Región de Murcia

Becas Formación Prácticas Asuntos Europeos Región de Murcia

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INSCRIPCIONES

23/04/202522/05/2025
Abierta

Becas Formación Prácticas Asuntos Europeos Región de Murcia: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Formación Prácticas Asuntos Europeos Región de Murcia se convocan con el objeto de facilitar una formación práctica en asuntos europeos. Estas becas se dirigen a graduados universitarios, y se llevarán a cabo en sedes que tiene la Dirección General competente en materia de la Unión Europea en la ciudad de Murcia y en la Oficina de la Región de Murcia en Bruselas.

Podrán solicitar las Becas Formación Prácticas Asuntos Europeos Región de Murcia, las personas que sean naturales o residentes de la Región de Murcia con al menos, un año de anterioridad a la publicación de la convocatoria. Además deberán tener un título de grado o equivalente que permita el acceso a estudios de posgrado, y cumplir con el resto de requisitos indicados.

Las becas ofrecerán a los beneficiarios una cuantía menusal durante todo el periodo de prácticas. Además de este importe, se le podrá sumar un importe adicional durante los meses que las prácticas tengan lugar en Bruselas, que ayudará a sufragar gastos de transporte y residencia.

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Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Grado
País de origen
  • España
País de destino
  • Bélgica
Región de origen
  • Región de Murcia
Nacionalidades
  • Española
  • Residente en España
  • Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea

Requisitos

Requisitos de los solicitantes de las Becas Formación Prácticas Asuntos Europeos Región de Murcia y forma de acreditarlos.

Podrán solicitar y ser beneficiarias de esta beca, las personas físicas que, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, reúnan los siguientes requisitos generales:

  • a. Poseer la nacionalidad española o de algún Estado miembro de la Unión Europea.
  • b. Ser natural o residir en la Región de Murcia con anterioridad al menos, de un año de forma ininterrumpida, a contar desde la fecha de la publicación de la correspondiente convocatoria.
  • c. No ser mayor de 30 años.
  • d. Estar en posesión de un título universitario de carácter oficial de al menos, Grado o equivalente, que permita el acceso a estudios de postgrado. Solamente serán válidos los títulos universitarios oficiales, según el artículo 3 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad. Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán haber sido homologados, declarados equivalentes a titulaciones y a niveles académicos universitarios oficiales, o convalidados con arreglo a lo dispuesto en el Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen las condiciones y los procedimientos de homologación, de declaración de equivalencia y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y por el que se regula el procedimiento para establecer la correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas anteriores.
  • e. Dominio de la lengua española.
  • f. Tener conocimiento de los idiomas, inglés con un nivel mínimo B2 y, un segundo idioma, que sea lengua oficial de la Unión Europea, con un nivel mínimo B1, según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MECR).
  • g. No ser, ni haber sido con anterioridad, beneficiario de becas de formación y prácticas en asuntos europeos convocados por la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
  • h. No incurrir en ninguna de las circunstancias excluyentes para obtener la condición de persona beneficiaria de la subvención, previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2013, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Todos los requisitos, así como los méritos alegados, deberán cumplirse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberán mantenerse hasta la finalización de la beca, incluidas, en su caso, las prórrogas de que pueda ser objeto. No obstante lo anterior, el requisito de edad contemplado en el anterior apartado 1.c) deberá cumplirse únicamente a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Respecto de la acreditación de los méritos se realizará y aportará conforme a lo establecido en el artículo 6 de la presente Orden.

Dotación

Cuantía de las Becas Formación Prácticas Asuntos Europeos Región de Murcia. Póliza de seguro.

El importe mensual de la beca estará en función de la sede donde se realice, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la Orden de Bases, siendo la cuantía bruta de 1.400,00 euros/mes, durante los meses de estancia en Murcia y, se incrementará durante los meses que se realiza en la sede de Bruselas, siendo la cuantía bruta de 1.750,00 euros/mes.

Estas cantidades estarán sujetas a la retención fiscal y se abonarán las cotizaciones a la Seguridad Social, de acuerdo con la legislación vigente.

El abono de la beca se realizará mediante pagos anticipados de carácter trimestral, a través de transferencia bancaria en la cuenta designada por la persona beneficiaria.

Los gastos de alojamiento, transporte y suscripción de una póliza de seguro que incluya como mínimo las coberturas de asistencia sanitaria o de accidentes y repatriación así como la responsabilidad civil, con cobertura en España y en el extranjero y que abarque el periodo de vigencia de la beca, correrán a cargo de la persona beneficiaria de la beca, debiendo aportar justificante del mismo con anterioridad a la efectiva incorporación en el centro directivo. Así también, deberá estar en posesión de la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE).

