Becas de Matrícula Alumnos No Residentes No Comunitarios
INSCRIPCIONES
Becas de Matrícula Alumnos No Residentes No Comunitarios: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas de Matrícula Alumnos No Residentes No Comunitarios de la Universidad de Zaragoza (UNIZAR) tienen como finalidad atender a los estudiantes extranjeros no residentes, que no pertenezcan a uno de los estados miembros de la Unión Europea y que cursan sus estudios de Grado o Máster en la Universidad de Zaragoza.
Mediante estas ayudas se lleva a cabo a exención del pago de la diferencia entre el precio de matricula del estudiante extranjero no residente y no nacional de un estado miembro de la Unión Europea, y el precio que hubiera debido pagar en caso de serlo.
De este modo, la Universidad de Zaragoza colabora con aquellos estudiantes extranjeros no residentes cuya situación económica es más difícil y cuyas circunstancias les impidan el normal desarrollo de sus estudios de Grado o Máster.
Para elegir a las personas beneficiarias de las Becas de Matrícula Alumnos No Residentes No Comunitarios, la Comisión de Selección tendrá en cuenta requisitos generales, así como otros de carácter económico y académico, con la intención de otorgar las ayudas económicas a aquellas personas que más lo necesiten.
Por todo ello, si eres estudiante extranjero no residente en la Comunidad Europea, pero deseas cursar tus estudios en la Universidad de Zaragoza (UNIZAR) en España, te animamos a solicitar una de las Becas de Matrícula Alumnos No Residentes No Comunitarios.
Aquí te facilitamos toda la información que seguro será de tu interés.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- Nacionalidades
- Cualquier nacionalidad
- Países no pertenecientes a la Unión Europea
- No residentes en España
Requisitos
Condiciones generales de los solicitantes de las Becas de Matrícula Alumnos No Residentes No Comunitarios:
Los solicitantes deberán ser estudiantes extranjeros no residentes, no nacionales de estados miembros de la Unión Europea, que se encuentren en situación de estancia legal en España y estén matriculados en enseñanzas oficiales de Grado o de Máster universitario de la Universidad de Zaragoza en el curso académico 2025‐2026.
Requisitos específicos de carácter económico y académico:
Además de cumplir las condiciones de carácter general descritas en la base anterior, los estudiantes deberán cumplir los requisitos económicos y académicos que se indican a continuación. En igualdad en el cumplimiento de requisitos, primará el expediente académico.
- REQUISITOS DE CARÁCTER ECONÓMICO: No superar el umbral de renta familiar para obtener la ayuda de cuantía fija ligada a la renta (o cuantía equivalente) que establece la convocatoria de becas de carácter general del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes [en adelante el Ministerio] para el curso 2025‐2026, para estudiantes de enseñanzas universitarias.
- REQUISITOS DE CARÁCTER ACADÉMICO: Los mismos requisitos académicos que la convocatoria de becas de carácter general del Ministerio para el curso 2025‐2026 establece para la obtención de la ayuda para precios públicos de matrícula, según se trate de enseñanzas de grado o de máster universitario, con las siguientes especificaciones:
- Se reduce en 0,5 puntos la nota mínima que, en su caso, se exija
- Se reduce en 15 puntos porcentuales el porcentaje de créditos superados respecto de los matriculados que, en su caso, se exija.
A efectos de estas ayudas, la condición de estudiante a tiempo parcial será la que venga determinada anualmente por la convocatoria de becas del Ministerio para cada tipo de estudios.
Dotación
Las Becas de Matrícula Alumnos No Residentes No Comunitarios consistirán en la exención del pago de la diferencia entre el precio de los créditos que le corresponda pagar al estudiante extranjero no residente, que no sea nacional de estados miembros de la Unión Europea y el que le hubiera correspondido pagar en el caso de tener la condición residente.
Presentación
Todos los solicitantes de las Becas de Matrícula Alumnos No Residentes No Comunitarios deberán cumplimentar el formulario oficial de solicitud, siguiendo las indicaciones que se incluyen en la siguiente dirección de internet: https://academico.unizar.es/becas/seccion‐de‐becas‐de‐la‐universidad‐de‐zaragoza - Ayudas de matrícula para alumnos extranjeros no residentes.
No se aceptarán a trámite aquellas solicitudes que no aporten el formulario oficial, debidamente cumplimentado. En el formulario los solicitantes deben indicar una dirección de correo electrónico a efectos de lo dispuesto en las bases 10 a 12 de esta convocatoria.
El formulario oficial de solicitud de ayuda, acompañado de la documentación descrita en la base anterior, se debe presentar:
- Preferentemente, a través del servicio SOLICIT@ de la Sede Electrónica de la Universidad de Zaragoza accesible en SEDE.UNIZAR.ES/SOLICITA, con certificado electrónico digital o identificación concertada válida en esta Universidad (NIP y contraseña administrativa). Abierto las 24 horas de todos los días del año.
