Becas Universiayudas - Ayto de Fuenlabrada
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Becas Universiayudas - Ayto de Fuenlabrada: solicitud y plazos
Descripción
El Ayuntamiento de Fuenlabrada convoca las Becas Universiayudas - Ayto de Fuenlabrada destinadas a las familias con uno o más hijos cursando estudios de Grado o carrera universitaria en la Universiad Pública Española. Estas becas impulsan a los jóvenes con menos oportunidades a continuar desarrollando sus estudios y obtener mediante ellas, facilidades para lograr sus objetivos académicos.
Para poder optar a las Becas Universiayudas - Ayto de Fuenlabrada se deberán cumplir con los requisitos establecidos, como estar empadronado tanto padres como hijos en Fuenlabrada y continuar empadronados hasta la finalización del proceso en el municipio. Se tendrá además en cuenta la renta de la unidad familiar a fin de poder ofrecer estas becas a los más necesitados.
Las cuantías que se ofrecerán a los beneficiarios variarán según la renta familiar, estableciéndose tres grupos diferenciados con distintas cantidades económicas.
Sin duda las Becas Universiayudas - Ayto de Fuenlabrada son una gran oportunidad si cursas alguna carrera universitaria y estás empadronado en Fuenlabrada.
Aquí podrás encontrar toda la información que necesitas para solicitarlas, ya que te facilitamos requisitos, dotación, plazo y mucho más.
Además en nuestra web también podrás encontrar otras becas del Ayuntamiento de Fuenlabrada que podrás consultar.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Grado
- País de origen
- España
- Región de origen
- Comunidad de Madrid
- Provincia de origen
- Madrid
- Localidad
- Fuenlabrada
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Podrán ser beneficiarios de las Becas Universiayudas - Ayto de Fuenlabrada todas las familias del municipio con hijos o hijas en cualquier curso universitario de grado, dentro de los centros propios de cualquier universidad pública en territorio español durante el curso 2024/2025.
Las unidades familiares solicitantes, progenitores e hijos/-as estudiantes universitarios/as, deberán reunir los siguientes requisitos:
- Estar empadronados, tanto progenitores, como los/las hijos/hijas universitarios/as que aparecen en la solicitud, en el municipio de Fuenlabrada a 1 de septiembre de 2024 y continuar empadronados hasta la finalización del proceso en el municipio.
- Los/as alumnos/as deberán de estar matriculados, de un mínimo de 30 créditos durante el curso escolar 2024/2025 para poder solicitar la ayuda,en cualquier grado universitario, en el seno de la universidad pública española, dentro de sus centros propios, no siendo válidos los centros de titularidad privada adscritos a una universidad pública, ni centros no considerados como universidad pública. Toda consideración o atribución a este respecto se hará obedeciendo a lo dispuesto en el Registro de Universidades, Centros y Títulos - RUCT del Ministerio de Ciencia,Innovación y Universidades, para el curso académico 2024-2025, puesto que es la administración que ostenta las competencias objeto de este punto.
- Los/as alumnos/as cuyas universidades acepten matriculaciones del curso por períodos inferiores al curso completo (trimestres, cuatrimestres, semestres, etc.) realizarán la solicitud de UNIVERSIAYUDAS con los datos obrantes en su poder en el plazo ordinario de la misma y complementarán la documentación acreditativa sobre el mínimo de 30 créditos tras la aprobación de listados provisionales o cuando les sea requerida.
- La renta de la unidad familiar del solicitante no podrá superar en ningún caso 46.200,00 €, en los términos que se determina en el artículo 7 de las presente Bases.
- Todos los miembros de la unidad familiar computables a efectos de renta –progenitores e hijo/a/s consignados en la solicitud- deben estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias con el Ayuntamient ode Fuenlabrada hasta la resolución definitiva de la convocatoria,considerando a estos efectos cualquier deuda derivada de ingresos de derecho público, salvo que se trate de deudas o sanciones que se encuentren aplazadas, fraccionadas o cuya ejecución estuviese suspendida. Por resolución definitiva de la convocatoria se tomará la fecha de aprobación en Junta de Gobierno Local de los listados definitivos de la presente convocatoria.
