Becas Formación Apoyo a Ayudas Concepción Arenal
INSCRIPCIONES
Becas Formación Apoyo a Ayudas Concepción Arenal: solicitud y plazos
Descripción
La UCM convoca las Becas Formación Apoyo a Ayudas Concepción Arenal. Estas becas ofrecen una formación práctica a los seleccionados, que tendrán que desarrollar actividades de colaboración relacionadas con el programa de ayudas Concepción Arenal de la UCM. Entre las actividades que tendrán que llevar a cabo están apoyar en las tareas de valoración de solicitudes, colaborar en el seguimiento de las personas beneficiarias o participar en el mantenimiento y actualización de la informacióń.
Gracias a las Becas Formación Apoyo a Ayudas Concepción Arenal los seleccionados recibirán una formación práctica al mismo tiempo que se les dota de una cuantía dineraria en contraprestación a las tareas realizadas. En esta convocatoria, la cuantía ascenderá a 800 euros al mes, excepto la persona que resulte becada como persona de Apoyo a la Coordinación del Programa de Acompañamiento que percibirá 1.100 euros brutos al mes.
Para poder acceder a estas ayudas se deberá tener un título de grado en las carreras indicadas en la presente convocatoria o máster indicado, además de cumplir con el resto de requisitos.
Aquí encontrarás información relevante para solicitar las Becas Formación Apoyo a Ayudas Concepción Arenal, como requisitos, plazos, lugar de presentación de solicitudes y más.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Salud y Biología
- Turismo, Ciencias Sociales y Educación
- Carrera
- Psicología
- Antropología
- Educación Social
- Sociología
- Trabajo Social
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
Requisitos
Requisitos para las Becas Formación Apoyo a Ayudas Concepción Arenal:
Para ser admitido/a en el proceso de selección de la beca, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales establecidos en el Reglamento de Becas de Formación Práctica de la Universidad Complutense de Madrid, aprobados en Consejo de Gobierno de 28 de noviembre de 2017, publicados en el Boletín Oficial de la Universidad Complutense de 1 de diciembre de 2017.
- Estar en posesión de un título oficial de grado universitario en Trabajo Social, Psicología (clínica y social), Educación social, Sociología, Antropología social y cultural, en posesión de título de máster de Trabajo Social comunitario: gestión y evaluación de servicios sociales, Psicopedagogía, Educación Social o en Sociología Aplicada.
- Los solicitantes titulados, que ya no estén matriculados en la Universidad, deberán haber obtenido la titulación exigida en esta base dentro de los últimos tres años desde la fecha de publicación de esta Convocatoria.
- No haber renunciado a una beca de formación práctica de la Universidad Complutense de Madrid sin causa justificada.
Dotación
Cuantía de las Becas Formación Apoyo a Ayudas Concepción Arenal:
Las personas becariasrecibirán una ayuda económica como contraprestación adicional a su colaboración en la UCM. Las personas becarias recibirán, en concepto de ayuda para su formación práctica especializada, la cantidad de 800 € brutos por mes.
A petición justificada del tutor de acuerdo con la Vicerrectora de Estudiantes, y habiendo disponibilidad de crédito, se podrá designar a una persona becada como beca especial de apoyo a la coordinación del programa de acompañamiento y por esta condición diferenciada percibirá una cuantía de 1.100 € brutos por mes. En caso de que se autorice una modificación de la dedicación de la beca en los términos previstos en la base 4, se adjuntará proporcionalmente dicha cuantía a la nueva dedicación horaria.
Estas cantidades se abonarán durante los meses indicados en la credencial. A estas cantidades se les practicarán las retenciones que establezca la normativa vigente.
Presentación
Las solicitudes para participar en esta convocatoria de Becas Formación Apoyo a Ayudas Concepción Arenal se presentarán a través de Becasucm on line.
Más información
Duración de la beca de formación práctica
Las actividades relacionadas con estas becas se desarrollarán a partir del momento en que se expidan las correspondientes credenciales a los beneficiarios, una vez resuelta esta convocatoria. Finalizado el periodo establecido en la credencial, la beca se entenderá finalizada a todos los efectos sin necesidad de que medie resolución o acto expreso alguno por parte de la UCM, salvo lo establecido en el párrafo siguiente.
En su caso, la Vicerrectora de Estudiantes, podrá autorizar la prórroga de la beca,previo informe del tutor/a de la persona becada. En este caso, se expedirá una nueva credencial.
La duración máxima de estas becas será de dos años, o de lo que en su caso establezca la normativa vigente. En el año en que se agotase el tiempo máximo, el período de disfrute de la beca podrá extenderse hasta el mes de diciembre de dicho año.
La lista de espera resultante de este convocatoria tendrá vigencia hasta que se publique una nueva convocatoria de las mismas características.
