Universidad Miguel Hernández - UMH

Becas Colaboración Monitores Escuela Verano Aula Junior

Becas de estudiosBecas de formación prácticaBecas de veranoUniversitarios

INSCRIPCIONES

29/03/202412/04/2024
Finalizada

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Becas Colaboración Monitores Escuela Verano Aula Junior: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Colaboración Monitores Escuela Verano Aula Junior son convocadas por la Universidad Miguel Hernández. Estas becas tienen la finalidad de que los estudiantes de dicha universidad puedan llevar a cabo colaboraciones en la Escuela de Verano y en el Aula Júnior 2024 de la UMH (EVAJ). Con estas becas se pretende que los estudiantes se familiaricen con los aspectos más habituales del desarrollo evolutivo en la infancia y adolescencia, que desarrollen programas educativos adecuados para estas edades, así como que pongan en práctica habilidades de atención y formación, y de animación infantil y juvenil. La duración de la eca será de un mes y seis días.

Los solicitantes que quieran postularse a una de las Becas Colaboración Monitores Escuela Verano Aula Junior deberán estar matriculados durante el curso académico en que se solicita la beca en una enseñanza oficial de la UHM. Además deberá cumplir el resto de requisitos indicados. Estas becas estarán dotadas de una cuantía de 800 euros cada beca. Para valorar las solicitudes se tendrá en cuenta la renta per cápita y la nota media ponderada.

Consulta en nuestra web todo lo que necesitas saber a cerca de las Becas Colaboración Monitores Escuela Verano Aula Junior. Aquí te facilitamos el plazo, los requisitos, etc.


Datos básicos

Nº de becas
40
Nivel de estudio
  • Grado
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Para optar a las siguientes becas que refieren las presentes bases reguladoras, la persona solicitante deberá reunir los siguientes requisitos: 

  • Estar matriculado/a durante el curso académico en que se solicita la beca en una enseñanza oficial de la UMH. 
  • Haber superado, al menos, el 75 % de los créditos, o equivalente en horas lectivas, de los estudios oficiales de la UMH en que haya estado matriculado/a en los cursos anteriores al que esté realizando en el momento de la solicitud. 
  • Disponer del diploma acreditativo de haber superado el curso de monitor/a de la EVAJ en alguna de sus ediciones. 
  • Disponer del certificado de penales en base a la LO 1/1996 de Protección Jurídica del Menor, modificada por la Ley 45/2015 de Voluntariado.En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiario/a las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.

Dotación

La dotación máxima total para esta convocatoria es de 32.000€, repartidos en hasta un máximo de 40 becas de hasta 800€ brutos cada una.

La subvención consiste en el pago de las actividades realizadas por el/la beneficiario/a desarrollando e implementando programas lúdicos adaptados a la edad y características evolutivas de los/as niños/as asignados, relacionadas con su formación universitaria, de forma coordinada con el resto de beneficiarios/as de esta subvención.

Presentación

De acuerdo con el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes podrán presentarse:

  • A. En el registro electrónico de la Sede Electrónica de la UMH, así como en los restantes registros electrónicosde la Administración General del Estado, de las administraciones de las comunidades autónomas, de las entidades locales y del sector público institucional. Si el solicitante dispone de certificado electrónico o de una cuenta de usuario UMH, puede presentar sus solicitudes a través del registro electrónico de la Sede Electrónica de la Universidad Miguel Hernández de Elche, utilizando el procedimiento de instancia general: https://sede.umh.es/procedimientos/instanciageneral/. Para la presentación debe seleccionar en el formulario “Dirigido a U05500142 Oficina de Campus Saludables y Deportes”.Puede acudir a las oficinas de asistencia en materia de registro de la UMH para obtener un certificado digital.
  • B. En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.Las solicitudes se presentarán en un sobre abierto para que la oficina de correos estampe su sello de fecha en la solicitud. En el sobre debe constar como dirección de envío la siguiente:Universidad Miguel Hernández de Elche. Oficina central de Registro. Edificio Rectorado y Consejo Social. Av. de la Universidad, s/n.03202. Elche.
  • C. En las oficinas de asistencia en materia de registros. La ubicación y horarios de las oficinas de asistencia en materia de registro de la UMH pueden consultarse en la página web de la Sede Electrónica de la UMH: https://sede.umh.es/servicios-electronicos/oficinas-deasistencia-en-registro/Las oficinas de asistencia en materia de registros de otras administraciones públicas pueden localizarse en el buscador de oficinas del Punto de Acceso General de la Administración General del Estado: https://administracion.gob.es/pagFront/atencionCiudadana/oficinas/encuentraOficina.htmD. En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.Si bien cualquiera de las opciones es igualmente válida,por eficiencia en la gestión, se sugiere el uso del registro electrónico de la Sede Electrónica de la UMH (opción A).

