Becas Cátedra Juan Arizo Serrulla Máster Ingeniería Caminos (MICCP)
INSCRIPCIONES
Becas Cátedra Juan Arizo Serrulla Máster Ingeniería Caminos (MICCP): solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Cátedra Juan Arizo Serrulla Máster Ingeniería Caminos (MICCP) están diseñadas para apoyar a aquellos que enfrentan situaciones económicas adversas. Para optar a estas ayudas, los solicitantes deben estar matriculados en el Máster en Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos de la UPV durante el curso académico 2025-2026 y acreditar una situación económica familiar especialmente necesitada.
La valoración de las solicitudes se basa en dos criterios principales: la situación económico-familiar y el expediente académico. Los candidatos con menor renta familiar obtendrán una puntuación más alta, mientras que aquellos con mejores expedientes académicos, medidos por la nota media y el ratio en su promoción, también recibirán una valoración favorable.
Las Becas Cátedra Juan Arizo Serrulla Máster Ingeniería Caminos (MICCP) son compatibles con otras becas o beneficios económicos para la misma finalidad, lo que permite a los estudiantes recibir apoyo adicional si cumplen con los requisitos. Los beneficiarios de estas ayudas deben cumplir con las normas establecidas, destinar la ayuda a la finalidad prevista y someterse a las comprobaciones necesarias por parte de los órganos competentes.
Las Becas Cátedra Juan Arizo Serrulla Máster Ingeniería Caminos (MICCP) son una oportunidad para estudiantes que buscan completar su educación en ingeniería civil, aliviando la carga financiera y permitiéndoles enfocarse en sus estudios y desarrollo profesional. Consulta toda la información sobre éstas ayudas aquí.
Datos básicos
- Nº de becas
- 2
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Rama
- Arquitectura e Ingenierías
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Las Becas Cátedra Juan Arizo Serrulla Máster Ingeniería Caminos (MICCP) se dirigen a aquellos alumnos matriculados en el Máster en Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos de la UPV, que acrediten el cumplimiento de los requisitos estipulados en las bases reguladoras del procedimiento. Los solicitantes de las ayudas deben cumplir, al término del plazo de solicitud, los siguientes requisitos
- Estar matriculado en el Máster Universitario Máster en Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos de la UPV de, al menos 30 créditos, en el curso académico 2025-2026.
- Acreditar una situación económica familiar especialmente necesitada, de acuerdo con el procedimiento para la determinación de la renta establecido en la base 6ª.
No podrán acceder a la condición de becario quienes, teniendo en cuenta la renta familiar obtenida por el procedimiento de la base 6ª, superen los umbrales de renta siguientes:
- Familias de 1 miembro 17.580,00.
- Familias de 2 miembros 33.930,00.
- Familias de 3 miembros 49.222,00.
- Familias de 4 miembros 65.925,00.
- Familias de 5 miembros 79.288,50.
- Familias de 6 miembros 95.110,50.
- Familias de 7 miembros 110.932,00.
- Familias de 8 miembros 127.011,00.
A partir del octavo miembro, se añadirán 10.314,00 euros por cada nuevo miembro computable.
No podrán acceder a la condición de beneficiario de las ayudas aquellos alumnos que no estén matriculados de la totalidad de créditos en el curso 2025/2026 correspondientes a uno de los dos cursos del Máster en Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos, con las siguientes excepciones:
- por aplicación de la Normativa de Progreso y Permanencia no puedan matricularse de más créditos.
- alumnos con régimen de dedicación autorizado a Tiempo Parcial (mínimo exigible de créditos matriculados 30 créditos)
Asimismo, no podrán solicitar la ayuda quienes no hayan superado en el último curso realizado, al menos, 30 créditos. Si en el último curso realizado, la matrícula fue inferior a 40 créditos, deberán haber superado el 70% de los créditos matriculados. A efectos del mínimo matriculado y del mínimo superado, no computan los créditos convalidados o reconocidos.
Determinación de la unidad familiar:
Son miembros computables de la familia el padre y la madre, el tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor, en su caso, el solicitante, los hermanos solteros menores de veinticinco años y que convivan en el domicilio familiar a 31 de diciembre de 2024 o los de mayor edad, cuando se trate de personas con discapacidad física, psíquica o sensorial, así como los ascendientes de los padres que justifiquen su residencia en el mismo domicilio que los anteriores con el certificado municipal correspondiente.
En el caso de solicitantes que constituyan unidades familiares independientes, también se consideran miembros computables el cónyuge o, en su caso, la persona a la que se halle unido por análoga relación, así como los hijos si los hubiere, y que convivan en el mismo domicilio.
En el caso de divorcio, separación legal o de hecho de los padres no se considerará miembro computable aquél de ellos que no conviva con el solicitante de la ayuda.
Tendrá, no obstante, la consideración de miembro computable, en su caso, el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación cuyas rentas y patrimonio se incluirán dentro del cómputo de la renta y patrimonio familiares.
