Concurso de Literatura de Sopela
INSCRIPCIONES
Concurso de Literatura de Sopela: solicitud y plazos
Descripción
El Concurso de Literatura de Sopela ofrece una oportunidad para quienes disfrutan de la creación literaria y desean dar a conocer su obra. La convocatoria está dirigida a personas físicas de forma individual o en grupo, mayores de 16 años, empadronadas en Sopela con una antigüedad mínima de un año. Las obras deberán ser nuevas, inéditas y estar redactadas íntegramente en euskera.
El Concurso de Literatura de Sopela contempla cuatro modalidades: narrativa, poesía, teatro y cómic, con premios de 1.000 euros para las tres primeras y de 2.000 euros para cómic. Las propuestas serán valoradas atendiendo a criterios como la calidad, la originalidad, el interés potencial y el valor artístico y social, prestando especial atención a la igualdad, la diversidad cultural, la integración y el respeto de los derechos humanos.
La presentación podrá realizarse en papel o en formato digital, siguiendo las condiciones establecidas para garantizar el anonimato de las obras durante la evaluación. El plazo permanecerá abierto hasta el 31 de octubre de 2026.
Además del reconocimiento económico, las personas premiadas deberán participar en una presentación pública de su obra durante la Semana del Euskera.
Si quieres conocer todos los requisitos y detalles sobre el Concurso de Literatura de Sopela, encuentra aquí en nuestra web toda la información para participar.
Datos básicos
- Nº de becas
- 4
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- Licenciatura
- Diplomatura
- Primaria
- ESO
- Ciclos formativos de grado medio
- Ciclos formativos de grado superior
- Postgrado-Especialidad
- Postdoctorado
- País de origen
- España
- Región de origen
- País Vasco
- Provincia de origen
- Vizcaya
- Localidad
- Sopela
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Participantes a las Concurso de Literatura de Sopela:
Tendrán la condición de participantes en la presente convocatoria las personas físicas, de forma individual o en grupo, que tengan 16 años (cumplidos en el momento de presentación del trabajo), estén empadronados/as en Sopela con una antigüedad mínima de 1 año a fecha de la publicación del extracto de la convocatoria y que presenten obras conforme a lo establecido en la misma.
Cuando la obra presentada sea resultado de la creación conjunta de más de una persona física cada uno de los integrantes del grupo deberá cumplir, de manera individual, los requisitos exigidos en la presente base.
Requisitos para obtener la condición de persona beneficiaria
Para poder obtener la condición de persona beneficiaria de los premios en metálico, las personas participantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
- a. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- b. Hallarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
- c. No incurrir en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- d. Haber justificado adecuadamente, en su caso, las subvenciones anteriormente concedidas por el Ayuntamiento de Sopela.
- e. No haber sido sancionadas, mediante resolución firme, por infracción grave o muy grave en materia de igualdad entre mujeres y hombres.
- f. No desarrollar actividades ni presentar obras que resulten contrarias al principio de igualdad entre mujeres y hombres.
La acreditación del cumplimiento de los requisitos anteriores se realizará mediante declaración responsable.
No podrán obtener la condición de personas beneficiarias:
- a. Quienes incurran en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
- b. Las personas físicas cuyos trabajos, trayectoria o actuaciones resulten contrarios al principio de igualdad entre mujeres y hombres.
- c. Las personas que hayan sido sancionadas en firme en vía administrativa o judicial por vulneración del derecho a la igualdad y no discriminación.
Cuando la obra presentada sea resultado de la creación conjunta de más de una persona física cada uno de los integrantes del grupo deberá cumplir, de manera individual, los requisitos exigidos en la presente base.
En el supuesto de que la persona propuesta como ganadora no cumpla los requisitos exigidos, podrá declararse ganadora del concurso sin derecho a percepción económica, conforme a lo previsto en la Ordenanza municipal.
Dotación
Dotación del Concurso de Literatura de Sopela:
Modalidad - Nº de premios - Cuantía:
- Narrativa - 1 - 1.000,00 € .
- Poesía - 1 - 1.000,00 €.
- Teatro - 1 - 1.000,00 €.
- Cómic - 1 - 2.000,00 €
A estos premios se les descontará el IRPF correspondiente.
Presentación
Plazo para solicitar las Concurso de Literatura de Sopela:
El plazo de presentación será desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y hasta el 31 de octubre de 2026.
Forma y documentación: Las obras deberán presentarse en papel o en formato digital.
Cada participante o grupo podrá presentar una única obra.
Cuando la obra presentada sea resultado de la creación conjunta de más de una persona física (coautoría), se considerará que participan bajo la modalidad de "grupo". En este supuesto, se aplicarán las siguientes reglas:
- Designación de representante: Los miembros del grupo deberán designar obligatoriamente a una persona física integrante del mismo como representante. Esta persona actuará como interlocutora con el Ayuntamiento de Sopela, estará autorizada para presentar la solicitud en nombre del grupo y será la receptora de todas las notificaciones administrativas.
- Identificación de coautores/as: La solicitud de participación deberá identificar obligatoriamente con nombre, apellidos, DNI/NIE y datos de contacto a todas y cada una de las personas autoras de la obra presentada.
