Becas Estudios Semipresenciales Distancia Fuerteventura
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Becas Estudios Semipresenciales Distancia Fuerteventura: solicitud y plazos
Descripción
El Cabildo de Fuerteventura es el organismo encargado de las gestión y administración de todos los ámbitos que afectan a la ciudadanía, seguridad, medio ambiente, entre otros de la isla de Fuerteventura.
Este organismo, además es el encargado de desarrollar y gestionar las tareas relacionadas con la Educación, y es por ello que convoca una serie de becas y ayudas dirigidas a facilitar a los residentes de la isla, la obtención de una adecuada formación académica y práctica. De este modo se obtiene como resultado a una sociedad bien formada y que cuente con las herramientas necesarias de cara a su incorporación al mundo laboral.
Un ejemplo de todo esto son las Becas para la realización de estudios oficiales, semipresenciales y a distancia. Estas ayudas están dirigidas a los estudiantes de Educación Secundaria Obigatoria, Formación Profesional, y enseñanzas universitarias que se desarrollen dentro de la isla de Fuerteventura.
Para poder optar a una de las Becas para la realización de estudios oficiales, semipresenciales y a distancia, los candidatos deben reunir una serie de requisitos entre los que se encuentran el estar empadronado en dicha isla.
Conoce aquí todos los datos relacionados con las Becas para la realización de estudios oficiales, semipresenciales y a distancia. Aqui encontrarás información como requisitos, plazos de presentación de solicitudes y toda la documentación que deberás aportar.
Datos básicos
- Nº de becas
- Unspecified
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- ESO
- Bachillerato
- Ciclos formativos de grado medio
- Ciclos formativos de grado superior
- Curso de Acceso Directo para Mayores de 25 años
- Pruebas de Acceso a Ciclos Formativos
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Región de origen
- Canarias
- Localidad
Fuerteventura
- Nacionalidades
- Española
- Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea
Requisitos
Beneficiarios
Las personas interesadas en la concesión de las Becas Estudios Semipresenciales Distancia Fuerteventura, deberán cumplir los siguientes requisitos generales, además de los requisitos específicos de las diferentes modalidades:
- Quienes figuren empadronados en la isla de Fuerteventura al menos durante el último año de manera ininterrumpida en cualquier municipio de la isla, tomando como fecha para el cómputo el último día del mes en que se publique la convocatoria, de conformidad con el artículo 27 de estas bases. Excepto los solicitantes de las becas de investigación, dado las características de dichas becas. En el caso de las becas reguladas en los capítulos II, IV y V del Título III, la antigüedad en el padrón deberá ser de los últimos dos años.
- Ser español o poseer la nacionalidad de un estado miembro de la Unión Europea. En este último caso, se requerirá que el propio estudiante o sus sustentadores se encuentren trabajando en España. En el supuesto de estudiantes no comunitarios se aplicará lo dispuesto en la normativa sobre el derecho y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
Requisitos generales:
- No estar en posesión de un título académico de igual o superior rango o categoría al de los estudios para los que solicita beca o ayuda, siempre que se hubiese recibido beca del Cabildo de Fuerteventura para la obtención de aquel.
- La condición de beneficiario podrá obtenerse, aunque no se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones.
- Que la Renta de la unidad familiar y/o del solicitante (si se encuentra emancipado) no supere los límites o umbrales que se establecen en las bases reguladoras específicas de cada modalidad. Los requisitos deben cumplirse al último día del mes de publicación de cada convocatoria, siempre que no se establezca de manera expresa un cómputo distinto en los requisitos específicos de cada modalidad.
** Consultar requisitos económicos y académicos en caso necesario, en el pdf que se facilita en el campo "Enlaces de interés".
- ESO.
- Bachillerato.
- Formación profesional de grado medio o grado superior.
- Grado universitario.
- Máster universitario.
- Cursos de acceso y cursos de preparación para las pruebas de acceso a la formación profesional impartidos en centros públicos y en centros privados concertados que tengan autorizadas enseñanzas de formación profesional.
- Curso de preparación para el acceso a la universidad de mayores de veinticinco años impartido por universidades públicas. En el caso de los dos últimos estudios, se exceptúan del importe mínimo de beca a que se refiere el artículo 21 para estudios en la isla.
- Estudios de ESO, Bachillerato y Formación Profesional.
- a. Estar matriculado en cualquier centro de estudios oficial de la isla de Fuerteventura, con independencia de su titularidad.
