Becas Fundación Honnor Calzadilla - ULL
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Becas Fundación Honnor Calzadilla - ULL: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Fundación Honnor Calzadilla - ULL son convocadas por la Universidad de La Laguna junto con dicha fundación, con el fin de poder dotar de una ayuda económica a los estudiantes que se matriculen en estudios de postgrado en el ámbito de la Facultad de Educación y las Secciones de Filosofía, Filología y Geografía e Historia de la Facultad de Humanidades de la Universidad de La Laguna, segregadas de la antigua Facultad de Filosofía y Letras.
En la presente convocatoria se ofrecerán 22 becas de las cuales 10 se reservarán para estudiantes de máster y 12 para doctorado. Las cuantías variarán dependiendo de los estudios cursados, con importes que irán desde los 203,80 euros hasta los 665 euros.
Para poder solicitar las Becas Fundación Honnor Calzadilla - ULL se deberán cumplir con los requisitos indicados en la presente convocatoria, tanto a nivel académico, como de residencia y económicos.
Para valorar las solicitudes se tendrá en cuenta los méritos académicos y la formación complementaria como los cursos, los idiomas o la experiencia laboral.
Si quieres consultar las Becas Fundación Honnor Calzadilla - ULL estás en el lugar adecuado. La información de todo lo necesario para solicitarlas, como plazo, requisitos, etc, está aquí.
Datos básicos
- Nº de becas
- 22
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- Licenciatura
- Ingeniería
- Arquitectura
- País de origen
- España
- Región de origen
- Canarias
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Para ser admitidos al proceso selectivo de las Becas Fundación Honnor Calzadilla - ULL, los aspirantes deberán reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
Académicos
- a. Tener formalizada matrícula el curso 2023-24 en un máster oficial o en un doctorado que se desarrolle en la Facultad de Educación o en las Secciones de Filosofía, Filología y Geografía e Historia de la Facultad de Humanidades de la Universidad de La Laguna.
- b. Estar en posesión de un título universitario correspondiente a una licenciatura, grado, ingeniería o arquitectura, oficial u homologado por el ministerio competente en materia de educación, disfrutando de prioridad en la baremación los títulos obtenidos en los cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria.
De residencia
- a. No superar la unidad convivencial los 15.000 euros de renta per cápita en el ejercicio 2023, a que se refiere la declaración de la renta de 2024.
- b. No superar la cantidad de 200.000 € en volumen de facturación en el ejercicio 2023 a que se refiere la declaración de la renta de 2024, cuando algún miembro computable de la unidad de convivencia sea titular de actividad económica (RAE) en estimación objetiva o directa.
Dotación
Se convocan veintidós Becas Fundación Honnor Calzadilla - ULTE, de las que diez se reservan para estudiantes de máster y doce para estudiantes de doctorado, cuyo importe se vincula al coste de los precios públicos abonados conforme establece el Decreto 177/2022, de 3 de agosto, por el que se fijan y regulan los precios públicos a satisfacer por la prestación de servicios académicos y administrativos de las universidades públicas de la Comunidad Autónoma de Canarias, para el curso 2022-2023.
El crédito global de la convocatoria se distribuirá en veintidós becas, cuyo importe individual queda establecido en los siguientes términos:
- 10 becas para estudiantes de máster, cuyo importe máximo se determina atendiendo al carácter del título y a su nivel de experimentalidad.
- ESTUDIOS / IMPORTE MÁXIMO
- GEOGRAFIA, MAESTRO, PEDAGOGIA
- Máster profesionalizante 665,40 €.
- Otros másteres 768,00 €.
- FILOLOGIA, FILOSOFIA e HISTORIA
- Otros másteres 747,00 €.
- 12 becas para alumnado por tutela académica del Doctorado, cuyo importe unitario asciende a 203,80 €.
En todo caso la adjudicación de las becas queda supeditada a la existencia de crédito, dentro de los límites establecidos en la base 2.
Presentación
El alumnado interesado en las Becas Fundación Honnor Calzadilla - ULL deberá cumplimentar el formulario de solicitud y presentarla documentación adjunta que corresponda a través del procedimiento establecido en Sede Electrónica, denominado: “Convocatoria de becas universitarias de la Fundación Honnor-Calzadilla para el curso 2023-2024”.
Más información
Publicidad y efectos de la admisión de aspirantes
- Expirado el plazo de presentación de solicitudes el Vicerrectorado de Estudiantes dictará, en un plazo máximo de diez días, resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, indicando respecto de éstos la causa de exclusión.
- Los aspirantes que no aparezcan en la lista de admitidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución anterior, para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión uomisión. La no subsanación en plazo conlleva la exclusión definitiva del procedimiento. En caso de modificarse la lista provisional el Vicerrectorado dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos.
- Las resoluciones se publicarán en la página web de la Universidad de La Laguna, accediendo para su consulta a la siguiente dirección: https://www.ull.es/portal/convocatorias/categorias/asistenciales/
- Igualmente podrán tener publicidad a través de los medios propios que determine la Fundación.
- La presentación de la solicitud conlleva la aceptación incondicional de la totalidad de las bases que rigen la convocatoria y de las condiciones, requisitos y obligaciones que se contienen en la misma, vinculando por igual a las entidades convocantes, al tribunal calificador y al alumnado que participa.
Méritos computables y procedimiento de selección
- La concesión de la beca se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003.
- El procedimiento de selección constará de una sola fase, la valoración de los méritos acreditados por los y las participantes.
- El procedimiento de baremación tendrá lugar respecto de los méritos y conforme a los criterios de valoración siguientes:
- Méritos académicos. El Tribunal valorará con un máximo de 10 puntos la nota media del expediente académico de la titulación universitaria que se aporta como requisito, con arreglo al siguiente baremo:
- Matrícula de Honor: 10,00 puntos.
