Becas Campus Yuste
INSCRIPCIONES
Becas Campus Yuste: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Campus Yuste son una iniciativa llevada a cabo por la Fundacón Yuste con el propósito de facilitar el desarrollo de los cursos internacionales de verano-otoño que realiza la Universidad de Extremadura durante el mes de julio en modalidad presencial en España.
Pueden solicitar las Becas Campus Yuste, aquellas personas que sean estudiantes de Grado, Máster o Doctorado que cuenten con nacionalidad en alguno de los países indicados en la convocatoria. Además de los requisitos establecidos, se evaluarán otros criterios de selección como son la nota media obtenida en el expediente académico de los alumnos.
Mediante estas ayudas, se cubrirá a los candidatos seleccionados el importe de la matrícula, así como los gastos de alojamiento y manutención generados con motivo del desarrollo de los cursos que se ofrecen.
Con todo ello, la Fundación Yuste pretende reforzar la formación de los estudiantes, así como facilitar la movilidad de los mismos, dando la oportunidad a estos de disfrutar de un periodo de estancia en España, pudiendo conocer de primera mano algunos de los rincones más turísticos y pintorescos de este país.
Así que si deseas completar tu formación mediante el desarrollo de un curso de verano en España, las Becas Campus Yuste te ofrecen la oportunidad que estabas esperando.
Datos básicos
- Nº de becas
- 120
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- Licenciatura
- Diplomatura
- Ingeniería
- Arquitectura
- País de destino
- España
Requisitos
Podrán ser personas beneficiarias de las Becas Campus Yuste establecidas en la presente convocatoria quienes a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes reúnan, además de los establecidos con carácter general en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, los siguientes requisitos específicos:
Poseer nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea o de alguno de los países que sean admitidos en esta convocatoria, así como de terceros países cuando se acredite la condición de residente en alguno de los países admisibles con fecha anterior a la publicación de la presente convocatoria.
Países admitidos en la convocatoria:
- Estados miembros de la Unión Europea (UE): Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Chipre, Dinamarca, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, República Eslovaca, Rumanía y Suecia.
- Los miembros de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) que son a su vez miembros del Espacio Económico Europeo (EEE): Noruega, Islandia y Liechtenstein.
- Los países adherentes a la UE, los países candidatos y los candidatos potenciales: Albania, Bosnia y Herzegovina, Moldavia, Montenegro, Macedonia del Norte, Serbia, Turquía, Ucrania, Georgia y Kosovo. Vecindad oriental: Armenia y Azerbaiyán.
- Países del Mediterráneo meridional: Argelia, Egipto, Israel, Jordania, Líbano, Libia, Marruecos, Palestina y Túnez.
- Asia: Bangladés, Bután, Camboya, China, Filipinas, India, Indonesia, Laos, Malasia, Maldivas, Mongolia, Myanmar/Birmania, Nepal, Pakistán, Sri Lanka, Tailandia y Vietnam, Brunéi, Corea, Hong Kong, Japón, Macao, Singapur y Taiwán.
- Asia Central: Kazajistán, Kirguistán, Tayikistán, Turkmenistán y Uzbekistán. Oriente Medio: Arabia Saudí, Baréin, Emiratos Árabes Unidos, Kuwait, Omán y Qatar.
- Pacífico: Fiyi, Islas Cook, Islas Marshall, Islas Salomón, Kiribati, Micronesia, Nauru, Niue, Palaos, Papúa Nueva Guinea, Samoa, Timor Oriental, Tonga, Tuvalu, Vanuatu, Australia y Nueva Zelanda.
- África subsahariana: Angola, Benín, Botsuana, Burkina Faso, Burundi, Cabo Verde, Camerún, Chad, Comoras, Congo, Costa de Marfil, Eritrea, Esuatini, Etiopía, Gabón, Gambia, Ghana, Guinea, Guinea-Bisáu, Guinea Ecuatorial, Kenia, Lesoto, Liberia, Madagascar, Malaui, Mali, Mauricio, Mauritania, Mozambique, Namibia, Níger, Nigeria, República Centroafricana, República Democrática del Congo, Ruanda, Santo Tomé y Príncipe, Senegal, Seychelles, Sierra Leona, Sudáfrica, Sudán, Sudán del Sur, Tanzania, Togo, Uganda, Yibuti, Zambia y Zimbabue.
- América Latina: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela.
- Caribe: Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice, Cuba, Dominica, Granada, Guyana, Haití, Jamaica, República Dominicana, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Surinam y Trinidad y Tobago.
- Estados Unidos y Canadá: Estados Unidos de América y Canadá.
- Otras regiones: Andorra, Mónaco, San Marino y Estado de la Ciudad del Vaticano, Islas Feroe, Reino Unido y Suiza.
