Becas de Formación en el Programa de Respiro Familiar del SACU
Becas de Formación en el Programa de Respiro Familiar del SACU, cómo solicitarlas, plazos, requisitos
INSCRIPCIONES
Descripción
Las Becas de Formación en el Programa de Respiro Familiar del SACU, son convocadas por la Universidad de Sevilla para que los estudiantes realicen prácticas formativas en el ámbito de atención a la dependencia. De esta forma los estudiantes podrán complementar su formación práctica y favorecer a personas que necesitan ayuda por tener familiares dependientes a su cargo.
En esta convocatoria se ofrecerán 7 Becas de Formación en el Programa de Respiro Familiar del SACU con una dotación de 180 euros al mes por beca. Los estudiantes deben estar matriculado en un grado o máster de esta universidad, de los que se determinan en los requisitos. Los beneficiarios de las becas, realizarán unas actividades que serán supervisadas por una trabajadora social del SACU, que será su tutura y supervisará el desarrollo de sus actividades formativas.
Para la eleccioń de los beneficiarios de las becas, se tendrá en cuenta el expediente académico, los créditos superados y la entrevista personal. Los beneficiarios deberán realizar las prácticas desde que se incorporen en noviembre hasta diciembre, durante 10 horas a la semana.
Si deseas saber toda la información sobre las Becas de Formación en el Programa de Respiro Familiar del SACU, puedes consultarla en nuestra web.
Datos básicos
- Nº de becas
- 7
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Carrera
- Lenguas Modernas - Lenguas Clásicas - Filologías
- Enfermería
- Fisioterapia
- Medicina
- Odontología
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
- Los beneficiarios de estas becas de formación deberán realizar las actividades de formación desde su incorporación, en el mes de septiembre de 2023, hasta el 31 de diciembre de 2023, durante 10 horas semanales.
- Si existiese crédito presupuestario suficiente en el ejercicio 2024, estas becas se prorrogarán automáticamente hasta el 31 de julio de 2024.Si el crédito presupuestario en el ejercicio 2024 no fuese suficiente para prorrogar las becas hasta dicha fecha, éstas se prorrogarán hasta la fecha que permita el crédito disponible.
- El contenido de la formación de estas becas se concreta en el Plan de Formación que se acompaña como Anexo a esta convocatoria.
- No podrán disfrutar de estas becas aquellos estudiantes que con anterioridad hayan disfrutado de otra beca o ayuda de formación en la Universidad de Sevilla por la totalidad del periodo establecido en la correspondiente convocatoria, siempre y cuando dicho periodo haya alcanzado de forma continua o discontinua una duración total de 12 meses.
- Aquellos estudiantes que no hayan disfrutado de la totalidad del periodo establecido en otra convocatoria de becas/ayudas de formación podrán ser beneficiarios de las becas previstas en esta convocatoria por el periodo que reste hasta completar un total de 12 meses, contabilizándose en este cómputo el periodo de formación realizado en la beca o ayuda de formación disfrutada anteriormente,de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de becas de formación mediante la colaboración en Servicios de la Universidad de Sevilla (Acuerdo 8.5/C.G. 20-12-12).
- Estas becas están destinadas a estudiantes matriculados en el curso 2022-2023 en una titulación oficial conducente a la obtención de un título de Grado o Máster Universitario en la Universidad de Sevilla. Estos estudiantes deberán estar matriculados de, al menos, 12 créditos necesarios para la obtención de alguno de los siguientes títulos oficiales:
- Doble Grado en Educación Primaria y Estudios Franceses.
- Doble Grado en Lengua y Literatura Alemanas y en Educación Primaria.
- Doble Grado en Educación Infantil y Primaria.
- Doble Grado en Educación Infantil y Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.
- Grado en Enfermería.
- Grado en Fisioterapia.
- Grado en Podología.
- Grado en Medicina.
- Grado en Odontología.
- Grado en Pedagogía.
- Grado en Psicología.
- Grado en Educación Infantil.
- Grado en Educación Primaria.
- Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.
- Máster Universitario en Estudios Avanzados en Cerebro y Conducta.
- Máster Universitario en Psicología de la Intervención Social y Comunitaria.