Dotación
- Grupo 1: Renta familiar hasta 13.924 euros (puntuación igual o mayor a 14 puntos):
- Importe ayuda: 800 euros
- Banco Municipal de Tiempo: 200 euros
- Total: 1.000 euros
- Grupo 2: Renta familiar entre 13.924,01 y 27.848,00 euros (puntuación entre 10 y 13 puntos inclusive):
- Importe ayuda: 505 euros
- Banco Municipal de Tiempo: 200 euros
- Total: 705 euros
- Grupo 3: Renta familiar entre 27.848,01 y 46.200,00 euros (puntuación entre 6 y 9 puntos inclusive):
- Importe ayuda: 320 euros
- Banco Municipal de Tiempo: 200 euros
- Total: 520 euros
Presentación
- Las solicitudes de las Becas Universiayudas - Ayto de Fuenlabrada se ajustarán al modelo oficial y deberán ser cumplimentadas mediante procedimiento online a través de la página web del Ayuntamiento www.aytofuenlabrada.es de forma clara y exacta. Una vez cumplimentada la solicitud, se generarán dos copias en formato PDF de ésta, que serán firmadas por todos los miembros de la Unidad Familiar que aparezcan en la solicitud. Dicha solicitud tendrá que ser entregada sin enmienda, ni tachadura, conforme a lo dispuesto en el artículo 9 punto 1 de las presentes Bases.
- Las solicitudes una vez cumplimentadas a través de la aplicación y firmadas junto con la documentación requerida en cada caso se han de registrar/validar, en el periodo y horario establecidos. Esto se podrárealizar mediante dos procedimientos, conforme a lo recogido en el artículo 10 de las presentes Bases:
- Telemáticamente.
- Presencialmente.
- En el caso de tener más de un hijo estudiante universitario, cada familia cumplimentará una única solicitud, que generará derecho a la ayuda por cada hijo que cumpla los requisitos. La presentación de más de una solicitud por parte de una familia -aunque presente como solicitante a progenitores diferentes, madre o padre en cada una-, supondrá la exclusión de todas sus solicitudes.
- Entre los datos obligatorios que se requieren a la familia, se incluyen un número de teléfono móvil y una dirección de correo electrónico válida y de consulta habitual para poder realizar comunicaciones, en el caso de que se considerara oportuno para la tramitación de la ayuda. Su inclusión en la solicitud supone la autorización expresa, a efectos de la Ley de Protección de Datos, para la remisión por parte del Ayuntamiento de Fuenlabrada de dichos mensajes y avisos.
- El número de cuenta bancaria facilitado en la solicitud tendrá que contar con la persona solicitante -madre o padre- como titular o cotitular de dicha cuenta, así como que ésta se encuentre vigente hasta la resolución definitiva, con el objeto de que se pudiera realizar correctamente el abono, encaso de encontrarse admitida su solicitud en la citada resolución. De no ser así, el pago sería devuelto y la subsanación de dicha circunstancia podría ocasionar notables demoras en el abono definitivo de la ayuda.
- Todos los solicitantes y miembros de la unidad familiar computables a efectos de renta, con la validación de la solicitud aceptan:
- Que se crucen los datos de la solicitud con el padrón municipal, a efecto de conocer si los progenitores e hijos/-as estudiantes están empadronados en el municipio de Fuenlabrada.
- Que se crucen los datos con la OTAF-Ayuntamiento de Fuenlabrada, con la finalidad de conocer si se está al corriente de pago de las obligaciones tributarias municipales.
- Que se crucen los datos de matriculación universitaria con la Universidad en la que el/la alumno/a esté matriculado/a en el presente curso.
Más información
Renta de la Unidad Familiar
Para poder ser beneficiario de las Universiayudas, la renta de la unidad familiar no podrá sobrepasar los 46.200,00 euros.
A efectos de la presente convocatoria, se entenderá como Renta de la Unidad Familiar la suma de las rentas de progenitores e hijo/a/s consignado/a/s en la solicitud, según los datos que nos proporcione la AEAT sobre el nivel de renta general correspondiente al año fiscal 2023 y conforme a los datos proporcionados por el Libro de Familia o documento asimilado de carácter oficial.
