Becas Grado Máster Personas Refugiadas o Protección Internacional UGR
INSCRIPCIONES
Becas Grado Máster Personas Refugiadas o Protección Internacional UGR: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Granada ha lanzado una convocatoria que busca apoyar la formación académica de quienes más lo necesitan. A través de las Becas Grado Máster Personas Refugiadas o Protección Internacional UGR se quiere garantizar el acceso a estudios oficiales durante el curso correspondiente. Estas ayudas están dirigidas a personas refugiadas, demandantes de asilo o apátridas que cumplan con los requisitos establecidos.
La convocatoria contempla un total de 5 becas en régimen competitivo, dirigidas a desarrollar estudios de Grado, Máster y a financiar estancias de investigación de Doctorados de las UGR.
El objetivo es cubrir gastos esenciales vinculados a la matrícula y a la vida universitaria. El proceso de selección se realizará en varias fases. Se tendrán en cuenta situaciones de vulnerabilidad, la trayectoria académica y la coherencia del proyecto de estudios.
El comité evaluador está formado por representantes del CICODE y de la Universidad de Granada. Este equipo valorará cada candidatura, asegurando la igualdad de oportunidades y la inclusión de personas con discapacidad.
Las personas seleccionadas tendrán obligaciones específicas como mantener su condición legal, formalizar matrícula y cumplir con los requisitos académicos.
Con las Becas Grado Máster Personas Refugiadas o Protección Internacional UGR la universidad refuerza su compromiso social, fomenta la educación inclusiva y ofrece oportunidades reales para transformar vidas. Apostar por estas ayudas significa apoyar un futuro mejor.
Las Becas Grado Máster Personas Refugiadas o Protección Internacional UGR representan una vía de acceso justa y solidaria. Nosotros te ofrecemos toda la información sobre estas ayudas por si deseas solicitarlas.
Datos básicos
- Nº de becas
- 5
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
- Cualquier nacionalidad
Requisitos
Las personas destinatarias de las Becas Grado Máster Personas Refugiadas o Protección Internacional UGR deben contar con los requisitos correspondientes de entre los siguientes:
- a. Poseer el estatuto de refugiado/a en España, conforme a la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del Derecho de Asilo y de la Protección Subsidiaria, o ser solicitante de protección internacional en España o estar en posesión del resguardo de solicitud de protección internacional, del justificante de la cita de la entrevista de solicitud de asilo a fecha de fin de presentación de solicitudes, o documento registrado dirigido a la Oficina de Asilo y Refugio que acredite la voluntad de solicitar protección internacional y la imposibilidad de acceder a una cita.
- b. Estar en situación de necesidad económica, que le imposibilite hacerse cargo de los costes de matrícula de y/o alojamiento y manutención.
- c. No estar incursas en alguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- d. Acreditar que se ha solicitado el acceso a los estudios correspondientes en la UGR a través del Distrito Único Andaluz (DUA) o mediante traslado de expediente.
Las personas que participen a través de la Vía A (renovación) deberán cumplir, además, los requisitos específicos de continuidad establecidos a continuación:
- e. En caso de solicitantes de ayudas para grado que hayan sido beneficiarios/as de ayudas en el curso académico 2025/2026 para el mismo fin, haber superado al menos el 80% de las asignaturas matriculadas en dicho curso académico.
- f. En caso de solicitantes de ayuda para doctorado que hayan sido beneficiarias/os de ayudasen el curso académico 2025/2026 para el mismo fin, contar con el Informe de Seguimiento Anual (ISA), validado por la Escuela Internacional de Postgrado de la Universidad de Granada (EIP), en el que se acredite el cumplimiento satisfactorio de las actividades formativas y de investigación previstas para el curso académico objeto de la ayuda.
Dotación
Las modalidades de Becas Grado Máster Personas Refugiadas o Protección Internacional UGR ofertadas y sus características son las siguientes:
- Modalidad 1. Ayuda para cursar estudios oficiales de Grado en la UGR. (Puede consultarse la oferta de títulos de Grado oficial en: https://www.ugr.es/estudiantes/grados.)
- Modalidad 2. Ayudas para cursar estudios oficiales de Máster en la UGR. (Puede consultarse la oferta de títulos de Máster Oficial en: https://masteres.ugr.es/.)
- Modalidad 3. Ayudas para financiar estancias de investigación en 2026 de doctorandos de la UGR.
