Fundación Sepi

Becas Fundación SEPI - CESA FP

Becas de formación prácticaNo universitarios

INSCRIPCIONES

Inicio17/10/2025 Fin20/11/2025
Abierta

Becas Fundación SEPI - CESA FP: solicitud y plazos

Descripción

La Fundación SEPI convoca las Becas Fundación SEPI - CESA FP que están dirigidas a desarrollar la formación práctica de los jóvenes titulados en los Ciclos Formativos de Grado Superior de Formación Profesional, en las áreas de electricidad y electrónica, fabricación mecánica, instalación y mantenimiento, química, y transporte y mantenimiento de vehículos.

De este modo, la Fundación SEPI facilita el acceso de los jóvenes titulados a una primera toma de contacto con el mundo laboral donde además de aplicar sus conocimientos teóricos. Además podrán desarrollar y poner en práctica los conocimientos prácticos a la vez que ganan en experiencia en todos los ámbitos.

Las personas que sean beneficiarias de las Becas Fundación SEPI - CESA FP deberán reunir los requisitos establecidos por el convocante. También deberán cumplir con una serie de obligaciones indicadas durante el periodo de desarrollo de las prácticas.

La duración total de estas ayudas será de seis meses que podrán ser prorrogables por un periodo de seis meses más siempre y cuando estén de acuerdo todas las partes implicadas. Los beneficiarios recibirán una dotación económica mensual de 820 €.

Como puedes comprobar, estas becas son una gran oportunidad para tener una primera toma de contacto con el mundo laboral a la vez que ganas en experiencia. Por eso, desde aquí te aconsejamos que no dejes escapar esta ocasión.

Si deseas solicitar una de las Becas Fundación SEPI - CESA FP, aquí te facilitamos todos los datos que debes saber como plazos de inscripción, requisitos y lugar de presentación de solicitudes.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Ciclos formativos de grado superior
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Española
  • Residente en España

Requisitos

Dotación de las Becas Fundación SEPI - CESA FP:

Con carácter general, en todos los procesos de selección que se realice durante la vigencia de la edición 2026 aquellas personas candidatas que deseen optar a alguna de las becas integrada en el Programa, deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Haber obtenido el título de que se trate con posterioridad al 30 de junio de 2017.
  • Haber nacido con posterioridad al 31 de diciembre de 1991.
  • No haber desempeñado trabajo profesional alguno relacionado con su titulación, ya sea por cuenta propia o ajena.
  • No haber sido ser beneficiario o beneficiaria de algún programa de becas de la Fundación SEPI, ni haber renunciado a alguna beca otorgada por esta institución durante el periodo formativo.

Con carácter específico para el proceso de selección en curso: haber concluido, antes de la fecha de incorporación a la beca, los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones oficiales relacionadas en el anexo a estas bases correspondiente al proceso de selección de que se trate, en algún centro docente español reconocido oficialmente. Los títulos obtenidos fuera de España serán admitidos siempre y cuando estén homologados o cuenten con la declaración de equivalencia otorgada por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.

Dichos títulos están relacionados en el anexo a estas bases y corresponden al proceso de selección de que se trate.

Dichas titulaciones deberán acreditarse mediante exhibición de original o copia legitimada en el momento en que se soliciten.

Dotación

La persona beneficiaria del Programa de Becas Fundación SEPI - CESA FP tendrá derecho a obtener los siguientes beneficios:

  • A disfrutar de un período de formación práctica en alguno de los centros u oficinas de CESA, de conformidad con el plan formativo de su beca.
  • A percibir, durante todo el periodo formativo, una asignación económica mensual de 820 € o parte proporcional que corresponda en función de la fecha de incorporación de la persona beneficiaria. Dicho importe será satisfecho durante los meses siguientes a su fecha de incorporación mientras disfrute de la beca. En el supuesto de que la persona en formación práctica pase a una situación de incapacidad temporal, tendrá derecho a percibir el 100 % de su asignación durante el primer mes de baja (salvo que se haya procedido a la suspensión de la beca por las circunstancias que concurran en el caso). A partir de ese momento, percibirá la parte de asignación que le corresponda, conforme a los criterios fijados para estos casos en la normativa de la Seguridad Social.
  • A la cobertura de un seguro de accidentes formalizado por la Fundación SEPI a su favor.
  • A ser incluido o incluida en el régimen general de la Seguridad Social, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social y demás normativa sobre cotización de este colectivo. La acción protectora de la Seguridad Social respecto de las personas beneficiarias de las becas será la que se deriva de su citada inclusión en el régimen general de la Seguridad Social, con la única exclusión de la protección por desempleo.

