Ayuntamiento de Madrid

Becas para Creadores y Artistas en La Residencia de Estudiantes - Ayuntamiento de Madrid

Becas de alojamiento o residenciaNo universitarios

INSCRIPCIONES

01/09/202327/10/2023
Finalizada

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Becas para Creadores y Artistas en La Residencia de Estudiantes - Ayuntamiento de Madrid: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas para Creadores y Artistas en La Residencia de Estudiantes - Ayuntamiento de Madrid son convocadas por este organismo público que en cada curso académico pone en marcha una serie de becas y ayudas dirigidas a facilitar a los alumnos el normal desarrollo de sus estudios.

Para poder optar a ser candidatos a las Becas para Creadores y Artistas en La residencia de Estudiantes - Ayuntamiento de Madrid, los candidatos deben reunir los requisitos fijados por el convocante, además de cumplir con una serie de obligaciones durante el periodo de disfrute de las mismas, que se desarrollará por un total de doce meses.

Los candidatos que finalmente sean beneficiarios de las Becas para Creadores y Artistas en La Residencia de Estudiantes - Ayuntamiento de Madrid, podrán disfrutar de el periodo de estancia mencionado en la Residencia de Estudiantes, donde además tendrán régimen de comidas en pensión completa.

Esta es una de las iniciativas que emprende el Ayuntamiento de Madrid que siempre se ha comprometido con las disciplinas artísticas y culturales. 

Por todo ello, si tienes en mente un proyecto de creación artística y cumples con el resto de requisitos indicados, te animamos a consultar toda la información que te ofrecemos a continuación sobre las Becas para Creadores y Artistas en La Residencia de Estudiantes - Ayuntamiento de Madrid.

Datos básicos

Nº de becas
3
Nivel de estudio
  • Artes plásticas y Diseño
País de origen
  • España
  • Comunidad Iberoamericana de Naciones
País de destino
  • España
Nacionalidades
  • Española
  • Residentes de la Comunidad Iberoamericana de Naciones
  • Cualquier nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea

Requisitos

Requisitos generales

  • a. Tener la nacionalidad española o de un país iberoamericano. Si ésta es adquirida, ha de hallarse efectivamente concedida y no en tramitación.También podrán optar a la beca aquellos que posean la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea y acrediten su residencia permanente en España en el momento de solicitud de la beca. En este caso, deberán poseer perfecto dominio del castellano. Para acreditar la residencia permanente en España, es necesario presentar una copia del Certificado de Residencia Permanente de Ciudadano de la Unión Europea.
  • b. Tener como máximo 30 años en el momento de solicitud de la beca.
  • c. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • d. No recibir otras ayudas, públicas o privadas, que financien los mismos gastos que esta beca.

Creadores y artistas

  1. Haberse dedicado,a trabajos artísticos o de creación por lo menos durante dos años.
  2. Presentar un proyecto de creación para realizar durante el período de disfrute de la beca.

Dotación

El Ayuntamiento de Madrid contribuirá a la financiación del programa de acuerdo con su presupuesto aprobado y la Residencia de Estudiantes prestará los servicios relativos a la estancia. La concesión de las becas convocadas mediante la presente convocatoria quedará supeditada a la dotación efectiva del programa por el Ayuntamiento de Madrid y al cumplimiento de las necesarias garantías de salud y seguridad, movilidad y limitaciones en destino que permitan el desarrollo de la beca.

Los estudiantes tendrán la oportunidad de disfrutar del 15 de diciembre de 2023 al 14 de diciembre de 2024 de la Residencia de estudiantes en pensión completa.

Presentación

Las solicitudes se presentarán en el modelo que acompaña a esta convocatoria.

Los impresos de solicitud podrán descargarse desde la página web de la Residencia de Estudiantes (www.residencia.csic.es).

La sola presentación de la solicitud supondrá la aceptación expresa e incondicionada por el solicitante de la beca del contenido íntegro de la presente convocatoria, sin reserva o salvedad alguna.

Con carácter preferente las solicitudes deberán presentarse mediante solicitud electrónica a través de la aplicación online disponible en la web de la Residencia de Estudiantes. Subsidiariamente se admitirán también las solicitudes presentadas por correo postal certificado.

El plazo de presentación de solicitudes, junto con la documentación exigida, finalizar áel 27 de octubre de 2023, a las 14.00 horas (horario peninsular español).

Solicitud electrónica:

Cumplimentando el formulario de solicitud online, al que se puede acceder a través dela página web de la Residencia de Estudiantes, y adjuntando los documentos requeridos en la presente convocatoria.No se tendrá en cuenta ninguna solicitud electrónica recibida después de las 14.00 horas (horario peninsular español) del 27 de octubre de 2023.

