Universidad de Alcalá (UAH)

Becas Movilidad Docencia y Formación Personal UAH Erasmus KA171

Becas de movilidadBecas para estudiar en el extranjeroBecas para trabajadoresBecas para hijos de profesoresBecas para PDIBecas para PTGASUniversitariosPlazas para discapacitados

INSCRIPCIONES

Inicio02/11/2025 Fin31/05/2026
Abierta

Becas Movilidad Docencia y Formación Personal UAH Erasmus KA171: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Movilidad Docencia y Formación Personal UAH Erasmus KA171 se destinan a docentes y personal técnico-administrativo de la Universidad de Alcalá que quieran realizar estancias de docencia o formación en instituciones de educación superior de terceros países no asociados al programa Erasmus+. Estas becas ayudan a cubrir los gastos de subsistencia, con una cantidad diaria de 190€/día durante un máximo de siete días, y ofrecen apoyo extra para los desplazamientos, incluyendo viajes estándar o ecológicos. Además, los beneficiarios con discapacidad reconocida del 33% o más pueden financiar el 100% de los gastos relacionados con la movilidad.

Para solicitar las ayudas, los interesados deben cumplir con los requisitos de vinculación laboral y presentar la solicitud a través de la plataforma digital ISA. Entre los documentos requeridos para solicitar las Becas Movilidad Docencia y Formación Personal UAH Erasmus KA171 se encuentran la carta de invitación de la universidad de acogida, el acuerdo de movilidad, acreditación de idioma y declaraciones sobre seguro médico y no recibir remuneración por la actividad. Las movilidades pueden durar entre cinco y sesenta días, con actividades docentes de al menos ocho horas semanales o formación vinculada al desarrollo profesional.

Las Becas Movilidad Docencia y Formación Personal UAH Erasmus KA171 ofrecen a docentes y personal de la Universidad de Alcalá la posibilidad de vivir experiencias internacionales, mejorar su formación y fortalecer la colaboración con universidades extranjeras, todo gestionado de forma digital para mayor comodidad y transparencia.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Doctorado
  • Máster-Maestrías
  • Grado
  • Licenciatura
  • Diplomatura
  • Postgrado-Especialidad
  • Postdoctorado
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Requisitos de participación para las Becas Movilidad Docencia y Formación Personal UAH Erasmus KA171:

Podrá solicitar una ayuda para docencia o formación cualquier docente perteneciente a una de las figuras docentes reconocidas en la legislación vigente y contratados de investigación de la Universidad de Alcalá cuya relación laboral prevea su colaboración en tareas docentes, siempre y cuando la duración de su vinculación con la Universidad de Alcalá no sea inferior a los plazos de ejecución de la movilidad para docencia o formación para la que se solicita la ayuda.

Podrá solicitar una ayuda para formación cualquier miembro del personal técnico, de gestión y de administración y servicios de la Universidad de Alcalá, siempre y cuando la duración de su vinculación con la Universidad de Alcalá no sea inferior a los plazos de ejecución de la movilidad para formación para la que se solicita la ayuda.

Dotación

Naturaleza y cuantía de las Becas Movilidad Docencia y Formación Personal UAH Erasmus KA171:

La cuantía de la ayuda para los periodos de movilidad a los que se refiere la presente convocatoria se establecerá de la siguiente manera:

  • a. El solicitante al que le sea concedida una ayuda para docencia o formación recibirá una ayuda individual en forma de cantidad diaria (190€/día) destinada a financiar los gastos de subsistencia en el país de destino.
  • b. Se financiará un máximo de siete días (5 días de estancia + 2 días de viaje = 1.330€), independientemente de la duración de la estancia.
  • c. Asimismo, el Programa Erasmus+ prevé la concesión de una ayuda de viaje, que podrá ser ayuda por viaje estándar o ayuda por viaje ecológico, siendo este último aquel que utiliza medios de transporte de bajas emisiones en el tramo principal del trayecto (como, por ejemplo, el tren, el autobús o el coche compartido). En el caso de realizar el desplazamiento ecológico y tras la justificación de este, se podría recibir hasta cuatro días de ayuda individual adicional para cubrir los gastos del viaje. En todo caso, la contribución a los gastos de viaje se basa en la distancia entre el lugar de trabajo del solicitante y el lugar en el que se desarrollen las actividades docentes o formativas, según se indica en las tablas correspondientes. El cálculo de la distancia se realizará utilizando la calculadora de distancias del Programa Erasmus+:

Distancias de viaje Cantidad para viaje estándar Cantidad para viaje ecológico

  • Entre 500 y 1999 km 309€ por participante 417€ por participante
  • Entre 2000 y 2999 km 395€ por participante 535€ por participante
  • Entre 3000 y 3999 km 580€ por participante 785€ por participante
  • Entre 4000 y 7999 km 1188€ por participante 1188€ por participante
  • 8000 km o más 1735€ por participante 1735€ por participante

En el caso de esta convocatoria, los destinos ofertados son los publicados en la página web de la UAH.

