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Certámen Literario Leopoldo de Luis Distrito de Tetuán

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INSCRIPCIONES

Inicio02/09/2026 Fin01/10/2026
Abierta

Certámen Literario Leopoldo de Luis Distrito de Tetuán: solicitud y plazos

Descripción

El Certamen Literario Leopoldo de Luis Distrito de Tetuán convoca su XVIII edición con las modalidades de poesía y relato corto. Este certamen tiene como finalidad rendir homenaje al poeta Leopoldo de Luis, fomentar la creación literaria y crear una plataforma de promoción para los escritores jóvenes del distrito de Tetuán.

Pueden participar personas mayores de 18 años residentes en España en las categorías generales de poesía y relato corto, así como personas de entre 16 y 25 años residentes en el distrito de Tetuán en la categoría de escritores noveles. Las obras deberán presentarse en castellano, ser originales, inéditas y no premiadas, y no podrán haber sido escritas total o parcialmente mediante el uso de inteligencia artificial.

En poesía se establece una extensión de entre 42 y 100 versos, mientras que los relatos cortos deberán tener entre 5 y 15 páginas.

El Certamen Literario Leopoldo de Luis Distrito de Tetuán contempla un primer premio de poesía y un segundo premio de relato corto, ambos dotados con 1.700 euros, diploma y edición impresa. También se establece un premio para escritores noveles de poesía o relato corto del distrito de Tetuán, con una dotación de 600 euros, diploma y edición impresa.

Si quieres saber todo sobre el Certamen Literario Leopoldo de Luis Distrito de Tetuán, nosotros te facilitamos la información de interés.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Grado
  • Primaria
  • ESO
  • Bachillerato
  • Ciclos formativos de grado medio
  • Ciclos formativos de grado superior
  • Formación Profesional Básica
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Podrán presentarse al Certámen Literario Leopoldo de Luis Distrito de Tetuán:

  • a. Personas mayores de 18 años, cumplidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes y residentes en España, a la categoría general: “Premio de Poesía Leopoldo de Luis” o “Premio Relato Corto Leopoldo de Luis”.
  • b. Personas entre 16 y 25 años, cumplidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes, residentes en el distrito de Tetuán, a la categoría “Premio escritores noveles de Poesía o Relato corto”.

Según lo indicado en el artículo 3 de la “Disposición adicional Primera. Premios educativos, culturales, científicos, o de cualquier otra naturaleza sujetos a publicidad y concurrencia”, de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, no podrán participar en las respectivas convocatorias las personas físicas, jurídicas o entidades que cumpliendo los requisitos específicos de participación establecidos en cada una de ellas, estén incursas en alguna de las causas de prohibición para percibir subvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Los participantes declararán no encontrarse incursos en ninguna de las prohibiciones previstas en el citado artículo 13 de Ley 38/2003, de 17 de noviembre y encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones. Asimismo, en caso de no autorizar al Ayuntamiento de Madrid la consulta de datos a través de la Plataforma de Intermediación de Datos, deberán acreditar que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en la forma establecida en el artículo 33 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos.

La participación en el Certamen implica la total aceptación de las bases de esta convocatoria y del fallo inapelable del Jurado.

Requisitos de las obras.

Las obras se presentarán en castellano y deberán ser originales, inéditas y no premiadas. El autor se compromete a garantizar la autoría y originalidad de su obra y que no sea copia ni modificación total o parcial de ninguna otra obra propia o ajena. En todo caso, una obra que haya resultado previamente premiada quedará automáticamente descalificada. Con el fin de preservar el espíritu del certamen y la plenitud de los derechos de autoría sobre las obras que participen en el concurso, se establece por la presente la prohibición de presentar obras que hayan sido total o parcialmente escritos mediante el uso de inteligencia artificial. Mediante la aceptación a las bases de este certamen, los participantes garantizan que sus obras son producto exclusivo de su intelecto y decisiones creativas personales. En caso de duda sobre el uso de inteligencia artificial, el Distrito se reserva el derecho a solicitar a los participantes información adicional o documentación que acredite su autoría. Si se detecta que una obra incumple la prohibición antes descrita sobre el uso de inteligencia artificial, la misma será automáticamente descalificada.

Las características técnicas de la obra a presentar en cada una de las dos modalidades se establecen de la siguiente forma:

  • a. Poesía
    • 1.º Mínimo 42 versos.
    • 2.º Máximo 100 versos.
    • 3.º Metro libre y rima o verso libre.
    • 4.º Tema libre.
  • b. Relato Corto
    • 1.º Entre 5 y 15 páginas.
    • 2.º Tema libre.
    • 3.º Cuerpo de letra: 12 puntos.
    • 4.º Interlineado: 1,5 o 18 puntos.

Los trabajos deberán entregarse, bajo seudónimo, indicando el título de la obra y la modalidad a la que concursa en el encabezado o portada.

Dotación

Se establecen los siguientes premios en el Certámen Literario Leopoldo de Luis Distrito de Tetuán:

  1. Premio Poesía “Leopoldo de Luis”, con una dotación económica de 1.700 €, diploma y edición impresa.
  2. Premio Relato Corto “Leopoldo de Luis”, con una dotación económica de 1.700 €, diploma y edición impresa.
  3. Premio escritores noveles de Poesía o Relato Corto distrito de Tetuán, con una dotación económica de 600 €, diploma y edición impresa.

