Becas UAL+
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Becas UAL+: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Almería (UAL) es una institución académica pública altamente comprometida con sus alumnos y con las dificultades a las que muchos de ellos deben hacer frente durante el desarrollo de su vida académica.
Por ello, esta institución universitaria presenta un amplio programa de Becas y Ayudas entre las que se encuentran las Becas UAL+, que tienen como principal objetivo el de compensar las condiciones sociales y económicas de los alumnos que además cuentan con un excelente nivel de aprovechamiento académico.
Por ello y con la intención de motivar y propulsar el desarrollo de sus estudios universitarios de Grado y Máster, se conceden las Becas UAL+, que ofrecen una dotación económica a los alumnos que resulten beneficiarios, con la intención de que estos puedan hacer frente a parte de los gastos generados.
Además, en esta convocatoria se reservan un número de plazas destinadas a los alumnos que cuentan con algún tipo de discapacidad, poniendo así en alza el principio de igualdad de oportunidades entre el alumnado y ofreciendo nuevas oportunidades a quienes más lo necesitan. Para poder optar a una de las Becas UAL+, se deben reunir los requisitos que se expresan en la convocatoria.
Por todo esto, si eres un alumno de la Universidad de Almería (UAL), estás cursando estudios de Grado o Máster y cuentas con buenos resultados académicos, las Becas UAL+, te ofrecen una gran ayuda para que puedas finalizar los mismos.
Conoce a continuación todos los detalles sobre las Becas UAL+.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Serán destinatarios de las Becas UAL+ aquellos solicitantes que cumplan los requisitos establecidos a continuación:
- a. Estar matriculado en la Universidad de Almería en el curso 2023-2024 en régimen de dedicación a tiempo completo (mínimo 60 créditos), de acuerdo con lo establecido en los artículos 23 y 28 de la Resolución de 15 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2023-2024:
- a. En una titulación oficial conducente a la obtención de un título de Grado.
- b. En una titulación oficial conducente a la obtención de un título de Máster, iniciando por vez primera estudios de este nivel.
- Los solicitantes que tengan la condición legal de persona con grado de discapacidad igual o superior al 33% acreditada en su matrícula en el curso académico 2023-2024, podrán reducir la carga lectiva necesaria para cumplir el requisito de matriculación indicado en el párrafo anterior, hasta un máximo del 50%, debiendo quedar en cualquier caso matriculados de un mínimo de 30 créditos.
- b. Ser beneficiario, a la fecha de resolución de la presente convocatoria, de la Beca de Carácter General del Ministerio de Educación y Formación Profesional o de la Beca UAL de Apoyo al Estudio para Grados y Másteres Oficiales correspondientes al presente curso 2023-2024, debiendo figurar:
- En la Resolución Definitiva de la Beca de Carácter General del Ministerio de Educación y Formación Profesional, como beneficiario de cualquiera de las ayudas previstas en la Resolución de 15 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2023-2024, para estudiantes de enseñanzas universitarias.
- En la Resolución del Vicerrectorado de Estudiantes por la que se apruebe la Relación Definitiva de Beneficiarios de Beca UAL de Apoyo al Estudio para Grados y Másteres Oficiales para el curso académico 2023-2024, como perceptor de cualquiera de las ayudas previstas en la convocatoria.
- De acuerdo con el artículo 4.3 del Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas, para que la ayuda pueda ser consolidada por el estudiante, será preciso, además de cumplir los requisitos establecidos en esta convocatoria, que en la relación definitiva de beneficiarios obtenga un coeficiente de prelación que le sitúe dentro de los créditos económicos consignados.
Dotación
- La Beca UAL+ consistirá en una cuantía fija de 350 euros, para hacer frente a gastos vinculados a los estudios universitarios.
- Estas ayudas se financian con cargo a la partida “Becas y Ayudas al Estudio” del Presupuesto de la Universidad de Almería correspondiente al año 2024, y se concederán con una limitación del número de beneficiarios atendiendo a la dotación presupuestaria destinada para esta convocatoria por el Vicerrectorado de Estudiantes, que asciende a 169.750 euros, pudiendo ser incrementada la cuantía en función de una mayor disponibilidad presupuestaria.
- Para la asignación de las ayudas se establecerán los siguientes cupos:
- a. Un cupo general para estudios de Grado con una dotación de 420 becas, que se distribuirán de forma proporcional entre cada una de las titulaciones con solicitantes, de acuerdo con el número total de estudiantes matriculados en cada una de las titulaciones de Grado en el curso académico 2023-2024.