La UAH ha organizado una Staff Week con la universidad socia Amref International University (AMIU) de Kenia. La agenda de actividades y los documentos necesarios para formalizar la solicitud se encuentran disponibles en la página web de la UAH en el siguiente enlace.

Las personas que tengan reconocida y calificada legalmente una discapacidad igual o superior al 33% tendrán la posibilidad de financiar el 100% de los gastos incurridos en la preparación y realización del periodo de movilidad que no se encuentren cubiertos a través de las categorías incluidas en las ayudas del programa previstas en el presente artículo. Las ayudas de apoyo a la inclusión a las que se refiere el presente apartado son concedidas directamente por el SEPIE previa solicitud de las universidades. Se puede consultar en este enlace la Guía de solicitud de apoyo a la inclusión para movilidad de estudiantes y personal de Educación Superior del SEPIE correspondiente a la convocatoria 2024.

A los efectos de lo dispuesto en este artículo, la fecha de inicio del periodo de movilidad será el primer día en el que el participante necesite estar presente físicamente en la institución de educación superior u organización de acogida y la fecha de finalización será la del último día en el que el participante necesite estar presente físicamente en la misma.

En principio, se podrá conceder más de una ayuda para docencia o formación con financiación a un mismo solicitante por curso académico.

Se podrán adjudicar ayudas del Programa Erasmus+ KA171 que no incluyan subvenciones para los gastos de viaje y estancia, llamadas Erasmus+ Cero, para los destinos de la convocatoria en los que ya no existan plazas disponibles, siempre que la universidad de destino esté de acuerdo. En estos casos, el participante deberá cumplir todos los criterios de movilidad establecidos por el Programa Erasmus+ en esta convocatoria, sin perjuicio de que pueda recibir financiación de otros fondos de la Unión Europea a través de fondos distintos de Erasmus+, fondos nacionales, regionales o de otro tipo para contribuir a sus costes de movilidad. La persona que se encuentre en esta situación se beneficiará de todas las otras ventajas académicas y administrativas derivadas de su participación en el Programa Erasmus+. (Para obtener más información, se puede escribir a erasmus171@uah.es.)

Presentación

Formalización y presentación de solicitudes a las Becas Movilidad Docencia y Formación Personal UAH Erasmus KA171:

La solicitud y el seguimiento de la totalidad del proceso de la beca se realizará a través del siguiente enlace en la aplicación de movilidad de la plataforma digital ISA: PLATAFORMA DIGITAL ISA

Más información

Objeto

La presente convocatoria establece el procedimiento de concesión, en régimen de concurrencia competitiva y objetividad, de 19 ayudas dentro del proyecto 2024 del programa Erasmus+ KA171 para la realización de movilidades con fines de docencia o formación en instituciones de educación superior de terceros países no asociados al Programa que tengan firmado un convenio dentro del Proyecto Erasmus+ KA171 2024 para docencia y formación.

Las plazas disponibles al comienzo de la convocatoria se pueden consultar en la página web de la UAH, en la pestaña de “Internacional – Movilidad saliente/Outgoing Mobility - Becas y ayudas - PDI/PTGAS”, y en la plataforma digital ISA. Sin embargo, las plazas disponibles se actualizarán únicamente en la plataforma digital ISA a medida que vaya avanzando la convocatoria.

Las estancias deberán realizarse antes del 30 de junio de 2027 y el inicio de las movilidades deberá ser posterior a la fecha de la publicación de la resolución definitiva de la concesión de la ayuda.