Más información

Actividades para las cuales se solicita la ayuda y duración

La beca desarrollará habilidades y competencias sociales y profesionales en el estudiantado tal y como se definen en el programa educativo (anexo IV).

Las actividades para las cuales se solicita la subvención consisten en:

  1. El becario o la becaria, a lo largo de su programa formativo, deberá ser capaz de desarrollar e implementar un programa lúdico adaptado a la edad y características evolutivas de los niños/as asignados/as, relacionado con su formación universitaria.
  2. Deberá ser capaz de coordinarse con los otros becarios o becarias en la organización e implementación de estos programas y del resto de actividades propias de la EVAJ.
  3. Estará supervisado/a en todo momento y de manera directa por alguien titulado con experiencia en la EVAJ y con vinculación contractual con la Universidad y será objeto de un seguimiento y valoración final por parte de la dirección de la EVAJ.
  4. Estrategia de valoración del desempeño del becario/a: 
    • Memoria semanal de actividades propuestas, evaluada por el coordinador/a de cada grupo. 
    • Memoria final de actividades realizadas, evaluada por el coordinador/a de cada grupo Evaluación final de la puntualidad, actitud y capacidad de trabajo en equipo.

La duración de la actividad subvencionada será de un mes y seis días, comenzando el 25 de junio y terminando el 31 de julio de 2024.


Criterios de valoración

El criterio para establecer el orden de prelación entre las solicitudes presentadas es:

  • a. Puntuación en función del nivel de renta familiar disponible per cápita, de conformidad con la siguiente escala, hasta un máximo de 2 puntos:
    • Hasta 1.682,83 euros/año: 2 puntos.
    • Hasta 3.005,06 euros/año: 1,5 puntos.
    • Hasta 4.507,59 euros/año: 1 punto.
    • Entre 4.507,59 euros/año y 6.010,11 euros/año:0,75 puntos .
    • Más de 6.010,12 euros/año: 0,50 puntos.
    • La renta se calculará conforme al artículo 16 de la Resolución, de 15 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2023/2024, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios. Aplicándose, en su caso, las deducciones descritas en el artículo 18 de la citada resolución siempre que queden debidamente acreditadas.
  • b. Nota media ponderada del expediente académico, hasta un máximo de 4 puntos. Para calcular la media ponderada las calificaciones obtenidas serán computadas según el siguiente baremo:
    • Matrícula de honor: 4 puntos.
    • Sobresaliente: 3 puntos.
    • Notable: 2 puntos.
    • Aprobado o apto: 1 punto.
    • Para el estudiantado con pruebas de acceso a la universidad, la fórmula a aplicar para el cálculo de la nota media será:(nota media acceso universidad – 5) x 3 /5 + 1 5.
    • Para el estudiantado de ciclos de formación profesional (solamente se tendrá en cuenta 2.º grado de FP) y COU (ambas sin selectividad), la fórmula a aplicar para el cálculo de la nota media ponderada será:(nota media acceso universidad – 5) x 2,4 /5 + 1.
  • c. Valoración de hasta un máximo de 4 puntos.

Pago

El abono de la ayuda se realizará en un único pago al final de la prestación de la misma. La UMH abonará al beneficiario/a la cantidad establecida en el apartado 5, en la cuenta bancaria que haya facilitado, siempre que acredite ser la persona titular o cotitular de la cuenta.

Previo al pago deberá constar en el expediente certificado emitido por el órgano encargado del seguimiento de cumplimiento de los requisitos exigidos en el artículo 88 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y del 34.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones establecidas en la presente convocatoria o derivadas de la concesión de la ayuda, así como la recepción de un informe negativo de su actividad, podrá suponer la revocación de la ayuda.