Solicitud por correo postal:

Mediante correo certificado dirigido a la Residencia de Estudiantes, (c/ Pinar, 21-23,Madrid, 28006).Para el envío mediante correo certificado será requisito imprescindible para participar en el procedimiento de concesión de la beca advertir de dicho envío,mediante un correo electrónico a becas@residencia.csic.es con anterioridad a las 14.00 h. (horario peninsular español) del día 27 de octubre de 2023.Al cierre del plazo de presentación no se admitirá ninguna solicitud, salvo las que se reciban con sello postal que acredite su envío dentro del plazo.

Más información

Periodo de disfrute

El período de disfrute de la beca es de doce (12) meses.

El inicio del disfrute de la beca, así como su duración, estarán condicionados a la dotación presupuestaria prevista para la misma por parte del Ayuntamiento de Madrid, así como al cumplimiento de las necesarias garantías de salud y seguridad, movilidad y limitaciones en destino que permitan el desarrollo de la beca.

Cuando la aportación presupuestaria lo permita, la Residencia de Estudiantes podrá ofrecer una prórroga de la beca en las mismas condiciones y plazos de la presente convocatoria.

Subsanación

En cualquier caso, si la documentación entregada no reuniese los requisitos que se exigen en la esta convocatoria o no se presentase de la forma en la que se establece, se requerirá al solicitante para que, en un plazo de diez (10) días naturales desde el final del plazo de solicitud, subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.

Criterios de valoración y proceso de selección

Para llevar a cabo la selección de las candidaturas se constituirá un Comité deSelección, que actuará como jurado, y que estará formado por representantes de la Residencia de Estudiantes y expertos de reconocido prestigio.

La valoración de las candidaturas se realizará en dos fases, conforme a los siguientescriterios de valoración:

  • Primera fase: 10 puntos.
    • Calidad e Interés del Proyecto: de 0 a 5 puntos.
    • Currículum Vitae del solicitante: de 0 a 3 puntos.
    • Impacto potencial del proyecto y posibilidad de difusión mediante conferencias,exposiciones, lecturas o audiciones de interés a realizarse en el municipio de Madrid: de 0 a 2 puntos.
    • Las candidaturas que obtengan una puntuación mínima de 7 puntos serán convocadas a una segunda fase de valoración.
  • Segunda fase (entrevista personal): 10 puntos.
  • Las candidaturas que hayan superado la puntuación mínima exigida en la primera fase serán convocadas a una entrevista personal ante el Comité de Selección.
  • En la entrevista personal el Comité de Selección evaluará el potencial del solicitante, poniendo especial atención en: los aspectos más relevantes del proyecto presentado; las habilidades interdisciplinares y transversales del solicitante para fomentar el diálogo y el intercambio de conocimientos con otros becarios; y el valor añadido que supondría la beca en la Residencia de Estudiantes para el desarrollo profesional del solicitante, en general, y para el proyecto por el que opta a la beca, en particular. Se valorará de 0 a 10 puntos.
  • La valoración final será el resultado de la suma de los puntos obtenidos por el solicitante en la primera y en la segunda fase, siendo la calificación máxima: 20 puntos.
  • En función de la valoración obtenida, con arreglo a los criterios de valoración establecidos en esta convocatoria, el Comité de Selección emitirá una propuesta de adjudicación de las becas.
  • Si alguna de las becas de cualquiera de las modalidades quedara desierta el Comité de Selección podrá aplicarla a cualquiera de las otras modalidades convocadas.

Concesión de las becas

La Dirección de la Residencia de Estudiantes, de acuerdo a la propuesta del Comité de Selección y siempre que se haya aprobado la dotación presupuestaria de la beca por parte del Ayuntamiento de Madrid, procederá a la adjudicación de las becas, que tendrá carácter firme y definitivo.

La adjudicación de las becas será publicada en la página web de la Residencia de Estudiantes, y se notificará a las personas seleccionadas por correo electrónico.

A partir de la notificación, los solicitantes seleccionados tendrán un plazo de cinco (5) días naturales para aceptar la beca, y las obligaciones establecidas en el apartado XI de esta convocatoria.

La documentación relacionada con los proyectos que no resulten becados, podrá ser retirada en la Residencia de Estudiantes, en el plazo de tres (3) meses desde la publicación de la adjudicación. Una vez que pase el plazo, la Residencia de Estudiantes no vendrá obligada a su custodia.

