Becas Benaguasil te Beca
INSCRIPCIONES
Esta beca ha finalizado. Regístrate y te avisamos cuando haya nuevas.
Becas Benaguasil te Beca: solicitud y plazos
Descripción
El Ayuntamiento de Benaguasil convoca las Becas Benaguasil te Beca. Estas becas se convocan con la finalidad de apoyar a la formación de los estudiantes en el ámbito local mediante la aplicación práctica de los conocimientos adquiridos a lo largo del curso académico.
En la presente convocatoria se ofrecerán 18 becas mensuales, distribuidas de la siguiente forma: 2 becas en comunicación, 7 becas en educación Escola d’estiu municipal Poliesportiu, 4 becas en educación Escola d’estiu municipal Centro Social y 5 becas en voluntariado.
Las Becas Benaguasil te Beca dotarán al beneficiario de las mismas de una cuantía de 500 euros al mes. Los becarios disfrutarán de las becas un mes.
Podrán postularse a estas becas los estudiantes con vecindad administrativa en Benaguasil, que tengan 18 años cumplidos y que cursen los niveles educativos descritos en la convocatoria.
A la hora de valorar los méritos se tendrá en cuenta el expediente académico, la situación económica de la unidad familiar, o el nivel de valenciano entre otros.
Si estás cursando uno de los niveles educativos indicados y estás empadronado en Benaguasil, las Becas Benaguasil te Beca pueden ser de tu interés. Si quieres saber más sobre ellas, consulta aquí toda la información que necesitas.
Datos básicos
- Nº de becas
- 18
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Ciclos formativos de grado medio
- Ciclos formativos de grado superior
- Enseñanzas Artísticas Superiores
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Región de origen
- Comunidad Valenciana
- Provincia de origen
- Valencia
- Localidad
- Benaguasil
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Las Becas Benaguasil te Beca objeto de esta convocatoria se adjudicarán mediante concurrencia competitiva entre las personas aspirantes a las mismas, que reúnan los siguientes requisitos antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y lo acrediten documentalmente:
- Poseer vecindad administrativa en el municipio de Benaguasil; requisito que debe cumplirse con anterioridad a la fecha de publicación de las presentes bases.
- Tener 18 años cumplidos.
- Encontrarse cursando alguna de las siguientes enseñanzas oficiales: Ciclos Formativos de Formación Profesional o Enseñanzas Universitarias Oficiales, Enseñanzas Artísticas Superiores o Máster Oficial impartido por las Universidades, que se relacionan en el Anexo I.
- No encontrase incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuyo tenor literal se transcribe:
- “No podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de las subvenciones reguladas en esta Ley las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias siguientes, salvo que por la naturaleza de la subvención se exceptúe por su normativa reguladora":
- a. Haber sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.
- b. Haber solicitado la declaración de concurso voluntario, haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, hallarse declarados en concurso, salvo que en éste haya adquirido la eficacia un convenio, estar sujetos a intervención judicial o haber sido inhabilitados conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
- c. Haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.
- d. Estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en alguno de los supuestos de la Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias.
- e. No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se determine reglamentariamente.
- f. Tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.
- g. No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que reglamentariamente se determinen.Haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones conforme a ésta u otras leyes que así lo establezcan.
- i. No podrán acceder a la condición de beneficiarios las agrupaciones previstas en el segundo párrafo del apartado 3 del artículo 11 de esta Ley cuando concurra alguna de las prohibiciones anteriores en cualquiera de sus miembros.
- j. Las prohibiciones de obtener subvenciones afectarán también a aquellas empresas de las que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquéllas.
- Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la seguridad social, lo que acreditará mediante declaración responsable.
- No estar disfrutando de otra beca o ayuda, de la misma o análoga finalidad así como no desarrollar una actividad laboral durante el periodo de disfrute de la beca, lo que acreditará mediante declaración responsable.
Dotación
- Cada una de las Becas Benaguasil te Beca está dotada con un importe de 500 euros brutos mensuales a abonar en periodos vencidos, siendo financiados en un 100% por el Ayuntamiento de Benaguasil. Sobre dicho importe se practicará, en su caso, la retención correspondiente a la cotización en la Seguridad Social en los términos establecidos en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, y los demás que pudieran corresponder. En aquellos supuestos que impliquen un periodo inferior al mes natural, será la parte proporcional correspondiente.
