Becas Idiomas Cursos de Aulas Pruebas Oficiales
INSCRIPCIONES
Becas Idiomas Cursos de Aulas Pruebas Oficiales: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Alicante convoca las Becas Idiomas Cursos de Aulas Pruebas Oficiales, cuya finalidad es promover el aprendizaje de idiomas para los alumnos de la UA, para que así tenga la oportunidad de en sus últimos años de estudios, realizar un intercambio internacional en unas condiciones idiomáticas optimas.
Las Becas Idiomas Cursos de Aulas Pruebas Oficiales, se subdividirán en dos clases de ayudas: las tipo 1 para subvencionar cursos, y las tipo 2 para subvencionar pruebas.
Para ser beneficiario de las Becas Idiomas Cursos de Aulas Pruebas Oficiales, será necesario estar matriculado en la Universidad de Alicante en un título que conlleve la obtención de grado y, haber superado la prueba oficial para la que se solicita la ayuda.
La dotación variará según el tipo de ayuda, así como el plazo de presentación de solicitudes, por lo que recomendamos estar atentos al mismo.
Si estás interesado en recibir una de las Becas Idiomas Cursos de Aulas Pruebas Oficiales, puedes consultar toda la información necesaria en aquí. Además en nuestra web también podrás encontrar otras becas que convoca la Universidad de Alicante, por lo que te recomendamos que las revises por si puedes encontrar más becas de tu interés.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Grado
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos de las personas beneficiarias de las Becas Idiomas Cursos de Aulas Pruebas Oficiales:
Para solicitar la participación en esta convocatoria y obtener la condición de beneficiario, el alumnado debe cumplir los siguientes requisitos:
- Estar matriculado en la Universidad de Alicante durante el curso 2024/2025 en estudios conducentes a la obtención de un título oficial de Grado.
- Haber superado la actividad para la que se solicita la ayuda en el periodo comprendido entre septiembre de 2024 y agosto de 2025.
- El alumnado extranjero deberá acreditar autorización de residencia/estancia en España.
Dotación
Dotación de las Becas Idiomas Cursos de Aulas Pruebas Oficiales:
La cuantía de la ayuda será la siguiente:
- a. Ayuda Tipo 1: hasta un máximo de 200 €.
- b. Ayuda Tipo 2: hasta un máximo de 100 €.
Se tendrá derecho a percibir, como máximo:
- En el primer período de solicitud: una ayuda de tipo 1 y una de tipo 2; o dos ayudas de tipo 2.
- En el segundo período de solicitud: dos ayudas de tipo 1 (un curso de 2º cuatrimestre + un curso intensivo de verano); o una ayuda de tipo 1 y una de tipo 2; o dos ayudas de tipo 2.
El importe de la ayuda adjudicada no podrá superar el coste real de las tasas abonadas por el alumnado solicitante.
Igualmente, se podrá completar la ayuda adjudicada inicialmente si se recibe alguna otra financiación externa a la UA destinada para el mismo fin. En este caso, la ayuda se completará según los requisitos establecidos por el organismo correspondiente.
Presentación
Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes de las Becas Idiomas Cursos de Aulas Pruebas Oficiales:
Plazo de presentación:
Se abrirán dos períodos de solicitud:
- El primer plazo para solicitar la ayuda será del 10 al 25 de febrero de 2025, para los cursos o pruebas superados desde el 1 septiembre al 31 de diciembre de 2024.
- El segundo plazo de solicitud será del 8 al 23 de septiembre de 2025 para los cursos o pruebas superados desde el 1 de enero al 31 agosto de 2025.
Procedimiento de presentación:
El alumnado interesado en solicitar la ayuda deberá cumplimentar el formulario de solicitud publicado en la siguiente página web:
https://sri.ua.es/es/movilidad/ayudas-para-formacion-y-acreditacion-de-idiomas.html
Una vez cumplimentado el formulario, habrá que pulsar el botón aceptar y se obtendrá un número de registro que se debe conservar.
El formulario de solicitud deberá cumplimentarse tantas veces como ayudas se solicitan.
Al tratarse de una ayuda que no está exenta de tributar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, será necesario entregar debidamente cumplimentado y firmado, durante el plazo que se establezca en la resolución provisional de concesión de ayudas, el documento de Comunicación de datos al pagador a efectos del IRPF (Modelo 145), disponible en la siguiente página web:
https://sri.ua.es/es/movilidad/ayudas-para-formacion-y-acreditacion-de-idiomas.html
Cuando la documentación obre en poder la Universidad de Alicante, debe indicarse la unidad administrativa que la generó o en la que fue presentada.
Más información
Objeto de la convocatoria
El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para fomentar el aprendizaje de idiomas entre el alumnado de la UA, especialmente entre estudiantes de primer y segundo año de estudios de Grado, con el objetivo de que puedan realizar en sus últimos años de estudios universitarios un intercambio académico internacional en las mejores condiciones de formación lingüística.