- Del cupo anterior, se reservará un cupo de 38 becas, al que podrán acceder en igualdad de condiciones, desde cualquier titulación de Grado, aquellos solicitantes que tengan la condición legal de persona con grado de discapacidad igual o superior al 33% acreditado para la formalización de su matrícula en el curso académico 2023-2024, y que no hayan obtenido beca tras la adjudicación del cupo general para estudios de Grado.
- Un cupo general para estudios de Máster con una dotación de 65 becas, que se distribuirán de forma proporcional entre cada una de las ramas de conocimiento correspondientes a las titulaciones con solicitantes, de acuerdo con el número total de estudiantes matricualdos en cada una de las ramas de conocimiento de Máster en el curso académico 2023 - 2024.
- Del cupo anterior, se reservará un cupo de 6 becas, al que podrán acceder en igualdad de condiciones, desde cualquier titulación de Máster, aquellos solicitantes que tengan la condición legal de persona con grado de discapacidad igual o superior al 33% acreditado para la formalización de su matrícula en el curso académico 2023-2024, y que no hayan obtenido beca tras la adjudicación del cupo general para estudios de Máster.
Presentación
Aquellos estudiantes interesados en solicitar las Becas UAL+ deberán cumplimentar obligatoriamente el formulario accesible por vía telemática en la opción Utilidades para Estudiantes > Beca UAL del Campus Virtual de la Universidad de Almería (http://campus.ual.es), al cual se accede mediante el sistema de claves concertadas propio de la UAL, en virtud del cual se identifican y quedan habilitados para la firma dela solicitud, todo ello de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Administración Electrónica de la Universidad de Almería, aprobado por Acuerdo de 23 de febrero de 2021.
Más información
Objeto
El objeto de estas becas es compensar las condiciones socioeconómicas desfavorables y estimular un excelente aprovechamiento académico de los estudiantes matriculados en estudios oficiales de Grado o Máster que, habiendo solicitado la Beca de Carácter General, convocada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, o la Beca UAL de Apoyo al Estudio para grados y másteres Oficiales, convocada por la Universidad de Almería, en el curso 2023-2024, cumplen los requisitos para la obtención de cualquiera de ellas.
Incompatibilidades
- Estas ayudas son incompatibles con la percepción de cualquier otro tipo de beca o ayuda al estudio de carácter público o privado concedida para la misma finalidad, y en particular con la Beca UAL de Excelencia convocada por el Vicerrectorado de Estudiantes en el caso de haber sido concedida en el curso académico 2024-2025, en el supuesto de estudiantes en continuación de estudios, al tener el mismo objeto y estar fundamentada la concesión de la beca en ambos casos, en base a las calificaciones obtenidas en el curso académico 2023-2024. En el caso de solicitar ambas becas, y cumplir los requisitos exigidos para la concesión de cualquiera de ellas, se concederá con carácter preferente la Beca UAL de Excelencia, al estar dotada con una mayor cuantía. En este caso, si hubiera sido adjudicada y abonada la Beca UAL + del curso académico 2023-2024, en la concesión de la Beca de Excelencia del curso 2024-2025, se reflejaría y abonaría la diferencia entre ambas becas, no pudiendo ser superior a 1.000 € la suma de las cantidades concedidas en las dos. Por todo lo expuesto, no existirá causa de incompatibilidad entre las ayudas objeto de la presente convocatoria y la Beca UAL de Excelencia, en el caso de haber sido esta concedida en el curso 2023-2024, al no estar fundamentada la concesión de esta última en el rendimiento académico obtenido en el presente curso académico.
- Estarán exentas de incompatibilidad las becas de carácter general (incluida la ayuda ligada a la excelencia académica) y las becas de colaboración en departamentos para estudiantes universitarios, o becas de movilidad interuniversitaria, convocadas por el Ministerio con competencias en dichas becas, así como aquellas becas o ayudas convocadas por la Universidad de Almería, como la beca UAL de apoyo al estudio para grados y másteres oficiales, y aquellas otras en cuya convocatoria así se establezca expresamente.
Aprovechamiento académico
- Se considerará que el solicitante posee el aprovechamiento académico exigido para la concesión de la ayuda prevista en esta convocatoria, cuando, tomando en consideración la calificaciones obtenidas en las convocatorias ordinarias correspondientes al primer y segundo cuatrimestre del presente curso académico disponga de una nota media en los créditos matriculados en el curso 2023-2024, incluyendo asignaturas suspensas y no presentadas, no inferior a 7,5 puntos en el caso de estudiantes de Grado, y no inferior a 8,5 puntos en el caso de estudiantes de Máster.