Dedicación
La beca de formación práctica supondrá una dedicación de 30 horas semanales. El horario se distribuirá según las necesidades e indicaciones del tutor/a, en horario flexible. En cualquier caso, el régimen de dedicación de estas becas deberá ser compatible con los estudios oficiales que esté realizando la persona beneficiaria.
Con autorización previa del vicerrectorado competente, a solicitud motivada del tutor/a responsable, o a solicitud motivada de la persona estudiante beneficiaria con visto bueno de su tutor/a, se podrá disminuir o incrementar hasta el máximo permitido la dedicación de una beca concreta de este tipo durante un tiempo determinado, con ajuste proporcional de la ayuda económica correspondiente
Por motivos organizativos o necesidades temporales, la Vicerrectora de Estudiantes podrá autorizar la modificación de la dedicación de la beca dentro de las posibilidades que establece el vigente Reglamento de Becas de Formación Práctica de la UCM en su artículo 6. En caso de que se autorice una modificación de la dedicación de la beca variará proporcionalmente la cuantía mensual de la misma de acuerdo con la nueva dedicación horaria.
Actividades a desarrollar
Las personas becadas deberán colaborar en el desarrollo de las actividades propias relacionadas con la implementación del Programa de Ayudas Concepción Arenal dentro del Servicio de Acompañamiento al Estudiantado para el Fomento del Bienestar Psicológico y Académico (SABIA), particularmente:
- Apoyar en las tareas de valoración de las solicitudes revisando y analizando la información aportada en relación con los criterios de selección y realización de entrevistas e informes si fuera necesario.
- Colaborar en el seguimiento individual de las personas beneficiarias del Programa, informar y canalizar a las personas beneficiarias hacia los recursos que pueden serles de interés respondiendo a sus necesidades y motivaciones y en la elaboración semestral de un informe de actividades de acompañamiento.
- Participar en el mantenimiento y actualización de la información sobre la situación académica y personal de las personas beneficiarias de las ayudas y colaborar en la evaluación del Programa mediante la elaboración de cuestionarios, entrevistas, codificación de datos, elaboración de informes, etc.
- Apoyo en las tareas de organización y gestión administrativa e informática del Programa.
- Colaboración en las actividades del Servicio de Acompañamiento al Estudiantado para el Fomento del Bienestar Psicológico y Académico del Vicerrectorado de Estudiantes con la coordinación de La Casa del Estudiante y sus programas.
Las acciones avanzadas que dentro de las anteriores llevaría a cabo la persona becada, si se otorgase, de especial de Apoyo a la Coordinación del Programa de Acompañamiento, serían las siguientes:
- Apoyar en la planificación de la puesta en marcha, implementación y seguimiento del programa de acompañamiento que incluye las becas.
- Colaborar en la calendarización del equipo y las estancias de atención presencial dentro del Programa.
- Apoyar en la coordinación de las tareas de valoración de las solicitudes
Plan de formación práctico y tutor
- Intervención socioeducativa.
- Psicología aplicada al ámbito educativo.
- Elaboración de informes sociales, realización de entrevistas y aplicación de cuestionarios.
- Gestión de bases de datos y análisis de datos de estudiantes.
- Investigación aplicada: perfil sociológico de los y las estudiantes, trayectoria educativa, rendimiento, abandono, igualdad de oportunidades, etc.
- Elaboración de informes de evaluación y recomendaciones.
- Organización y gestión de actividades relacionadas con los estudiantes.
- Evaluación y seguimiento de políticas sociales.
En el marco del Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización de la Seguridad Social y del Real Decreto Ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, los estudiantes universitarios seleccionados para la realización de prácticas académicas extracurriculares, tienen el carácter exclusivamente de asimilados a trabajadores por cuente ajena a efectos de su integración en el Régimen General de la Seguridad Social.
La acción protectora es la correspondiente al régimen General de la Seguridad Social, con la única exclusión de la protección por desempleo.
- Intervención: tener experiencia en la atención a personas en situaciones vulnerables.
- Investigación: estar familiarizado con la metodología de investigación en ciencias sociales.
- Redacción de informes: capacidad de análisis y síntesis; buena redacción escrita.
- Dominio de ofimática.
- Cualidades personales: ser organizado, responsable y trabajador/a.
- Aptitudes personales: Empatía, escucha activa, dinamismo.
- Expediente académico en la titulación de Grado: Hasta 4 puntos.
- Posesión título posgrado relacionado con el ámbito de actuación del programa: Hasta 3 puntos.
- Experiencia profesional o voluntaria previa en el ámbito de actuación: Hasta 3 puntos.
- Tener experiencia previa como becaria/o de especialización en la UCM: Hasta 3 puntos.
