Cabildo de Tenerife

Becas Necesidades Educativas Especiales Cab. Tenerife

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INSCRIPCIONES

Inicio15/09/2025 Fin29/11/2025
Abierta

Becas Necesidades Educativas Especiales Cab. Tenerife: solicitud y plazos

Descripción

El Cabildo de Tenerife, quiere conceder, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas económicas al alumnado con necesidades educativas especiales. Para ello convoca las Becas Necesidades Educativas Especiales Cab. Tenerife.

Estas becas tienen como principal objetivo compensar los gastos adicionales a que deben hacer frente las personas beneficiarias y sus familias generados por la situación de discapacidad acreditada.

Pueden solicitar las Becas Necesidades Educativas Especiales Cab. Tenerife las personas que certifiquen alguna discapacidad de entre los dos años de edad y los 20 años que estén cursando Educación infantil, Educación primaria, Educación secundaria obligatoria, Bachillerato, Ciclos formativos de grado medio y superior, y aquellos que estén realizando programa destinados a la obtención de una cualificación profesional inicial, formación profesional básica o programas de formación para la transición a la vida adulta.

Los beneficiarios de las becas recibirán una dotación económica única que variará según el grado de discapacidad del solicitante.

Con esta iniciativa el Cabildo de Tenerife persigue otorgar igualdad de oportunidades entre el alumnado, otorgando así los medios necesarios para su correcta formación académica.

Si estas interesado/a en solicitar una de las Becas Necesidades Educativas Especiales Cab. Tenerife, aquí podrás consultar toda la información que necesitas para comenzar el proceso de solicitud.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Primer ciclo de educación infantil
  • Segundo ciclo de educación infantil
  • Primaria
  • ESO
  • Bachillerato
  • Ciclos formativos de grado medio
  • Ciclos formativos de grado superior
  • Formación Profesional Básica
País de origen
  • España
Región de origen
  • Canarias
Provincia de origen
  • Santa Cruz de Tenerife
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Los requisitos que habrán de reunir las personas solicitantes de las Becas Necesidades Educativas Especiales Cab. Tenerife son los siguientes:

  • a. La persona solicitante de la ayuda deberá tener cumplidos los 2 años de edad y no superar los 20 años a 31 de diciembre del año 2024. Excepcionalmente podrán concederse ayudas a menores de dos años siempre que los equipos correspondientes certifiquen la necesidad de escolarización más temprana por razón de las características de la discapacidad.
  • b. Estar cursando durante el curso escolar 2025/2026 alguno de los siguientes niveles educativos en un centro ubicado en Tenerife:
    • Educación Infantil.
    • Educación Primaria.
    • Educación Secundaria Obligatoria (ESO).
    • Bachillerato.
    • Ciclos formativos de grado medio y superior.
    • Programas destinados a la obtención de una cualificación profesional inicial, formación profesional básica o programas de formación para la transición a la vida adulta.
  • c. Estar valorada por el correspondiente Servicio de la Dirección General de Servicios Sociales del Gobierno de Canarias u otro equivalente de cualquier otra Comunidad Autónoma, con un grado de discapacidad igual o superior al veinticinco por ciento (25%). Cuanto se encuentre pendiente de obtener la correspondiente valoración, se le atribuirá provisionalmente, a los efectos de estas ayudas, un grado de discapacidad del veinticinco por ciento (25%). Si esta situación se hubiese alegado en las dos últimas convocatorias, deberá actualizarse con la aportación de declaración responsable. Este requisito deberá estar presente al comienzo del curso escolar 2025/2026, en el nivel de Educación Primaria, fijado para el día 9 de septiembre de 2025 (Resolución de 20 de febrero de 2025 de la Dirección General de Administración de Centros, Escolarización y Servicios Complementarios, por la que se establece el calendario escolar y se dictan instrucciones para la organización y desarrollo de las actividades de comienzo y finalización el curso 2025-2026, para los centros de enseñanzas no universitarias de la Comunidad Autónoma de Canarias, Boletín Oficial de Canarias núm. 44 de 4 de marzo de 2025).
  • d. Sin perjuicio de lo que resulte de la aplicación de lo regulado por el apartado 6.2, el nivel de renta familiar por persona durante el año 2024 no podrá superar la cantidad de 10.000,00 euros.