Obligaciones del becario

  1. - Presentar antes del día 15 de diciembre de 2023 y antes del 15 de junio de 2024, los certificados de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social, expedidos por los organismos competentes.
  2. - Presentarse el día 15 de diciembre de 2023 en la sede de la Residencia de Estudiantes, siempre que le haya sido notificada la concesión de la beca y confirmado el plazo de incorporación. Se entenderá que todo becario que no se presente en el plazo establecido renuncia a la beca que se le haya otorgado.
  3. - Permanecer durante el periodo de estancia estipulado en esta convocatoria en la sede de la Residencia de Estudiantes, salvo causa excepcional y/o justificada, que deberá ser previamente comunicada a la Dirección de la Residencia de Estudiantes.
  4. - Comunicar por escrito a la Dirección de la Residencia de Estudiantes la percepción de cualquier tipo de remuneración.
  5. - Firmar un compromiso por escrito por el que se obliga a cumplir las normas de régimen interior de la Residencia de Estudiantes, así como los protocolos de seguridad e higiene sanitaria que, en su caso, se determinen, y a abonar, en su caso,los gastos o consumos no incluidos en la beca.
  6. - Informar, con carácter inmediato y por escrito, a la Dirección de la Residencia de Estudiantes de su intención de renunciar a la beca cuando circunstancias no previstas y/o de fuerza mayor le obliguen a finalizar su estancia en la Residencia,debiendo alegar los motivos de su renuncia.
  7. - Interrumpir con carácter obligatorio su estancia y abandonar de forma inmediata las instalaciones de la Residencia de Estudiantes, cuando sea requerido para ello por la Dirección de la Residencia, por acontecer circunstancias extraordinarias que aconsejen el cierre de las instalaciones y/o la cesación de la prestación de los servicios de alojamiento y restauración.
  8. - Realizar el proyecto por el cual le fue concedida la beca y cumplir las distintas etapas del plan de trabajo presentado. Cuando las circunstancias obliguen al becario a introducir modificaciones fundamentales en el plan primitivo de su trabajo como consecuencia de circunstancias no previstas, deberá dar cuenta de ello por escrito a la Dirección de la Residencia de Estudiantes, que lo valorará y, en su caso,aprobará.
  9. - Presentar ante la Dirección de la Residencia de Estudiantes dos memorias cuatrimestrales sobre la evolución del proyecto y las actividades con proyección externa en las que haya participado, tales como conferencias, recitales, mesas redondas, edición de publicaciones, etc., y en todo caso, antes de la terminación del período de disfrute de la beca, el correspondiente informe final.
  10. - Participar y colaborar, tanto de forma individual como conjunta, en todas las actividades organizadas por la Residencia de Estudiantes, y especialmente en aquellas en las que la Residencia requiera expresamente su colaboración.
  11. Los creadores y artistas quedan obligados a entregar en la Residencia de Estudiantes una de sus obras, a elección, en su caso, de la Residencia de Estudiantes. Los intérpretes artísticos, como músicos, bailarines o actores, deberán realizar una audición pública en un espacio de titularidad municipal y/o en la Residencia de Estudiantes.En las publicaciones y trabajos de creación que se deriven de su estancia en la Residencia, se deberá mencionar su condición de becario del Ayuntamiento de Madrid en la Residencia de Estudiantes.La Residencia de Estudiantes y el Ayuntamiento de Madrid se reservan la opción de publicación y/o exhibición de la obra, textos o trabajos audiovisuales entregados, en la forma que estimen conveniente.

Enlaces de interés

http://becas.residencia.csic.es/becasAyuntamiento/classes/access_user/pdf/ConvocatoriadeBecas.pdf

Documentación a adjuntar

Los impresos de solicitud podrán descargarse desde la siguiente dirección web: http://becas.residencia.csic.es/becasAyuntamiento/classes/access_user/becasCreadores.php

Dichas solicitudes irán acompañadas de los siguientes documentos:

  1. Certificación académica personal completa y acreditativa del grado de titulación alcanzado por el solicitante.
  2. Currículum Vitae del solicitante, de acuerdo con el modelo establecido en esta convocatoria, que se podrá descargar en la página web de la Residencia de Estudiantes, acompañado de cuantos documentos considere necesarios para avalarlo.
  3. Memoria del trabajo que desea realizar durante el periodo de disfrute de la beca. 
  4. Informe firmado por algún artista, creador o profesional de reconocido prestigio, que avale el proyecto del solicitante.
  5. Carta sobre las motivaciones por las que opta a la beca.
  6. Si se ha disfrutado de otra beca o contrato de trabajo, fotocopia de la credencial de becario o del contrato.
  7. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, Tarjeta de residente o Pasaporte, y en su caso, del certificado d e registro de ciudadano de la Unión Europea.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

Las Becas para Creadores y Artistas en La Residencia de Estudiantes - Ayuntamiento de Madrid son convocadas por este organismo público que en cada curso académico pone en marcha una serie de becas y ayudas dirigidas a facilitar a los alumnos el normal desarrollo de sus estudios.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas para Creadores y Artistas en La Residencia de Estudiantes - Ayuntamiento de Madrid" es: desde 01/09/2023 hasta 27/10/2023.

La Beca "Becas para Creadores y Artistas en La Residencia de Estudiantes - Ayuntamiento de Madrid" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas para Creadores y Artistas en La Residencia de Estudiantes - Ayuntamiento de Madrid" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para funcionarios
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas transporte
  • Premios, concursos y certámenes