- El periodo de disfrute de la beca será de un mes, y tiene que producirse necesariamente durante los meses de julio y agosto, no pudiendo por causa alguna prolongarse la duración de las becas más allá del mes de agosto.
- Primer periodo: Julio.
- Segundo periodo: Agosto.
- La Comisión evaluadora asignará el periodo de realización de las becas según las necesidades de los departamentos que han solicitado becarios.
Presentación
- Las instancias solicitando tomar parte en la presente convocatoria de las Becas Benaguasil te Becase se dirigirán al Ayuntamiento de Benaguasil, presentándose en la Oficina de Atención al Ciudadano de este ayuntamiento sita en la Plaça Major de la Vila, 17 o por Sede Electrónica. Asimismo se utilizará la instancia modelo que se facilitará en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Benaguasil y que también estará en la Web. A las solicitudes deberán acompañarse los justificantes de los requisitos y méritos enumerados en las bases tercera y cuarta.
- No se tendrá en cuenta ninguna solicitud que no se realice y no se presente de la manera indicada en el punto anterior, antes de que finalice el término de presentación de instancias.
- Asimismo, la documentación que no haya sido presentada en el plazo de presentación de solicitudes, no será valorada.
Más información
Méritos
Los méritos que no sean aportados debidamente, no podrán ser baremados en el apartado que corresponda.
No se valorará ningún mérito en cuanto a documentación que no se haya presentado en el plazo de presentación de instancias.
La baremación a efectos de esta convocatoria se realizará en base a los siguientes criterios (puntuación máxima 14 puntos):
- Expediente académico. En este apartado se tendrán en consideración tanto la nota media del expediente académico como el curso en que se encuentra matriculado (Máximo 8 puntos).
- Nota media del expediente académico aportado: hasta 6 puntos. Si no consta la nota media en el documento aportado, la comisión de valoración dejará la puntuación en 2 puntos en este apartado. La puntuación se realizará de la siguiente forma:
- De 5 a 5,99: 3 puntos.
- De 6 a 6,99: 4 puntos.
- De 7 a 8,99: 5 puntos.
- Más de 8,99: 6 puntos.
- Curso que se encuentra matriculado: hasta 2 puntos.
- a. A los matriculados en Ciclos Formativos (a partir del segundo año) se les puntuará por asignaturas superadas, de la forma siguiente:
- Igual o menor a 5 asignaturas: 0,5 puntos.
- Superadas 6 asignaturas: 1 punto.
- Superadas 7 asignaturas: 1,5 puntos.
- Superadas 8 o más asignaturas: 2 puntos.
- b. A los matriculados en estudios universitarios, se los valorará por créditos superados, de la forma siguiente:
- Igual o menos de 60 créditos: 0,5 puntos.
- De 60 a 120 créditos: 1 punto.
- De 120 a 180 créditos: 1,5 puntos.
- 180 créditos o más: 2 puntos.
- La situación socioeconómica de la unidad familiar (hasta 2 puntos). (No se tendrá en cuenta la situación de desempleo del solicitante de la beca al ser requisito imprescindible no estar realizando ningún trabajo en el momento del disfrute de la misma).
- Un miembro en situación de desempleo, perceptor de desempleo o subsidio: 0,4 puntos.
- Un miembro en situación de desempleo que no sea perceptor de desempleo o subsidio: 0,8 puntos.
- Dos miembros perceptores de desempleo o subsidio: 1,2 puntos.
- Un miembro perceptor de prestación o subsidio y el otro en situación de desempleo que no sea perceptor: 1,6 puntos.
- Dos miembros en la situación de desempleo sin ninguna prestación: 2 puntos.
- Familia numerosa: 0,66 puntos.
- Familia monoparental/monomarental u orfandad: 0,33 puntos.
- Grado de discapacidad reconocido superior al 33% del solicitante: 0,33 puntos.
- Para la valoración de este mérito se deberá presentar original y copia del libro de familia/certificado/ resolución que acredite la situación de convivencia y certificado que acredite la situación de desempleo de los miembros de la unidad familiar de convivencia. (A estos efectos se considerarán miembros de la unidad familiar los padres o, en su caso, el/la cónyuge o pareja de hecho que conviva con el/la solicitante).
- Para acreditar la situación de desempleo deberá aportar copia del DARDE de LABORA, acompañado de la VIDA LABORAL actualizada.