- Carta de motivación. Hasta 3 puntos.
- Publicaciones y participación en congresos, cursos y jornadas: Hasta 1 punto.
- Otros méritos: Hasta 1 punto.
- Entrevista personal. Hasta 12 puntos.
El Vicerrectorado de Estudiantes, a través del Servicio de Becas de la Universidad Complutense, revisará los expedientes de solicitud y verificará que contienen la documentación exigida enviando un correo electrónico a aquellos estudiantes que deban subsanarla o completarla.
Las personas solicitantes excluidas tendrán un plazo de diez días para aportar la documentación necesaria o subsanar los errores que se hubieran observado, tendrán que hacerlo a través de la misma aplicación haciéndose saber que en el caso contrario su solicitud será archivada de conformidad con el artículo 17 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Copia del DNI o NIE en vigor,
- el Anexo II de aceptación de beca,
- Anexo III de datos bancarios,
- nº. de afiliación a la Seguridad Social.
- Sugerir ideas e iniciativas en el desarrollo de sus planes de formación.
- Obtener de la Universidad Complutense a través del órgano, unidad o estructura donde desarrolle la beca, la colaboración y apoyo necesarios para el desarrollo y aprovechamiento de su formación, así como para el ejercicio de su actividad académica.
- Cualesquiera otros derechos que les sean reconocidos por la legislación vigente.
- Respetar los medios materiales puestos a su disposición por la Universidad para el desarrollo de sus actividades. Si en el desempeño de sus funciones tuvieran conocimiento de información confidencial relativa a personas,empresas o instituciones estarán obligados a mantener la confidencialidad.
- Cumplir las bases de la convocatoria y las demás normas que resulten de aplicación como consecuencia de la misma, así como respetar la confidencialidad de la información manejada en los términos establecidos en la legislación vigente.
- Cumplir los Estatutos de la Universidad Complutense y los Reglamentos que les afecten.
- Realizar las actividades contempladas en la convoctoria, que deberán ser aprobadas por el vicerrectorado competente en materia de estudiantes.
- Realizar las tareas derivadas del plan de formación de la beca bajo la supervisión del tutor.
- Presentar un informe detallado final de sus actividades ante su tutor y ante el Vicerrectorado de Estudiantes antes de la finalización de la beca en el Servicio de Becas de la UCM, que deberá recoger:
- Datos personales del estudiante.
- Órgano, unidad o estructura de la UCM solicitante de la beca.
- Descripción concreta de las tareas desarrolladas y valoración de las mismas, con los conocimientos y competencias transversales y específicas que haya practicado, con especial referencia, en su caso, a aquellos directamente relacionados con su titulación.
- Evaluación de la beca y propuesta de mejora.
- Cualesquiera otros deberes recogidos en la legislación vigente.
Con carácter general, las becas de formación práctica son incompatibles con cualquier otro tipo de beca de la misma naturaleza otorgada por la Universidad Complutense, así como las concedidas por otras entidades públicas o privadas.
No se podrá disfrutar de una beca de formación práctica si la persona becaria, teniendo una relación laboral o administrativa con una entidad pública o privada, o trabajando por cuenta propia, tenga una dedicación que coincida con los horarios de desempeño de la beca, o la suma de las horas de dedicación de ambas actividades supere las 35 horas semanales.
No podrá solicitar una beca de formación práctica de la UCM la persona que haya sido becada con anterioridad y no haya sido renovada su credencial por informe negativo de su tutor/a, tal como se contempla en el art. 14 del Reglamento de Becas de Formación Práctica, aprobado en Consejo de Gobierno el 28 de noviembre de 2017, o que dicha beca le haya sido revocada por incumplimiento injustificado de sus deberes como becario/a, reguladas en los art. 16 y 19 de dicho Reglamento, y en la convocatoria correspondiente.
Documentación a adjuntar
- Copia escaneada del DNI/ NIE régimen comunitario con pasaporte/ o documento de identidad del país de procedencia del solicitante, en vigor.
- Certificaciones académicas, en la que figurarán las asignaturas cursadas, las calificaciones obtenidas y la nota media de todas las superadas y los datos de expedición de los títulos de grado y máster.
- Carta de motivación: en la que la persona solicitante exprese las razones que le motivan a concursar a la beca, además de cómo cree que podría contribuir al éxito del programa.
- Curriculum Vitae en el que la persona solicitante hará constar los méritos que estime pertinentes para su valoración en relación con la presente convocatoria.
- Copia escaneada de los documentos acreditativos de los méritos alegados en formato Jpg o Pdf.
- La Comisión de Selección no valorará aquellos méritos que siendo alegados en el Curriculum Vitae no estén debidamente justificados. Los méritos se valorarán teniendo en cuenta la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes.