Estar matriculado/a en titulaciones oficiales de universidades de la UE o de alguno de los países que sean admitidos en cada convocatoria conducentes a la obtención de un título de Diplomatura, Maestro/a, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica, Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura con nivel de Grado, Máster Universitario o Doctorado. No obstante, lo dispuesto en el párrafo anterior, también se admitirán las candidaturas de aquellas personas que hayan obtenido la titulación en los últimos cinco años anteriores a la publicación de la presente convocatoria y se encuentren en situación de desempleo o tengan un contrato en prácticas en vigor.
No disfrutar de otras becas y/o ayudas al estudio por el mismo concepto y para el mismo curso.
Dotación
Cada una de las Becas Campus Yuste cubrirá el importe de la matrícula, así como los gastos de alojamiento y manutención, generados por la asistencia a los cursos ofertados por la Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste, con los siguientes límites:
- a. Matrícula, con el límite máximo de 90 euros.
- b. Alojamiento y manutención, con los límites recogidos en el anexo I Decreto 42/2025, de 19 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio del personal de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 101 de 28 de mayo), siendo la duración de los cursos para los que se oferta la presente convocatoria de tres a cinco días.
Presentación
Las solicitudes para las Becas Campus Yuste, junto con la documentación requerida, se podrán presentar por vía electrónica cumplimentando el formulario digital publicado en la web:
https://www.fundacionyuste.org/campus-yuste/becas/
También podrán optar por presentar la solicitud físicamente en el registro de la Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste, sita en el Monasterio de San Jerónimo de Yuste, 10430 Cuacos de Yuste, Cáceres, o a través de las oficinas de correos, en cuyo caso deberán ir en sobre abierto a fin de que en ellas se haga constar, por el responsable de la oficina, la fecha en que tiene lugar la presentación y remisión por correo certificado.
El solicitante que haya optado por este medio (correo postal) enviará del mismo modo la solicitud y documentación escaneada a la siguiente dirección: campusyuste@fundacionyuste.org
La presentación de la solicitud implicará el consentimiento de las personas solicitantes al órgano gestor para que, a través de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social de la Junta de Extremadura, compruebe de oficio los datos de identidad y residencia a través de los servicios ofrecidos por el Ministerio competente en materia de hacienda como prestador del Sistema de Verificación de Datos de Identidad (SVDI) y de Residencia (SVDR).
Las personas solicitantes deben autorizar de forma expresa a que el órgano gestor, a través de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social de la Junta de Extremadura, recabe o consulte los certificados que acrediten el cumplimiento de estar al corriente en las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y no tener deudas con la Hacienda Autonómica, en la forma prevista en el apartado correspondiente de la solicitud. En caso de no autorización a la consulta de estos datos, se deberá aportar junto a la solicitud la certificación acreditativa correspondiente.
Todo ello con las garantías previstas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, siendo de carácter supletorio cuantas disposiciones no tengan el carácter de básico y demás normativa de desarrollo.
Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.
Más información
Objeto
La presente convocatoria tiene por objeto conceder las ayudas destinadas a financiar el importe de la matrícula, así como, en su caso, los gastos de alojamiento y manutención en la XXVII edición de los cursos internacionales de verano-otoño de la Universidad de Extremadura que se celebrarán en el periodo de julio de 2026, de conformidad con el Decreto del Presidente 6/2020, de 22 de julio, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión por la Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste de las ayudas del programa Campus Yuste (DOE núm. 148, de 31 de julio).
Modalidad presencial:
- Curso 1: LA AUTONOMÍA ESTRATÉGICA DE LA UNIÓN EUROPEA ANTE EL (DES)ORDEN MUNDIAL | 1 - 3 julio (35 ayudas)
- Curso 2: RELACIONES UE–ALC: OPORTUNIDADES Y DESAFÍOS EN UN MUNDO EN TRANSFORMACIÓN | 8 - 10 julio de 2026 (35 ayudas)
- Curso 3: MATRIMONIO, IMPERIO Y DIPLOMACIA: LA POLÍTICA DINÁSTICA DE LOS HABSBURGO (SIGLOS XV–XVII) | 15 - 17 julio (35 ayudas)
Criterios de selección
Para la valoración de las solicitudes de subvención y la concesión de las mismas, se atenderá a la mayor puntuación obtenida atendiendo a los siguientes criterios:
- a. Nota media de la licenciatura, diplomatura o grado (máximo 10 puntos, basada en la escala numérica de 0-10. Se procederá a la conversión a dicha escala para escalas numéricas diferentes).
- b. 0,5 puntos por cada máster o doctorado en curso.
- c. 1 punto por cada máster finalizado.
- d. 1,5 puntos por cada doctorado finalizado.
En el caso de cursar el primer año de universidad, se ordenará por nota de acceso a la universidad.