A. PRESENTACIÓN EN SOPORTE PAPEL
Las obras se incluirán en un sobre o embalaje exterior cerrado y opaco, sin identificación de la persona autora. En el exterior del sobre deberá constar obligatoriamente la categoría a la que se presenta (narrativa, poesía, teatro o cómic) y el título de la obra.
Este sobre o embalaje exterior deberá contener en su interior, de forma separada:
- La obra presentada: Impresa, sin firma ni ningún elemento o marca que permita identificar a la/s persona/s autora/s.
- Sobre cerrado e independiente (Sobre 1: Documentación administrativa): En cuyo exterior constará el título de la obra y la categoría. En su interior se incluirá:
- El Anexo I (solicitud y declaración responsable) debidamente cumplimentado y firmado por el autor o representante.
- El Anexo II (ficha de terceros).
B. PRESENTACIÓN EN FORMATO DIGITAL
Para garantizar el anonimato absoluto frente al órgano evaluador (jurado), la presentación por modos electrónicos se regirá por las siguientes especificaciones técnicas y organizativas:
- Formato de los documentos: Todos los archivos electrónicos deberán presentarse obligatoriamente en formato PDF no editable.
- Archivos a presentar y nomenclatura: Deberán adjuntarse únicamente dos archivos independientes de la siguiente forma:
- Archivo 1 (obra)
- Archivo 2 (documentación administrativa): Este archivo contendrá el Anexo I (solicitud firmada) y el Anexo II (ficha de terceros).
- Garantía de anonimato y tratamiento de metadatos:
- El contenido de la obra (Archivo 1) no podrá incluir nombres, firmas, pseudónimos habituales ni ninguna otra marca de agua o referencia que revele la identidad de la autoría.
- Limpieza de metadatos (Propiedades del archivo): Es responsabilidad exclusiva de la persona participante asegurarse de que el Archivo 1 no contenga metadatos ocultos que revelen su identidad (como el nombre de usuario del sistema operativo del ordenador, el autor del documento en los programas Word/Acrobat, o la organización). Antes de guardar y enviar el PDF, el autor deberá limpiar las propiedades del documento.
- Custodia y disociación de datos (Medidas de protección): Los servicios de la administración del Ayuntamiento de Sopela actuarán como filtro de seguridad. Una vez recibidos los documentos por registro, el personal funcionario administrativo custodiará el "Archivo 2 (Documentación administrativa)" y remitirá al órgano evaluador (Jurado) únicamente el "Archivo 1 (Obra)", asegurando que los evaluadores no tengan acceso en ningún momento a los datos de registro, firmas digitales de presentación ni identidades de los solicitantes hasta que se haya emitido el fallo definitivo. La inclusión del nombre, firma o cualquier elemento identificativo en la obra o en el exterior del sobre o en el archivo digital de la obra supondrá la exclusión automática e insubsanable del concurso.
Lugar de presentación: La presentación de las obras podrá realizarse en el Registro General del Ayuntamiento de Sopela de manera presencial, así como por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Más información
Objeto
El objeto de los premios de literatura es fomentar y premiar la creación literaria entre la población de Sopela, así como dar a conocer las obras premiadas.
Condiciones de las obras y participación
- Modalidades: narrativa, poesía, teatro y cómic.
- Los trabajos que se presenten a esta convocatoria deberán ser nuevos e inéditos. Los trabajos deberán redactarse íntegramente en euskera.
- 4. No se podrán presentar trabajos que vulneren el principio de igualdad de mujeres y hombres y los derechos humanos.
- 5. Las personas premiadas deberán participar en una presentación pública de su obra durante la semana del euskera.
Criterios de valoración
La valoración de las obras presentadas se realizará atendiendo a los siguientes criterios.
Se repartirán 100 puntos entre los siguientes apartados. La puntuación final resultará de la suma de las valoraciones obtenidas en cada apartado.
- Calidad del trabajo: hasta 45 puntos
- Carácter innovador y originalidad del trabajo: hasta 15 puntos
- Valor artístico y social del trabajo, considerando especialmente su capacidad para promover la igualdad de género, la diversidad cultural, la interculturalidad, la integración social y el respeto de los derechos humanos: hasta 15 puntos.
- Capacidad crítica o reflexiva: hasta 10 puntos
- Interés potencial del trabajo: hasta 15 puntos.
Instrucción y resolución del procedimiento
Instrucción
La instrucción del procedimiento corresponderá al personal técnico del Área de Cultura del Ayuntamiento de Sopela, que actuará como órgano instructor, realizando de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de resolución.
Evaluación y composición del Jurado, fallo y resolución de empates
El jurado procederá a la evaluación de las obras presentadas conforme a los criterios establecidos en la presente convocatoria.
El jurado estará formado por un/a bibliotecario/a de la biblioteca de Sopela, un/a escritor/a y un/a profesor/a de literatura de Sopela.
El resultado de dicha evaluación se recogerá en un documento o acta en el que se reflejen las puntuaciones otorgadas a cada obra, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos.