Los premios podrán quedar desiertos si así lo decidiera el Jurado.

Será de aplicación a los premios la legislación vigente en materia de impuestos, a los efectos de aplicar las retenciones fiscales correspondientes.

Para el cobro de los premios, los premiados en la presente edición deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias, de Seguridad Social, encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Madrid y hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones. Los participantes autorizan al personal responsable de la Junta de distrito de Tetuán, (Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario), a la realización de oficio de cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de resolución. Toda comprobación por parte de la Administración municipal de los datos relativos al cumplimiento de los requisitos de los participantes requerirá de su autorización expresa (artículo 6 Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales), autorización que puede hacerse en la propia solicitud de inscripción.

Los premiados ceden los derechos de explotación, reproducción, distribución y comunicación pública de la obra premiada al Ayuntamiento de Madrid, en las siguientes condiciones:

  • a. Publicación no venal.
  • b. Duración de 1 año. Se extenderá a 5 años tan sólo en el caso de que se realice una antología de obras premiadas en el Certamen.
  • c. Idioma castellano.
  • d. La cesión no implica exclusividad. Se solicita la cesión del derecho de comunicación pública tan sólo con el objetivo de promocionar el Certamen y la difusión de las obras ganadoras.

El jurado podrá conceder accésits o menciones especiales a aquellas obras finalistas que considere de especial valor literario, que podrán estar dotadas de diploma acreditativo y, en su caso, podrán ser incluida en la publicación no venal.

Las obras no premiadas serán destruidas, no contemplándose la devolución de las mismas.

Para el cobro de los premios, los premiados en la presente edición deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias, de Seguridad Social, encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Madrid y hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones. Los participantes autorizan al personal responsable de la Junta de distrito de Tetuán, (Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario), a la realización de oficio de cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de resolución. Toda comprobación por parte de la Administración municipal de los datos relativos al cumplimiento de los requisitos de los participantes requerirá de su autorización expresa (artículo 6 Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales), autorización que puede hacerse en la propia solicitud de inscripción.

Los premiados ceden los derechos de explotación, reproducción, distribución y comunicación pública de la obra premiada al Ayuntamiento de Madrid, en las siguientes condiciones:

  • a. Publicación no venal.
  • b. Duración de 1 año. Se extenderá a 5 años tan sólo en el caso de que se realice una antología de obras premiadas en el Certamen.
  • c. Idioma castellano.
  • d. La cesión no implica exclusividad. Se solicita la cesión del derecho de comunicación pública tan sólo con el objetivo de promocionar el Certamen y la difusión de las obras ganadoras.

El jurado podrá conceder accésits o menciones especiales a aquellas obras finalistas que considere de especial valor literario, que podrán estar dotadas de diploma acreditativo y, en su caso, podrán ser incluida en la publicación no venal.

Las obras no premiadas serán destruidas, no contemplándose la devolución de las mismas.

Presentación

Lugar de presentación de solicitudes al Certámen Literario Leopoldo de Luis Distrito de Tetuán:

Conforme al artículo 2 de la Disposición adicional Primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, esta convocatoria de premios se publicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid así como en la sede electrónica, junto con los datos y documentos que establece el artículo 6 de la citada Ordenanza, pudiéndose publicar adicionalmente en la forma y por los medios que se establezcan por el órgano competente para su convocatoria. Asimismo, de acuerdo con el artículo 24.3 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, la publicidad de las convocatorias también se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y se llevará a cabo a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

La convocatoria se publicará también en la página web del Ayuntamiento de Madrid (https://www.madrid.es/portal/site/munimadrid) y en su sede electrónica https://sede.madrid.es),

Las solicitudes de participación se formalizarán con el modelo específico disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es).

Este formulario de participación, junto con la obra literaria (relato corto o poesía), firmada con un seudónimo del autor/a, deberá presentarse:

En el Registro del Ayuntamiento de Madrid:

  • a. Electrónicamente, accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento: https://sede.madrid.es.

En este caso, deberá utilizar alguno de los sistemas de identificación electrónica admitidos por el Ayuntamiento de Madrid, y adjuntar al formulario la obra en formato pdf.

  • b. Presencialmente, en cualquiera de las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid.

En este caso, deberá entregar en registro, para su escaneo, la obra literaria (relato corto o poesía), en formato papel, firmada con un seudónimo del autor/a.

También podrá presentarse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En caso de hacerse por correo certificado, será en un sobre cerrado dirigido a la Junta Municipal del distrito de Tetuán. Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario. Calle Simancas 6, 28029 Madrid. Referencia: XVIII Edición del Certamen literario “Leopoldo de Luis”.

Más información

Objeto y finalidad de la convocatoria

El distrito de Tetuán convoca el XVIII Certamen Literario “Leopoldo de Luis” de poesía y relato corto. El presente certamen tiene como finalidad rendir homenaje a la figura del poeta Leopoldo de Luis, fomentar la creación literaria y crear una plataforma de promoción para los escritores jóvenes del distrito de Tetuán. Las modalidades objeto de la convocatoria son: Poesía y Relato corto.