En caso de empate en la puntuación final, se resolverá mediante sorteo.
Pago y forma de justificación
El abono de esta ayuda no comporta pago directo a la persona beneficiaria, sino que su importe estará destinado a sufragar los gastos derivados de la participación en el curso, esto es, la matrícula y, en su caso, alojamiento y manutención, dentro del programa de cursos internacionales de verano-otoño, cuyo importe será abonado por la Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste a la entidad prestadora del servicio objeto de la ayuda previa presentación de la factura correspondiente.
La justificación por parte de la persona beneficiaria se realizará mediante la certificación que acredite la participación y superación del curso, a través del correspondiente diploma, en el plazo máximo de un mes desde la finalización de la actividad subvencionada.
Revocación y devolución de la concesión de la beca
Procederá la revocación y/o reintegro de la subvención concedida, así como la exigencia del interés de demora devengado desde el momento efectivo del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, en los siguientes casos:
- a. Ocultar o falsear datos tomados en cuenta para la concesión de la ayuda.
- b. Disfrutar de otra ayuda destinada al mismo objeto para el mismo curso.
- c. Anulación de la matrícula universitaria.
- d. No finalizar el curso sin causa debidamente justificada.
- e. Cualesquiera otras previstas en el artículo 43 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuando el incumplimiento por parte de la persona beneficiaria se aproxime de modo significativo al cumplimiento total y se acredite por esta una actuación inequívocamente tendente a la satisfacción de sus compromisos, la cantidad a reintegrar vendrá determinada en virtud del principio de proporcionalidad, procediéndose a efectuar el reintegro únicamente en la cantidad no justificada. Se considerará que el cumplimiento se aproxima de modo significativo al cumplimiento total cuando se haya justificado al menos un 60 % de la realización del curso.
La Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social de la Junta de Extremadura será el órgano competente para revocar la subvención y exigir a la persona beneficiaria el reintegro de subvenciones cuando se aprecie la existencia de alguno de los supuestos señalados.
El procedimiento para la revocación y reintegro será el establecido en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma.
Enlaces de interés
https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/710o/26080569.pdf
Documentación a adjuntar
Las solicitudes se presentarán en el modelo normalizado conforme al anexo I “Formulario Solicitud Campus Yuste”, firmado por la persona solicitante y deberá ir acompañado de la siguiente documentación:
- a. Copia del DNI/NIF en vigor (solo en el caso de denegarse la autorización para que la fundación lo recabe de oficio).
- b. Copia del expediente académico.
- c. Declaración responsable (Anexo I apartado 4).
- d. Copia de la tarjeta de residente (solo nacionales de países distintos a los admitidos en la convocatoria).
- e. Copia de los títulos universitarios, másteres y doctorados finalizados y certificado de matrícula de los que estén en curso.
- f. Cuando corresponda, documento que acredite estar en situación de desempleo o contrato laboral en prácticas en vigor.
La Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste podrá solicitar en cualquier momento y de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por el interesado, para lo que podrá requerir la exhibición del documento original.
Las solicitudes, junto con la documentación requerida, se podrán presentar por vía electrónica cumplimentando el formulario digital publicado en la web:
https://www.fundacionyuste.org/campus-yuste/becas/
También podrán optar por presentar la solicitud físicamente en el registro de la Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste, sita en el Monasterio de San Jerónimo de Yuste, 10430 Cuacos de Yuste, Cáceres, o a través de las oficinas de correos, en cuyo caso deberán ir en sobre abierto a fin de que en ellas se haga constar, por el responsable de la oficina, la fecha en que tiene lugar la presentación y remisión por correo certificado.
El solicitante que haya optado por este medio (correo postal) enviará del mismo modo la solicitud y documentación escaneada a la siguiente dirección: campusyuste@fundacionyuste.org
La presentación de la solicitud implicará el consentimiento de las personas solicitantes al órgano gestor para que, a través de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social de la Junta de Extremadura, compruebe de oficio los datos de identidad y residencia a través de los servicios ofrecidos por el Ministerio competente en materia de hacienda como prestador del Sistema de Verificación de Datos de Identidad (SVDI) y de Residencia (SVDR).
Las personas solicitantes deben autorizar de forma expresa a que el órgano gestor, a través de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social de la Junta de Extremadura, recabe o consulte los certificados que acrediten el cumplimiento de estar al corriente en las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y no tener deudas con la Hacienda Autonómica, en la forma prevista en el apartado correspondiente de la solicitud. En caso de no autorización a la consulta de estos datos, se deberá aportar junto a la solicitud la certificación acreditativa correspondiente.
Todo ello con las garantías previstas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, siendo de carácter supletorio cuantas disposiciones no tengan el carácter de básico y demás normativa de desarrollo.
Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.