- Excepcionalmente, a través del Registro General de la Universidad de Zaragoza y en cualquiera de los registros auxiliares que figuran en la Resolución de 28 de septiembre de 2016, de la Secretaría General de la Universidad de Zaragoza (“Boletín Oficial de Aragón”, número 198, de 13 de octubre) o a través de cualquiera de los procedimientos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para acogerse, provisionalmente, a la exención del pago de la diferencia entre el precio de los créditos que le corresponda pagar y el que le correspondería en caso de tener la condición de residente, se deberá hacer llegar a la secretaría del centro universitario responsable de los estudios que se van a cursar, en el momento de realizar la matrícula, el justificante de haber solicitado esta ayuda en plazo y forma.
Más información
Finalidad de la convocatoria
La finalidad perseguida por esta convocatoria es la de atender las solicitudes de estudiantes extranjeros no residentes, que no sean nacionales de estados miembros de la Unión Europea, que cursen estudios oficiales de Grado o de Máster universitario en la Universidad de Zaragoza durante el curso académico 2025‐2026 y que por motivos económicos debidamente justificados no puedan iniciar o continuar sus estudios debido al precio marcado para este colectivo de estudiantes, sin perjuicio de lo que prevean los convenios o tratados internacionales suscritos por España, de aplicación del régimen comunitario y del principio de reciprocidad.
Tramitación
La comisión de selección de becarios comprobará que los solicitantes reúnen los requisitos exigidos en esta convocatoria y que su documentación se ajusta a lo dispuesto en la misma para, en caso contrario, requerir a los interesados con el fin de que subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos. Asimismo, podrá requerirles la información o, en su caso, la documentación complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su función evaluadora.
Dirección a efectos de comunicaciones
Cualquier comunicación que la comisión de selección precise realizar a los interesados durante el proceso de valoración de las solicitudes, se efectuará en la dirección de correo electrónico que hayan indicado en el impreso de solicitud.
Propuesta de resolución
En el plazo de tres meses contados desde el fin del último plazo de presentación de solicitudes, la comisión de selección, una vez valoradas las solicitudes e inmediatamente antes de dictar resolución, pondrá de manifiesto a los interesados la propuesta de resolución mediante su publicación en el Tablón Oficial de la Universidad de Zaragoza [sede.unizar.es], para que en el plazo de diez días hábiles los interesados presenten las alegaciones que estimen pertinentes. La publicación de la propuesta de resolución en el tablón oficial indicado tendrá la consideración de notificación oficial a las personas interesadas. No obstante, y con efectos informativos, la fecha de publicación de la propuesta de resolución en el Tablón Oficial se comunicará a cada solicitante a través de la dirección de correo electrónico indicada en su solicitud, sin perjuicio de que le sea comunicada, también por correo electrónico, la información de la propuesta de resolución, con las causas de denegación en su caso.
Resolución
Transcurrido el plazo de alegaciones descrito en la base anterior, la comisión de selección, a la vista de las alegaciones presentadas, resolverá definitivamente el procedimiento y ordenará su publicación en el Tablón Oficial de la Universidad de Zaragoza [sede.unizar.es] La publicación de la resolución definitiva en el tablón oficial indicado, tendrá la consideración de notificación oficial a las personas interesadas. No obstante, y con efectos informativos, la fecha de publicación de la propuesta de resolución en el Tablón Oficial se comunicará a cada solicitante a través de la dirección de correo electrónico indicada en su solicitud, sin perjuicio de que le sea comunicada, también por correo electrónico, la información de la resolución definitiva, con las causas de denegación en su caso.
Incompatibilidades
Estas ayudas tienen carácter complementario y por lo tanto son incompatibles con las concedidas por cualquier otro organismo público o privado para la misma finalidad y por los mismos conceptos.
Extensión de las ayudas
Las ayudas previstas en la presente convocatoria alcanzan exclusivamente a la matrícula correspondiente al curso académico 2025‐2026 en estudios oficiales de Grado o de Máster universitario.
Enlaces de interés
https://sede.unizar.es/?app=touz&opcion=mostrar&id=69260
Documentación a adjuntar
Junto al formulario de solicitud, los estudiantes deberán aportar los siguientes documentos:
- a. Documento que acredite la estancia legal del solicitante en España [estancia o residencia por estudios, etc…] o, en caso de que haya caducado, justificación de que se han iniciado los trámites para su renovación.
- b. Fotocopia del documento de identidad/Pasaporte de todos los componentes de la unidad familiar.
- c. Fotocopia de los ingresos correspondientes al año 2024 de los miembros de la unidad familiar con ingresos computables.
- d. Fotocopia del documento que acredite la propiedad o el alquiler de la vivienda en la que el solicitante va a residir durante el curso académico.
- e. Cuando los estudios previos de acceso al Grado o al Máster se hayan cursado u obtenido en sistemas universitarios extranjeros, se deberá aportar la credencial de homologación que incluya la nota media. En su defecto, se acompañará la “Declaración de equivalencia de nota media de estudios universitarios realizados en centros extranjeros”, para lo que deberán cumplimentar el formulario de declaración de equivalencia de nota media que se encuentra accesible en la siguiente dirección del Ministerio, donde asimismo se incluyen las indicaciones oportunas para su correcta cumplimentación: https://universidades.sede.gob.es/pagina/index/directorio/Equivalencia_notas_medias
Los documentos deberán ir acompañados, en su caso, de la correspondiente traducción jurada al castellano [excepto si están en idioma inglés].