El conocimiento de idiomas contribuye de forma esencial a la formación integral del alumnado. Su aprendizaje se ha convertido en un objetivo fundamental de las políticas de formación porque favorece la libre circulación, la comunicación y la ampliación de las oportunidades laborales. El Vicerrectorado de Relaciones Internacionales y Cooperación para el Desarrollo, consciente de ello, impulsa ayudas para la realización de cursos de idiomas de AULAS y pruebas oficiales de idiomas.
Actividades subvencionadas
Se concederán ayudas para los siguientes cursos o pruebas de idiomas extranjeros:
- a. Ayudas Tipo 1, para subvencionar los siguientes cursos:
- Cursos de AULAS de Lengua general que tengan una duración mínima de 50 horas lectivas.
- Cursos de AULAS Exámenes Oficiales Cambridge (FCE, CAE, CPE).
- b. Ayudas Tipo 2, para subvencionar las siguientes pruebas:
- Pruebas oficiales de idiomas extranjeros contempladas en el PLAN DE ACREDITACIÓN LINGÜÍSTICA. Servicio de Lenguas: https://sl.ua.es/es/acreditacion/acreditacion-en-lenguas.html
Criterios de adjudicación
La asignación de ayudas se realizará por una comisión presidida por la Vicerrectora de Relaciones Internacionales y Cooperación para el Desarrollo o persona en quien delegue, adjudicándose a aquellos/as solicitantes que, reuniendo los requisitos, tengan la puntuación más alta tras la aplicación del baremo de la convocatoria. Tendrán prioridad para la percepción de la ayuda las solicitudes de ayuda tipo 1 sobre las de tipo 2.
El baremo que se aplicará será el siguiente:
- a. Curso académico de la titulación en que esté matriculado el/la estudiante en la UA en el momento de la solicitud:
- Primer curso: 3 puntos.
- Segundo curso: 2,5 puntos.
- Tercer curso: 2 puntos.
- Cuarto curso: 1,5 puntos.
- Quinto curso: 1 punto.
- Sexto curso: 0,5 puntos.
- b. La continuidad en la formación lingüística, priorizando los niveles más altos, según las siguientes tablas:
- Ayudas tipo 1:
- Superar, en el periodo que se indica en esta convocatoria, alguno de estos niveles de AULAS:
- C2 (segunda parte): 3 puntos.
- C1 (segunda parte): 2 puntos.
- B2 (segunda parte): 1,5 puntos.
- B1 (segunda parte): 1 punto.
- Ayudas tipo 2:
- Superar pruebas oficiales de nivel B2, C1 o C2 o equivalentes según la normativa de la Universidad de Alicante para la acreditación interna de competencias lingüísticas:
- C2: 2 puntos.
- C1: 1,5 puntos.
- B2: 1 punto.
En caso de empate, se atenderá a la mayor puntuación obtenida en los apartados del baremo que se indican, según el siguiente orden de prelación: 1º: apdo. a); 2º: apdo. b). En caso de persistir el empate, se utilizará el orden alfabético del primer apellido de las personas solicitantes, comenzando la ordenación por la letra "W" de acuerdo con el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, publicado en el BOE de 29 de julio de 2023.
- Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://sri.ua.es/es/movilidad/ayudas-para-formacion-y-acreditacion-de-idiomas.html, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.
- Tras recibir las solicitudes, se elaborará una relación provisional de solicitudes admitidas y excluidas y la propuesta de resolución provisional de las ayudas. A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de 10 días hábiles para realizar subsanaciones, presentar las alegaciones que estimen pertinentes y entregar la documentación indicada en los apartados 8.3 y 8.4, ante el órgano gestor.
- Las personas beneficiarias de la ayuda tipo 1 por superación de los cursos de AULAS enumerados en el apartado 2.a) deberán presentar en el Servicio de Relaciones Internacionales el Modelo 145 mencionado en el apartado 5.2.3.
- Las personas beneficiarias de la ayuda tipo 2 por superación de una prueba oficial de idiomas realizada fuera de la UA deberán presentar en el Servicio de Relaciones Internacionales, el recibo de las tasas abonadas, el título o documento acreditativo de la superación de la prueba y el Modelo 145 mencionado en el apartado 5.2.3.
- Quienes no entreguen la documentación requerida en el plazo establecido se entenderá que renuncian a la ayuda y se dispondrá de la misma para nuevos/as beneficiarios/as. Así mismo, las personas solicitantes que no subsanen en el mencionado plazo quedarán decaídas de su petición.
- Tanto los documentos como las subsanaciones deberán presentarse a través de la solicitud correspondiente (disponible a tal fin en la web) en UACloud > Solicitudes UA > Inicio > "SRI. Movilidad. Consultas, solicitudes, sugerencias y quejas" indicando Tipo "Consulta/Solicitud"; o bien mediante UACloud > eAdministración > Instancia Genérica dirigida al Servicio de Relaciones Internacionales.
- Transcurrido dicho plazo y, en su caso, resueltas las alegaciones presentadas, la persona titular del rectorado dictará la resolución definitiva de concesión.
Incompatibilidad de las ayudas