Criterios de valoración

  • a. Calidad y técnica literaria. Manejo del recurso literario, lenguaje, estrategias, herramientas.
  • b. Estructura de la composición.
  • c. Originalidad temática y estilística.

Procedimiento para la concesión de premios

La instrucción del procedimiento corresponde al Coordinador del Distrito de Tetuán.

El jurado reunido, presencial o telemáticamente, tras la evaluación de las obras presentadas de acuerdo con los criterios fijados en la convocatoria, levantará acta en la que se concretará el resultado del certamen.

El órgano instructor, a la vista del fallo contenido en el acta, formulará propuesta de concesión del premio que se elevará a la concejala del Distrito.

Una vez concedidos los premios, se realizará un acto de entrega con las personas premiadas en la primera quincena de diciembre.

El fallo se comunicará a los premiados telefónicamente y por correo electrónico y será publicado en la página web del Ayuntamiento de Madrid (https://www.madrid.es/portal/site/munimadrid) y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es), dentro del plazo de diez días, tal y como indica el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El Decreto de concesión se publicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas., dicha publicación sustituirá a la notificación surtiendo sus mismos efectos. Además, se podrá consultar en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es.

Se prescinde del trámite de audiencia en la propuesta de resolución al no figurar en el procedimiento ni ser tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los participantes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo máximo de resolución y notificación del procedimiento no podrá exceder de seis meses, a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación.

La resolución del procedimiento pone fin a la vía administrativa. Contra dicha resolución podrán interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución y/o recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución. Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.

Aceptación, interpretación, responsabilidad de las obras y derechos de autor

La participación en el concurso supone la aceptación incondicionada de sus bases por los participantes, incluida la aceptación del premio que pudiera corresponderles en virtud de la propuesta de concesión de premios efectuada por la Concejal Presidenta del distrito de Tetuán, en los términos y condiciones que se establezcan en la misma.

La Junta Municipal de Tetuán se reserva el derecho de hacer modificaciones o tomar iniciativas no reguladas en las presentes bases, siempre que contribuyan al mayor éxito del concurso.

Cualquier duda que pudiera surgir acerca de la interpretación de estas bases, así como cualquier incidencia no prevista en las mismas, será resuelta por el responsable de la Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario previa consulta al Jurado.

El Ayuntamiento de Madrid no se hace responsable de las manifestaciones que pudieran expresarse por los participantes en este concurso.

Los participantes premiados conservan sus derechos morales sobre las obras presentadas y ceden a título gratuito, sin límite temporal, a la Junta Municipal de Tetuán, los derechos de reproducción total o parcial para su publicación, comunicación o difusión en los medios electrónicos o impresos que estime oportunos y en cualquier formato.

El Ayuntamiento de Madrid, los Organismos Autónomos y Empresas Municipales quedan excluidos de cualquier responsabilidad debido al incumplimiento por terceros de las condiciones de uso de la licencia citada. Los participantes se responsabilizarán de que no existan derechos de terceros sobre sus obras.

Derechos de imagen de los participantes

Los inscritos en el presente certamen presentarán por escrito un permiso específico para que tanto ellos como sus obras puedan aparecer en imágenes (fotografía, video…) tomadas con motivo de la participación en el certamen y/o en el acto de entrega de premios. Los datos facilitados se tratarán conforme a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

Enlaces de interés

https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/926094

Documentación a adjuntar

Documentación que deberá incluir dentro del sobre:

  1. Solicitud de participación en formato papel.
  2. La obra literaria (relato corto o poesía) por duplicado, en formato papel, firmada con un seudónimo del autor/a.

La ausencia de datos o su inexactitud puede dar lugar, en su caso, a la exclusión de la obra. Puede informarse llamando al teléfono 010 Línea Madrid o al 914 800 010 si llama desde fuera de la ciudad de Madrid.

El plazo de presentación de las solicitudes y trabajos será de treinta días naturales a partir del día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Certámen Literario Leopoldo de Luis Distrito de Tetuán

El Certamen Literario Leopoldo de Luis Distrito de Tetuán convoca su XVIII edición con las modalidades de poesía y relato corto. Este certamen tiene como finalidad rendir homenaje al poeta Leopoldo de Luis, fomentar la creación literaria y crear una plataforma de promoción para los escritores jóvenes del distrito de Tetuán.

El plazo de inscripción de la Beca "Certámen Literario Leopoldo de Luis Distrito de Tetuán" es: desde 02/09/2026 hasta 01/10/2026.

La Beca "Certámen Literario Leopoldo de Luis Distrito de Tetuán" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Grado
  • Primaria
  • ESO
  • Bachillerato
  • Ciclos formativos de grado medio
  • Ciclos formativos de grado superior
  • Formación Profesional Básica

La Beca "Certámen Literario Leopoldo de Luis Distrito de Tetuán" es un tipo de beca: 

  • Premios, concursos y certámenes
  • Premios literarios