En caso de no haber presentado la declaración del IRPF por no estar obligado a ello, se tomará como base del cálculo el importe íntegro de los ingresos relativos al año fiscal 2023.
El nivel de renta familiar será el resultado de sumar el nivel de renta general (AEAT) de todos los miembros computables económicamente de la unidad familiar.
Para la concesión de las ayudas se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
- RENTA DE LA UNIDAD FAMILIAR / Nº PUNTOS ADJUDICADOS
- Tramo Renta Grupo 1: Hasta 13.924,00 €: 14 puntos.
- Tramo Renta Grupo 2: Entre 13.924,01 y 27.848,00 €: 10 puntos.
- Tramo Renta Grupo 3: Desde 27.848,01 hasta 46.200,00€: 6 puntos.
- Por cada madre, padre, tutor o tutora incluido en la solicitud con diversidad funcional igual o superior al 33%: 3 puntos.
- Por cada estudiante incluido en la solicitud con diversidad funcional igual o superior al 33%: 4 puntos.
Bono EBAU/EVAU
En aquella solicitud que incluya estudiante/s que hubiera/n realizado durante la pasada convocatoria 2024 su Prueba de Evaluación de Bachillerato para Acceso a la Universidad-EBAU/EVAU, se podrá marcar la casilla correspondiente para solicitar el Bono EBAU/EVAU.
Este bono se ajustará a la tasa aplicada en concepto de ‘Derechos de Inscripción con Fase General’, sin poder incluirse la relativa a la ‘Fase Específica’.
Por otro lado, en los casos en que se hubiera establecido algún tipo de reducción en dicha tasa por motivos de estructura familiar, circunstancias personales, académicas, geográficas, etc., sólo se bonificará la cantidad abonada de manera efectiva.
El importe del Bono EBAU/EVAU no podrá superar en ningún caso el montante de 93,02 euros por estudiante que justificase adecuadamente dicha condición.
Sólo serán beneficiarias/os de Bono aquellas solicitudes que se encuentren admitidas en Listados Definitivos.
Banco Municipal del Tiempo
Para aquellas familias que hayan solicitado la ayuda y cuyo/a hijo/a universitario/a quiera participar, de forma voluntaria, en el Banco Municipal de Tiempo(actividades con fines sociales) de 25 horas de duración totales, su Universiayuda podrá ser incrementada con un bono económico, complementario a la Ayuda Social, por su participación de hasta 200 euros, siempre que reúnan los siguientes requisitos:
- Su familia habrá solicitado la ayuda familiar para universitarios y estará definitivamente admitida para poder optar a realizar las tareas que se especifiquen en las Normas del Banco Municipal de Tiempo 2024-2025.
Las Normas de esta ayuda, que tendrá carácter de premio, serán desarrolladas con posterioridad a la publicación de los Listados Definitivos de solicitudes admitidas y excluidas, mediante una normativa complementaria que será aprobada en Junta de Gobierno Local.
Pago de las ayudas
El pago de las ayudas a cada solicitante se iniciará una vez finalizado el proceso de reclamación y tras la publicación del Listado Definitivo de admitidos y excluidos y se efectuará mediante transferencia bancaria en la cuenta que deberá indicar el solicitante en el impreso de solicitud.
En caso de ser modificado el número de cuenta que aparece en la solicitud de ayuda, deberán entregar una Instancia General en el Registro General del Ayuntamiento, solicitando dicho cambio y adjuntar una fotocopia de la nueva cuenta en la que se desea que sea realizado el ingreso de la ayuda.
En dicha cuenta bancaria deberá figurar el solicitante –no la persona estudiante-, bien como titular, bien como cotitular de esta. El cambio del número de cuenta bancaria podría ocasionar notables demoras en el pago de la ayuda.
Concesión definitiva. Resolución de la convocatoria
Finalizado el plazo de reclamaciones, se procederá a su estudio, valoración y posterior emisión de informe, por parte de los Servicios Técnicos de la Concejalía de Educación, acerca de la resolución definitiva de la convocatoria que contendrá los beneficiarios y el importe de la ayuda concedida.
De dicha resolución definitiva será informada la Comisión de Valoración que emitirá informe relativo a la concesión definitiva de las Ayudas.