Dotación

Las Becas Necesidades Educativas Especiales Cab. Tenerife consistirán en un importe único, calculado en función del grado de discapacidad de la persona solicitante, según la siguiente tabla:

  • 81%- 100%: 600€ 
  • 63% - 80%: 500€
  • 49% - 62%: 400€ 
  • 39% - 48%: 200€
  • 33% - 38%: 100€ 

Los importes previstos en la tabla anterior podrán ser incrementados hasta alcanzar el doble de la cuantía original en aplicación de lo regulado en la presente base.

Si el importe de la convocatoria fuese suficiente para ello, el órgano competente podrá disponer la resolución simplificada del procedimiento, en los términos y condiciones siguientes:

  • a. En aplicación de la resolución simplificada se estará exclusivamente a la concurrencia en las personas solicitantes de los requisitos exigidos por las letras A, B y C del apartado 5 de estas bases, sin atender a ningún otro requisito que resultare invocable por estas bases, en particular renta familiar por persona.
  • b. A cada solicitud que reúna los tres requisitos señalados en la letra anterior se le concederá el importe que corresponda en función del grado de discapacidad acreditado.
  • c. De existir sobrante en el importe objeto de la convocatoria, será prorrateado entre todas las personas beneficiarias, conforme a las siguientes reglas:
    • Si el importe disponible es suficiente, se atribuirá a cada persona propuesta como beneficiaria la cuantía máxima individualizada de mil doscientos euros (1.200,00 €), con independencia del grado de discapacidad acreditado.
    • Si el importe disponible no fuese suficiente para atender lo establecido en el párrafo anterior, se atribuirá a cada persona propuesta como beneficiaria, con independencia del grado de discapacidad acreditado, la cuantía de seiscientos euros (600,00 €), distribuyéndose a continuación el importe sobrante a partes iguales hasta agotar el crédito disponible.
    • Si el importe disponible tampoco fuese suficiente para atender lo establecido en el párrafo anterior, se atribuirá a cada persona propuesta como beneficiaria la cuantía máxima individualizada correspondiente al grado de discapacidad acreditado, distribuyéndose a continuación el importe sobrante a partes iguales, hasta que cada persona propuesta como beneficiaria reciba beca por un máximo de seiscientos euros (600,00 €).

Presentación

La presentación de la solicitud y la documentación para optar a las Becas Necesidades Educativas Especiales Cab. Tenerife podrá ser telemática o presencial.

La presentación telemática, en la sede electrónica del Cabildo Insular de Tenerife: https://sede.tenerife.es, conforme a las siguientes instrucciones:

  • a. En la sección de “Trámites" de la sede electrónica podrá acceder a los trámites y utilizando el buscador: https://sede.tenerife.es/es/tramites, podrá encontrar el procedimiento de becas cuya solicitud quiere presentar.
  • b. Utilizando el botón de "Acceder para tramitar por Internet", se accede automáticamente al área personal y se inicia el proceso de tramitación.
  • c. Para poder iniciar la tramitación de la beca, los solicitantes podrán identificarse por cualquier medio reconocido por el sistema cl@ve.
  • d. Una vez cumplimentada la solicitud y aportados los documentos requeridos, deberá presentarse en el Registro electrónico a través de la sede electrónica.
  • e. En el momento en que concluya la presentación de su solicitud por Internet, recibirá en forma automática un recibo acreditativo firmado electrónicamente por el Registro Electrónico.
  • f. No serán tenidas en cuenta aquellas solicitudes cumplimentadas por vía telemática que no completen el proceso de presentación establecido, obteniendo el resguardo de solicitud que deberá ser conservado por la persona solicitante para acreditar, en caso de que resulte necesario, la presentación de su solicitud en el plazo y forma establecidos.

La presentación presencial se realizará a través de las Oficinas de atención al ciudadano. La información necesaria puede ser consultada en la página web a través del siguiente enlace: https://www.tenerife.es/portalcabtfe/es/atencion-ciudadana/, o en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Es necesario solicitar cita para acudir a alguna de las oficinas de asistencia en materia de registro.

Más información

Compatibilidad

La beca será compatible y complementaria con la otorgada por otras instituciones para la misma finalidad.