Estas ayudas incluyen los conceptos que se correspondan de entre los que se indican a continuación:
- a. Precios públicos de matrícula y seguros obligatorios.
- b. En caso de acreditar su necesidad, pago de alojamiento y manutención por un importe máximo de 800 € al mes durante los 10 meses del curso académico.
- c. Precios públicos de emisión del título para grado y máster, una vez superados los estudios, por un importe máximo de hasta 176 €, así como de precios públicos del certificado de estudios, por un importe máximo de hasta 26,30 €.
Estas ayudas son compatibles, en régimen de cofinanciación, con las ayudas proporcionadas para alojamiento y manutención por otras instituciones públicas o privadas, siempre que la suma de éstas no supere los 800 € mensuales. Dicha compatibilidad es a los efectos indicados y siempre que la otra ayuda lo permita.
Las ayudas son individuales e intransferibles, es decir, se otorgan a una persona individual concreta. No se establecen ayudas para acompañantes o familiares.
Presentación
- Las solicitudes (Anexo I) de las Becas Grado Máster Personas Refugiadas o Protección Internacional UGR, disponibles en la página web de CICODE: https://sede.ugr.es/procs/CICODE.-Ayudas-al-estudio-y-a-la-investigacion-del-Plan-Propio-deCooperacion-al-desarrollo/, se presentarán preferentemente a través de la Sede Electrónica de la UGR: https://sede.ugr.es/, mediante el procedimiento “CICODE. Solicitud de ayudas al estudio y para la investigación″ durante el período comprendido entre el 23 de julio de 2026 y el 18 de septiembre de 2026, ambos incluidos.
- Asimismo, las solicitudes se podrán presentar en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro de la UGR, a través de cualquiera de las formas recogidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas al Centro de Iniciativas de Cooperación al Desarrollo.
Más información
Objeto
El objeto de la presente convocatoria de ayudas económicas es favorecer que personas refugiadas, demandantes de protección internacional o apátridas que cumplan los requisitos del artículo 5, inicien o continúen en la UGR durante el curso académico 2026/2027 estudios oficiales superiores.
Para ello, se concederán cinco ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, distribuidas en dos vías de participación:
- a. Vía A. Renovación de ayuda: destinada a personas que hayan sido beneficiarias de estas ayudas en el curso 2025/2026 y que cumplan los requisitos de continuidad establecidos en esta convocatoria.
- b. Vía B. Nuevas solicitudes: destinadas a personas que solicitan la ayuda por primera vez. Dentro de esta vía se reservarán dos ayudas preferentemente para estudios oficiales de Máster.
Proceso y criterios de selección
Terminado el plazo de solicitud se procederá del siguiente modo:
- Fase 1: Comprobación documental.
- Comprobación de que las solicitudes recibidas contienen la documentación necesaria y cumplen los requisitos establecidos en la convocatoria.
- En caso de que la solicitud o la documentación presentada resulte incompleta o contenga errores, se requerirá a la persona interesada para que subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos en un plazo de 10 días hábiles, de acuerdo con lo establecido en el artículo 23.5 de la Ley 38/2003 y el artículo 68 de la Ley 39/2015.
- El requerimiento de subsanación se realizará mediante notificación individual a través de la Sede Electrónica de la UGR, sin publicación del listado de solicitudes recibidas.
- Las subsanaciones se presentarán preferentemente a través de la Sede Electrónica de la UGR, sin perjuicio de las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
- Fase 2: Valoración.
- Finalizado el plazo de subsanación, la valoración de las solicitudes se realizará diferenciando las dos vías de participación:
- Vía A (renovación): se evaluarán en primer lugar las solicitudes de renovación, comprobando exclusivamente el cumplimiento de los requisitos de continuidad establecidos en esta convocatoria. Las solicitudes que cumplan dichos requisitos serán propuestas para concesión sin aplicación de criterios de puntuación.
- Vía B (nueva solicitud): a continuación, se valorarán las solicitudes de nueva participación conforme a los criterios de puntuación establecidos a continuación:
- Situaciones de especial vulnerabilidad, priorizando las recogidas en el artículo 46.1 de la Ley 12/2009 (hasta 30 puntos).
- Para Grado:
- Nota media de acceso para solicitudes de primer año (hasta 10 puntos).
- Aprovechamiento académico en 2025/2026 para el resto (hasta 15 puntos).
- No poseer titulación de grado previa (10 puntos).