En el caso de que la beca sea prorrogada, tendrán los mismos beneficios que los establecidos en el en el punto 2.5.1.

Sobre las cantidades a percibir por las personas becarias, la Fundación SEPI practicará las retenciones tributarias y las deducciones por cuotas de la Seguridad Social que resulten exigibles en cada caso, de acuerdo con la normativa aplicable, y comunicará a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en cumplimiento de la normativa vigente, a efectos estadísticos, los importes entregados por este concepto.

La Fundación SEPI transferirá a cada persona en formación práctica la cantidad que proceda, dentro de los cinco primeros días del mes siguiente al que corresponda.

Presentación

Las solicitudes para las Becas Fundación SEPI - CESA FP deberán ser realizadas exclusivamente cumplimentando el formulario establecido al efecto en la página web de la Fundación SEPI (www.fundacionsepi.es). No serán admitidas solicitudes presentadas a través de otro medio.

El plazo de presentación para acceder al proceso de selección en curso figura en el anexo a estas bases correspondiente a dicho proceso.

Una vez terminado el plazo de presentación de solicitudes del proceso de selección correspondiente, quienes concurran a la beca, podrán ver el estado de su solicitud a través del apartado “consulte su solicitud” de la página web anteriormente indicada.

Más información

Características de la convocatoria

  • El Programa tiene como finalidad facilitar a personas jóvenes tituladas de grado superior de formación profesional, períodos de formación práctica, como becarios y becarias, en centros de trabajo de CESA bajo la supervisión de tutores o tutoras.
  • Durante el año 2025/2026 la Fundación SEPI podrá llevar a cabo diversos procesos de selección dentro de la presente convocatoria del Programa.
  • Cada uno de los procesos de selección que se realicen será independiente de cualquiera de los anteriores y, por tanto, se podrán modificar las condiciones de preselección y las titulaciones requeridas en cada uno de ellos y del número de becas ofertadas por CESA.
  • Las titulaciones requeridas se publicarán como anexo a las presentes bases, en el que se establecerá, además, el plazo para la presentación de solicitudes.
  • Compete a la Fundación SEPI la publicación y la dirección del proceso de selección correspondiente, así como la concesión de los beneficios del Programa y, en su caso, la suspensión o cancelación de estos.

Duración y prórroga de las becas

  • Las becas tendrán una duración inicial de seis meses, desde la fecha de incorporación de las personas beneficiarias. Las personas en formación práctica que se incorporen, sea cual sea la causa, en fecha posterior a la que finalmente se establezca en cada proceso, verán reducida su dotación en la parte proporcional que corresponda al periodo de beca no desarrollado. En estos casos, la Fundación SEPI podrá ampliar la duración de la beca, previa petición de CESA, hasta completar el período formativo establecido.
  • A solicitud de CESA, la Fundación SEPI podrá prorrogar las becas por otro período de seis meses, en análogas condiciones a las establecidas en el apartado anterior. Por tanto, si la Fundación SEPI autorizara la prórroga solicitada, el período formativo total sería de doce meses.

Dedicación

El horario en el que las personas beneficiarias de las becas desarrollarán su formación práctica será el que corresponda para éstas en el centro o departamento a los que sean asignadas de conformidad con el adecuado aprovechamiento de la formación recibida.

Distribución geográfica

La formación práctica de los becarios y becarias del Programa podrá llevarse a cabo en cualquier de los centros de CESA en Getafe (Madrid) o Sevilla.

