Becas Campus Rural UVA
INSCRIPCIONES
Becas Campus Rural UVA: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Campus Rural UVA son convocadas por la Universidad de Valladolid. En la presente convocatoria se ofrecerán 25 plazas para que los estudiantes puedan realizar sus prácticas académicas externas en administraciones locales, entidades sin ánimo de lucro o empresas legalmente constituidas de municipios de menos de 5000 habitantes, de zonas rurales con problemas de despoblación.
Los beneficiarios de las Becas Campus Rural UVA recibirán una dotación económica de 1000 euros al mes. La duración de las prácticas serán de tres meses consecutivos.
Podrán optar a las Becas Campus Rural UVA los estudiantes de grado y máster de la UVA, que estén dispuestos a residir en la localidad donde vayan a realizar las prácticas o a no más de 20 kilómetros de la misma, entre otros requisitos indicados en la convocatoria. Para valorar a los estudiantes que serán seleccionados se tendrán en cuenta criterios como nota media del expediente académico o tener una titulación que sea demandada en ese momento por las entidades que ofrecen las prácticas.
Aquí encontrarás toda la información que necesitas para solciitar una de las Becas Campus Rural UVA, y si cumples con los requisitos te recomendamos que las solicites. Además en nuestra web también podrás encontrar otras becas ofrecidas por la UVA.
Datos básicos
- Nº de becas
- 25
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos de participación de las Becas Campus Rural UVA:
Para participar en este programa de becas se deben cumplir los siguientes requisitos:
- a. Ser estudiante de titulaciones oficiales de GRADO y MASTER de la Universidad de Valladolid.
- b. Haber superado el 50% de créditos del correspondiente título universitario o lo que requiera el comité de título, en el momento de finalización del plazo de inscripción. En el caso de enseñanzas de Máster, bastará con la acreditación de la matriculación en el curso correspondiente de comienzo de las prácticas.
- c. No mantener relación contractual de tipo laboral, de prestación de servicios o asimilable con ninguna empresa, institución o entidad donde va a hacer las prácticas.
- d. No estar en disposición de solicitud del título en el momento de iniciar la práctica y no solicitar el título mientras se realizan las prácticas.
- e. Estar dispuesto a residir en la localidad donde se va a realizar la práctica o residir a no más de 20 km de distancia con el visto bueno de la Universidad.
- f. No haber realizado prácticas con una duración igual o superior a lo establecido en la normativa de prácticas para la titulación en la que se ofertan las mismas.
- g. No estar disfrutando de otra ayuda o beca formativa de características análogas a este programa.
- h. Los requisitos se deben cumplir a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Dotación
Dotación de las Becas Campus Rural UVA:
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico aporta una beca de 1.000 euros brutos mensuales, que se abonará a través de la Universidad de Valladolid a mes vencido.
Las cotizaciones a la Seguridad Social estarán sujetas a la normativa de prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, así como a las posibles bonificaciones o exenciones de la Seguridad Social.
Dado el carácter formativo de las prácticas académicas externas, de su realización no se derivarán, en ningún caso, obligaciones propias de una relación laboral, ni su contenido podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.
Presentación
Las solicitudes de las Becas Campus Rural UVA se dirigirán al Servicio de Información y Prácticas de Estudiantes y se presentarán:
- a. Electrónicamente, de acuerdo con la Ley 39/2015 y de conformidad con el Reglamento de la Universidad de Valladolid por el que se implantan los medios electrónicos que facilitan el acceso de los ciudadanos a los servicios públicos de la Universidad de Valladolid y se crean la Sede Electrónica y el Registro Electrónico de la Universidad de Valladolid (aprobado por Resolución de 13 de junio de 2012, «BOCyL» de 26 de junio), de la siguiente forma: La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica de la UVa (https://sede.uva.es), acompañada de la documentación requerida en esta convocatoria. A estos efectos, el registro electrónico de la sede electrónica de la Universidad de Valladolid será accesible en la dirección: https://sede.uva.es/opencms/opencms/es/Sobre_la_Sede/Registro_Electronico/index.html seleccionando el botón “Solicitud general”. Para acceder al trámite, es preciso autenticarse mediante su clave de usuario y contraseña de la UVa o con un certificado digital reconocido. Una vez presentada la solicitud y la documentación que la acompaña, en la "Carpeta ciudadana" de la sede electrónica, en el apartado "Mis trámites" podrá obtener el resguardo de solicitud que deberá ser conservado por el solicitante para acreditar, en caso de que resulte necesario, la presentación de su solicitud en el plazo y forma establecidos.
- b. Excepcionalmente, además de por el procedimiento previsto en el apartado anterior, podrán presentarse las solicitudes en cualquiera de las otras formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si la solicitud no reúne los requisitos exigidos en esta convocatoria o no se acompaña de la documentación exigida en la misma, se requerirá a la persona solicitante para que subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. De no hacerlo así, se archivará, sin más trámite, con los efectos previstos en el artículo 21 de la citada Ley.
