Becas Complemento a las Prácticas Banco Santander
INSCRIPCIONES
Becas Complemento a las Prácticas Banco Santander: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Complemento a las Prácticas Banco Santander se convocan para apoyar a estudiantes matriculados en universidades españolas que participen en el programa. Este complemento de 500 euros contribuirá a cubrir los gastos de las prácticas profesionales, ya sean curriculares o extracurriculares, externas o de formación complementaria en los servicios o departamentos de la propia universidad, durante el 2026.
El programa de Becas Complemento a las Prácticas Banco Santander está dirigido a estudiantes de FP de grado superior, grado, posgrado o máster, y busca fomentar la empleabilidad de los beneficiarios. Las universidades participantes en el programa serán las encargadas de asignar las becas. Para solicitarlas, se deberá ser residente en España, y estar matriculado en los niveles educativos descritos, además de haber sido seleccionado para realizar una práctica profesional.
La gestión del proceso de inscripción, selección y asignación de becas se llevará a cabo a través de la plataforma Santander Open Academy. Se deberá tener en cuenta además, que las universidades podrán establecer requisitos adicionales, siguiendo su normativa interna.
Las Becas Complemento a las Prácticas Banco Santander buscan apoyar el desarrollo profesional de los estudiantes y facilitar su inserción en el mercado laboral. Si deseas conocer toda la información relevante sobre las mismas, aquí te la mostramos. No pierdas esta oportunidad.
Datos básicos
- Nº de becas
- 188
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Ciclos formativos de grado superior
- Postgrado-Especialidad
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Tendrán la condición de candidatos y, por tanto, podrán optar a ser beneficiarios de este Programa de Becas Complemento a las Prácticas Banco Santander, los estudiantes universitarios, que cumplan con los siguientes requisitos (en adelante, los “Candidatos”):
- Ser residente en España.
- Estar matriculados en estudios de FP de grado superior, grado, posgrado o máster en alguna de las Universidades participantes en el Programa .
- Tener un rendimiento académico alineado con los criterios enumerados en el apartado relativo a la asignación de Becas.
- Haber sido seleccionado para realizar una práctica profesional curricular o extracurricular, externa o de formación complementaria en los servicios o departamentos de la Universidad, en el año 202 6, sea ésta remunerada o no remunerada
La Universidad se responsabilizará de la verificación del cumplimiento de los requisitos que deban cumplir los estudiantes a partir de los datos de carácter personal del solicitante de la Beca de los que se dispone en las bases de datos de la propia Univer sidad.
En el supuesto de que la Universidad tuviera que recabar datos de carácter personal especialmente sensibles de los Candidatos, incluyendo cualquier certificado o documentación que estime la Universidad como necesarios, lo hará de acuerdo con la normativa a plicable en materia de protección de datos de carácter personal vigente en cada momento.
La Universidad no facilitará, en ningún caso, datos de carácter personal sensibles de los Candidatos a Santander ni a ninguna de sus filiales.
Dotación
Dotación de las Becas Complemento a las Prácticas Banco Santander:
A la presente convocatoria 20 26 I Edición se destinará un máximo de UN MILLÓN DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL EUROS (1.248.0 00 euros) distribuido en 2.496 becas de 500 euros brutos, de conformidad con lo dispuesto a continuación.
Esta aportación se financiará con cargo a los convenios generales de colaboración firmados entre Santander y cada una de las Universidades que se encuentren en vigor en la fecha de publicación del Programa. El referido importe tiene la naturaleza prevista en el art. 25 de la Ley 49/20 02, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los incentivos Fiscales de Mecenazgo y habrá de ser destinado íntegramente al presente Programa.
En virtud de la normativa aplicable, las Universidades están obligadas a difundir la participación de Santander en este Programa de conformidad con lo dispuesto en el apartado “Difusión y publicidad”, todo ello en virtud de su adhesión al Programa a través de la Plataforma, que tendrá el valor de acuerdo de colaboración entre las Universidades y Santander.
En todo caso, el importe unitario de la Beca que recibirá cada uno de los estudiantes será el mismo en todas las Universidades, que por el mero hecho de participar asumen este compromiso de forma expresa.
La percepción de la Beca objeto del Programa será compatible con la de otro tipo de ayudas de carácter asistencial de naturaleza igual o distinta a las Becas que son objeto de este Programa, cualquiera que sea su origen público o privado, a las que pueda acceder el estudiante que realice la práctica al amparo del mismo.
Presentación
Inscripción a las Becas Complemento a las Prácticas Banco Santander:
Será condición ineludible para ser beneficiario de las Becas estar inscrito en el Programa a través de Plataforma, preferiblemente con el correo electrónico universitario de cada candidato. La notificación de la concesión de la Beca será a través del siste ma de gestión habilitado a las Universidades en dicha Plataforma.
La inscripción de los estudiantes deberá realizarse entre el 17 de febrero y el 16 de abril de 202 6.
La Universidad participante podrá establecer requisitos adicionales y seguir los procedimientos de gestión habituales en la convocatoria interna que realicen para el desarrollo y ejecución del Programa, según su propia normativa interna y políticas de otorgamiento de becas, siempre que los mismos no contravengan lo establecido en los presentes términos y condiciones generales.