Cálculo de la situación económica familiar:
La renta familiar a efectos de determinación de la ayuda se obtendrá por agregación de las rentas del ejercicio 2024 de cada uno de los miembros computables de la familia que obtengan ingresos de cualquier naturaleza, calculadas según se indica en los párrafos siguientes y de conformidad con la normativa reguladora vigente del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. En todo caso, se excluirán los saldos negativos de ganancias y pérdidas patrimoniales correspondientes a ejercicios anteriores.
- Para la determinación de la renta de los miembros computables que hayan presentado declaración o solicitud de devolución por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se sumará la base imponible general con la base imponible del ahorro, excluyendo los saldos negativos de ganancias y pérdidas patrimoniales correspondientes a ejercicios anteriores a 2023. De este resultado se restará la cuota resultante de la autoliquidación.
- Para la determinación de la renta de los miembros computables que obtengan ingresos propios, que no hubieran presentado declaración, por no estar obligados a ello, ni hubieran solicitado devolución, se seguirá el procedimiento descrito en el párrafo primero anterior y del resultado obtenido se restarán los pagos a cuenta efectuados.
Para el cálculo de la renta familiar a efectos de ayuda según lo establecido en los párrafos anteriores, se deducirá el cincuenta por ciento de los ingresos aportados por cualquier miembro computable de la familia distinto de los sustentadores principales.
Tendrán deducciones para obtener estas ayudas, los estudiantes que pertenezcan a alguno de los grupos siguientes y avalen dichas circunstancias en documento oficial junto con la solicitud de beca:
- Familias en las que todos los sustentadores que formen parte de la unidad familiar se encuentren en situación laboral de desempleo e inscritos como demandantes de empleo y percibiendo o hayan percibido la correspondiente prestación económica por desempleo a fecha de finalización de la presentación de solicitudes: 4.200 €
- Huérfanos absolutos: 4.200 €
- Familias en las que el solicitante, hermano o hijo del solicitante esté afectado de discapacidad, legalmente calificada:
- De grado igual ó superior al 33%: 2.717 €
- De grado igual ó superior al 65%: 4.322 €
- Familias numerosas de categoría general: 800 € por cada hermano, incluido el solicitante.
Dotación
Cada una de las Becas Cátedra Juan Arizo Serrulla Máster Ingeniería Caminos (MICCP) está dotada con un máximo de 3.000 € correspondientes a ayudas a la matrícula del el Máster en Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos de la UPV, para el curso 2025-2026 y las tasas de expedición del título, una vez completados los estudios.
La dotación económica de las ayudas estará sujeta a la correspondiente retención que establece la normativa vigente.
Presentación
La solicitud de las Becas Cátedra Juan Arizo Serrulla Máster Ingeniería Caminos (MICCP) se entregará preferentemente por registro electrónico de la UPV:
- Registro electrónico: https://sede.upv.es/ Presentación de solicitud genérica -> Destino -> Escuela Técnica Superior de Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos
- o a través del Registro Electrónico Común de la Administración del Estado, que se realiza a través del enlace: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do.
Cuando no fuera posible enviar la solicitud y la documentación de la forma indicada, se podrá remitir a través de las oficinas físicas de Registro de la UPV o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las oficinas físicas de Registro de la UPV son:
- Registro General de la UPV, Camino de Vera, s/n, 46022, València.
- Registro de la Escuela Politécnica Superior de Alcoy, Plaza Ferrándiz y Carbonell, s/n, 38001, Alcoy (Alicante).
- Registro de la Escuela Politécnica Superior de Gandía, Calle Paraninfo, 1, 46730, Gandía (València).
Convocantes Asociados
Más información
Objeto
El objeto de estas ayudas es la concesión en régimen de concurrencia competitiva de 2 ayudas destinadas a las matrículas de aquellos alumnos matriculados en el Máster en Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos de la UPV que acrediten una situación personal o familiar de especial necesidad económica durante el curso académico 2025-2026, y acrediten el cumplimiento de los requisitos estipulados en las bases reguladoras del procedimiento.
Criterios de valoración
La concesión de los premios se efectuará mediante el régimen de concurrencia competitiva. Los baremos y criterios de valoración que se apliquen serán objetivos, no discriminatorios y respetarán el principio de igualdad.
Las solicitudes presentadas serán baremadas conforme a los siguientes:
- Situación económico-familiar acreditada. El candidato que acredite una menor renta familiar obtendrá la valoración de 10 puntos en dicho apartado mientras que el candidato con la mayor renta familiar obtendrá la valoración de 0 puntos. Los candidatos con rentas intermedias obtendrán su valoración por interpolación entre los valores extremos.
- Expediente Académico. La valoración por expediente académico se descompondrá en 2 apartados:
- a. La nota media del expediente del grado de acceso al Máster en ICCP. La mayor nota media acreditada recibirá la valoración de 5 puntos mientras que la menor nota media acreditada recibirá la valoración de 0 puntos. Las notas intermedias se interpolarán entre los valores extremos.
