Becas Llíria et Beca
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Becas Llíria et Beca: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Llíria et Beca, que convoca el Ayuntamiento de este municipio están orientadas a facilitar a los estudiantes de distintos niveles universitarios, el desarrollo de prácticas formativas, con la principal finalidad de darles la oportunidad de poner en práctica los conocimientos adquiridos durante sus estudios, y de tener una primera toma de contacto con el mundo laboral.
Las Becas Llíria et Beca podrán ser solicitadas por estudiantes que sean vecinos del municipio y que reúnan el resto de los requisitos indicados en la convocatoria como tener más de 18 años de edad, estar cursando estudios universitarios oficiales y estar al corriente de las obligaciones tributarias.
Además de los citados requisitos, durante el proceso de selección de los candidatos a una de estas becas, también se tendrán en cuenta otros méritos como el expediente académico, los conocimientos de valenciano, la formación complementaria o contar con una discapacidad superior al 33%.
De este modo, el Ayuntamiento de Llíria pretende facilitar a sus vecinos el desarrollo de prácticas de formación, premiando a aquellos alumnos que cuentan con los mejores resultados académicos o que disponen de alguna discapacidad, apoyando así a los colectivos más vulnerables.
A continuación podrás conocer todos los detalles relacionados con las Becas Llíria et Beca como plazos de presentación de solicitudes, requisitos y otros detalles.
Datos básicos
- Nº de becas
- 10
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Licenciatura
- Diplomatura
- Ingeniería
- Arquitectura
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Región de origen
- Comunidad Valenciana
- Provincia de origen
- Valencia
- Localidad
- Llíria
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Las Becas Llíria et Beca objeto de esta convocatoria se adjudicarán mediante concurrencia competitiva entre las personas aspirantes a las mismas, que reúnan los siguientes requisitos antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y lo acrediten documentalmente:
- Poseer vecindad administrativa en el municipio de Llíria.
- Tener 18 años cumplidos, y no ser mayor de 30 años; o bien haber obtenido el título oficial que se presenta para acceder a la convocatoria dentro de los últimos cuatro años inmediatamente anteriores a la convocatoria.
- Encontrarse cursando, o haber finalizado estudios oficiales, entendiendo por tales, a efectos de esta convocatoria, los que cumplan con lo indicado en el artículo 2 de la Orden 21/2016, de 10 de junio, de la Consejería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte (DOCV de 14 de junio de 2016), y que estarán comprendidos en las bases reguladoras de la convocatoria.
- Para los casos de estar cursando estudios de máster y querer optar a una plaza de grado, la persona candidata deberá justificar la titulación correspondiente a dicho grado y los estudios que está realizando deben estar relacionados con la actividad.
- No encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, ante la Seguridad Social y de la hacienda local, lo que se acreditará mediante declaración responsable.
- No estar disfrutando de otra beca o ayuda de la misma o análoga finalidad, ni realizando actividad laboral que resulte incompatible con el disfrute de la beca, y siempre que no interfiera con el horario y el periodo de disfrute de la beca.
Dotación
Cada una de las Becas Llíria et Beca estará dotada con un importe del salario mínimo interprofesional vigente en el momento de la convocatoria, según la partida presupuestaria 900/24101/13000 FOMENTO EMPLEO/PLAN DE EMPLEO de los presupuestos en vigor, que se abonarán mensualmente, en periodos vencidos.
En aquellos supuestos que impliquen un período inferior al mes natural, será la parte proporcional correspondiente.
El periodo de duración de las becas será el que se disponga en la convocatoria.
El período de disfrute se producirá según la convocatoria, y la duración de las becas en ningún caso se podrán prolongar más allá del período habilitado para ello.
Presentación
El plazo de presentación de solicitudes para las Becas Llíria et Beca será de 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de las bases en el BOP.
Las solicitudes se presentarán por vía telemática en el trámite específico a través de la Sede electrónica del Ayuntamiento de Llíria.
Más información
Objeto y número de becas
El objeto de la presente convocatoria es la concesión de una serie de becas en las áreas de actividad que se dispongan, según se indique en la convocatoria correspondiente.
La concesión del número concreto en cada una de las áreas queda supeditada al perfil de los/as solicitantes de esta convocatoria.
Méritos
Los méritos que se bareman y la puntuación a efectos de esta convocatoria son los siguientes:
- Expediente académico:
- Nota media del expediente académico aportado (máx. 10 puntos).
- Nº de créditos superados o asignaturas aprobadas de ciclos. En el caso de estudiantes de máster se considerarán también los créditos del grado que lo habilita para el máster (máx. 10 puntos).
- Conocimientos de valenciano acreditados oficialmente (máx. 5 puntos):
- Grado superior de conocimientos de valenciano: 5 puntos.