- Igualmente deberán aportar CERTIFICADO que acredite si estos miembros de la unidad familiar desempleados son o no beneficiarios de prestaciones/subsidios. Deberá acreditar esta situación a través de certificado emitido por el SEPE.
- Asimismo, para acreditar la situación de familia numerosa, monoparental, monomarental, orfandad y discapacidad se deberá aportar certificado, carnet o resolución que lo acredite.
- No haber sido destinatario los años anteriores de becas Benaguasil te beca. (2 puntos).
- Valenciano. Certificado de la Junta Qualificadora: hasta 1 punto.
- Nivel A1: 0,15 puntos.
- Nivel A2: 0,25 puntos.
- Nivel B1: 0,35 puntos.
- Nivel B2: 0,50 puntos.
- Nivel C1: 0,75 puntos.
- Nivel C2: 1 punto.
- Cursos específicos en la materia e Idiomas comunitarios, impartidos por organismos oficiales: hasta 1 punto. No se tendrán en cuenta los cursos y jornadas realizados para convalidar créditos de libre elección. Los cursos específicos se puntuarán a razón de 0,05 puntos por cada 10 horas. Idiomas:
- Nivel A1: 0,15 puntos.
- Nivel A2: 0,25 puntos.
- Nivel B1: 0,35 puntos.
- Nivel B2: 0,50 puntos.
- Nivel C1: 0,75 puntos.
- Nivel C2: 1 punto.
- En caso de empate de puntuaciones se valorará con carácter preferente aquellos casos en los que el solicitante tenga mayor puntuación en su expediente académico.
Derechos y obligaciones de los becarios
- Estas becas son incompatibles con el disfrute de cualquier otra beca, ayuda de similar o análoga finalidad, o actividad laboral regular. La infracción de esta regla autoriza a la corporación municipal a cancelar el disfrute de la beca y a proceder a la devolución de los ingresos percibidos en concepto de beca.
- La participación de los becarios en este programa de formación tiene carácter formativo, sin que esta actividad constituya en ningún momento una relación laboral entre los becarios y esta entidad local.
- La condición de becario / becaria no generará en ningún momento relación laboral o administrativa alguna con el Ayuntamiento de Benaguasil.
- Al personal becario, como perceptor de subvenciones públicas, le resultará de aplicación las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Son obligaciones de los becarios:
- a. Desarrollar sus actividades en las dependencias municipales que le sean indicadas por su tutor o tutora.
- b. Tener la dedicación que se establece en las bases de estas becas, que deberán ser realizadas siguiendo las indicaciones del tutor o tutora.
- c. Realizar las actividades y cumplir los objetivos marcados por el tutor o tutora.
- d. Elaborar una memoria de actividades que deberá ser aprobada por el tutor o tutora.
- Los tutores o tutoras ordenarán las actividades de formación del personal becario y organizarán el tiempo de dedicación a dichas actividades, que será de 20 horas semanales, que deberán realizarse atendiendo al régimen de funcionamiento del centro donde se realice la beca.
- El incumplimiento sin causa justificada de la cualquiera de las condiciones y requisitos establecidos en la presente convocatoria podrá dejar sin efecto la concesión de la beca,debiendo proceder al reintegro, en su caso, de las cantidades percibidas hasta el momento.
- Ante las renuncias, bajas o finalización del periodo de vigencia, se procederá a cubrirla beca por el tiempo restante, según el orden de puntuación que haya resultado del proceso de selección.
Enlaces de interés
Podrás encontrar el anexo I y otra información de interés en el siguiente enlace:
https://benaguasil.sede.dival.es/carpetaciudadana/documentoinformativo.aspx?id=6459&abrir=True&idioma=es
Documentación a adjuntar
Para acreditar los requisitos mencionados, los aspirantes deberán entregar la siguiente documentación (en el momento de la presentación será requisito indispensable traerlos originales para el correspondiente cotejo o compulsa):
- Fotocopia DNI. Para estudiantes con nacionalidad distinta a la española han de presentar fotocopia del NIE en vigor.
- Fotocopia de expediente académico universitario o de ciclos formativos, o documento obtenido de la secretaría virtual en el que conste la nota media ponderada. Para los estudiantes de primero certificado de la nota media del año en curso, para el resto de cursos certificado de la nota media del expediente académico.
- Fotocopia que acredite las asignaturas y créditos superados.
- Fotocopia de todos los documentos que acrediten los méritos.
El certificado de convivencia en Benaguasil lo obtendrá la comisión de oficio.