Becas Formación Discapacidad y Necesidades Específicas Apoyo ADYNEA
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Becas Formación Discapacidad y Necesidades Específicas Apoyo ADYNEA: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Formación Discapacidad y Necesidades Específicas Apoyo ADYNEA tienen como objetivo fomentar la formación de estudiantes y titulados en la Universidad Pablo de Olavide. Estas becas se enmarcan en un programa de colaboración con el Servicio de Atención a la Discapacidad. Los beneficiarios participarán en actividades, programas y proyectos del Servicio de ADYNEA, lo que les permitirá adquirir experiencia y habilidades relevantes en el campo de la atención a la diversidad funcional.
Los solicitantes deben ser graduados en Trabajo Social o Educación Social de la UPO y haber estado matriculados en los cursos 2022/2023 y 2023/2024. La duración de la beca es de 11 meses, con posibilidad de renovación, y se exige un compromiso de 25 horas semanales.
Las Becas Formación Discapacidad y Necesidades Específicas Apoyo ADYNEA ofrecen una dotación económica de 761,59 euros al mes. Los solicitantes deben presentar su documentación en el plazo indicado en la convocatoria.
Las Becas Formación Discapacidad y Necesidades Específicas Apoyo ADYNEA pueden ser interesantes para tí si deseas contribuir al bienestar social y desarrollar una carrera profesional en el ámbito de la discapacidad. ¿Quieres saber más sobre estas ayudas?, aquí encontrarás toda la información que precisas para solicitarlas. Consulta en nuestra web requisitos, plazo, etc.
Datos básicos
- Nº de becas
- 1
- Nivel de estudio
- Grado
- Carrera
- Educación Social
- Trabajo Social
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Las personas solicitantes de las Becas Formación Discapacidad y Necesidades Específicas Apoyo ADYNEA, deberán reunir los siguientes requisitos:
- Tituladas y titulados de los Grados y dobles Grados en: Trabajo Social y Educación Social de la Universidad Pablo de Olavide que hayan estado matriculados en la UPO durante los cursos 2022/2023 y 2023/2024.
Dotación
La cuantía a percibir por la persona seleccionada, gracias a las Becas Formación Discapacidad y Necesidades Específicas Apoyo ADYNEA, será de 761,59 € mensuales, que se abonarán mensualmente una vez aplicadas las deducciones que pudieran corresponder (deducción por IRPF y cuota de la Seguridad Social).
Los efectos económicos y administrativos se producirán a partir de la fecha de incorporación de la persona seleccionada a la Unidad de Políticas Sociales, Igualdad y Cultura / ADYNEA.
Las mensualidades dejarán de percibirse en aquellos casos en los que exista un informe desfavorable del órgano proponente de la beca.
Se podrá disfrutar de más de una beca formativa, siempre y cuando no sea de manera simultánea y no supere un total de 24 meses, incluyendo las posibles prórrogas.
La persona que se beneficie de esta beca estará incluida en el Régimen General de la Seguridad Social, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre (BOE nº 259 de 27 de octubre), por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011 de 1 de agosto, sobre actualización y modernización de la Seguridad Social.
Presentación
Las personas interesadas en las Becas Formación Discapacidad y Necesidades Específicas Apoyo ADYNEA, deberán presentar su solicitud en el plazo de 7 días hábiles, a contar a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria, en el impreso que se relaciona como Anexo II de esta Resolución y que estará a disposición de las personas interesadas en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad, junto con la siguiente documentación:
- a. Fotocopia DNI de la persona solicitante. En el caso de extranjeros/as será obligatoria la presentación del NIE del solicitante.
- b. Currículum con la formación documentada de la persona solicitante, con expresión de las actividades relacionadas con la beca que se solicita.
- c. Fotocopia del título de graduado/a o de matrícula de último curso.
- d. Fotocopia de la documentación acreditativa de los méritos incluidos en el currículum.
- e. Certificación académica oficial en original o fotocopia compulsada, en la que figure, de forma detallada, las calificaciones obtenidas y fechas de las mismas. Dicha certificación podrá ser sustituida por una declaración jurada, debiéndose aportar lo anteriormente especificado si la persona solicitante resultase seleccionada.
- f. Cualquier otro documento que la persona solicitante estime conveniente para avalar su solicitud.
La presentación de solicitudes, según lo dispuesto en el artículo 4.1. del Reglamento de uso y funcionamiento del Registro Electrónico General de la Universidad Pablo de Olavide, deberá hacerse a través de la sede electrónica de la Universidad Pablo de Olavide, a través de “Instancia Genérica”: https://sede.upo.es/opencms/system/modules/sede/index, o bien de forma electrónica por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Más información
Objeto de la convocatoria
Se convoca una beca de formación vinculada a los programas formativos en la Universidad Pablo de Olavide, en régimen de concurrencia competitiva.
Esta beca tiene como objetivo estimular la formación de estudiantes y, cuando sea el caso, completar la de los titulados en las materias que desarrolla el Servicio de Atención a la Discapacidad y Necesidades Específicas de Apoyo Educativo (ADYNEA) del Vicerrectorado de Cultura y Políticas Sociales.
Las tareas de la persona beneficiaria consistirán fundamentalmente en apoyar las labores de ejecución de las actividades, programas y proyectos desarrollados por el Servicio de ADYNEA.
La formación se desarrollará a través de la colaboración en las actividades propias del Servicio de ADYNEA, y en ningún caso suplirá o sustituirá la realización de actividades que queden dentro del ámbito de la actividad profesional de las plantillas de la UPO.