A los efectos de la presente convocatoria,

  • a. La duración del periodo de movilidad física será de entre cinco y sesenta días, excluidos los días de viaje. El número mínimo de días habrá de ser consecutivo.
  • b. Movilidad para Docencia (PDI): Las actividades docentes deberán comprender un mínimo de 8 horas lectivas a la semana y podrán consistir en clases magistrales, ponencias, seminarios, participación en mesas redondas, tutorías con grupos de estudiantes, asesoramiento de proyectos desarrollados por estudiantes o cualquier otra actividad docente.
  • c. Movilidad para Formación (PDI/PTGAS): Las actividades formativas deberán estar relacionadas con la actividad profesional del solicitante, participando en actividades de desarrollo profesional como seminarios, eventos de formación (excluyendo conferencias), “Staff Weeks”, estancias de observación o formación en el puesto de trabajo de la institución de acogida o, en general, cualquier otra actividad que sea pertinente para su trabajo cotidiano en nuestra universidad.

Evaluación de las solicitudes y resolución

La Comisión Evaluadora de Convocatorias de Movilidad Internacional, que decidirá la adjudicación de las ayudas reguladas en la presente convocatoria, estará formada por la Coordinadora de Movilidad Internacional, el Director de Internacionalización y el Jefe del Servicio de Relaciones Internacionales. Asimismo, actuarán como suplentes en esta Comisión la Coordinadora de Digitalización y Captación Internacional, la Coordinadora de Promoción Internacional y la Jefa de Sección de Relaciones Internacionales. Realizará las tareas de secretaria de la Comisión la responsable administrativa del Programa Erasmus+ KA171.

Las solicitudes de ayuda para la realización de un periodo de movilidad contemplado en la presente convocatoria serán evaluadas conforme al orden de presentación en la plataforma digital ISA de todos los documentos indicados en el artículo 5.2 debidamente cumplimentados.

En la concesión de las ayudas para un mismo destino, se priorizará el orden de presentación de manera correcta de toda la documentación mencionada en el artículo 5.2 antes de las subsanaciones.

Corresponderá al Vicerrector de Relaciones Internacionales, una vez oída la Comisión Evaluadora de Convocatorias de Movilidad Internacional, dictar las resoluciones adjudicando ayudas para la movilidad de duración breve a las que se refiere la presente convocatoria y por la cuantía que resulte.

Obligaciones de los beneficiarios

Tendrán la consideración de beneficiarios de las ayudas a las que se refiere la presente convocatoria las personas que resulten adjudicatarias por la Comisión Evaluadora mencionada en el artículo 7 y que procedan a su aceptación siguiendo las indicaciones de la plataforma digital ISA.

Con carácter general, los beneficiarios de las ayudas a los que se refiere el apartado anterior se comprometerán a:

  • a. Consentir la política de privacidad de la Universidad de Alcalá. En el caso de periodos de movilidad que no se realicen en países del Espacio Económico Europeo (EEE) o en países que hayan sido declarados de nivel de protección adecuado por la Comisión Europea, la persona beneficiaria deberá consentir la transferencia internacional de sus datos de carácter personal que resulten necesarios para la gestión de dicho periodo de movilidad.
  • b. Seguir las recomendaciones de viaje del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, así como las recomendaciones de las autoridades sanitarias locales del país en el que se encuentre la universidad de acogida.
  • c. Notificar al Servicio de Relaciones Internacionales de la Universidad de Alcalá cualquier circunstancia que pudiera impedir el correcto desarrollo del periodo de movilidad, incluida la renuncia del beneficiario con indicación expresa de los motivos que la han producido.
  • d. Cumplimentar y presentar todos aquellos documentos y proceder a cualquier trámite electrónico que en relación con la gestión del periodo de movilidad le sea requerido por la Universidad de Alcalá, el SEPIE o la Comisión Europea en los plazos que en cada caso se señalen.

Asimismo, una vez concedida y aceptada la beca, y antes de iniciar la movilidad, los beneficiarios de las ayudas se comprometerán a firmar y tener disponibles en la plataforma digital ISA, en la sección “Attachments”, los siguientes documentos:

  • a. Convenio de subvención para la movilidad de personal para docencia o formación (descargable en la sección “Grants” de la plataforma digital ISA).
  • b. Permiso de ausencia para el periodo que dure la movilidad de duración breve firmado por la persona que ostente la Dirección del Departamento o la Jefatura del Servicio al que pertenezca la persona solicitante. El permiso de ausencia se podrá descargar en la apartado “Shared Documents” de la plataforma digital ISA, en la sección del Programa Erasmus+ KA171 – Becas Docencia/Formación, y en la página web de la UAH, en la pestaña de “Internacional – Movilidad saliente/Outgoing Mobility - Becas y ayudas - PDI/PTGAS”.
  • c. Seguro específico, cuando así le sea requerido por la institución de educación superior de acogida.

