista de reserva sea adecuada para alcanzar la calidad exigida u otros motivos que serán debidamente motivados por la Comisión de Selección.

Derechos y obligaciones de los beneficiarios

Los beneficiarios de las ayudas quedan obligados a:

  • Aceptar las bases de la presente convocatoria
  • Asistir a la entrevista con la Comisión de Selección el día y hora que sea citado/a.
  • Destinar la ayuda a la finalidad para la que se concede
  • Someterse a las actuaciones de comprobación que puedan realizarse por los órganos competentes, quedando obligados a facilitar toda la información y documentación que les pueda ser requerida al efecto.
  • Comunicar la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos, becas o beneficios económicos de cualquier entidad pública o privada, que financien la misma actividad subvencionada.
  • Aceptar las obligaciones propias derivadas del marco legal en materia de ayudas y subvenciones.
  • Notificar cualquier circunstancia que pudiera suponer una alteración de la ayuda.

En caso de que no se cumpliera el objeto y finalidad de la ayuda, esto supondrá la pérdida de la ayuda y, en su caso, la devolución de las cantidades ya percibidas.

El incumplimiento de estas obligaciones, así como la falta de presentación de la documentación justificativa correspondiente, supondrá la pérdida de la ayuda y, en su caso, la devolución de las cantidades ya percibidas.

Propiedad intelectual e industrial

El Órgano de Instrucción y la Comisión de Selección de la convocatoria se comprometen a mantener la confidencialidad respecto a las candidaturas presentadas y el contenido de las mismas, durante todo el proceso.

La aceptación de las presentes bases conlleva la autorización expresa para la realización de actividades de publicidad y difusión con fines informativos relacionadas únicamente con esta convocatoria. La UPV, y Banco Santander, podrán hacer difusión y publicidad de las iniciativas presentadas y de las que hayan sido seleccionadas, y de la identidad de sus autores.

Los derechos de los contenidos presentados a la convocatoria pertenecen a su autor, y no a los organizadores de la convocatoria. Cada solicitante garantiza ser titular de todos los derechos para presentar los contenidos, ya consistan en derechos de propiedad intelectual o industrial.

Compatibilidad

Las ayudas objeto de la presente convocatoria serán incompatibles con la percepción para el mismo curso 2025-2026 o 2026/2027 de cualquier otra beca o beneficio económico otorgado, para la misma finalidad, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado u Organismo de la Administración Autonómica, Local o Institucional o Entidades Públicas o Privadas.

Enlaces de interés


Documentación a adjuntar

Forma de presentación de la documentación

La documentación obligatoria que deberá presentarse para solicitar la ayuda es la siguiente:

  1. Modelo de solicitud cumplimentado, accesible en la web de IDEAS UPV: https://www.ideas.upv.es/ . Deberá ser firmado por el participante e incluirá el nombre, número de DNI, teléfono móvil y correo electrónico del solicitante. Se aceptará una única solicitud por persona.
  2. Completar la inscripción en la convocatoria registrándose a través de la página web https://www.santanderx.com/es/index.html. Se deberá presentar documento justificativo correspondiente al registro en la plataforma web. El documento debe recoger la fecha y hora de la inscripción.
  3. Carta de aceptación de haber sido admitido en el MSA firmada por los responsables del mismo.
  4. Acreditación de cursos de formación en emprendimiento.
  5. En caso de ser ganador de algún concurso/premio relacionado con emprendimiento, copia de la documentación que acredite tal mérito.
  6. En el caso de ser titulado UPV:
    • Copia del título académico expedido por la UPV o certificado acreditativo del mismo.
    • Expediente académico asociado al título que se presente.

Adicionalmente, se informa al solicitante de que la Universitat Politècnica de València para la tramitación de estas ayudas accederá a la siguiente documentación:

  • Documento de Identidad (DNI/NIE/PASAPORTE).
  • Matrícula en la UPV en el curso académico 2025/2026 o 2026/2027.
  • Expediente académico.

Sin embargo, el solicitante podrá ejercitar su derecho a oponerse al acceso a los documentos comprendidos en los apartados a), b) y c), indicándolo así en la solicitud. En caso de ejercitar este derecho deberá aportarlos junto con la solicitud.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Matrícula Máster Formación Permanente Startup Administration MSA

Las Becas Matrícula Máster Formación Permanente Startup Administration MSA son convocadas por la UPV y se destinan a estudiantes y titulados de ldicha universidad que buscan desarrollar su perfil emprendedor.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Matrícula Máster Formación Permanente Startup Administration MSA" es: desde 01/07/2026 hasta 21/09/2026.

La Beca "Becas Matrícula Máster Formación Permanente Startup Administration MSA" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Máster-Maestrías

La Beca "Becas Matrícula Máster Formación Permanente Startup Administration MSA" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de matrícula
  • Becas Startup