Becas Santander Progreso-ULPGC
INSCRIPCIONES
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Becas Santander Progreso-ULPGC: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC), junto con el Vicerrectorado de Estudiantes y Deportes, ofrece un amplio programa de becas y ayudas dirigido a todos aquellos estudiantes que cuentan con un excelente rendimiento académico y que se encuentren en una situación económica desfavorable.
La ULPGC cuenta con un convenio con el Banco Santander con el fin de reforzar la enseñanza universitaria, fomentar la inclusión educativa y premiar la excelencia universitaria. Para ello, la universidad de Las Palmas de Gran Canaria convoca las Becas Santander Progreso-ULPGC, que ofrecen ayudas económicas a los estudiantes universitarios matriculados en titulaciones de Grado o Máster.
En esta convocatoria se ofrecen un total de seis Becas Santander Progreso-ULPGC con el objetivo de premiar la excelencia académica de los estudiantes que reúnan los requisitos establecidos en esta convocatoria. Los beneficiarios recibirán una dotación económica de 1.000 euros que irán destinados a sufragar los gastos generados con motivo de los estudios universitarios que están cursando.
En esta web encontrarás todas las becas y ayudas que ofrece la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) y además te contamos todo lo que debes saber sobre las Becas Santander Progreso-ULPGC, plazos, requisitos y como solicitarla.
Datos básicos
- Nº de becas
- 6
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos generales
Para ser beneficiarios de estas ayudas, además de los requisitos generales contemplados en el art. 11 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se han de reunirlos siguientes requisitos:
- a. Ser estudiante universitario matriculado en titulaciones oficiales de Grado o Máster de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria en el curso 2022-2023 y reunir los requisitos específicos de la convocatoria.
- b. Solicitar la beca en tiempo y plazo mediante los procedimientos establecidos en la Base Tercera.
Por su carácter de beca al estudio, a los beneficiarios no le serán de aplicación lo establecido en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones.
- a. Estar matriculado en el curso académico 2022/2023 en titulaciones oficiales de Grado o Máster en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y de un mínimo de 60 créditos. En el caso de que al estudiante le reste para terminar sus estudios un número de créditos inferior, deberá estar matriculado de todos ellos.
- b. Haber estado matriculado en el curso 2021-2022, y de un mínimo de 60 créditos en el caso de estudiantes de Grado.
- c. Haber finalizado la titulación de acceso al máster en el curso 2021-2022 en la ULPGC.
- d. Haber realizado la EBAU en junio de 2022, la prueba para Mayores en 2022, o haber finalizado los estudios de formación profesional en junio de 2022. No contará el acceso por experiencia profesional,por el colectivo de titulados, o por traslado de expediente.
- e. Los estudiantes de cursos superiores de grado: haber superado un mínimo del 80% de los créditos matriculados en el curso 2021-2022 en la ULPGC y no haber cambiado de estudios.
- f. Acreditar haber obtenido beca del Ministerio de Educación y Formación Profesional o una beca equivalente del Departamento de Educación de cualquier comunidad autónoma en el curso 2021-2022.
- g. Haber obtenido una nota media mínima de:
- Un 7,00 para los estudiantes de Grado de la rama de Ingeniería y Arquitectura
- Un 7,00 para los estudiantes de Grado de la rama de Ciencias
- Un 7,50 para los estudiantes de Grado de la rama de Ciencias de la Salud
- Un 8,00 para los estudiantes de Grado de la rama de Ciencias Sociales y Jurídicas
- Un 8,00 para los estudiantes de Grado de la rama de Artes y Humanidades
- Un 8,00 para estudiantes de nuevo ingreso en Grado
- Un 7,50 para estudiantes de nuevo ingreso en Máster
Dotación
- El importe de la beca será de MIL (1.000,00) euros para cada beneficiario, y su fin es sufragar gastos derivados de la realización de sus estudios universitarios.
- Se abonará mediante transferencia bancaria a la cuenta abierta a nombre del estudiante beneficiario en el Banco Santander.
Presentación
La solicitud de la Beca Santander Progreso 2022-2023 se realizará de manera on-line, mediante la inscripción del estudiante en el Programa “Santander Progreso”, a través de la página web habilitada a tal efecto: www.becas-santander.com
Más información
Distribución y coste de las becas
La ayuda comprende SEIS (6) becas de 1.000 euros cada una que se distribuirán de la siguiente forma:
- Una (1) beca para estudiantes de nuevo ingreso
- Una (1) beca para estudiantes de máster
- Una (1) beca para estudiantes de Grados perteneciente a la rama de Arte y Humanidades
- Una (1) beca para estudiantes de Grados pertenecientes a la rama de Ciencias Sociales y Jurídicas
- Una (1) beca para estudiantes de Grados pertenecientes a la rama de Ingenierías y Arquitectura
- Una (1) beca para estudiantes de Grados pertenecientes a la rama de Ciencias o de Ciencias de la Salud
Procedimiento
- El órgano instructor será el Servicio de Gestión Académica y Extensión Universitaria de la ULPGC. La gestión administrativa se llevará a cabo en la Subdirección de Becas y Ayudas del mismo.