A la vista de dichos informes, el Concejal de Educación propondrá a la Junta de Gobierno Local, previo informe de Intervención, la aprobación en su seno de la resolución definitiva de las Ayudas.
Los resultados de todo el proceso se expondrán en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, así como en la página electrónica institucional del Ayuntamiento de Fuenlabrada.
La mencionada resolución definitiva de la convocatoria deberá otorgarse en un plazo máximo de seis meses a partir de la aprobación de ésta.
Contra esta resolución podrá interponerse “Recurso de Reposición” en el plazo de un mes desde su publicación en el Tablón de Edictos o “Recurso Contencioso Administrativo” en el plazo de dos meses.
Enlaces de interés
https://www.ayto-fuenlabrada.es/documents/36561/158641/BASES+DE+LA+CONVOCATORIA+DE+UNIVERSIAYUDAS+24-25+%282%29.pdf/dbbd9ad0-a909-d9c2-5364-2301e02882a3?t=1728389165308
Documentación a adjuntar
Documentación
- Resguardos de la solicitud (dos copias) cumplimentados a través de la página web del Ayuntamiento y debidamente firmados por el solicitante,así como todos los miembros de la unidad familiar computables a efectos de renta mayores de edad a 31 de diciembre de 2024 e incluidos en la solicitud. No podrán aparecer enmiendas, ni tachaduras sobre la solicitud, siendo los únicos datos manuscritos autorizados los relativos a fecha y firma de esta. La aparición de enmiendas, tachaduras o correcciones sobre la solicitud será motivo de exclusión. Toda enmienda, modificación o aclaración que se quiera realizar a los datos consignados en la solicitud, se tendrá que hacer mediante ‘Hoja de Incidencia’ –Anexo II- que acompañará a ésta en el momento de su entrega. En dicha ‘Hoja de Incidencia’ se expondrán con claridad y exactitud qué datos se han de anular o aclarar, relacionando a continuación los correctos.
- DNI/NIE/Pasaporte del solicitante: (no se requiere fotocopia si es el/la solicitante quien presenta la solicitud). En el caso de que sea un representante quien tramitara cualquier aspecto relacionado con la solicitud -a lo largo de todo el procedimiento-, deberá aportar Hoja de Autorización -Anexo I- debidamente cumplimentada y firmada, acompañada de fotocopia del DNI/NIE del/de la solicitante representado/a, junto a un documento de identificación de la persona representante, para poder ser identificada en el momento de tramitación de la solicitud.
Documentación Familiar
- Libro de familia: se habrá de aportar el original del libro o libros de familia y la fotocopia completa, en la que aparezcan los datos de las personas titulares del libro, así como la de los/as hijos/as incluidos/asen la solicitud.
- En el caso de familias que no dispongan de este documento, se habrá de aportar la documentación oficial acreditativa de los miembros de la unidad familiar y sus fechas de nacimiento a través de las partidas de nacimiento u otro documento legal asimilado y traducido oficialmente, de ser necesario, para su correcta validación.
- Monoparentalidad: de acontecer separación, divorcio, o no convivencia de los progenitores del alumno/-s se considerarán miembros computables aquellos que aparezcan en el libro de familia o documento asimilado, salvo que se presente la sentencia sellada de separación/divorcio o no convivencia o un convenio regulador debidamente sellado por institución oficial competente al respecto o ratificado por autoridad judicial. Solamente en el caso de que el hijo/la hija estudiante no tuviera 18 años a fecha de entrega de la solicitud, se tendría que presentar la documentación que acreditase al solicitante como custodio del alumno o alumna universitario/a (original y fotocopia). En los casos de monoparentalidad, la ayuda se solicitará por y se otorgará a la familia con la que resida el/la estudiante universitario/a. Se comprobará a través del empadronamiento con qué unidad familiar convive el/la hijo/a estudiante universitario/a. En la circunstancia de no existir dicha sentencia de separación, divorcio o no convivencia, ni convenio regulador oficial, deberá acreditarse la situación de monoparentalidad a través de un informe de los Servicios Sociales Municipales (sólo para los ciudadanos que tengan expediente abierto en esta Concejalía). Este informe se requerirá a petición de la persona solicitante en el momento de entregar la solicitud de Universiayuda en los registros dispuestos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 de las presentes Bases. En la situación de ser una monoparentalidad debida al fallecimiento de uno de los progenitores, se deberá aportar el certificado de defunción correspondiente o documento asimilado, en su versión de original más fotocopia o documento compulsado.