El tiempo de participación en el programa formativo a que se refiere la convocatoria no tendrá la consideración de servicios previos, ni de servicios efectivos en las administraciones públicas, aunque las actividades incluidas en tales programas se desarrollen en la UPO.
Esta beca tiene como objetivo desarrollar actividades que estarán relacionadas con el apoyo y la atención que requieren los/as usuarios/as del Servicio ADYNEA.
El Vicerrectorado de Cultura y Políticas Sociales y la Unidad de Políticas Sociales, Igualdad y Cultura, son los responsables del programa formativo.
Duración
La duración de la beca se extenderá en 11 meses, con la posibilidad de renovación por igual tiempo, como duración máxima. La concesión de la beca y sus posibles prórrogas quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los ejercicios correspondientes.
El tiempo de dedicación será de 25 horas semanales en horario de mañana y/o tarde, según las necesidades del Servicio. En todo caso se garantiza que la persona becada pueda atender sus obligaciones académicas, asistencia a exámenes, tutorías, etc., cuando sea el caso.
Esta beca tiene una dotación de 9.048,38€ que soportará la aplicación presupuestaria 62.08.00.00.00 422D 48299.
Baremo aplicable
Para la Resolución de esta convocatoria se tendrá en cuenta el expediente académico de la persona solicitante, los cursos realizados y colaboraciones, prácticas y/o voluntariado en relación con el objeto de esta beca, y en el caso de que se prevea en la convocatoria, la entrevista personal realizada, en su caso.
Los/as candidatos/as, se ordenarán de mayor a menor puntuación, de acuerdo con el siguiente baremo:
- Se asignarán hasta 3 puntos por la nota media del expediente académico del/la candidata/a, de acuerdo con la siguiente escala:
- Matrícula de Honor: 3 puntos.
- Sobresaliente: 2 puntos.
- Notable: 1 puntos.
- Aprobado: 0,5 punto.
- Formación relacionada con el objeto de la beca. Asistencia a Cursos, Jornadas o Seminarios, hasta un máximo de 2 puntos:
- Hasta 10 horas 0,10 puntos.
- Hasta 50 horas 0,30 puntos.
- Más de 50 horas 0,50 puntos.
- Experiencia demostrada en materia de coordinación y/o apoyo a proyectos en materia de atención a la diversidad funcional y/o desarrollo de prácticas o voluntariados en materia objeto de esta beca, hasta un máximo de 2 puntos.
- Entrevista personal: se asignarán hasta 3 puntos por la entrevista personal. La fecha de celebración de la entrevista en formato on-line o presencial, en caso de que la hubiera, y la relación de los/as solicitantes seleccionados/as para la misma, se publicará con al menos cinco días hábiles de antelación en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad.
En caso de empate se entenderá como ganadora la persona que haya obtenido mayor puntuación en la entrevista personal, estableciéndose el nivel mínimo de puntuación total para la obtención de la beca en 3 puntos.
La Resolución se publicará en un plazo no superior a tres meses en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad Pablo de Olavide y surtirá los efectos de notificación individual a las personas interesadas.
Contra la resolución, se podrá interponer recurso de reposición ante el Sr. Rector Magnífico de la Universidad Pablo de Olavide, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de la Resolución de adjudicación.
Adjudicación
La persona beneficiaria de esta beca dispondrá de un plazo de 3 días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de la Resolución, para comunicar su aceptación. Transcurrido dicho plazo sin que ésta se produzca, se entenderá que renuncia a la beca.
Ningún/a becario/a podrá comenzar su actividad hasta que la Administración haya realizado efectivamente los nombramientos y se haya producido el alta en la Seguridad Social.
La condición de becario/a de formación en ningún caso implica la existencia de relación contractual entre la Universidad Pablo de Olavide y el/la becario/a, ni presupone compromiso alguno de contratación posterior.
Obligaciones de las personas beneficiarias
La persona beneficiaria de esta beca no realizará actividades de formación en el periodo comprendido del 1 al 31 de agosto, pero sí se le abonará el referido periodo.
La persona beneficiaria de esta beca tendrá las siguientes obligaciones:
- Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en esta convocatoria y en su marco normativo, así como en el Plan de Formación previsto.
- Someterse a las actuaciones de comprobación precisas para verificar, en su caso, el cumplimiento y efectividad de las condiciones de concesión de estas becas.
- Realizar las actividades contempladas en el plan formativo.
- Cumplir diligentemente y con aprovechamiento las acciones formativas establecidas en el Plan de Formación.
- Mantener confidencialidad respecto a los asuntos que conozca en el desarrollo de estas becas, y a no dar publicidad, difundir, conservar, copiar, sustraer o utilizar en general ningún documento o información de cualquier tipo que pertenezca a la Universidad Pablo de Olavide.
- Comunicar la existencia de cualquier posible causa de incompatibilidad.
- Cualesquiera otra fijadas en esta convocatoria, normativa propia de la Universidad y por la legislación vigente.
Incompatibilidad
El disfrute de la beca regulada por esta convocatoria es incompatible con el de cualquier otra beca o ayuda destinada a la colaboración o formación en otro Servicio/Centro de la Universidad Pablo de Olavide o cualquier otra Administración pública, así como con cualquier relación laboral.
Enlaces de interés
https://www.upo.es/system/modules/com.saga.upo.sedeelectronica.frontend/handler/download-alfresco-document.pdf?ref=83224376-b4bc-4a7a-90c9-ba9cb6f8d48e