Presentación

Forma, modelo, lugar y plazo de presentación de las solicitudes para las Becas Formación Prácticas Asuntos Europeos Región de Murcia:

La presentación de la solicitud, deberá efectuarse en lengua castellana mediante procedimiento electrónico, según lo establecido en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La presentación telemática, se realizará accediendo a la aplicación informática existente en la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, https://sede.carm.es (procedimiento número 4101).

A los solicitantes que la hubieren presentado de forma no telemática se les requerirá por el órgano instructor para que la subsanen a través de su presentación electrónica, considerándose como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que se haya realizado la subsanación.

El plazo de presentación de la solicitud será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la orden de convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Si las solicitudes no se ajustaran a los requisitos exigidos en la orden de bases o a los establecidos en esta convocatoria, se requerirá al interesado, de conformidad con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para que en el plazo de 10 días subsane, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la citada norma.

Más información

Objeto y finalidad

La presente orden tiene por objeto convocar una subvención, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de dos becas de formación y prácticas en asuntos europeos, dirigida a personas físicas graduadas universitarias. Esta formación de carácter práctico tendrá una duración de doce meses a contar desde el día de la efectiva incorporación de la persona beneficiaria de la beca y, salvo causa de fuerza mayor, se realizará de forma presencial en las sedes que tiene la Dirección General de la Unión Europea en las ciudades de Murcia, durante el primer trimestre y, los tres restantes trimestres en la sede de Bruselas.

La presente orden de convocatoria se dicta en aplicación de lo previsto en el artículo 6.3 de la Orden de 9 de noviembre de 2020 de la Consejería de Empresa, Industria y Portavocía, por la que se aprueban las bases reguladoras de la subvención, en régimen de concurrencia competitiva, de concesión de becas de formación y prácticas en asuntos europeos (BORM número 277, de 28 de noviembre de 2020).

Fases de selección

En la primera fase de selección se realizará la baremación de los méritos que las personas solicitantes hayan acreditado documentalmente, atendiendo a los siguientes criterios de baremación, supondrá un 80% de la puntuación total (ver tabla en la convocatoria).

En una segunda fase, se realizará una entrevista personal, con al menos los cinco candidatos que hayan obtenido mayor puntuación en la fase de baremación de méritos. Esta fase supondrá un 20% de la puntuación total.

El día de celebración de la entrevista será notificada con al menos 7 días naturales de antelación. Dicha entrevista en castellano irá encaminada a valorar aspectos relacionados con la capacidad de adaptación al entorno, de comunicación, aptitud, madurez, motivación, experiencia práctica o formativa en la materia específica de Unión Europea de las personas candidatas. Y, en la parte final de la entrevista, el experto o asesor de idiomas, que colabora con la Comisión de Selección, conversará en inglés con la persona candidata por espacio aproximado de diez minutos.

En el supuesto de personas solicitantes con nacionalidad distinta de la española, y cuya lengua materna no sea el castellano, la Comisión de selección podrá decidir la realización una prueba escrita en español. La fecha de la realización de la prueba será notificada con al menos 7 días naturales de antelación.

Realizada ambas fases de preselección, la puntuación final será recogida en un acta por la comisión de selección, quien la elevará al órgano instructor.

Comunicaciones entre la administración regional y las personas interesadas

Las notificaciones de las resoluciones y actos administrativos del procedimiento se practicarán sólo por medios electrónicos, en los términos previstos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Las notificaciones se realizarán mediante el sistema de notificación electrónica disponible a través de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (https://sede.carm.es), desde la cual se remitirán a las personas interesadas aviso de la existencia de la notificación a la cuenta de correo electrónico y/o teléfono móvil que consten señalados en la solicitud con esta finalidad. Estos avisos no tendrán, en ningún caso, efectos de notificación practicada y su falta no impedirá que la notificación sea considerada plenamente válida.

Las notificaciones por medios electrónicos se entenderán practicadas en el momento en el que se produzca el acceso a su contenido a través de la carpeta del ciudadano de la sede electrónica.

La notificación electrónica se entenderá rechazada cuando hubiesen transcurrido diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.

Cuando los interesados sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación o bien, intentada ésta, no se hubiese podido practicar, la notificación se realizará por los medios establecidos en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Enlaces de interés

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/827107

Documentación a adjuntar

Toda la información requerida se encuentra disponible en el procedimiento 4101 “Beca de formación y prácticas en asuntos europeos” de la “Guía de Procedimientos y Servicios de la CARM”, desde el que también se podrá acceder al formulario específico de solicitud.