- b. Haber superado el curso inmediatamente anterior al de la convocatoria que corresponda.
- Estudios universitarios.
- a. Los mismos requisitos que se establecen en el artículo 47.3 de las presentes Bases, salvo quienes acrediten encontrarse en situación laboral activa y ser mayores de 23 años, que deberán estar matriculados de al menos el 20% de los créditos que conforman un curso dentro del plan de estudios que corresponda.
Dotación
La cuantía según las diferentes modalidades será la siguiente:
Becas para la realización de estudios presenciales, semipresenciales y a distancia dela ESO, Bachillerato y FP en la isla de Fuerteventura (Becas Estudios Semipresenciales Distancia Fuerteventura) : a partir de 5 puntos totales, cuantía fija: 200,00 euros.
Teniendo en cuenta los puntos por renta familiar se sumará a los 200,00 euros de cuantía fija, la siguiente cuantía variable:
- 5 puntos renta: + 50,00 euros.
- 6 puntos renta: + 100,00 euros.
- 7 puntos renta: + 150,00 euros.
Becas para cursos de acceso y cursos de preparación para las pruebas de acceso a la formación profesional impartidos en centros públicos y en centros privados concertados que tengan autorizadas enseñanzas de formación profesional: a partir de 5 puntos totales, cuantía fija: 100,00 euros.
Becas para curso de preparación para el acceso a la universidad de mayores de veinticinco años impartido por universidades públicas: a partir de 5 puntos totales, cuantía fija: 100,00 euros.
- 12 puntos: 1.200,00 euros.
- 11 puntos: 1.100,00 euros.
- 10 puntos: 1.000,00 euros.
- 9 puntos: 900,00 euros.
- 8 puntos: 800,00 euros.
- 7 puntos: 700,00 euros.
- 6 puntos: 600,00 euros.
- 5 puntos: 500,00 euros.
Presentación
Las solicitudes para las Becas Estudios Semipresenciales Distancia Fuerteventura deberán presentarse únicamente a través de la plataforma web de solicitud y seguimiento de las Becas de estudio: https://becas.cabildofuer.es
Más información
Criterios de valoración
Solo se valorarán aquellas solicitudes que cumplan con todos los requisitos señalados en las bases reguladoras, así como aquellas que aporten toda la documentación exigida.
Si las solicitudes y los solicitantes, cumplen con los requisitos generales y específicos establecidos en las bases reguladoras de becas y ayudas al estudio del Cabildo Insular de Fuerteventura, se aplicarán los criterios de valoración establecidos en los Capítulo I del Título III de bases reguladoras de becas y ayudas al estudio del Cabildo de Fuerteventura según el tipo de beca solicitada, teniendo en cuenta los requisitos establecidos en el Título I, de acuerdo a los estudios para el que solicita la beca o ayuda al estudio.
Plazo de resolución
El plazo máximo de resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses, contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Si por causa justificada no pudiera resolverse en este plazo, se ampliará en tres meses más el plazo de resolución. Con carácter general, transcurrido el plazo de resolución sin que ésta se haya dictado expresamente, se entenderá desestimada. La resolución de concesión becas podrá realizarse de manera individual, parcial o total.
Medios de notificación
Los siguientes actos o resoluciones se notificarán a los interesados de acuerdo con el artículo 45.1.b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a través de la publicación en la página web del Cabildo de Fuerteventura (www.cabildofuer.es), en la Sede Electrónica (sede.cabildofuer.es) y tablones electrónicos de anuncios oficiales de la corporación. Además los interesados podrán recibir en la dirección de correo electrónico que hayan indicado en el registro de usuario, un aviso de la publicación de aquellos actos en los que figuren.
Requerimiento de subsanación y mejora de las solicitudes de becas y ayudas al estudio.
Resolución o resoluciones provisional/es y definitiva/s de becas y ayudas al estudio concedidas, denegadas y desistidas.
Cualquier otra información que sea de conocimiento general por los solicitantes (solicitudes y documentación a aportar con la solicitud).
Enlaces de interés
Bases reguladoras donde encontrarás los requisitos académicos y económicos: http://www.cabildofuer.es/documentos/Educacion/Becas/bases_becas_estudio.pdf
Resolución:
https://www.cabildofuer.es/documentos/Educacion/Becas/becas_dentro_isla/24-25/convocatoria.pdf
Documentación a adjuntar
En todas las modalidades, en caso de no autorización expresa a aquellos documentos a los que pueda acceder el Cabildo de Fuerteventura según se muestre en la página web de solicitudes, deberá aportarse:
- DNI/NIE del solicitante y de todos los miembros computables de la unidad familiar.