Cualquier notificación que deba realizarse vinculada a esta convocatoria se llevará a cabo por medios electrónicos de acuerdo con lo establecido en el artículo 41.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administración Públicas y con el Reglamento de Notificaciones y Comunicaciones electrónicas en la Universidad de Valladolid, aprobado por el Consejo de Gobierno en sesión de 28 de junio de 2019, BOCyL nº 120 de 8 de julio.
Más información
Objeto
La Universidad de Valladolid, a través del Servicio de Prácticas y del Vicerrectorado de Estudiantes y Empleabilidad, convoca 25 plazas para la realización de prácticas académicas externas dirigidas a estudiantes universitarios. Las plazas están dotadas con una bolsa o ayuda económica y con cobertura de los costes de cotización a la Seguridad Social.
Programa Campus Rural, es una iniciativa desarrollada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (en adelante MITERD), en colaboración con el Ministerio de Universidades y la Conferencia de Rectores de las Universidades Públicas Españolas (CRUE), que permitirá que los universitarios de cualquier titulación oficial puedan llevar a cabo prácticas académicas, en administraciones locales, entidades sin ánimo de lucro o empresas legalmente constituidas que desarrollen su actividad en municipios de menos de 5000 habitantes y concretamente en zonas rurales con problemas de despoblación de la Comunidad Autónoma.
Legislación aplicable: Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios y en el vigente Reglamento sobre prácticas académicas externas de la Universidad de Valladolid.
Se ofrecen 25 plazas de prácticas de las titulaciones de Grado y Máster de la UVa.
Periodo de realización de las prácticas será de hasta 3 meses consecutivos dentro del intervalo del 1 de junio al 30 de septiembre, condicionado el mes de septiembre a estar matriculado del curso 2025-2026.
Estar dispuesto a residir en el mismo municipio en el que realice las prácticas, o en municipios de similares características situados a una distancia no superior a 20 km del municipio de realización de la práctica, con el visto bueno de la Universidad.
Duración
Las prácticas académicas externas tendrán una duración de hasta 3 meses consecutivos dentro del intervalo del 1 de junio al 30 de septiembre. El horario será de 30 ó 35 horas semanales que será pactado entre la empresa/entidad y la persona becada, procurando el aseguramiento del correcto desarrollo y seguimiento de las actividades académicas del estudiante. En ningún caso, podrá llevarse a cabo la realización de las prácticas académicas externas de manera fraccionada, salvo autorización de la universidad.
Criterios de valoración
- Que su titulación figure entre las descritas en la oferta de prácticas por las entidades, instituciones y/o empresas.
- Nota media del expediente académico del estudiante, con dos decimales.
- En caso de empate en la nota media se tendrá en cuenta el mayor número de créditos superados en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- Que el estudiante haya manifestado por escrito estar dispuesto a residir en el lugar donde se realice la práctica o, en su caso a no más de 20 kilómetros, durante el periodo de prácticas.
- Se creará un listado de suplentes, ordenado por los criterios establecidos en este apartado para el caso de renuncias o imposibilidad de realización por parte del beneficiario inicial.
Proceso de asignación de plazas
El Servicio de Información y Prácticas de Estudiantes, instruirá el procedimiento en aplicación a la presente convocatoria y presentará propuesta de Resolución al Vicerrectorado de Estudiantes y Empleabilidad, órgano competente para resolver.
El estudiantado seleccionará las ofertas en las que están interesados que figuran en el ANEXO: EMPRESAS-OFERTAS y las ordenará por preferencias en el Modelo de Solicitud. Podrán elegir hasta un máximo de 8 ofertas. ASIGNACIÓN DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS.
La asignación de la beca se realizará por la Universidad de Valladolid, a través de una Comisión de Seguimiento que estará presidida por la Vicerrectora de Estudiantes y Empleabilidad, la Directora de Área de Empleabilidad y un miembro del Servicio de Información y Prácticas (que actuará como secretario de la Comisión). Dicha Comisión, que actuará de acuerdo con los principios de transparencia, capacidad y mérito, determinará, con carácter previo, los criterios de selección siguientes:
- 1. Tienen preferencia los/las estudiantes que no han realizado sus prácticas curriculares sobre los que si las hayan realizado y que no hayan disfrutado de esta ayuda en años anteriores.
- 2. Nota media del expediente.
- 3. En caso de empate, el estudiante que tenga más créditos superados.
- 4. Al estudiante se le asigna la entidad que ha seleccionado en primer lugar según el orden de petición y no puede cambiar a la segunda y sucesivas.