- b. El ratio entre el número que ocupa el solicitante en la promoción correspondiente respecto al número total de alumnos de la promoción. El mejor ratio recibirá la valoración de 5 puntos y el peor ratio recibirá la valoración de 0 puntos. Los ratios intermedios se interpolarán entre los valores extremos.
Ambos apartados pesarán por igual en la valoración del Expediente Académico.
Derechos y obligaciones de los beneficiarios
Las personas adjudicatarias de las becas quedan obligados a:
- Cumplir las normas establecidas en las bases de la presente convocatoria.
- Destinar la ayuda a la finalidad para la que se concede
- Someterse a las actuaciones de comprobación que puedan realizarse por los órganos competentes, quedando obligados a facilitar toda la información y documentación que les pueda ser requerida al efecto y que consistirán en la comprobación de los requisitos de acceso a la convocatoria.
- Comunicar la obtención de subvenciones o becas para la misma finalidad, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado u Organismo de la Administración Autonómica, Local o Institucional o Entidades Públicas o Privadas.
- Aceptar las obligaciones propias derivadas del marco legal en materia de ayudas y subvenciones.
- El incumplimiento de estas obligaciones, así como la falta de presentación de la documentación justificativa correspondiente, supondrá la exclusión de la candidatura al premio.
Compatibilidad
Las ayudas objeto de la presente convocatoria serán compatibles con la percepción para el mismo curso de cualquier otra beca o beneficio económico otorgado, para la misma finalidad, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado u Organismo de la Administración Autonómica, Local o Institucional o Entidades Públicas o Privadas.
Documentación a adjuntar
Las solicitudes se acompañarán de la siguiente documentación:
- a. Modelo de solicitud cumplimentado, accesible en la página web de la ETSICCP https://www.iccp.upv.es y en la página web de la Fundación Juan Arizo http://fundacionjuanarizo.com/
- b. Declaración del Impuesto sobre la renta de las personas físicas, correspondiente al ejercicio 2024 de cada uno de los miembros computables de la familia. * Los alumnos extracomunitarios, deberán aportar acreditación de la residencia legal en España.
- c. Cualquier otro documento que considere oportuno, tendente a acreditar su situación, en caso de alegar una de las siguientes circunstancias:
- Situación de discapacidad del solicitante, hermano o hijo del solicitante
- Convenio Regulador (en caso de separación padres).
- Informes médicos. Certificados de defunción, etc.
Para el cálculo de la renta de la unidad familiar, los ciudadanos no españoles adjuntarán a su solicitud certificación expedida por la autoridad tributaria de su país (ej. Ministerio de Hacienda y de la Privatización-Dirección de Impuestos en el Reino de Marruecos) sobre los ingresos obtenidos en 2024 por TODOS los miembros de la unidad familiar. Además, deberán adjuntar fotocopia del contrato de alquiler o titularidad de la vivienda en la que resida durante el curso escolar.
Los alumnos que argumenten estar emancipados familiar y económicamente deberán acreditarlo aportando:
- Certificado de empadronamiento del solicitante (deberá ser diferente del de la unidad familiar).
- Acreditación de la titularidad de una vivienda, o el alquiler(es) que cubran todo el año.
- Acreditación de unos ingresos totales mínimos iguales al mínimo personal y familiar previsto en la normativa sobre el Impuesto de Renta de las Personas Físicas.
- Acreditación de la disponibilidad de 3.000 euros anuales, excluyendo el gasto de alquiler(es), en su caso. Ingresos totales últimos 12 meses – alquiler > 3.000 €
Para el cálculo del alquiler, se tendrá en cuenta el importe efectivamente pagado. En el caso de alquiler de domicilio entre familiares de primer grado, sólo será tenido en cuenta cuando constela consideración del mismo a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Para acreditar los méritos académicos los candidatos deberán aportar:
- Certificación académico personal, en las que consten todas las asignaturas superadas, con sus créditos, las calificaciones obtenidas, el curso académico y la nota media del expediente. El certificado debe expresar que el conjunto de asignaturas y créditos cursados constituyen el grado de acceso al Máster Universitario en Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos.
- Certificado o “hace constar” del Centro responsable de la titulación en la Universidad que corresponda, donde se especifique el número que ocupa el solicitante en la promoción correspondiente, y el número total de alumnos de la promoción.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud.
La no aportación de la documentación o si la documentación aportada no justifica la situación económica, podrá dar lugar a la denegación de la solicitud.
Adicionalmente, se informa al solicitante de que la Universitat Politècnica de València para la tramitación de estas becas accederá a la siguiente documentación:
- d. DNI/NIE.
- e. Expediente académico.
- f. Certificado que acredite el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a las Administraciones Públicas.
- g. Certificado de estar al corriente de las obligaciones frente a la Seguridad Social.
Sin embargo, el solicitante podrá ejercitar su derecho a oponerse al acceso a los documentos comprendidos en los apartados d), e), f) y g), indicándolo así en la solicitud. En caso de ejercitar este derecho deberá aportarlos junto con la solicitud.