Propuesta de resolución provisional

  • El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe de evaluación de la Comisión, formulará la propuesta de resolución provisional,debidamente motivada, con indicación de las becas seleccionadas para su concesión, denegación y exclusión.
  • Dicha propuesta de resolución provisional se hará pública mediante anuncio publicado en el tablón de anuncios: https://sede.tenerife.es/es/tablon-anuncios, otorgando un plazo de diez (10) días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación en el tablón de anuncios para que las personas interesadas presenten las alegaciones que estimen oportunas acompañadas de los documentos en los que se fundamenten las mismas.
  • La presentación de las alegaciones, y en su caso documentación adjunta podrá realizarse por medios telemáticos o presencialmente:
    • a. La presentación de alegaciones por medios telemáticos se realizará a través de la sede electrónica del Cabildo Insular de Tenerife accediendo al “Área personal”. El acceso al Área Personal requiere la identificación de los usuarios a través de cualquiera de los medios reconocidos por el sistema cl@ve. Tras la autenticación, se mostrarán todos los expedientes en los que el usuario tenga la condición de interesado o representante. La localización de un expediente puede realizarse mediante la consulta de la pestaña "Vista General" o pulsando en el enlace "Ver todos los expedientes" que dispone de un mecanismo de búsqueda. Una vez encontrado el expediente, la presentación de documentación se efectúa mediante el botón "Aportar o subsanar trámite".
    • b. La presentación presencial se realizará a través de las Oficinas de atención al ciudadano. Asimismo, podrá consultarse en la sede electrónica del Cabildo Insular de Tenerife el procedimiento denominado “Aportación de documentos en relación a los procedimientos gestionados por el Cabildo Insular de Tenerife”, a través del cual pueden las personas interesadas cumplimentar e imprimir el formulario para la presentación de la documentación correspondiente.

    Propuesta de resolución definitiva

    • Examinadas en su caso las alegaciones aducidas por las personas interesadas, el órgano instructor, a la vista del expediente y del informe de evaluación de la Comisión, formulará la propuesta de resolución definitiva, que se elevará al órgano competente para resolver el procedimiento, expresando las solicitudes seleccionadas y aquellas que han quedado excluidas por no ajustarse a los requisitos exigidos en las presentes bases o en las específicas.
    • Las propuestas de resolución provisional y definitiva no crean derecho alguno a favor de la persona beneficiaria propuesta frente al Cabildo Insular hasta que no se haya procedido a la publicación en el tablón de anuncios de la resolución de concesión: https://sede.tenerife.es/es/tablon-anuncios.

    Concesión

    • La resolución de concesión será publicada en el tablón de anuncios: https://sede.tenerife.es/es/tablon-anuncios.

    Abono

    El pago íntegro de las ayudas se efectuará, una vez dictado el acto de resolución definitiva de la convocatoria, de forma directa a los centros educativos de matriculación, en su condición de entidades colaboradoras, en el ejercicio en que finalice el curso académico objeto de la convocatoria, siempre y cuando la persona beneficiaria no se halle incursa en ninguna causa de cumplimiento prevista en las presentes bases.

    Personas con discapacidad

    Requisitos

    • Estar valorada por el correspondiente Servicio de la Dirección General de Servicios Sociales del Gobierno de Canarias u otro equivalente de cualquier otra Comunidad Autónoma, con un grado de discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento (33%).
    • Cuanto se encuentre pendiente de obtener la correspondiente valoración, se le atribuirá provisionalmente, a los efectos de estas ayudas, un grado de discapacidad del treinta y tres por ciento (33%), siempre que acredite haber solicitado dicha valoración antes de la convocatoria.

    Becas destacadas

    Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Necesidades Educativas Especiales Cab. Tenerife

    El Cabildo de Tenerife, quiere conceder, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas económicas al alumnado con necesidades educativas especiales. Para ello convoca las Becas Necesidades Educativas Especiales Cab. Tenerife.

    El plazo de inscripción de la Beca "Becas Necesidades Educativas Especiales Cab. Tenerife" es: desde 15/09/2025 hasta 29/11/2025.

    La Beca "Becas Necesidades Educativas Especiales Cab. Tenerife" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

    • Primer ciclo de educación infantil
    • Segundo ciclo de educación infantil
    • Primaria
    • ESO
    • Bachillerato
    • Ciclos formativos de grado medio
    • Ciclos formativos de grado superior
    • Formación Profesional Básica

    La Beca "Becas Necesidades Educativas Especiales Cab. Tenerife" es un tipo de beca: 

    • Becas de estudios
    • Becas para personas con discapacidad
    • Becas NEAE