- Para Máster y Doctorado:
- Coherencia entre trayectoria académica previa y la propuesta, valorada mediante el CV (hasta 10 puntos).
- No poseer titulaciones de máster o doctorado previas (10 puntos).
- Para doctorado en 2025/2026, cumplimiento satisfactorio del ISA (hasta 15 puntos).
Aceptación / renuncia de la ayuda
Las personas beneficiarias de las ayudas tendrán un plazo de cinco días hábiles, desde el día siguiente a la publicación de la resolución definitiva, para aceptar o renunciar a la ayuda mediante la presentación del documento correspondiente disponible en la web del CICODE.
- a. Si desea aceptar la ayuda: Anexo II: Aceptación de ayuda. La aceptación se realizará a través del procedimiento telemático habilitado por Sede Electrónica: ″ CICODE: Aceptación de ayuda”: https://sede.ugr.es/procs/CICODE-Aceptacion-de-ayuda/.
- b. Si desea renunciar a la ayuda: Anexo III: Renuncia a la ayuda. La renuncia se realizará a través del procedimiento telemático habilitado por Sede Electrónica: ″ CICODE: Renuncia a ayuda": https://sede.ugr.es/procs/CICODE-Renuncia-a-ayuda/.
Pasado el plazo indicado sin haber aceptado o renunciado a la ayuda se entenderá que el/la solicitante renuncia a la misma.
En caso de producirse renuncias o revocaciones de oficio se avisará, por orden de prelación, a las personas suplentes que pudieran aparecer en la resolución definitiva.
Enlaces de interés
https://secretariageneral.ugr.es/sites/webugr/secretariageneral/public/inline-files/BOUGR/334/334-1%20BBRR%20Ayudas%20Refugiados%2026-27.pdf
Documentación a adjuntar
Al Anexo I se adjuntará la documentación adicional que a continuación se detalla, así como la requerida en el mismo:
- Copia del Permiso de Residencia, que especifique la protección subsidiaria e internacional, la apatridia o, en su caso, de la Solicitud de Protección Internacional (tarjeta roja, resguardo de solicitud de protección internacional, justificante de la cita de la entrevista de solicitud de asilo, o documento registrado dirigido a la Oficina de Asilo y Refugio que acredite la voluntad de solicitar protección internacional y la imposibilidad de acceder a una cita).
- En su caso, acreditación de la condición de residencia temporal por circunstancias excepcionales por razones humanitarias en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Documentación acreditativa de la situación de necesidad económica en la que se encuentra y que le imposibilita hacerse cargo de los costes de matrícula de y/o alojamiento (en caso de depender de ingresos familiares y no propios, adjuntar la información relativa a las personas tutoras o responsables de la persona solicitante):
- a. Declaración firmada, a fecha de solicitud, de no percibir ningún otro ingreso que los que se acredite en la solicitud.
- b. Informe de exclusión social derivado de los Servicios Sociales Municipales o de cualquiera de las entidades que les estén prestando la atención necesaria en materia de protección internacional donde se especifique, entre otras cuestiones, la situación habitacional. Este informe deberá tener fecha dentro de los tres meses anteriores al último día del plazo de solicitud.
- Currículum vitae.
- En su caso, acreditación de la cofinanciación con la que cuenta para cubrir parte de los gastos necesarios para desarrollar los estudios académicos o sus gastos de alojamiento y manutención durante la realización de estos.
- En caso de solicitantes de ayudas para primer año de grado, papeleta de calificaciones del proceso de admisión a grado.
- En el caso de haber sido beneficiario/a de ayudas para estudios de grado, en el curso académico 2025/2026, el documento que certifique el haber superado, al menos, el 80% de las asignaturas matriculadas en el curso precedente.
- En el caso de haber sido beneficiario/a de ayudas para estudios de doctorado en el curso académico 2025/2026, el Informe de Seguimiento Anual (ISA), validado por la Escuela Internacional de Postgrado de la Universidad de Granada (EIP), en el que se acredite el cumplimiento satisfactorio de las actividades formativas y de investigación previstas en el curso académico 2025/2026.
- Cualquier otro documento que la persona solicitante considere relevante: cartas de recomendación u otros documentos que puedan ser relevantes para acreditar su situación social y económica, etc.
Asimismo, a requerimiento de la Comisión evaluadora, deberá aportarse cuanta documentación adicional le sea solicitada durante el proceso de evaluación.