Modalidad de las becas

El desarrollo de la beca, siempre y cuando la organización de la empresa donde se realiza la práctica formativa así lo permita, puede ser en remoto, de forma presencial o alternando ambas modalidades. En el supuesto de que no se pudiera llevar a cabo la formación práctica en ninguna de sus modalidades, la beca podrá ser suspendida o cancelada.

Situación jurídica de los beneficiarios

  • Las personas adjudicatarias de las becas ostentarán la condición de becarios o becarias de la Fundación SEPI. Durante su período de formación las personas becarias quedarán sujetas a las bases establecidas en la convocatoria del Programa, así como a las instrucciones que reciban de la Fundación SEPI, sin que ello comporte la existencia de relación laboral alguna entre ambas partes. La asimilación de los becarios y becarias a los trabajadores por cuenta ajena, prevista en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, sólo se contempla a los aludidos efectos de su inclusión en el régimen general de la Seguridad Social, con los límites y condiciones que marca dicha norma, sin que de ninguna manera pueda considerarse a ningún efecto su relación, que es de formación, como laboral.
  • Las becas serán concedidas por la Fundación SEPI en exclusivo interés de las propias personas beneficiarias del Programa, teniendo la asignación económica que perciben la naturaleza de ayuda a su formación, y no de remuneración o salario. Por ello, la labor formativa desarrollada a favor de estas personas en cualquiera de los centros de CESA no comportará la existencia en ningún caso de un vínculo laboral entre ambas partes. Durante su período de formación, las personas beneficiarias quedarán sujetas a las normas que reciban de la Fundación SEPI, sin perjuicio del deber de atender las orientaciones que les formulen las personas de CESA que se encarguen de la tutorización de su acción formativa. Los tutores o tutoras evaluarán la actitud y aptitud demostrada por los becarios y becarias respecto de la formación práctica que se lleve a cabo.

Incompatibilidades

El disfrute de una beca del Programa será incompatible con la realización de cualquier actividad por parte de la persona en formación práctica, ya sea por cuenta propia o ajena, retribuida o no, que, a juicio de la Fundación SEPI, interfiera el correcto desarrollo del periodo formativo. También resultará incompatible con el cobro de las prestaciones por desempleo o de cualquier otro tipo de beca de similares características, de la que deberá informar a la Fundación SEPI de manera inmediata, una vez conocida.

Evaluación, selección y concesión de beneficios

  • Los procesos de selección serán llevados a cabo por un jurado (en adelante, el Jurado). Las personas que lo componen serán nombradas por la Dirección General de la Fundación SEPI, y estarán asistidas y coordinadas por responsables de esta.
  • Los procesos de selección de las personas aspirantes comprenderán las siguientes etapas: Exclusión de candidaturas: Serán excluidas cuando no reúnan los requisitos establecidos en la base tercera, y aquéllas cuyas solicitudes no contengan todos los datos requeridos o hubieran sido cumplimentadas de forma errónea o no ajustada a la realidad. Preselección de las personas candidatas: En la misma, el Jurado definirá las condiciones que deban cumplir quienes concurran, relativas a los siguientes aspectos: la titulación, la media académica -ponderada según el número de cursos de que conste su titulación y el de años transcurridos para completarla- y, en su caso, el nivel de inglés. Entrevista con el Jurado. Su finalidad será evaluar el nivel de adecuación y aptitud de las personas candidatas para la consecución de los objetivos del Programa, así como, en su caso, el nivel de inglés de las mismas.
  • Durante el proceso de selección, el Jurado solicitará a quienes opten a la beca la documentación que estime necesaria para comprobar la veracidad de los datos aportados en la solicitud. La falta de aportación de dicha documentación en el plazo que se les confiera permitirá al Jurado considerar como no acreditado el dato de que se trate, sin ulterior recurso.
  • A la vista de los resultados obtenidos en las distintas fases del proceso de selección, el Jurado propondrá a la Fundación SEPI la concesión de las becas convocadas a las personas aspirantes que hayan obtenido una mayor puntuación y tengan el perfil y conocimientos más adecuados en relación a los requerimientos concretos de las áreas donde vayan a desarrollar las becas.
  • La Fundación SEPI concederá las becas de acuerdo con la propuesta del Jurado y comunicará a las personas beneficiarias la adjudicación de estas. El resto de las candidaturas quedará como suplentes.
  • En cada proceso de selección, a propuesta del Jurado, y sólo en el caso de que concurran especiales motivos justificados para ello, la Fundación SEPI podrá declarar desierta, total o parcialmente, la adjudicación de las becas que se convocan.
  • Los acuerdos que adopte el Jurado quedarán reflejados en un acta, que deberá ser firmada por los representantes de este y a la que podrán tener acceso quienes hayan presentado solicitud para el correspondiente proceso de selección. En todo caso, dicho acceso sólo podrá ser efectuado, previa petición por escrito de las personas interesadas en el domicilio de la Fundación SEPI, sito en la Avenida de Burgos, 8-B, planta 14, 28036 Madrid.