Asimismo, la concesión de la beca no conlleva ni implica relación laboral alguna con la UMH, ni supone compromiso de incorporación posterior a su plantilla.

Justificación y obligaciones de la persona beneficiaria

La justificación se documentará mediante la remisión de un informe por correo interno/electrónico a la Oficina de Campus Saludables y Deportes con copia a la dirección de la EVAJ, debidamente firmado y sellado, con el visto bueno del coordinador/a del grupo en el que desarrollen sus actividades, en el que se detallen las tareas realizadas durante ese periodo, con expresión del número de consultas recibidas y materias sobre la que hayan ofrecido información, atención u orientación.

El plazo máximo para la presentación de la justificación de la realización de la actividad objeto de ayuda es de dos meses a partir de la fecha de finalización de la actividad, sin perjuicio de la prórroga que pudiera concederse a solicitud de los interesados. La justificación del cumplimiento de la finalidad y aplicación fondos se realizará, en su caso, de conformidad con la normativa aplicable.

Son obligaciones de los beneficiarios/as, además de la aceptación y la justificación de la subvención, las contempladas en el artículo 14 de Ley 38/2003 General de Subvenciones:

  • a. Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión.
  • b. Justificar, ante el órgano concedente, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad de la subvención.
  • c. Someterse a las actuaciones de comprobación,así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
  • d. Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
  • e. Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • f. Disponer de la documentación contable legalmente exigida, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
  • g. Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
  • h. Adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 4 del artículo 18 de Ley 38/2003, General de Subvenciones, según corresponda.
  • i. Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los términos establecidos en estas bases reguladoras.

La aceptación de la ayuda por los solicitantes propuestos definitivamente como beneficiarios se considerará implícita en la presentación de la solicitud, sin perjuicio de la facultad de renunciar a la subvención otorgada.


Documentación a adjuntar

Con la solicitud deberá aportar la documentación siguiente:

  1. Solicitud (anexo II).
  2. Anexo III (datos familiares) debidamente cumplimentado.
  3. Fotocopia de los DNI/NIE de todos los miembros computables de la unidad familiar.
  4. Documento informativo de las calificaciones obtenidas en los estudios cursados (extracto de expediente sin validez académica).
  5. Curriculum vitae (titulaciones, diplomas, experiencia laboral, idiomas, conocimientos informáticos y actividades relacionadas con la del objeto de la convocatoria).
  6. Diploma acreditativo de haber superado el curso de Monitor/a de Escuela de Verano de la UMH en alguna de sus ediciones o, en su defecto, resguardo de matrícula en dicho curso, en tanto se obtiene el diploma correspondiente. Una vez obtenido el diploma, se incorporará, inmediatamente, al expediente de solicitud. Si la persona interesada resultase seleccionada sin haber presentado el diploma antes de la fecha de la firma de la beca, se dará por desestimada su solicitud y será sustituido por la persona que haya obtenido la siguiente puntuación en la relación de seleccionados.
  7. Será necesario adjuntar el certificado de penales en base a la L.O. 1/1996 de Protección Jurídica del Menor, modificada por la Ley 45/2015 de Voluntariado. Si no se dispone de dicho certificado en el plazo de presentación de instancias, se deberá aportar el mismo a lo largo del proceso. No será válida la selección a favor del aspirante del que no se disponga, antes de la firma de la beca, del correspondiente certificado negativo.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

Las Becas Colaboración Monitores Escuela Verano Aula Junior son convocadas por la Universidad Miguel Hernández. Estas becas tienen la finalidad de que los estudiantes de dicha universidad puedan llevar a cabo colaboraciones en la Escuela de Verano y en el Aula Júnior 2024 de la UMH (EVAJ). Con estas becas se pretende que los estudiantes se familiaricen con los aspectos más habituales del desarrollo evolutivo en la infancia y adolescencia, que desarrollen programas educativos adecuados para estas edades, así como que pongan en práctica habilidades de atención y formación, y de animación infantil y juvenil. La duración de la eca será de un mes y seis días.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Colaboración Monitores Escuela Verano Aula Junior" es: desde 29/03/2024 hasta 12/04/2024.

La Beca "Becas Colaboración Monitores Escuela Verano Aula Junior" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas Colaboración Monitores Escuela Verano Aula Junior" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para funcionarios
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas transporte
  • Premios, concursos y certámenes