A la finalización del Programa, se podrá organizar un evento para la presentación de resultados del mismo, coordinado por Santander, en calidad de empresa impulsora del Programa, quien podrá ponerse en contacto con los beneficiarios del Programa a través d e cualquier medio, incluida la vía electrónica, para su organización.
Más información
Objetivos
En virtud del Programa se promoverá la empleabilidad a estudiantes a nivel nacional de cualquier curso de FP de grado superior, grado, posgrado o máster matriculados en las universidades españolas que tengan convenio con Santander o con Fundación Banco Santander (en adelante, la/s “ Universidad/es ”).
En concreto, se promoverá que 2.496 estudiantes reciban un complemento de 500€ brutos que contribuya a sufragar los gastos derivados de la realización de prácticas profesionales, curriculares o extracurriculares, externas o de formación complementaria en los servicios o departamentos de la propia Univer sidad, durante el 202 6 (en adelante, la/s “ Beca/s ”), tales como transporte o manutención, entre otros.
Universidades participantes
Santander hará extensiva la participación en el Programa a las Universidades, con arreglo al cupo de Becas asignadas a cada una de ellas por Santander.
La participación queda supeditada a la aceptación expresa de las bases legales por parte de cada una de las Universidades para su adhesión, lo que implicará su toma de razón, conocimiento y aceptación de los presentes términos y condiciones generales del Programa, lo cual tendrá la consideración de acuerdo de colaboración entre las Universidades y Santander. Todo ello, a través de la herramienta de Santander en la página web www.santanderopenacademy.com (en adelante, la “ Plataforma ”).
Corresponde a cada una de las Universidades la gestión, resolución y adjudicación de las Becas que les sean asignadas, respetando en todo caso los términos y condiciones recogidos en el presente documento y siendo responsables de coordinar y gestionar los procedimientos internos para su adecuado funcionamiento.
El proceso de inscripción en el Programa, la gestión de candidaturas y la selección de los participantes beneficiarios se llevará a cabo a través de la Plataforma.
Asignación de Becas entre los Candidatos
Serán las Universidades quienes determinen la lista de Candidatos a quienes se les asignan las Becas (en adelante, los “ Beneficiarios ”). En todo caso las Universidades seleccionarán a los Beneficiarios a los que se les haya asignado una práctica profesional y atendiendo al rendimiento académico del curso inmediatamente anterior a la convocatoria del Programa.
No obstante lo anterior, las Universidades, además del criterio previsto en el apartado anterior de la presente cláusula, podrán tener en cuenta otros criterios que consideren oportunos para la asignación de las Becas, siempre y cuando no afecten al criterio establecido en la presente convocatoria, siendo su responsabilidad determinar y verificar el efectivo cumplimiento de los mismos, así como seguir los procedimientos de gestión habituales en la convocatoria interna que realicen para el desarrollo y ejecución del Programa, según su propia normativa interna y políticas de otorgamiento de becas.
Adicionalmente, las Universidades podrán priorizar, si lo consideran necesario, la asignación de las Becas a estudiantes que, o bien hayan sido beneficiarios de una beca socioeconómica del Ministerio de Educación y Formación Profesional en el año de la solicitud de esta Beca, o tengan acreditada una discapacidad igual o superior al 33%, o sean estudiantes con necesidades específicas de apoyo educativo, o necesidades educativas especiales debidamente acreditadas.
El plazo de asignación de las Becas por parte de las Universidades terminará el 21 de mayo de 2026.
Tal asignación se comunicará a los Beneficiarios quienes dispondrán de 7 días naturales para cursar su aceptación, todo ello a través de la Plataforma.
Las Universidades abonarán el importe de la Beca en los plazos que establezca su normativa interna, mediante ingreso en una cuenta abierta a nombre del Beneficiario Con el fin de promover la inclusión financiera, Banco Santander incorpora en su oferta comercial una cuenta corriente gratuita, de cuyas condiciones se informaría, tras la inscripción en el Programa, a aquellos beneficiarios que así lo hubieran consentido en Santander Open Academy.
En caso de que alguno de los Beneficiarios finalmente no realizara las prácticas profesionales por las que la Universidad le haya otorgado la Beca, tendrá que devolver el importe económico de la Beca a su propia Universidad, y ésta deberá otorgar dicha Bec a al siguiente Beneficiario que cumpla con los criterios de asignación.
Al término del Plazo, las Universidades deberán haber asignado todas las Becas, habiendo recurrido al procedimiento de reasignación a otros estudiantes mencionado anteriormente para asegurar que no queden plazas desiertas. En caso de imposibilidad de lleva r a cabo la reasignación de las becas a otros candidatos en la presente convocatoria, la universidad deberá incorporar las becas vacantes a la siguiente convocatoria dentro del año natural. En última instancia, si no se llega a adjudicar la totalidad de l as becas prevista a cierre del año natura, la universidad procederá a devolver el importe correspondiente a Banco Santander.
El 31 de diciembre 2026 (en adelante, el “Plazo”) se dará por cerrado el Programa.
Las fechas previstas en la presente cláusula podrán ser modificadas en sede de las correspondientes bases legales a criterio de Santander y serán, en todo caso, publicadas en la Plataforma.
Enlaces de interés
https://assets.santanderopenacademy.com/uploaded/programs/814508b9-6901-49ca-8454-8a45ae91cfb1