- Máster Universitario en Intervención y Mediación Familiar.
- Máster Universitario en Actividad Física y Calidad de Vida de Personas Adultas y Mayores.
- Máster Universitario en Psicología General Sanitaria.
- Máster Universitario en Odontología Infantil.
- Máster Universitario en Odontología Médico.
- Quirúrgica e Integral.
- Máster Universitario en Odontología Restauradora, Estética y Funcional.
- Máster Universitario en Estudios de Género y Desarrollo Profesional.
- Máster Universitario en Necesidades Educativas Especiales y Atención a la Diversidad en la Escuela.
- Máster Universitario en Nuevas Tendencias Asistenciales en Ciencias de la Salud.
- Máster Universitario en Psicología de la Educación. Avances en Intervención Psicoeducativas y Necesidades Educativas Especiales.
- Máster Universitario en Psicopedagogía.
- Se considerará que cumplen este requisito, aquellos estudiantes que estén matriculados de menos de 12 créditos y sean los últimos que le resten para finalizar sus estudios.Los beneficiarios de estas becas tendrán la obligación de matricularse en el curso 2023-2024 de,al menos, 3 créditos en una titulación oficial conducente a la obtención de un título de Grado o Máster Universitario en la Universidad de Sevilla. En caso de no matricularse en el curso 2023-2024 se le revocará la beca.
- Los beneficiarios de estas becas deberán tener superado hasta el curso 2021-2022, inclusive, al menos, el 50% de los créditos necesarios para obtener un título oficial de Grado en la Universidad de Sevilla. En el caso de los estudiantes matriculados en un Máster Universitario, se considerará la titulación que les da acceso al Máster para el cumplimiento de este requisito.
Dotación
Se convocan hasta 7 becas para estudiantes con una dotación individual de 180,00 euros mensuales, a los que hay que aplicar las correspondientes deducciones por IRPF y cuotas a la Seguridad Social.
Presentación
Los estudiantes, para participar en la convocatoria, deberán seguirlos siguientes pasos:
- Cumplimentar y aceptar/validar el formulario online que estará disponible en la página webwww.becas-santander.com o directamente en el vínculo: https://app.becassantander.com/es/program/becas-santander-becas-formacion-sacu-programa-respiro-familiarcurso-2023-24. En el formulario debe rellenar obligatoriamente el campo de su correo electrónico como estudiante de la Universidad de Sevilla cuyo dominio es @alum.us.es.
- Cumplimentar el impreso de esta convocatoria que estará disponible en el Portal de la Universidad de Sevilla, en el Apartado: Estudiar / Becas y Ayudas / Becas y Ayudas de Formación / Propias / Beca de formación en el Programa de Respiro Familiar del SACU:(https://www.us.es/estudiar/becas-ayudas/becas-y-ayudas-de-formacion/propias)
El impreso debidamente cumplimentado, junto con la documentación requerida, podrá presentarse:
- De forma telemática (requiere certificado digital de la FNMT). La presentación telemática de la solicitud se realizará a través del Registro Electrónico del AGE (https://rec.redsara.es) a la quese adjuntarán en formato PDF la documentación correspondiente, indicando como destinatario en la solicitud “Universidad de Sevilla”.
- De forma presencial en el Registro General de la Universidad de Sevilla, a través de las Oficinasde Asistencia en Materia de Registros, sitas en C/San Fernando, 4 (Rectorado) o en Paseo delas Delicias, s/n (Pabellón de Brasil). Para ello se deberá pedir cita previa en el siguiente enlace: https://institucional.us.es/cprevias/index.php(Una vez acceda a este enlace, deberá seleccionar “Registro General” y a continuación elegir cualquiera de las dos Oficinas de Registro).
- En cualquiera de las formas presenciales establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria.
Más información
Plan de formación
Puedes encontrar el plan de formación en el siguiente enlace: https://www.us.es/sites/default/files/becas-y-ayudas/becas-formacion/becas-form-vice-dinam-centros/BF%20RESPIRO%20FAMILIAR%202023-2024%206.report.pdf
Baremo
Para la Resolución de esta convocatoria, se tendrá en cuenta el expediente académico del solicitante, los cursos realizados por éste en relación con el objeto de estas becas y la entrevista personal realizada.