Entre los miembros del Jurado se designará a uno/a de ellos/as para ejercer las funciones de Presidente/a, quien moderará las deliberaciones.
En caso de producirse un empate en la puntuación o votación final de las obras, este se resolverá, en primera instancia, a favor de la obra que haya obtenido mayor puntuación en el criterio de valoración con mayor peso en la convocatoria. Si el empate persistiera, este se resolverá definitivamente mediante el voto de calidad de la Presidencia del Jurado, garantizando así la asignación de un único ganador o ganadora para cada una de las modalidades literarias establecidas.
Órgano competente para resolver
El órgano competente para la resolución de la presente convocatoria será la Alcaldía, en virtud de la propuesta formulada por la Comisión de Valoración.
Plazo de resolución
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será anterior a la fecha del 1 de diciembre de 2026. Transcurrido dicho plazo sin haberse dictado y notificado resolución expresa, las personas interesadas podrán entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.
Publicidad, notificación y recursos
La resolución será objeto de notificación o publicación, según proceda y conforme a la Ordenanza General de Subvenciones, en el medio indicado por las personas solicitantes, sin perjuicio de su publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), en la sede electrónica y en la página web municipal, de acuerdo con la normativa de transparencia y protección de datos.
La resolución que se dicte pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la recepción de la correspondiente notificación, Recurso Contencioso-Administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo.
No obstante, con carácter potestativo y previo al Recurso Contencioso-Administrativo señalado en el párrafo anterior, cabrá interponer en el plazo de un mes recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución.
Sistema de abono
El pago de los premios se efectuará mediante transferencia bancaria, una vez dictada la resolución de concesión y comprobado el cumplimiento de los requisitos exigidos.
Las personas premiadas deberán aportar la ficha de alta de terceros (Anexo II) y la documentación necesaria para identificar la cuenta bancaria.
En las obras presentadas en grupo deberá designarse una persona representante y determinarse si el premio se abona íntegramente a esta o se distribuye entre sus integrantes.
Condición de pago
El pago de la subvención podrá suspenderse cuando la persona beneficiaria tenga obligaciones de reintegro declaradas en vía administrativa con carácter firme o incumplimientos de justificación debidamente requeridos, hasta su subsanación o resolución del procedimiento correspondiente.
Derechos de las obras
Las personas participantes mantendrán la propiedad intelectual de sus trabajos.
No obstante, las personas autoras de las obras premiadas ceden al Ayuntamiento de Sopela los derechos de reproducción y comunicación pública de las mismas bajo las siguientes condiciones:
- Objeto: La autorización se limita a la publicación de información, imágenes o fragmentos de las obras premiadas. En ningún caso esta cláusula ampara la publicación íntegra o completa de las obras, lo cual requerirá, en su caso, de una autorización específica
- Soportes y canales de difusión: La difusión se podrá realizar a través de soportes físicos (folletos, cartelería, prensa local) y canales digitales o electrónicos (página web municipal, redes sociales institucionales o boletines digitales del Ayuntamiento).
- Carácter de la cesión: La cesión de estos derechos de explotación se realiza de forma no exclusiva y gratuita, por lo que los/as autores/as podrán seguir disponiendo libremente de sus obras.
- Duración: La presente autorización de uso tendrá una duración máxima de 1 año a contar desde la fecha del fallo del jurado.
- Derechos morales: El Ayuntamiento de Sopela se compromete al estricto respeto de los derechos morales de los/as autores/as, garantizando que en cualquier tipo de difusión o publicación se mencione de forma clara y visible el nombre o pseudónimo del autor o autora y el título de la obra.
- Obras colectivas: En el caso de que la obra premiada haya sido realizada en coautoría o sea una obra colectiva, la presentación de la misma al concurso implicará que se cuenta con la autorización expresa de todas las personas coautoras, respondiendo la persona firmante de la solicitud de la legitimidad de dicha representación.
Plan de Difusión y Acciones de Promoción Cultural
Con el objeto de dar cumplimiento efectivo a la finalidad de dar a conocer las obras premiadas y garantizar el retorno cultural en el municipio, el Ayuntamiento de Sopela articulará un plan de difusión instrumentado a través de las siguientes acciones concretas, utilizando los fragmentos, imágenes e información autorizados en la cláusula anterior:
- Difusión Digital Institucional: El Ayuntamiento procederá a la publicación y mantenimiento, en un espacio destacado de la página web municipal y en concreto en el apartado de la Biblioteca de Sopela, de una reseña de las obras ganadoras junto con los fragmentos seleccionados o sinopsis de las mismas, facilitando su lectura digital.
- Lectura Pública y Agenda Cultural: En el marco de la Semana del Euskera (Euskararen Astea) se organizará un acto de presentación pública que incluirá la lectura dramatizada o lectura pública de fragmentos de los textos premiados, promoviendo la participación de la comunidad local.
- Fomento de la creación en Centros Educativos: El Ayuntamiento remitirá las reseñas y los fragmentos autorizados de las obras a los centros educativos del municipio, con el fin de que puedan ser utilizados como material pedagógico de referencia y estímulo a la creación literaria entre el alumnado.
Enlaces de interés
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/921831