- Para el cálculo de la nota media son de aplicación los criterios especificados en el artículo 22 de la Resolución de 15 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2023-2024, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios. Así, se aplicarán las siguientes reglas:
- La nota media se calculará con las calificaciones numéricas del curso académico obtenidas por los estudiantes en la escala 0 a 10. Las asignaturas no presentadas, o no calificadas, se valorarán con 2,50 puntos.
- Únicamente cuando no existan calificaciones numéricas, las calificaciones obtenidas se computarán según el siguiente baremo:
- a. Matrícula de Honor = 10 puntos.
- b. Sobresaliente = 9 puntos.
- c. Notable = 7,5 puntos.
- d. Aprobado o apto = 5,5 puntos.
- e. Suspenso, no presentado, no calificado, o no apto = 2,50 puntos.
- La puntuación obtenida en cada asignatura se ponderará en función del número de créditos que la integren, de acuerdo con la siguiente fórmula: V = P x NCa / NCt
- V = Valor resultante de la ponderación de la nota obtenida en cada asignatura.
- P = Puntuación de cada asignatura.
- NCa = Número de créditos que integran la asignatura.
- NCt = Número de créditos cursados y que tienen la consideración de computables en esta Resolución.
- Los valores resultantes de la aplicación de dicha fórmula se sumarán, siendo el resultado la nota media final.
- Al efecto de obtener la nota media obtenida en el curso académico, las calificaciones de los solicitantes se multiplicarán por los siguientes coeficientes correctores:
- Estudiantes matriculados en titulaciones correspondientes a la rama de conocimiento de Arquitectura e Ingeniería: 1,17.
- Estudiantes matriculados en titulaciones correspondientes a la rama de conocimiento de Ciencias: 1,11.
- Estudiantes matriculados en titulaciones correspondientes a la rama de conocimiento de Ciencias de la Salud: 1,05.
- La aplicación de estos coeficientes correctores se fundamenta en el criterio establecido en el artículo 8 de la Resolución de 15 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2023-2024, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios, para la obtención de la cuantía fija ligada a la excelencia académica.
- Las prácticas externas curriculares y los trabajos, proyectos o exámenes de fin de Grado o fin de Máster se contabilizarán como asignaturas con los créditos que tengan asignados y con la calificación obtenida por el estudiante.
Criterios de adjudicación
Adjudicación de las becas correspondientes a los cupos generales de Grado o Máster:
- a. Adjudicación entre los candidatos de una misma titulación (sólo para estudios de grado).
- Completado el estudio de las solicitudes, la Comisión de Selección adjudicará las becas asignadas a la titulación de acuerdo con el criterio de distribución establecido en el artículo 3.3., y establecerá un orden de prelación entre aquellos solicitantes que cumplan todos los requisitos exigidos en la convocatoria, en base al aprovechamiento académico calculado conforme al artículo 7 de esta convocatoria, en orden decreciente, hasta asignar la totalidad del crédito económico disponible. En caso de empate, la ayuda se adjudicará con carácter preferente entre aquellos solicitantes con menor renta per cápita (renta familiar disponible dividida entre el número de miembros de la unidad familiar), de conformidad con el estudio económico realizado para la concesión de la Beca de Carácter General del Ministerio de Educación y Formación Profesional o Beca UAL de Apoyo al Estudio para Grados y Másteres Oficiales, en el presente curso académico.
- b. Adjudicación entre los candidatos de una misma rama de conocimiento.
- En el supuesto de no adjudicar la totalidad de las becas asignadas en el cupo de una titulación por no existir candidatos suficientes que cumplan los requisitos de la convocatoria, dichas becas se acumularán al cupo de la rama de conocimiento a la que pertenece la titulación. Este será el primer criterio de adjudicación en el caso de estar cursando estudios de máster. Las becas acumuladas al cupo de la rama de conocimiento se adjudicarán entre todos los candidatos que cursen una titulación adscrita a la misma, siguiendo el mismo criterio de prelación y desempate descrito en el apartado 1.a).
Enlaces de interés
Personas con discapacidad
Se establecen cupos de reserva en cada nivel de estudios para estudiantes que tengan reconocido un grado de discapacidad no inferior al 33%.