- 5. Se tendrá en cuenta si a la empresa ya se le ha asignado a otro estudiante. Dando preferencia a las empresas que no tengan asignado a ninguno.
- 6. Si el/la estudiante renuncia a la asignación no tiene posibilidad de que se le asigne otra entidad.
Financiación de beca o ayuda económica
La Universidad recibirá la dotación del Ministerio de Transición Ecológica y del Reto Demográfico concepto de mecenazgo, al amparo de lo previsto en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo (artículo 25), debiendo destinar la misma:
- a. Al pago de una bolsa o ayuda económica al estudiante participante.
- b. Y al cumplimiento de las obligaciones que, en materia de seguridad social, fiscal o de cualquier otro tipo con carácter general, correspondan o puedan llegar a corresponder, por imperativo legal o reglamentario, a la propia Universidad de Valladolid, en cuanto financiadora directa de las mismas.
Este importe podrá variar en función de que la práctica tenga la consideración de práctica curricular o no (puesto que en el primer caso y al amparo de lo dispuesto en la Disposición Adicional Vigesimoquinta del Real Decreto-Ley 8/2014, de 4 de julio o cualquier otra norma que la sustituya, modifique o complemente en el futuro, podría estar bonificada en la cotización de la Seguridad Social).
La beca o ayuda económica es compatible con cualquier otra ayuda que el/la estudiante pueda obtener de la empresa de destino, salvo lo previsto en el requisito de participación, letra g).
En todo caso, el importe correspondiente a la beca/ayuda al estudio se abonará al/la estudiante por la Universidad en la cuenta corriente de Entidad Bancaria indicada de la que deberá ser titular el/la estudiante solicitante. Se efectuará por mensualidades de acuerdo a la normativa interna de gestión en relación con las prácticas académicas externas formativas.
En caso de que no llegara a completarse el período de la beca, si la finalización prematura es decidida por el/la estudiante, y no es debidamente justificada y/o avisada con tiempo suficiente, la Universidad podrá reclamarle los gastos ocasionados.
Obligaciones de la persona beneficiaria
- Comunicar al Servicio de prácticas, cualquier cambio en sus circunstancias que implique una situación de incompatibilidad o inhabilitación.
- Incorporarse al Centro de prácticas en la fecha señalada de acuerdo a la adjudicación, y acordar el plan de trabajo y horario para la colaboración y formación en tareas relacionadas con la beca, facilitando la compatibilidad con sus estudios.
- Realizar su labor de acuerdo con el plan aprobado originariamente, cumpliendo con aprovechamiento las distintas etapas del proyecto.
- Presentar una memoria de la actividad práctica realizada, que incluirá un breve informe sobre su aspecto formativo, que se entregará al Servicio de Prácticas de la UVa, en un plazo máximo de un mes desde la finalización del período de disfrute de la beca.
- Cumplir las obligaciones generales previstas en los artículos 14 y 16 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en cuanto sean de aplicación a este procedimiento, así como a cuantos requisitos o compromisos académico-formativos se establecen en la presente convocatoria, tanto para la concesión como para el disfrute de la ayuda, y a notificar, en los casos que proceda, el incumplimiento de alguno de ellos durante el período de disfrute de la misma.
- Estar dispuesto a residir en el mismo municipio en el que realice las prácticas, o en municipios de similares características situados a una distancia no superior a 20 km del municipio de realización de la práctica, con el visto bueno de la Universidad.
Resolución
La convocatoria será resuelta por la Vicerrectora de Estudiantes y Empleabilidad, en ejercicio de la competencia delegada por el Rector en materia de becas y ayudas a los estudiantes, a la vista del informe de la Comisión de Valoración y de su propuesta motivada.
La resolución se publicará en la página web de la Universidad de Valladolid, en el Tablón electrónico de anuncios de la Sede Electrónica (www.uva.es) Sede Electrónica – Tablón de Anuncios – Estudiantes). La publicación de esta resolución tendrá el carácter de notificación a los interesados, de acuerdo con lo establecido en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo para resolver la convocatoria y publicar la resolución será 15 de mayo de 2025, publicándose la lista de estudiantes seleccionados y plazas adjudicadas.
Contra la resolución de esta convocatoria, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente a su publicación, ante el Juzgado competente de lo Contencioso- Administrativo de Valladolid (artículos 8.2 y 13 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante el Rectorado de la Universidad de Valladolid, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación. En este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de reposición. Asimismo, cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en las formas establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Documentación a adjuntar
Las personas interesadas en participar en la presente convocatoria deberán presentar la solicitud que figura como Anexo I Solicitud (que se publica en la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid con esta convocatoria) dirigida al Servicio de Prácticas de Estudiantes, adjuntando:
- Compromiso de disponer de residencia en la localidad donde se va a realizar la práctica o no residir a más de 20 km de distancia, con la autorización de la Universidad.
- Currículum vitae.