Tras haber confirmado la aceptación de la beca y haber subido a la plataforma digital ISA todos los documentos requeridos en el párrafo anterior, se adquirirá la condición de participante en el Programa Erasmus+ KA171 y el derecho a recibir la ayuda que le haya sido adjudicada en la resolución correspondiente.

Una vez concluido el periodo de movilidad para el que se concedió la ayuda, el beneficiario deberá subir a la plataforma digital ISA los documentos que se mencionan a continuación en los treinta días siguientes a la finalización de la movilidad:

  • a. Certificado de estancia y de actividades realizadas cumplimentado y firmado por la institución de educación superior de acogida. Dicho certificado podrá ser en el formato dado por la institución de acogida o, en el caso de no disponer de formato, se podrá descargar en el apartado “Shared Documents” de la plataforma digital ISA, en la sección del Programa Erasmus+ KA171 – Becas Docencia/Formación, y en la página web de la UAH, en la pestaña de “Internacional – Movilidad saliente/Outgoing Mobility – Becas y ayudas – PDI/PTGAS”.
  • b. Títulos de transporte de ida y vuelta (tarjetas de embarque). En el caso de desplazamiento ecológico, debe incluirse la documentación justificativa.
  • c. Informe/cuestionario final de la estancia realizado directamente en la plataforma digital ISA, contestando las preguntas con el mayor detalle posible y, si el participante lo considera relevante, adjuntando fotos y/o documentación.
  • d. Encuesta de la Unión Europea “Solicitud de informe individual de participante Erasmus+: Individual Participant Report Request”, que la Comisión Europea enviará directamente al beneficiario. La realización de esta encuesta es obligatoria y no podrá cerrarse el expediente del beneficiario hasta que se incluya en la plataforma digital ISA el comprobante de haber realizado dicha encuesta.

La no presentación de alguno de estos documentos podrá conllevar la obligación de reintegro de las cantidades percibidas que correspondan, así como la exclusión en cualquier programa de movilidad promovido por el Vicerrectorado de Relaciones Internacionales.

Las dudas de interpretación que pudiera plantear la aplicación de las presentes bases, así como los problemas derivados de aspectos no contemplados en las mismas, se resolverán por decisión del órgano que concede la ayuda, que tendrá potestad para dictar las normas adicionales que considere oportunas.

Pagos de las ayudas

Se realizará el abono de las ayudas a las que se refiere esta convocatoria a los beneficiarios, con carácter general, de acuerdo con los siguientes principios:

  • a. Desde el 1 de enero de 2024, estas ayudas tienen la consideración de rendimiento del trabajo, resultando aplicable el tipo de retención calculado conforme al procedimiento general para determinar el importe de la retención establecido en el artículo 82 del Reglamento del IRPF, esto es, teniendo en cuenta el total de retribuciones recibidas durante el ejercicio y las circunstancias personales y familiares. A la vista del tratamiento fiscal que hay que dar a estas ayudas, los pagos ya no se tramitan desde el Servicio de Gestión Financiera con clave fiscal L01 (exenta de tributación), sino desde el Servicio de Gestión Económica de Recursos Humanos, al tener la consideración de rendimiento del trabajo, pasando a sumarse a las retribuciones percibidas en la UAH y teniendo en cuenta esta ayuda a la hora de practicar la retención correspondiente del beneficiario.
  • b. Se abonará al beneficiario el 100% del importe de la ayuda Erasmus+, ingresándolo en su nómina de la UAH, antes del inicio de la movilidad, una vez se haya firmado el convenio de subvención y adjuntado todos los documentos para la movilidad de personal a los que se refiere el artículo 8.3 de la presente convocatoria.
  • c. El abono de los gastos incurridos en relación con el apoyo a la inclusión se rige por el procedimiento establecido a tal efecto por el SEPIE.

En el caso de que no se realice la movilidad pero se haya tramitado el abono de la ayuda, al percibir el 100% de las retribuciones en nómina, el beneficiario deberá devolver la totalidad de la cantidad concedida en la ayuda, no la percibida tras aplicarse las deducciones correspondientes.