- Certificado de empadronamiento expedido por el ayuntamiento de la isla de Fuerteventura donde resida el solicitante y se acredite la residencia en el mismo durante, al menos, 1 año anterior a la convocatoria, tomando como fecha final del cómputo el último día del mes en que se publica la convocatoria. En el caso en que el solicitante haya residido en dos municipios diferentes de la isla durante el último año deberá acreditarlo entregando los certificados históricos de ambos municipios.
- El certificado deberá ser expedido por el ayuntamiento correspondiente en el plazo no superior a tres meses al inicio de presentación de solicitudes o, en el caso de serrequerida, del inicio del plazo de requerimiento y subsanación.
- Declaración de la renta del ejercicio 2023 de todos los miembros de la unidad familiar. En el caso que el solicitante no dependa económicamente de sus progenitores declaración de la renta del solicitante. En caso de no haber trabajado o no estar obligado a declarar, certificado de imputaciones y retenciones del ejercicio 2023 de los miembros de la unidad familiar. En el caso que el solicitante no dependa económicamente de sus progenitores, certificado de imputaciones y retenciones del solicitante.
- En caso de que algún miembro de la unidad familiar, o el propio solicitante, tenga reconocida alguna pensión, certificado de los importes percibidos durante el ejercicio 2023.
- En caso de familia numerosa, se debe aportar título de familia numerosa.
- En caso de discapacidad superior al 33%; certificado de discapacidad del solicitante o de los hermanos o hijos del solicitante.
- En caso de orfandad simple (un solo progenitor) o absoluta, del estudiante menor de 25 años, certificado de defunción del padre y/o de la madre. En caso de hermanos mayores de 25 años que convivan en el domicilio de la unidad familiar, certificado de estar inscrito como demandante de empleo y acreditación deque no percibe prestación por desempleo.
- En caso de independencia económica del solicitante, informe de vida laboral de los últimos 12 meses y contrato de arrendamiento de la vivienda o cualquier otro documento que acredite la titularidad o residencia en vivienda distinta de la de la unidad familiar. Acreditación de la condición de familia monoparental.
- Acreditación de la condición de víctimas de violencia de género, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (sentencia condenatoria por cualquiera de las manifestaciones de la violencia contra las mujeres previstas en la ley, orden de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima, o bien por el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género.También podrán acreditarse las situaciones de violencia contra las mujeres mediante informe de los servicios sociales, de los servicios especializados, o de los servicios de acogida de la Administración Pública competente destinados a las víctimas de violencia de género. En el caso de víctimas menores de edad, la acreditación podrá realizarse, además, por documentos sanitarios oficiales de comunicación a la Fiscalía o al órgano judicial.)
- Acreditación de la tutela, en el caso de solicitante menores de edad con tutor legal.
- En caso de no figurar en la base de datos de terceros de la Tesorería del Cabildo de Fuerteventura o haber modificado la cuenta bancaria, certificado de titularidad bancaria. En todo caso el solicitante de la beca debe figurar como titular o cotitular dela cuenta.
Para las becas de enseñanzas de la ESO, Bachillerato y Formación Profesional presencial, semipresencial o a distancia, se deberá aportar, en su caso, además:
- Documento original, con validez académica, de la matrícula del curso 2024/2025. Calificaciones finales del curso académico 2023/2024, o de años anteriores en caso de haber dejado transcurrir algún año sin estudiar.
- Documento original, con validez académica, de la matrícula del curso 2024/2025 donde figuren los créditos matriculados y quede suficientemente acreditado que la matrícula ha sido abonada.
- Estudiantes universitarios: documento extracto del expediente académico actualizado del curso 2024/2025, donde figuren los datos identificativos del solicitante, los créditos matriculados en el curso 2024/2025 y los matriculados, superados y no superados en el curso 2023/2024.
- En caso de estudiantes de primer curso de grado, calificaciones de los estudios cursados en el curso 2023/2024, o en años anteriores en caso de haber dejado transcurrir algún año sin estudiar.
- Estudiantes de posgrado: matrícula del curso 2024/2025; con validez académica, además del título académico que les dio acceso a los estudios de máster o doctorado. En su caso, justificante del pago de las tasas del mismo.
- Los documentos de universidades o centros de estudios extranjeros, deben presentarse traducidos al español.
- Documento original con validez académica de la matrícula del curso 2024/2025.