Becas Elaborar TD TFG TFM y Memorias Investigación Valenciano
INSCRIPCIONES
Becas Elaborar TD TFG TFM y Memorias Investigación Valenciano: solicitud y plazos
Descripción
las Becas Elaborar TD TFG TFM y Memorias Investigación Valenciano impulsan el uso del valenciano en la investigación universitaria de la Universidad Miguel Hernández de Elche, con una dotación total de 1.500 euros destinada a trabajos académicos como tesis, TFG, TFM y memorias.
La evaluación se realiza en régimen de concurrencia competitiva, considerando criterios como la corrección gramatical en valenciano, el dominio técnico del lenguaje académico y la extensión del trabajo presentado, con puntuaciones que determinan el orden de concesión y la asignación económica.
Las Becas Elaborar TD TFG TFM y Memorias Investigación Valenciano contemplan ayudas de hasta 400 euros para tesis doctorales y 150 euros para TFG, TFM y memorias de investigación.
Las solicitudes pueden presentarse mediante registro electrónico de la UMH, oficinas de Correos o registros oficiales. A las solicitudes habrá que añadir la documentación indicada, como el DNI, expediente personal, documento con el contenido de la tesis, TFG, y TFM, y memoria de investigación o equivalente en Valenciano.
Las personas beneficiarias deben cumplir requisitos indicados y justificar el trabajo.
¿Te gustaría solicitar las Becas Elaborar TD TFG TFM y Memorias Investigación Valenciano?, pues en nuestra web te mostramos toda la informacioń que necesitas.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Para optar a las Becas Elaborar TD TFG TFM y Memorias Investigación Valenciano, la persona solicitante deberá reunir los siguientes requisitos:
- Ser estudiantado de la UMH y haber presentado su tesis, TFG, TFM o memoria de investigación o equivalente en valenciano durante el curso 2024/25 o 2025/26.
En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiario las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
Dotación
La dotación máxima total para esta convocatoria de Becas Elaborar TD TFG TFM y Memorias Investigación Valenciano es de 1.500 euros, que se distribuirán de manera individualizada entre los trabajos seleccionados. La comisión de selección valorará cada trabajo en función de los criterios establecidos y los ordenará de mayor a menor puntuación, asignando a cada uno un importe específico en euros.
En cuanto a la tipología de los trabajos, se establece un límite máximo de 400 euros para cada tesis doctoral, que tendrán preferencia sobre el resto de las modalidades. Para los trabajos de fin de grado (TFG), trabajos de fin de máster (TFM) y memorias de investigación o equivalentes, el límite máximo será de 150 euros para cada trabajo.
En caso de empate en la puntuación obtenida por dos o más trabajos, se realizará una segunda evaluación específica de los trabajos implicados para resolver la situación y determinar el orden de prelación.
La asignación final de los importes se realizará en función de la puntuación total obtenida por cada trabajo, garantizando una distribución equitativa y proporcional dentro de los límites establecidos para cada tipología de trabajo.
Presentación
De acuerdo con el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las solicitudes para las Becas Elaborar TD TFG TFM y Memorias Investigación Valenciano podrán presentarse:
A. En el registro electrónico de la Sede Electrónica de la UMH, así como en los restantes registros electrónicos de la Administración General del Estado, de las administraciones de las comunidades autónomas, de las entidades locales y del sector público institucional. Si el solicitante dispone de certificado electrónico o de una cuenta de usuario UMH, puede presentar sus solicitudes a través del registro electrónico de la Sede Electrónica de la Universidad Miguel Hernández de Elche, utilizando el procedimiento de instancia general (https://sede.umh.es/procedimientos/instanciageneral/). Para la presentación debe seleccionar en el formulario «Dirigido a» > la unidad tramitadora «U05500128 Oficina de Llengües». Puede acudir a las oficinas de asistencia en materia de registro de la UMH para obtener un certificado digital.
B. En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca. Las solicitudes se presentarán en un sobre abierto para que la oficina de Correos estampe su sello de fecha en la solicitud. En el sobre debe constar como dirección de envío la siguiente: Universidad Miguel Hernández de Elche – Oficina central de Registro, Edificio Rectorado y Consejo Social, avda. de la Universidad, s/n, 03202 Elche.
C. En las oficinas de asistencia en materia de registros. La ubicación y horarios de las oficinas de asistencia en materia de registro de la UMH pueden consultarse en la página web de la Sede electrónica de la UMH (https://sede.umh.es/servicios-electronicos/oficinas-deasistencia-en-registro/). Las oficinas de asistencia en materia de registros de otras administraciones públicas pueden localizarse en el buscador de oficinas del Punto de Acceso General de la Administración General del Estado (https://administracion.gob.es/pagFront/atencionCiudadana/oficinas/encuentraOficina.htm).
D. En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
6.2. Con la presentación de la solicitud, la persona solicitante declara, bajo su responsabilidad lo que sigue:
- a. Que acepta las bases de la convocatoria para la cual solicita la subvención.
- b. Que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos.
- c. Que todos los datos incorporados a la solicitud se ajustan a la realidad, están actualizados y se compromete a comunicar inmediatamente cualquier modificación sobre los mismos.
- d. Que queda enterada que la inexactitud de las circunstancias declaradas comporta la denegación o revocación de la subvención.
- e. Que conoce el régimen de compatibilidades de esta subvención.
- f. Que no está incursa en ninguna de las circunstancias que recogen los artículos 13 y 34.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y que se compromete a mantener el cumplimiento de estos requisitos durante el periodo de tiempo inherente al reconocimiento de los mismos, debiendo informar de cualquier variación a la Universidad Miguel Hernández de Elche, de acuerdo con el artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- g. Que autoriza a la Universidad Miguel Hernández de Elche a obtener de las diferentes administraciones públicas los datos académicos, de renta y de patrimonio familiar, y aquellos otros datos que sean necesarios para la valoración y resolución de esta subvención.