Obligaciones de las personas beneficiarias de la beca

  • Comunicar a la Fundación SEPI su número de afiliación a la Seguridad Social, en el plazo y en la forma que oportunamente le sean notificados.
  • Cumplimentar y remitir a la Fundación SEPI, dentro del plazo que se les indique, la documentación que se solicite en el momento de adjudicación de las becas. Dicha adjudicación tendrá carácter provisional mientras no sea enviada al departamento de becas de la Fundación SEPI y, posteriormente validada por éste.
  • Remitir trimestralmente a la Fundación SEPI un informe sobre el desarrollo de su proceso de formación en CESA, que deberá realizarse en la forma y con el contenido que les será notificado en su momento.
  • Comunicar a la Fundación SEPI, con carácter previo al inicio de su formación práctica, la realización por su parte de cualquier tipo de actividad concurrente, en atención a los términos señalados en el apartado 7 de la base segunda, de esta convocatoria. En el caso de que se pretenda realizar la citada actividad adicional una vez iniciada su formación práctica, el becario o becaria deberá trasladar su intención a la Fundación SEPI con anterioridad al inicio de aquélla.
  • Comunicar de inmediato a la Fundación SEPI incidencia que afecte al normal desarrollo del periodo formativo. Se incluyen aquéllas que supongan su ausencia del centro formativo, ya sea temporal, por causa de enfermedad o accidente, circunstancia que deberá ser acreditada mediante la remisión del correspondiente parte médico de baja a la Fundación SEPI, o permanente, por causar baja voluntaria en el Programa, con objeto de que la Fundación SEPI pueda cumplir con sus obligaciones respecto de la Seguridad Social.
  • Mostrar durante todo el período de la beca la actitud y el interés necesarios para un buen aprovechamiento de la formación. El incumplimiento de esta obligación podrá ser motivo suficiente para que la Fundación SEPI anule la beca concedida.
  • Atender las orientaciones que reciban de las personas encargadas de su tutorización asignadas por CESA en el ejercicio de su acción formativa, integrándose en la dinámica del departamento al que sean asignados para adquirir su formación práctica.
  • Asistir a las reuniones y entrevistas a las que sean convocados, ya sea por la Fundación SEPI o por CESA, con motivo del seguimiento del Programa en el que participan.
  • No divulgar ninguna información de carácter confidencial o reservada a la que hayan accedido durante el periodo de formación, ya sea relativa a la Fundación SEPI o a CESA, aceptando las condiciones de confidencialidad correspondientes. Dicha obligación se mantendrá una vez finalizado dicho periodo. El incumplimiento del presente compromiso dará lugar a las responsabilidades correspondientes.
  • Respetar las medidas de seguridad que CESA tenga establecidas y aquellas otras que le sean indicadas.
  • Las personas candidatas que sean extranjeras en España, deberán aportar a la Fundación SEPI, según el caso: Certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros. Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en vigor o solicitud de prórroga. Visado en vigor y documento que acredite el Número de Identidad de Extranjero (NIE). Si no disponen del documento correspondiente no podrá serle adjudicada, en su caso, la beca.
  • Comunicar a la Fundación SEPI una dirección de correo electrónico, aceptando la misma como el lugar válido para recibir todo tipo de notificaciones de la Fundación SEPI durante el transcurso de la beca.
  • Con motivo del tratamiento de sus datos personales, la Fundación SEPI comunicará a CESA, los datos personales aportados a la Fundación SEPI, en los términos que sean precisos para la organización, desarrollo y la adecuada implementación del Programa. Los datos recabados podrán ser comunicados igualmente a los bancos, para la gestión de cobros y pagos, a la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y demás Administraciones Públicas, a los efectos de llevar a cabo las declaraciones tributarias correspondientes y cumplir con sus respectivas obligaciones legales de conformidad con la normativa vigente. Tanto la comunicación como el tratamiento de los datos de carácter personal de las personas beneficiarias del programa de becas, se realizará en cumplimiento de lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
  • Las personas candidatas y/o becarias podrán solicitar el acceso a sus datos personales, su rectificación, su supresión, su portabilidad y la limitación de su tratamiento, así como oponerse al mismo, dirigiendo escrito a la Fundación SEPI, a la atención del delegado de Protección de Datos en la dirección protecciondatos@fundacionsepi.es o en Avenida de Burgos, 8-B, planta 14, 28036, Madrid. Asimismo, podrán presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (https://www.aepd.es/)