Enlaces de interés

https://www.uah.es/shared/.galleries/archivos-Becas/Publicos/B869_MAS__Convocatoria-docenciaformcn_staff-KA171-PROYECTO2024-2025-26-27-ISA.signed.pdf

Documentación a adjuntar

Junto con la solicitud, se subirán o firmarán en la plataforma digital ISA los documentos que se indican a continuación:

  • a. Carta de invitación de la universidad de acogida firmada por las personas responsables de dicha universidad.
  • b. Acuerdo de movilidad (Erasmus+ Mobility Agreement – Staff Mobility for Teaching/Training) en el formato establecido a tal efecto por el Programa Erasmus+, debidamente cumplimentado y firmado por el solicitante y las personas responsables en la institución de acogida. En el acuerdo de movilidad se harán constar los objetivos generales de la movilidad para la que se solicita la ayuda, el contenido del programa de enseñanza o de formación propuesto, los resultados perseguidos y el impacto de los mismos, así como el valor añadido de la movilidad en el contexto de las estrategias de internacionalización de la Universidad de Alcalá y de la institución de acogida. El acuerdo de movilidad se podrá descargar en el apartado “Shared Documents” de la plataforma digital ISA, en la sección del Programa Erasmus+ KA171 – Becas Docencia/Formación, y en la página web de la UAH, en la pestaña de “Internacional – Movilidad saliente/Outgoing Mobility - Becas y ayudas - PDI/PTGAS”.
  • c. Acreditación de competencia lingüística, si se posee, en el idioma en el que serán realizadas las actividades de docencia o formación propuestas en el acuerdo de movilidad, o declaración responsable en la que se indique el nivel de idioma que el solicitante cree tener.
  • d. Declaración responsable firmada directamente en la plataforma digital ISA en la que se asegure que la persona interesada no recibirá remuneración económica alguna por parte de la universidad de acogida por las actividades realizadas.
  • e. Declaración responsable firmada directamente en la plataforma digital ISA en la que se indique que se dispondrá de seguro médico durante el periodo de la movilidad que incluya, como mínimo, los conceptos de asistencia médica (gastos médicos, farmacéuticos y de hospitalización por accidente o enfermedad sobrevenida), traslado sanitario y repatriación de heridos y fallecidos, accidentes y responsabilidad civil.
  • f. Documentación acreditativa de condición reconocida y calificada legalmente de discapacidad igual o superior al 33%, si es el caso del solicitante.

Las solicitudes podrán presentarse desde el momento de la publicación de esta convocatoria hasta el 31 de mayo de 2027 o hasta que se agoten las disponibilidades financieras previstas en la misma, cualquiera que sea la situación que suceda antes, y deberán ajustarse a las sesiones de la Comisión Evaluadora de Convocatorias de Movilidad Internacional a la que se refiere el artículo 7 y de acuerdo con el calendario indicado en el anexo primero a la presente convocatoria.

Personas con discapacidad

Las personas que tengan reconocida y calificada legalmente una discapacidad igual o superior al 33% tendrán la posibilidad de financiar el 100% de los gastos incurridos en la preparación y realización del periodo de movilidad que no se encuentren cubiertos a través de las categorías incluidas en las ayudas del programa previstas en el presente artículo. Las ayudas de apoyo a la inclusión a las que se refiere el presente apartado son concedidas directamente por el SEPIE previa solicitud de las universidades. Se puede consultar en este enlace la Guía de solicitud de apoyo a la inclusión para movilidad de estudiantes y personal de Educación Superior del SEPIE correspondiente a la convocatoria 2024.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Movilidad Docencia y Formación Personal UAH Erasmus KA171

Las Becas Movilidad Docencia y Formación Personal UAH Erasmus KA171 se destinan a docentes y personal técnico-administrativo de la Universidad de Alcalá que quieran realizar estancias de docencia o formación en instituciones de educación superior de terceros países no asociados al programa Erasmus+. Estas becas ayudan a cubrir los gastos de subsistencia, con una cantidad diaria de 190€/día durante un máximo de siete días, y ofrecen apoyo extra para los desplazamientos, incluyendo viajes estándar o ecológicos. Además, los beneficiarios con discapacidad reconocida del 33% o más pueden financiar el 100% de los gastos relacionados con la movilidad.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Movilidad Docencia y Formación Personal UAH Erasmus KA171" es: desde 02/11/2025 hasta 31/05/2026.

La Beca "Becas Movilidad Docencia y Formación Personal UAH Erasmus KA171" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Doctorado
  • Máster-Maestrías
  • Grado
  • Licenciatura
  • Diplomatura
  • Postgrado-Especialidad
  • Postdoctorado

La Beca "Becas Movilidad Docencia y Formación Personal UAH Erasmus KA171" es un tipo de beca: 

  • Becas de movilidad
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para trabajadores
  • Becas para hijos de profesores
  • Becas para PDI
  • Becas para PTGAS