En el formulario específico de solicitud para participar en el proceso (https://sede.carm.es: Procedimiento número 4101) deberán quedarán reflejados:

Los datos de identificación de la persona solicitante o de su representante. Si se designa representante, las comunicaciones que deriven de este escrito se realizarán con el representante designado por el solicitante. El solicitante está obligado a identificar una dirección de correo electrónico en la que desea recibir el aviso de notificación.

El consentimiento expreso al órgano instructor para que recabe de la plataforma de interoperabilidad la consulta de datos necesarios que se determinen en esta orden de convocatoria. En caso de no prestar el consentimiento, la persona solicitante estará obligada a aportar los documentos necesarios para facilitar esa información dentro del plazo de presentación de solicitudes, en concreto los datos referidos a:

  • a. Datos de identidad.
  • b. Estar al corriente de las obligaciones fiscales con la CARM.
  • c. Estar al corriente del pago a la Seguridad Social.
  • d. Estar al pago de las obligaciones tributarias con la AEAT.
  • e. Datos de residencia con fecha de última variación patronal.
  • f. Títulos Universitarios Oficiales españoles u homologados.

Declaración responsable de que cumple los requisitos exigidos en el artículo 2 de la Orden de bases reguladoras.

Declaración responsable de la veracidad de todos los datos reflejados y la documentación que se aporta, dentro de la fase de solicitudes.

La persona solicitante deberá hacer constar la relación de documentos, a fin de acreditar los requisitos para ser beneficiario y los méritos que se alegan de conformidad con el artículo 13 Orden de bases reguladoras y artículo 7.3 de esta Orden de convocatoria.

Tales documentos acreditativos deberán adjuntarse en formato pdf., en el lugar indicado al efecto en el formulario específico de solicitud, habiendo en cada uno de los apartados una nota aclaratoria comprensiva de cuál es el concreto certificado/documento que debe anexarse en el apartado concreto, lo que facilita una correcta y ordenada presentación de la misma. Los documentos vendrán referidos a:

  • a. Titulación universitaria oficial de grado o equivalente. En el caso de que el título no haya sido aún expedido, deberá acreditarse el abono de los derechos exigidos para su expedición.
  • b. Certificación académica, reflejando nota media del título universitario oficial presentado como requisito.
  • c. Titulación universitaria oficial de grado, adicional. En el caso de que el título no haya sido aún expedido, deberá acreditarse el abono de los derechos exigidos para su expedición.
  • d. Certificado acreditativo del nivel de conocimiento según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MECR), de los idiomas que sean lengua oficial de la Unión Europea, señalados por la convocatoria como requisito de admisión.
  • e. Certificado acreditativo de realización de formación de postgrado, en concreto, Máster y/o Doctorado en materia específica de Unión Europea.
  • f. Certificado acreditativo de cursos de formación específica en materia de Unión Europea, quedando exceptuadas asignaturas del programa académico.
  • g. Certificado acreditativo de la participación en programas de movilidad europea.
  • h. Certificado acreditativo del nivel de conocimiento de otros idiomas no exigidos en la convocatoria y que sean lenguas oficiales de la Unión Europea. Será necesario acreditar mínimo un nivel B1, según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MECR) para que el idioma sea tenido en cuenta como mérito.
  • i. Certificado acreditativo de experiencia en asuntos de europeos de duración mínima de un mes, podrá acompañarse en su caso, de informe de vida laboral (realización de becas, prácticas curriculares y extracurriculares, prácticas laborales u otras similares).
  • j. Currículum Vitae.

La falta de presentación en plazo de los documentos que acrediten los méritos relacionados y marcados como aportados, conllevará que los mismos no serán objeto de valoración.

La presentación de la solicitud supondrá la aceptación expresa de las condiciones y requisitos de esta convocatoria.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes: Becas Formación Prácticas Asuntos Europeos Región de Murcia

Las Becas Formación Prácticas Asuntos Europeos Región de Murcia se convocan con el objeto de facilitar una formación práctica en asuntos europeos. Estas becas se dirigen a graduados universitarios, y se llevarán a cabo en sedes que tiene la Dirección General competente en materia de la Unión Europea en la ciudad de Murcia y en la Oficina de la Región de Murcia en Bruselas.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Formación Prácticas Asuntos Europeos Región de Murcia" es: desde 23/04/2025 hasta 22/05/2025.

La Beca "Becas Formación Prácticas Asuntos Europeos Región de Murcia" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Grado

La Beca "Becas Formación Prácticas Asuntos Europeos Región de Murcia" es un tipo de beca: 

  • Becas de movilidad
  • Becas de formación práctica
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas transporte