Anulación de la beca

  • CESA podrá realizar a la Fundación SEPI propuesta escrita motivada de anulación de la beca a las personas beneficiarias del Programa que, debido a su actitud o aptitud, hayan obtenido una evaluación insuficiente en la formación práctica recibida y/o una falta de aprovechamiento de esta. En el caso de que la Fundación SEPI acepte dicha propuesta, y una vez escuchada la persona afectada, dictará resolución de anulación de la beca, que será motivada y comunicada a la empresa o institución colaboradora y a la persona interesada.
  • La Fundación SEPI podrá anular la beca, previa comunicación a CESA, por cualquiera de las siguientes causas: La constatación de alguna irregularidad y/o falsedad en los datos manifestados por la persona beneficiaria de la beca, o el incumplimiento de algunos de los requisitos que se establezcan para las candidaturas en la convocatoria del Programa. El incumplimiento grave por parte de la persona becaria de algunas de sus obligaciones. La aceptación de la propuesta a la que se refiere el apartado 7.1 anterior. En el supuesto de que no se pudiera llevar a cabo la formación práctica en ninguna de sus modalidades previstas en el punto 2.4 de estas bases. En caso de disposición legal o reglamentaria que imposibilite la realización de la formación práctica en los términos previstos. Cuando, por otra causa ajena a la voluntad de las partes y debidamente justificada, no sea posible el mantenimiento de los compromisos adquiridos entre la Fundación SEPI y CESA.

Baja en el programa

  • La baja en el Programa se producirá: Por anulación de la beca. Por renuncia voluntaria de la persona beneficiaria, que deberá ser comunicada a la Fundación SEPI y a CESA con una antelación mínima de siete días hábiles a la fecha efectiva de la misma.
  • La baja de una persona becaria en el Programa supondrá la pérdida de todos los derechos inherentes a su condición de tal, a partir de la fecha en que se produzca. No obstante, en el caso de que renuncie a su beca antes de que finalice su periodo de formación establecido, no tendrá derecho a percibir dotación alguna, salvo que haya completado un periodo mínimo de diez días naturales.

Información posterior a la beca

En los meses siguientes a la finalización de la beca, las personas participantes en el Programa recibirán un cuestionario para conocer si tras la finalización de ésta han podido acceder al mercado laboral y con ello poder evaluar la consecución de los objetivos del Programa.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Fundación SEPI - CESA FP

La Fundación SEPI convoca las Becas Fundación SEPI - CESA FP que están dirigidas a desarrollar la formación práctica de los jóvenes titulados en los Ciclos Formativos de Grado Superior de Formación Profesional, en las áreas de electricidad y electrónica, fabricación mecánica, instalación y mantenimiento, química, y transporte y mantenimiento de vehículos.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Fundación SEPI - CESA FP" es: desde 17/10/2025 hasta 20/11/2025.

La Beca "Becas Fundación SEPI - CESA FP" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Ciclos formativos de grado superior

La Beca "Becas Fundación SEPI - CESA FP" es un tipo de beca: 

  • Becas de formación práctica