- Grado medio de conocimientos de valenciano: 3 puntos.
- Grado elemental de conocimientos de valenciano: 1 punto.
- Formación complementaria: conocimientos de otros idiomas comunitarios (B1 MCER o superior): 2 puntos por idioma, máx. 5 puntos.
- No haber sido destinatario con anterioridad en el programa La Dipu et Beca ni en becas de formación del Ayuntamiento de Llíria: 15 puntos.
- Otros méritos: discapacidad con porcentaje superior al 33 %: 5 puntos.
En caso de empate de puntuaciones se valorará con carácter preferente aquellos casos en que el solicitante acredite situación de discapacidad, así como el hecho de no haber disfrutado el estudiante de una beca en el estudio durante el último curso académico.
Comisión evaluadora, concesión y seguimiento de las becas
Para el examen de las solicitudes de becas se constituirá una comisión evaluadora que estará integrada por los siguientes miembros: Presidente/a, Secretario/a y 3 vocales.
La comisión evaluadora tiene facultades para realizar, por medio de sus miembros, todas las comprobaciones que estime necesarias para una mejor calificación de los méritos aducidos.
Una vez finalizado el estudio correspondiente de los expedientes de cada uno de los aspirantes, la comisión evaluadora formulará la propuesta de adjudicación de las becas para que se dictamine y se apruebe, en su caso, por resolución de Alcaldía.
La resolución de concesión puede declarar desierta la cobertura de la beca correspondiente a alguna de las áreas de actividad si el perfil de los solicitantes no se adecua a las características necesarias para el correcto desarrollo de la misma.
Cuando para alguna de las plazas ofertadas no existieran suficientes personas candidatas o quedara desierta alguna plaza, la comisión podrá proponer candidatos de la titulación más similar de entre los candidatos presentados siguiendo el orden de baremo, y en caso de no haber aspirantes de titulaciones adecuadas podrá incrementar las plazas ofertadas en aquellas áreas de actividad que considere necesarias.
Con los aspirantes admitidos a los que no se les adjudique una de las becas se formará una bolsa según la puntuación obtenida y el área de actividad y titulación, para los casos de renuncia, desistimiento u otras circunstancias que imposibiliten la aceptación o el cumplimiento de la duración establecida por algunos de los aspirantes seleccionados. En el caso de no existir reservas, la Comisión Evaluadora podrá proponer como reservas candidatos de la titulación más similar.
La entidad local nombrará uno o más tutores/as que harán el seguimiento y la coordinación y ordenarán la actividad de formación del personal becario y el tiempo de dedicación a las actividades mencionadas, que no superará el máximo de horas semanales establecido en la convocatoria por becario/a.
Derechos y obligaciones de los becarios e incidencias
Estas becas son incompatibles con el disfrute de cualquier otra beca, ayuda de parecida o análoga finalidad o actividad laboral regular. La infracción de esta regla autoriza a la corporación municipal a cancelar el disfrute de la beca.
La participación de los/as becarios/as en este programa de formación tiene carácter formativo, sin que esta actividad constituya en ningún momento una relación laboral entre los becarios y esta entidad local.
Al personal becario, como perceptor de subvenciones públicas, le resultarán de aplicación las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones.
Son obligaciones de los/as becarios/as:
- Incorporarse a las dependencias municipales que le sean indicadas en la resolución de concesión, con la dedicación establecida en las bases.
- Realizar las actividades y cumplir los objetivos marcados por el tutor/a.
- Elaborar memoria de actividades que deberá ser aprobada por el tutor/a.
- Guardar el correspondiente sigilo y reserva sobre las actividades realizadas en el ejercicio de la práctica formativa.
El incumplimiento, sin causa justificada, de las condiciones establecidas en la presente convocatoria podrá dejar sin efecto la concesión de la beca, debiendo procederse al reintegro, en su caso, de las cantidades percibidas hasta el momento.
Ante las renuncias, bajas o finalización del periodo de vigencia, se procederá, a petición del tutor/a, a cubrir la beca por el tiempo restante según el orden de puntuación resultante del proceso de selección.
Enlaces de interés
https://www.lliria.es/sites/www.lliria.es/files/BOP%20N%C2%BA%2076%20%2823.04.2025%29%20%20Ordenanza%20LLIRIA%20ET%20BECA.pdf
Documentación a adjuntar
Para acreditar los requisitos mencionados, los aspirantes deberán adjuntar la documentación siguiente:
- Justificante del pago de matrícula, “título o justificante del mismo”.
- Para los casos de estudiantes de máster, además el expediente académico del grado.
- Fotocopia de los documentos que acreditan los méritos.
- Currículum vitae del aspirante.
Personas con discapacidad
Otros méritos evaluables
- Discapacidad con porcentaje superior al 33 %.