Los candidatos se ordenarán de mayor a menor puntuación, de acuerdo con el siguiente baremo:
- Se asignarán hasta 3,00 puntos por la nota media del expediente académico del candidato obtenida hasta el curso 2021-2022 o último curso universitario realizado con anterioridad, en la titulación en la que se encuentre matriculado en el curso 2022-2023, de acuerdo con la siguientes escala:
- Nota media entre 5,00 y 5,49: 0,25 puntos
- Nota media entre 5,50 y 5,99: 0,50 puntos
- Nota media entre 6,00 y 6,49: 0,75 puntos
- Nota media entre 6,50 y 6,99: 1,00 punto
- Nota media entre 7,00 y 7,49: 1,25 puntos
- Nota media entre 7,50 y 7,99: 1,50 puntos
- Nota media entre 8,00 y 8,49: 2,00 puntos
- Nota media entre 8,50 y 8,99: 2,50 puntos
- Nota media igual o superior a 9,00: 3,00 puntos
A los estudiantes matriculados por primera vez en el 1º curso de un Máster Universitario se les asignará la nota media obtenida en la titulación que les da acceso al mismo.
- Se asignarán hasta 3,00 puntos por el porcentaje de créditos superados en la titulación en la que se encuentre matriculado en el curso 2022-2023 (sólo se tendrán en cuenta los créditos superados hasta el curso 2021-2022 o último curso universitario realizado con anterioridad), de acuerdo con la siguiente escala:
- 50 a 54,99 % 1,00 punto.
- 55 a 59,99 % 1,25 puntos
- 60 a 64.99 % 1,50 puntos
- 65 a 69,99 1,75 puntos
- 70 a 74,99 2,00 puntos
- 75 a 79,99 2,25 puntos
- 80 a 84,99 2,50 puntos
- 85 a 89,99 2,75 puntos
- Desde 90 %, inclusive 3,00 puntos.
- Cursos realizados relacionados con el objeto de la beca: Se sumarán las horas lectivas de todos los cursos realizados por los candidatos relacionados con el objeto de la beca, asignándose hasta 2,00 puntos en función del total de horas, de acuerdo con la siguiente escala:
- Hasta 20 horas lectivas de cursos realizados: 0,50 puntos
- Hasta 30 horas lectivas de cursos realizados: 0,75 puntos
- Hasta 40 horas lectivas de cursos realizados: 1,00 punto
- Hasta 50 horas lectivas de cursos realizados: 1,25 puntos
- Hasta 60 horas lectivas de cursos realizados: 1,50 puntos
- Hasta 70 horas lectivas de cursos realizados: 1,75 puntos
- + de 70 horas lectivas de cursos realizados: 2,00 puntos
- Entrevista personal: Se asignarán hasta 2,00 puntos a la entrevista personal realizada.
- a. la no superación de los umbrales de renta establecidos en el art. 19.3 de la Resolución de 10 de marzo de 2022, de la Secretaría de Estado de Educación por la que se convocan becas de carácter general del Ministerio de Educación y Formación Profesional para el curso 2022-2023 (BOE nº 61 de 12 de marzo de 2022).
- b. la menor renta per cápita de la unidad familiar del solicitante.
- c. el cumplimiento de los requisitos patrimoniales establecidos en el art. 20 de la Resolución de 10 de marzo de 2022, de la Secretaría de Estado de Educación por la que se convocan becas de carácter general del Ministerio de Educación y Formación Profesional para el curso 2022-2023 (BOE nº 61 de 12 de marzo de 2022).
- d. tener superado el mayor porcentaje de créditos necesarios para su titulación hasta el curso 2021-2022, inclusive.
- e. la nota media del expediente académico.
- a. Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en esta convocatoria y en el correspondiente Plan de Formación.
- b. Someterse a las actuaciones de comprobación precisas para verificar, en su caso, el cumplimiento y efectividad de las condiciones de concesión de estas becas.
- c Realizar las actividades contempladas en el plan formativo.