- Sobresaliente: 9,00 puntos.
- Notable: 7,50 puntos.
- Aprobado: 5,50 puntos.
- Cuando se aporten dos o más titulaciones ajustadas a lo dispuesto en la base 6.1.b) se baremará como principal la titulación con mejor expediente académico. El expediente de las titulaciones adicionales se valorará con la mitad de puntos del baremo anterior, excluyendo asignaturas convalidadas, reconocidas y adaptadas, pudiendo otorgarse un máximo de 5 puntos por titulación.
- Formación complementaria.
- A. Cursos, prácticas y otras titulaciones. El Tribunal valorará hasta un máximo global de 4 puntos:
- Otras titulaciones universitarias oficiales u homologadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, diferente a la alegada para acceder al Máster, que se valorará a razón de 2 puntos por cada titulación.
- Otras titulaciones universitarias oficiales u homologadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de Graduado, diferente a la alegada para acceder al Máster, que se valorará a razón de 1,5 puntos por cada titulación.
- Titulaciones universitarias oficiales u homologadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de diplomatura, ciclo corto o primer ciclo, que se valorarán a razón de 1 punto por cada titulación.
- Cursos relacionados con la titulación universitaria cuando su duración mínima sea de 25 horas, valorando a razón de:
- 0,25 puntos por cada curso de hasta 100 horas.
- 0,50 puntos por cada curso de más de 100 horas.
- En la documentación acreditativa de los cursos deberá constar el nombre, el número de horas de duración y su fecha de realización.
- Estudios de postgrado que se valorarán conforme al siguiente esquema:
- Títulos de Máster: 1,5 puntos por cada uno.
- Diploma de Estudios Avanzados: 1,5 puntos.
- Título de Doctor: 2 puntos.
- Haber sido beneficiario de un intercambio con cargo al programa europeo Erasmus, mediante la certificación de notas (Transcript of Records) de la universidad de acogida del programa, que se valorará a razón de 1 punto.
- Períodos de prácticas antes de finalizar los estudios universitarios, certificados por la institución en la que se hayan realizado, con una valoración máxima de 1 punto.
- B. Idiomas. El Tribunal valorará con un máximo global de 3 puntos los conocimientos en idiomas debidamente acreditados mediante título universitario o de institución académica oficial. Siguiendo los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas se valorará:
- Con 0,25 el nivel B1 (mínimo puntuable).
- Con 0,50 el B2.
- Con 0,75 el nivel C1.
- Con 1,00 el nivel C2.
- C. Experiencia laboral. El Tribunal valorará con un máximo de 1,2 puntos la experiencia laboral y las prácticas realizadas con posterioridad a la obtención de la correspondiente titulación universitaria, siempre que estén relacionadas con la misma. En la documentación acreditativa deberá constar:
- El tipo de actividad.
- La fecha de inicio y, en su caso, la de finalización.
- El tipo de funciones realizadas.
- El nivel de formación exigido para su realización. Se valorará a razón de 0,1 punto por cada mes acreditado.
- D. Investigación y publicaciones. El Tribunal valorará, con un máximo de 2 puntos, la participación en proyectos de investigación y las publicaciones relacionadas con la titulación universitaria. Se valorará a razón de 0,25 puntos por cada participación, que se acreditará mediante certificación del responsable del proyecto o copia de la carátula o título de la publicación en la que consten los datos bibliográficos de la misma, incluido el nombre del/los autor/es. Se valorará a razón de 0,50 puntos cada publicación de nivel internacional en revistas indexadas dentro de los grupos A y B de la clasificación CIRC. o equivalente.
- El Tribunal podrá, eventualmente, recabar de los aspirantes información más precisa sobre los méritos alegados.
- a. Llevar a cabo la actividad para la que ha sido concedida la beca, esto es, cursar y superar los estudios de postgrado, obteniendo los correspondientes títulos académicos, como máximo, en el plazo de treinta y seis meses computados a partir de la fecha de realización de la matrícula.
- b. Someterse a las actuaciones de comprobación que, en relación con la beca concedida, se practiquen por parte del órgano concedente, así como facilitar toda la información que le sea requerida por estos.
- c. Comunicar al órgano concedente la obtención de otras ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, siempre que superen el 25% del importe concedido. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
- d. Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos que prevé la base 19 y en los tasados por la Ley 38/2003 que resulten aplicables a la presente convocatoria.
Documentación a adjuntar
Los requisitos exigidos en la base anterior se acreditarán acompañando a la solicitud la documentación siguiente:
- a. Fotocopia del D.N.I., pasaporte o documento oficial equivalente, acreditativo de la identidad.
- b. Certificado de residencia en vigor expedido por el Ayuntamiento que corresponda, de las Islas Canarias.
- c. Título universitario español y oficial de licenciado, ingeniero, arquitecto o graduado. En su defecto certificado/resguardo de haber abonado la correspondiente tasa para su expedición. En el caso de títulos extranjeros debe aportarse la credencial de homologación o el certificado de equivalencia, según proceda, cuya emisión compete al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
- d. Certificación académica de las calificaciones obtenidas en la titulación que aporta, que deberá incluir la nota media del expediente.
- e. Currículum vitae acreditativo de los méritos a que se refiere la base 11.
- f. Declaración o declaraciones de la renta 2024, correspondiente a datos fiscales del ejercicio 2023, de las personas que constituyen la unidad familiar o de convivencia del solicitante.
Las declaraciones aportadas o la información fiscal subsidiaria de la persona solicitante de la ayuda, de otros miembros de la unidad familiar o de terceras personas convivientes con ingresos propios, deberán incluir el código seguro de verificación.