- Las publicaciones de listados, resoluciones o requerimientos se realizarán en la página web de Becas y Ayudas del Servicio de Gestión Académica y Extensión Universitaria https://www.ulpgc.es/becas/otras-becas
- El calendario de actuaciones se recoge en el ANEXO I.
- Los interesados que reuniendo requisitos no resulten beneficiarios, serán ordenados según lo establecido en el apartado ordenación de candidatos, de la presente convocatoria, y formaran parte de un listado de reserva por si se produce alguna renuncia.
- La presentación de solicitudes implica la autorización a la ULPGC para publicar listados motivados sucintamente de admitidos, beneficiarios y excluidos del proceso.
- El plazo máximo de notificación queda establecido en la última fecha fijada en el Calendario de actuaciones (ANEXO I). Los listados publicados, tanto provisionales como definitivos, tendrán el carácter de notificación a los interesados de acuerdo con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- NO se efectuarán notificaciones ni se emitirán resoluciones individuales, excepto en el caso de que se produzca alguna renuncia..
- El ocultamiento o falsedad de los datos de la solicitud conlleva la pérdida de la ayuda sin perjuicio delas responsabilidades legales que resulten exigibles.
- La información relativa a los beneficiarios de becas, ayudas u otras subvenciones públicas con indicación de las cuantías obtenidas, se remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, regulada por el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo (BOE de 30 de marzo de 2019).
- a. Los estudiantes de nuevo ingreso se ordenarán por la nota media de acceso a la ULPGC; en caso de empate, tendrán preferencia los estudiantes de mayor nota media de bachillerato.
- b. Los estudiantes de máster se ordenarán por nota media de la titulación de acceso al máster que conste en el certificado aportado en la preinscripción. En caso de empate, por la mayor puntuación que resulte de sumar el número de créditos matriculados en el último curso de la titulación de acceso a la nota media de ese curso.
- c. Los estudiantes de Grado, se ordenarán primero por porcentaje superado el curso anterior, de mayor a menor, y dentro del porcentaje, por nota media, también de mayor a menor. Serán excluidos de la ordenación los que no reúnan los requisitos de matriculación, porcentaje y nota media descritos en el punto 2. En caso de empate, se acudirá a los estudiantes con más número de calificaciones superiores, esto es, tiene prioridad el que tenga más número de matrículas de honor, en su defecto o en caso de empate, el que tenga más número de las calificaciones más altas.
- Trámite - Plazo
- Todos los listados serán publicados en la página web de becas de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (https://www.ulpgc.es/becas/becas-santander-progreso-curso-2022-2023),atendiendo a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común delas Administraciones Públicas.
- Publicación de listados de beneficiarios y definitivo de excluidos: 22 de noviembre de 2022.
- Plazo de los beneficiarios para presentación de cuenta corriente y aceptación de la ayuda en www.becas-santander.com: del 1 a 7 de diciembre de 2022.
- Reasignacion de becas, en caso de renuncia: del 8 al 14 de diciembre de 2022.
Documentación a adjuntar
Toda la documentación deberá ser presentada en la Sede Electrónica de la ULPGC, (ww.sede.ulpc.es)en la opción “solicitud genérica”, a la que se puede acceder mediante el usuario/contraseña de la ULPGC, o presentarla por los demás medios contemplados en derecho. No será válida la documentación presentada sin haber realizado la inscripción recogida en el punto anterior.
- Los solicitantes con una discapacidad igual o superior al 33% deberán presentar, si no lo hicieron en el momento de la automatrícula en la plataforma de recepción de documentación (PRD-ULPGC), el documento justificativo con indicación del porcentaje en el mismo plazo fijado para la solicitud. En caso de estudiantes con un justificante de discapacidad sin periodo de caducidad, no deberán aportar tal documentación si ya la aportaron en cursos anteriores en la PRD-ULPGC.
- Los estudiantes con beca del Ministerio de Educación en el curso 2021-2022 deben presentar la credencial de becario.
- Los estudiantes con beca del Gobierno de Canarias en el curso 2021-2022 deben indicar fecha y número del Boletín Oficial de Canarias en que fue resuelta su beca deforma favorable.
- Los estudiantes de máster que no hubieran aportado en la preinscripción la certificación completa de la titulación de acceso con la nota media calculada, deberán aportarla.
- La Universidad de Las Palmas de Gran Canaria podrá recabar documentación complementaria a la señalada, a fin de proceder a un estudio más detallado de la solicitud.
La omisión o la presentación de documentación insuficiente podrá ser causa de exclusión.
Personas con discapacidad
Los solicitantes con una discapacidad igual o superior al 33% deberán presentar, si no lo hicieron en el momento de la auto matrícula en la plataforma de recepción de documentación (PRD-ULPGC), el documento justificativo con indicación del porcentaje en el mismo plazo fijado para la solicitud. En caso de estudiantes con un justificante de discapacidad sin periodo de caducidad, no deberán aportar tal documentación si ya la aportaron en cursos anteriores en la PRD-ULPGC.