Becas Complementarias Movilidad Internacional - Ayto Benidorm
INSCRIPCIONES
Becas Complementarias Movilidad Internacional - Ayto Benidorm: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Complementarias Movilidad Internacional - Ayto Benidorm se convocan con la finalidad de colaborar en la formación de los estudiantes de Ciclos Formativos de Grado Superior de 2º curso o universitarios empadronados en Benidorm que realicen estancias mediante el programa Erasmus + en el año académico correspondiente, o bien otros programas oficiales de movilidad internacional referidos a estudios conducentes al título de Grado.
Podrán solicitar las Becas Complementarias Movilidad Internacional - Ayto Benidorm los estudiantes que cumplan los requisitos indicados en la presente convocatoria. El empadronamiento de los solicitantes deberá tener una antigüedad ininterrumpida de 1 año. Estas becas además serán compatibles con similar naturaleza.
Los beneficiarios obtendrán una cuantía económica de 100 euros mensuales con un máximo de 9 meses, que se abonarán mediante transferencia bancaria.
Esta dotación será sin duda una ayuda extra para aquellos estudiantes que realicen estancias de movilidad con el programa Erasmus+, ya que les servirán para sufragar alguno de los gastos que se deriven de dichas estancias.
Si estás en un programa de movilidad y cumples con los requisitos que te indicamos, las Becas Complementarias Movilidad Internacional - Ayto Benidorm te pueden interesar.
Aquí te ofrecemos toda la información necesaria para solicitarlas, como requisitos, plazos, documentación y otra información de interés.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Grado
- Licenciatura
- Ciclos formativos de grado superior
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Región de origen
- Comunidad Valenciana
- Provincia de origen
- Alicante
- Localidad
- Benidorm
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Podrán beneficiarse de las Becas Complementarias Movilidad Internacional - Ayto Benidorm los y las estudiantes que han obtenido plaza en uno de los programas de movilidad internacional definidos anteriormente y que cumplan con los requisitos siguientes:
- Estar empadronado/a en Benidorm con una antigüedad ininterrumpida de 1 año. La fecha de cómputo para establecer la antigüedad será la del día de adopción de la resolución de Alcaldía aprobando las presentes bases.
- Acreditar haber sido seleccionado para participar en un programa de movilidad internacional en el curso 2025/2026.
- Estar al corriente de las obligaciones fiscales con este Ayuntamiento, y no ser deudores por cualquier otro concepto tributario.
- No estar incurso/a en ninguna de las circunstancias que recogen los artículos 13 y 34.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Presentar la solicitud y documentación requerida en el plazo y forma establecidos en estas bases.
- Los solicitantes deben autorizar expresamente al Ayuntamiento en la solicitud marcando la casilla correspondiente con la finalidad de comprobar, cuando sea necesario, la exactitud de los datos y documentos aportados y que se compromete a mantener el cumplimiento de los requisitos anteriores durante el periodo de tiempo inherente a dicho ejercicio.
- Las solicitudes tienen que estar firmadas por las personas interesadas, que se responsabilizan de este modo de cumplir los requisitos establecidos para participar en la convocatoria, de que los datos contenidos en la solicitud son ciertos y de que son conscientes de que su falsedad puede dar lugar a la pérdida del derecho de recibirla.
Dotación
- Mediante las Becas Complementarias Movilidad Internacional - Ayto Benidorm, el Ayuntamiento aportará una cantidad económica para cada estudiante seleccionado/a por mes completo de estancia en el extranjero.
- Se aplicará un pago de 100 euros por cada mes completo, con un límite máximo de 9 meses.
- El pago será anual, y se realizará mediante transferencia bancaria directamente a cada estudiante seleccionado/a, una vez comprobada la efectiva realización del período de estancia en la universidad de destino.
Presentación
- Las solicitudes de las Becas Complementarias Movilidad Internacional - Ayto Benidorm, se realizarán a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Benidorm: sede.benidorm.org, catálogo servicios, Educación, seleccionar trámite: "Ayudas Movilidad Internacional curso 2025/2026".
- Esta convocatoria tiene dos turnos de presentación de las solicitudes:
- a. 1er turno. Será del 16 al 30 de junio de 2025.
- b. 2º turno. Será del 23 de julio al 4 de agosto de 2025.
- Podrán participar los solicitantes de becas Erasmus + 2º turno, así como aquellos solicitantes que en el primer turno no conociera y no dispusiera de su condición de becario del programa de movilidad internacional solicitado a la publicación de estas bases.
Más información
Compatibilidad
Las ayudas concedidas de acuerdo con estas bases serán compatibles con otras de similar naturaleza que los beneficiarios puedan obtener, tanto las convocadas por organismos públicos como privados.
Resolución
- a. Resolución provisional. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión estudiará las mismas y una vez estén todos los expedientes completos establecerá los importes de cada una de ellas. La Comisión, una vez efectuado el establecimiento provisional de las ayudas, lo remitirá al Negociado de Educación para su tramitación municipal. El plazo de presentación de reclamaciones a la relación provisional será de 10 días hábiles a contar desde la fecha de exposición pública de la misma. A tal fin se informará por vía electrónica sobre la fecha de colocación. La Comisión elevará al órgano competente municipal la correspondiente propuesta de resolución definitiva, que tendrá en cuenta las reclamaciones que pudiesen presentarse.
- b. Resolución definitiva. A tenor de la última propuesta de resolución, el órgano competente municipal adoptará la resolución definitiva de las ayudas. Se intentará informar sobre la fecha de exposición de las resoluciones, provisional y definitiva por correo electrónico, en la web del Ayuntamiento: www.benidorm.org, Concejalía de Educación Ayudas complementarias para la movilidad internacional de estudiantes benidormenses, en el curso 2025/2026. En todo caso, la publicación de las resoluciones municipales en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Benidorm, surtirá los efectos de notificación colectiva.
Incumplimientos
- Cualquier modificación en las condiciones iniciales de concesión de la ayuda, deberá ser autorizada, previa solicitud, por la Concejalía de Educación.
- El incumplimiento total o parcial de los requisitos y obligaciones establecidas en la presentes bases y demás normas aplicables, así como las que se establezcan en la correspondiente resolución de concesión, dará lugar a la apertura de un expediente de incumplimiento, cuya resolución, previa audiencia de la parte interesada, podrá dar lugar a la revocación de la ayuda concedida parcial o totalmente y la obligación de reintegrar la cuantía que se establezca en función de los criterios aplicables y, en su caso, los intereses de demora correspondientes, conforme a lo dispuesto para estos casos por la normativa general del Ayuntamiento de Benidorm.
Documentación a adjuntar
Las instancias se acompañarán forzosamente de la siguiente documentación:
- Solicitud debidamente cumplimentada y firmada.
- Fotocopia del DNI del solicitante. Cuando la persona solicitante de la ayuda sea el tutor legal deberá presentar el documento que lo acredite.
- Certificación del centro educativo español en el que cursa sus estudios, que acredite que el alumno/a ha sido seleccionado para plaza del programa de movilidad, situación académica y la duración de su estancia en el extranjero.
- Fotocopia del documento en el que conste el número IBAN de la cuenta cliente del Banco o Caja del solicitante en la que figure como titular o autorizado. Si no fuese titular de la misma el solicitante, deberá aportar fotocopia del DNI/NIE/NIF del titular.
- Finalizada la estancia: certificación del centro educativo español o del centro o empresa de acogida donde conste la duración de la estancia y el país de destino. En todo caso, antes del 15 de julio de 2026 se deberá presentar este documento.