El plazo de presentación de solicitudes se abrirá el día siguiente de la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) y se cerrará el 30 de septiembre de 2026 a las 23.59 h.
Más información
Objeto y finalidad
El objeto de la presente convocatoria que regula estas bases es estimular el uso del valenciano en el ámbito de la investigación y por ello se hace una convocatoria pública para la concesión de subvención a la elaboración en valenciano de tesis, trabajos fin de grado, trabajos fin de máster y memorias de investigación o equivalentes de estudiantes de la Universidad Miguel Hernández de Elche.
Actividades para las cuales se solicita la subvención y duración
Presentación de tesis, trabajos fin de grado, trabajos fin de máster y memorias de investigación o equivalentes en valenciano. La duración de la actividad subvencionada recoge dos cursos académicos, se ejecutará antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, esto es, el día 30 de septiembre de 2026.
Procedimiento de concesión de la subvención
La concesión de la presente subvención se efectúa en régimen de concurrencia competitiva, de conformidad con lo establecido en los artículos 22.1 y 23.2.d de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
criterios de valoración
El criterio para establecer el orden de prelación entre las solicitudes presentadas es:
- Corrección gramatical y ortográfica en el uso del valenciano (máximo de 3 puntos sobre 10).
- Dominio técnico de la lengua de la titulación correspondiente en valenciano (máximo de 3 puntos sobre 10).
- Extensión del trabajo (máximo de 4 puntos sobre 10):
Tesis:
- Entre 100 y 200 páginas: 1 punto
- Entre 201 y 300 páginas: 2 puntos
- Entre 301 y 400 páginas: 3 puntos
- Más de 400 páginas: 4 puntos
TFG-TFM-Memorias o equivalentes:
- Extensión entre 10 y 15 páginas: 1 punto
- Entre 16 y 30 páginas: 2 puntos
- Entre 31 y 50 páginas: 3 puntos
- Más de 50 páginas: 4 puntos
Resolución
Una vez resueltas las alegaciones, el órgano responsable elaborará la propuesta de resolución de concesión definitiva, que deberá expresar el solicitante o la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención y su cuantía. Esta propuesta de resolución de concesión definitiva se elevará al rector para su firma.
La resolución de concesión además de contener los solicitantes a los que se concede la subvención y la desestimación expresa de las restantes solicitudes, podrá incluir una relación ordenada de todas las solicitudes que, cumpliendo con las condiciones administrativas y técnicas establecidas en las bases reguladoras para adquirir la condición de beneficiario, no hayan sido estimadas por rebasar la cuantía máxima del crédito fijado en la convocatoria, con indicación de la puntuación otorgada a cada una de ellas en función de los criterios de valoración previstos en la misma.
En este supuesto, si alguna de las personas beneficiarias renunciara a la subvención, el órgano concedente acordará, sin necesidad de una nueva convocatoria, la concesión de la subvención al solicitante o solicitantes siguientes a aquél en orden de puntuación, siempre y cuando, con la renuncia por parte de alguna de las personas beneficiarias, se haya liberado crédito suficiente para atender al menos una de las solicitudes denegadas.
La resolución rectoral de concesión es única, contendrá tanto las solicitudes estimadas como las desestimadas, estableciéndose respecto a estas últimas las causas de su exclusión, y se publicará en el Boletín Oficial de la Universidad Miguel Hernández de Elche (BOUMH) y en la página web http://llengues.umh.es.
Pago
El pago de la subvención se realizará previa justificación por el beneficiario de la realización de la actividad, proyecto, objetivo o adopción del comportamiento para el que se concedió.
Previo al pago deberá constar en el expediente certificado emitido por el órgano encargado del seguimiento de cumplimiento de los requisitos exigidos en el artículo 88 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 34 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
La Universidad Miguel Hernández de Elche abonará la cantidad que corresponda en cada caso a las personas beneficiarias en la cuenta bancaria que hayan facilitado, siempre que acrediten ser la persona titular o cotitular de la cuenta.
La subvención concedida estará condicionada a la existencia de crédito suficiente.
Justificación de la subvención concedida y obligaciones de los beneficarios
Son obligaciones de las personas beneficiarias, las contempladas en el artículo 14 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones:
- a. Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión.
- b. Justificar, ante el órgano concedente, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad de la subvención.
- c. Someterse a las actuaciones de comprobación, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
- d. Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
- e. Acreditar, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- f. Disponer de la documentación contable legalmente exigida, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
- g. Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
- h. Adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 4 del artículo 18 de Ley 38/2003 General de Subvenciones, según corresponda.
- i. Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los términos establecidos en estas bases reguladoras.
La aceptación de la ayuda por los solicitantes propuestos definitivamente como beneficiarios se considerará implícita en la presentación de la solicitud, sin perjuicio de la facultad de renunciar a la subvención otorgada.
Documentación a adjuntar
Con la solicitud deberá aportar la documentación siguiente:
- Copia del DNI.
- Extracto del expediente personal sin validez académica.
- Documento PDF con el contenido de la tesis, TFG, TFM, memoria de investigación o equivalente en valenciano presentado en 2024/2025 o propuesta del trabajo que se va a presentar durante el curso 2025/2026.
- Modelo de solicitud disponible en este enlace: https://llengues.umh.es/files/2026/04/MODEL-SOL%C2%B7LICITUD-DE-SUBVENCIO.pdf y en la página web http://llengues.umh.es.