- d Cumplir diligentemente y con aprovechamiento las acciones formativas establecidas en el Plan de Formación.
- e Respetar los medios materiales puestos a su disposición para su actividad formativa.
- f. Mantener confidencialidad respecto a los asuntos que conozca en el desarrollo de estas becas, ya no dar publicidad, difundir, conservar, copiar, sustraer o utilizar en general ningún documento o información de cualquier tipo que pertenezca a la Universidad de Sevilla.
- g. Comunicar la existencia de cualquier posible causa de incompatibilidad.
- h. Cualesquiera otra fijadas en esta convocatoria, normativa propia de la Universidad y por la legislación vigente.
- a. Sesiones teóricas organizadas por el Vicerrectorado de Servicios Sociales, Campus Saludable,Igualdad y Cooperación, incluidas en el Plan formativo específico para esta convocatoria.
- b. Sesiones prácticas con las personas dependientes que podrán consistir en:
- Acompañamiento y apoyo puntual en su domicilio o fuera del mismo.
- Acompañamiento en salidas programadas de Ocio y Tiempo Libre en sábado, domingo o festivos.
- Servicio de acompañamiento en trayectos cortos: Apoyo dirigido a familias de la comunidad universitaria con personas dependientes a su cargo y que por diversas razones no pueden acompañar al familiar dependiente al centro donde habitualmente recibe atención.
- Acompañamientos esporádicos a citas médicas o de otro ámbito.
Documentación a adjuntar
La solicitud deberá ir acompañada de los siguientes documentos:
a. Currículum con la formación documentada y acreditada del solicitante, donde se valorará,especialmente, la formación teórica relacionada con la Atención de Personas Dependientes. Se presentará en un fichero informático en formato PDF. No será válida su presentación en papel.
b. Copia de los certificados de los cursos realizados relacionados con el objeto de la beca en un fichero informático en formato PDF. No será válida su presentación en papel. No valorándose aquellos en los que no se indique el número de horas lectivas realizadas. Aquellos solicitantes que no los aporten, pese a serle requeridos, no serán desistidos de su petición.
c. Certificación académica personal de la titulación que da acceso al Máster Universitario, si ésta ha sido cursada en una Universidad distinta a la Universidad de Sevilla, dónde conste la nota media del expediente académico. En el caso de que la titulación haya sido realizada en una Universidad extranjera, además de la nota media del expediente académico deberán constar los criterios para su cálculo y la equivalencia de la misma con el sistema educativo español.
d. Cualquier otro documento que el solicitante estime conveniente para avalar su solicitud.
Los solicitantes deberán cumplimentar, obligatoriamente, en la solicitud de estas becas, los siguientes extremos:
- Domicilio a efectos de notificación.
- Dirección de correo electrónico.
- Firma de la solicitud.
Aportación de documentación y subsanación de la solicitud.- Se publicará una Resolución conteniendo la relación de los solicitantes que deban aportar la documentación relacionada en el art. 9 o cumplimentar los apartados obligatorios de la solicitud, relacionados en el art. 10 de la convocatoria en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual) y enel Portal de la Universidad de Sevilla, en el Apartado: Estudiar / Becas y Ayudas / Becas y Ayudas de Formación / Propias / Convocatoria de Becas de formación en el Programa de Respiro Familiar del SACU: https://www.us.es/estudiar/becas-ayudas/becas-y-ayudas-de-formacion/propias
La publicación de esta Resolución surtirá los efectos de notificación individual a los interesados.Los solicitantes dispondrán de un plazo de 5 días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de la Resolución que se establece en el párrafo anterior, para aportar la documentación que se establece en el art. 9 de la convocatoria o para cumplimentar los apartados obligatorios de la solicitud relacionados en el art. 10 de esta convocatoria.Los solicitantes que no presenten la documentación establecida en el art. 9 de la convocatoria,a excepción de la referida en el apartado b) del citado artículo, o que no cumplimenten los apartados establecidos como obligatorios de la solicitud en el art. 10 en los plazos fijados en la Resolución que se establece en este artículo, se les considerará desistidos de su petición, notificándose en la Resolución definitiva de la convocatoria.