- Diversidad funcional: en caso de diversidad funcional de algún miembro de la unidad familiar integrante de la solicitud, se ha de aportar la resolución administrativa -en el caso de no haberla presentado correctamente en la convocatoria anterior 2022-2023-, por la que se reconoce el grado de minusvalía igual o superior al 33 % (original y fotocopia). No es válida la Tarjeta Acreditativa del Grado de Discapacidad.
- Documentación universitaria: las familias deberán presentar un resguardo original oficial de matrícula, de los/as hijos/as universitario/s para los que se solicita la ayuda. En este documento deberán aparecer correctamente consignados el curso académico actual, la titulación, el centro en el que se estudia, así como el número de créditos para los que se ha matriculado (mínimo 30 créditos por curso) y el importe total de la matrícula. Esta documentación académica nos servirá de soporte para el cruce con las instituciones universitarias referido en el artículo 8 punto 5 de las presentes Bases. En caso de no ser posible el cruce de la información aportada con la institución universitaria, sólo se dará validez a toda documentación que cuente con una validación oficial. Para aquellas/os estudiantes que hubieran realizado durante la convocatoria 2024 su prueba de Evaluación de Bachillerato para Acceso ala Universidad – EBAU/EVAU, podrán solicitar el Bono EBAU/EVAU, mediante la presentación de Resguardo de Matrícula en las Pruebas de Acceso, emitido por la universidad en la que se realizó la prueba, debidamente sellado o validado mecánicamente por el banco,confirmando el pago efectivo de dicha tasa, conforme a lo que se recoge y especifica en el artículo 11 de las presentes Bases.
- Documentación económica para las familias:
- Declaración de la Renta del ejercicio 2023 de todos los miembros computables a efectos de renta de la unidad familiar que se detallan en el punto 7 de estas Bases.
- Deberán justificarse documentalmente los ingresos económicos percibidos en 2023 por todos los miembros computables a efectos de renta de la unidad familiar, como se recoge en el artículo 7 de las presentes Bases, salvo que se dé autorización expresa para que el Ayuntamiento de Fuenlabrada pueda acceder en su nombre a dicha información a través dela Agencia Tributaria (AEAT).
- En caso de no disponer la Agencia Tributaria de la información económica de 2023 de todos o alguno de los miembros de la unidad familiar, deberán aportar junto a la solicitud la documentación siguiente:
- Informe de vida laboral completo: aquel que incluye todos los regímenes de cotización, que será:
- Informe de Vida Laboral, para aquella persona que cuente con número de afiliación y haya tenido alguna vez alguna cotización.
- Informe de Situación Actual del Trabajador, para aquella persona que cuente con número de afiliación y no haya tenido nunca cotización alguna.
- Certificado de Servicios Prestados (en caso de funcionarios y otros trabajadores que no estén dados de alta en la Seguridad Social); junto al Certificado Tributario IRPF 2023 y/o cualquier otro documento oficial que refleje los ingresos atribuidos por empleo, prestaciones, subsidios, pensiones o ayudas,percibidos durante el mencionado año 2023. Cuando la imposibilidad de obtener datos a través de AEAT sea por la existencia de declaraciones de IRPF 2023 paralelas o complementarias, junto al Certificado Tributario IRPF 2023 actualizado habrá que aportar un Certificado de Situación Tributaria de estar al corriente de obligaciones tributarias igualmente actualizado. En caso de no contar con número de la Seguridad Social, se habrá de aportar Acreditación de no tener Número de la Seguridad Social.
- Esta documentación -excepto el Certificado de Servicios Prestados- se puede obtener, optando por alguna de las vías de validación que permiten las mismas, a través de las Sedes Electrónicas del INSS y AEAT, dependiendo del tipo de documento que fuese necesario aportar junto a la solicitud.
- Por otro lado, en caso de estar siendo atendido por los Servicios Sociales Municipales, deberán informar de ello en el momento de entregar la solicitud con el fin de recabar su información económica o familiar.